Premios Extraordinarios FP Gob. La Rioja
INSCRIPCIONES
Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.
Premios Extraordinarios FP Gob. La Rioja: solicitud y plazos
Descripción
Los Premios Extraordinarios Formación Profesional Gob. La Rioja que convoca y desarrolla dicho organismo público están destinados a aquellos alumnos que han cursado sus estudios de Ciclos Formativos tanto en Grado Medio como en Grado Superior en algún centro educativo público o privado de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Los candidatos que opten a solicitar uno de los Premios Extraordinarios FP Gob. La Rioja, deben contar con una calificación final igual o superior a 8,5 puntos.
El Gobierno de La Rioja es un organismo público consciente de las muchas dificultades que deben superar los alumnos durante el desarrollo de sus estudios de Formación Profesional, así como los esfuerzos que deben realizar los mismos para obtener una alta puntuación académica.
Es por ello que el Gobierno de La Rioja convoca los Premios Extraordinarios FP Gob. La Rioja, que ofrecen una dotación económica a los alumnos que finalmente sean seleccionados como beneficiarios de los mismos, lo que sin duda alguna constituirán una gran ayuda a los estudiantes para cubrir algunos de sus gastos personales.
Además de esto, los Premios Extraordinarios Formación Profesional Gob. La Rioja constituyen un importante reconocimiento a los estudiantes hacia su esfuerzo y dedicación.
Podrás conocer más datos sobre los Premios Extraordinarios Formación Profesional Gob. La Rioja, como fechas de presentación de solicitudes, requisitos y los medios para realizar la solicitud en este portal web.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Participantes a los Premios Extraordinarios FP Gob. La Rioja:
Podrán optar al Premio Extraordinario de Formación Profesional aquellos alumnos que hayan finalizado sus estudios de Formación Profesional en centros educativos públicos y privados de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el curso a que se refiera la Resolución de convocatoria.
Para participar en los Premios Extraordinarios será necesario haber obtenido como calificación final de todos los módulos profesionales cursados una puntuación igual o superior a 8,5. A estos efectos, la calificación final del ciclo formativo se determinará hallando la media aritmética de las calificaciones de los módulos profesionales que tengan expresión numérica y el resultado se consignará con una cifra decimal. Por tanto, no se tendrán en cuenta, en el cálculo de la calificación final del ciclo formativo, las calificaciones de «apto», «exento», y «convalidado».
La participación en esta convocatoria está sujeta al cumplimiento de los requisitos establecidos a los beneficiarios de subvenciones en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Rioja.
Categorías de los premios:
Se establecen dos:
- Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior:
- Un premio por cada familia profesional. La candidatura de mayor puntuación será la que reciba el premio de mayor importe.
- Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Medio:
- Un premio para la candidatura que obtenga mayor puntuación, de acuerdo con los criterios establecidos en la convocatoria.
- Un accésit por cada familia profesional, a excepción de la familia profesional a la que pertenece el ciclo formativo del premiado.
Dotación
Cuantía de las Premios Extraordinarios FP Gob. La Rioja:
Premios de Formación Profesional de Grado Superior:
- Un premio de 612,25 euros para la persona candidata con mayor puntuación.
- 18 premios de 204,08 euros al resto de familias profesionales, excepto la familia a la que pertenece la candidatura con mayor puntuación.
Premios de Formación Profesional Grado Medio:
- Un premio de 612,25 euros para la candidatura que obtenga mayor puntuación.
- 18 accésit de 204,08 euros por cada familia profesional, a excepción de la familia profesional a la que pertenece la candidatura con mayor puntuación.
Presentación
Los alumnos que deseen optar a los Premios Extraordinarios FP Gob. La Rioja deberán solicitar su participación en esta convocatoria mediante solicitud dirigida al Director General competente en materia de Educación, según modelo del anexo I.
Dicha solicitud estará disponible en la Dirección General competente en materia de Educación, en el Servicio de Atención al Ciudadano y en la página web del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org).
La solicitud deberá entregarse en el centro docente en el que se encuentre el expediente académico del alumno, en los términos y plazos que determine la Resolución anual de convocatoria, o por cualquiera de los medios a que se refiere el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos, dirigiéndose al centro docente correspondiente.
Los interesados podrán presentar la solicitud de forma telemática a través del acceso en el Portal del ciudadano www.larioja.org, dentro del apartado 'Registro Telemático'. Las solicitudes que incluyan la firma electrónica reconocida y cumplan las previsiones del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, producirán respecto de los datos y documentos consignados de forma electrónica, los mismo efectos jurídicos que las solicitudes formuladas de acuerdo con el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Más información
Criterios de valoración
El Jurado de Selección tendrá en cuenta los méritos académicos o profesionales que se indican en los siguientes apartados:
- a. Méritos académicos correspondientes a los estudios de Formación Profesional Específica cursados. La calificación final del ciclo formativo computará el 75 %.
- b. Méritos académicos correspondientes a los tres módulos profesionales con mayor carga horaria. La nota media obtenida computará el 15 %.
- c. Otros méritos académicos obtenidos en el periodo de realización de los estudios de Formación Profesional por el que opta al Premio Extraordinario y relacionados con los mismos, se puntuarán hasta el 10 %:
- Cursos de formación complementaria. Solo tendrán validez los cursos convocados y expedidos por las Administraciones Educativas, la Universidad o Entidades y Organismos colaboradores con la Administración que impartan formación profesional.
- Participación en proyectos, programas europeos, trabajos de investigación, becas, publicaciones..
- Premios y menciones.
- Experiencia laboral relacionada con el Ciclo Formativo cursado.
En el supuesto de empate en la puntuación obtenida por los candidatos, el Tribunal de selección dirimirá a favor del solicitante que obtenga mayor puntuación conforme al criterio a) del apartado anterior.
Resolución de concesión
El Jefe de Servicio competente en materia de Formación Profesional, a la vista del informe y de la propuesta definitiva efectuada por el Tribunal de selección:
- a. Solicitará a los interesados la Ficha de Alta de Terceros.
- b. Elevará al órgano competente para resolver, propuesta de Resolución de concesión de los Premios Extraordinarios, en la que se hará constar que de la documentación que obra en el expediente se desprende que los beneficiarios cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a los mismos.
La concesión de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional se efectuará por Resolución motivada del Consejero competente en materia de Educación u órgano en quien delegue, que será publicada en el Boletín Oficial de La Rioja.
Dicha resolución, además de contener el solicitante o relación de solicitantes a los que se conceden los Premios Extraordinarios de Formación Profesional y la cuantía concedida, contendrá una desestimación del resto de solicitudes.
La Resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses a contar desde la publicación de la Resolución de convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, las solicitudes podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo.
Contra la citada Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición conforme al artículo 53 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso Contencioso Administrativo conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Procedimiento de abono
El importe de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional y de los accésit será abonado a los alumnos premiados una vez resuelta la convocatoria, de acuerdo con los datos bancarios de la Ficha de Alta de Terceros que conste en el expediente.
A la cantidad señalada en la Resolución de concesión se le aplicará la retención correspondiente en concepto de IRPF.
Derechos que otorga la obtención del Premio Extraordinario de Formación Profesional
La obtención del Premio Extraordinario de Formación Profesional o de un accésit será anotada en el expediente académico del alumno por el Secretario del centro educativo en el que se encuentre dicho expediente.
Los alumnos que obtengan Premio Extraordinario de Formación Profesional o un accésit recibirán la cuantía económica conforme a lo establecido en el artículo 3 de la presente Orden y un diploma acreditativo de tal distinción.
Los alumnos que obtengan Premio Extraordinario de Formación Profesional podrán optar, previa inscripción, a los Premios Nacionales que convoque el Ministerio competente en materia de educación. A estos efectos, se trasladará al Ministerio competente en materia de educación, en los plazos previstos por dicho Ministerio, la relación de los alumnos que hayan obtenido el Premio Extraordinario, con expresión de la titulación de los alumnos, así como la copia de sus expedientes académicos.
Enlaces de interés
https://ias1.larioja.org/cex/sistemas/GenericoServlet?servlet=cex.sistemas.dyn.portal.ImgServletSis&code=oumCvWIgBUF6lChv9ZDgP_hXhSM_FmcHvX9cNLEU4QoH5h3TVkJMOgIAFw6X7X0oxVWa9cUmjPoc%0AgPaSuAoTYarJ86r84hFY
Documentación a adjuntar
A la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación:
- a. Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o del pasaporte.
- b. Fotocopia compulsada de los méritos académicos y profesionales a valorar.
Apartado 3 del artículo 6 modificado por artículo único-tres de Orden 28/2014, de 3 de noviembre (BOR nº 141, de 14 de noviembre de 2014).