Becas Proyectos Investigación Vino Nutrición Salud
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Becas Proyectos Investigación Vino Nutrición Salud: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Proyectos Investigación Vino Nutrición Salud, son convocadas por la Fundación para la Investigación del Vino y la Nutrición, con el fin de promover la investigación en torno al consumo moderado del vino, y como este consumo tiene efectos positivos en la salud. Estas becas tendrán el patrocinio de la OIVE.
Para poder acceder a las Becas Proyectos Investigación Vino Nutrición Salud, los investigadores o grupos de investigación deberán realizar su actividad en territorio español, en universidades públicas y privadas u otros organismos de carácter público o privado de investigación, hospitales y centros sanitarios.
Entre los criterios de valoración que se tendrán en cuenta están la innovación y calidad científica del proyecto, trayectoria del investigador principal y el equipo, y la adecuada justificación del presupuesto. El periodo para terminar los proyectos de investigación será de un año prorrogable a dos en caso necesario. La dotacioń se establecerá entre 20.000 y 80.000 euros. Esta dotación se entregará en tres fases.
Si necesitas información sobre las Becas Proyectos Investigación Vino Nutrición Salud, puedes consultarla en nuestra web. Nosotros te ofrecemos todo lo necesario para solicitarlas, como requisitos, plazos y más. No pierdas esta oportunidad y si cumples con los requisitos, solicita ya estas ayudas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Grado
- Licenciatura
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
Requisitos
- Podrán ser beneficiarios de estas las Becas Proyectos Investigación Vino Nutrición Salud los investigadores y los grupos de investigación que desarrollen su actividad en universidades públicas y privadas, organismos públicos y privados de investigación, hospitales y centros sanitarios ubicados en España (los “Beneficiarios”).
- El desarrollo de los Proyectos deberá realizarse en territorio español, con una duración máxima de dieciocho (18) meses.
- La concomitancia con otras ayudas, de carácter público o privado, no será excluyente, aunque deberá quedar bien reflejado en la memoria descriptiva de la solicitud y será valorada por el Comité Evaluador (“CE”).
- Los Proyectos deberán ser presentados por el investigador principal del Proyecto (el “IP”), que actuará en representación del grupo investigador y responsable del mismo, y tendrá que cumplir los siguientes requisitos:
- Disponer de nacionalidad española o residir en España.
- Estar en posesión del título de Licenciado, Graduado o Doctor en el momento de presentación de la solicitud.
- Estar vinculado por relación laboral, estatutaria o funcionarial, a una universidad, centro público o privado de investigación, hospital o centro sanitario, todos ellos con sede en España. Esta vinculación deberá mantenerse durante el periodo previsto para el desarrollo del proyecto presentado. El posible traslado a otro centro del proyecto aprobado deberá contar con el consentimiento expreso de FIVIN.
- El IP no podrá participar en más de una solicitud en la presente convocatoria.
Dotación
- La dotación económica de la presente convocatoria de Becas Proyectos Investigación Vino Nutrición Salud podrá repartirse entre una o varias solicitudes, en función del número y la calidad de los Proyectos recibidos y su valoración por el CE. La dotación mínima por proyecto se establece en 20.000€ y la máxima en 80.000€.
- Debido al carácter abierto y competitivo de la convocatoria, el CE podrá valorar la concesión parcial de alguna de las ayudas solicitadas. Esta circunstancia será comunicada a los investigadores implicados para evaluar su viabilidad. En caso de existir acuerdo, el IP del proyecto afectado deberá reajustar la memoria científica y económica a dicho importe.
- Para formalizar la concesión de la ayuda y el desarrollo del Proyecto, se establecerá un contrato entre las partes que recogerá todos los acuerdos y condiciones que sean pertinentes.
- La dotación de cada Proyecto se entregará en tres fases: (i) 1/3 en el momento de su concesión; (ii) 1/3 transcurridos seis (6) meses para los proyectos de un (1) año o transcurridos nueve (9) meses para los proyectos de dieciocho (18) meses, previa presentación de un informe parcial científico y económico sobre la evolución del proyecto, y; (iii) 1/3 con la finalización del proyecto, tras la presentación de los resultados e informe final favorable del CE.
- Los pagos de las cuantías correspondientes se efectuarán contra presentación de factura, más el IVA legal vigente.
- En caso de que se publique o se haga difusión del proyecto, siempre se hará constar que el trabajo se financió con una ayuda concedida por FIVIN y patrocinada por OIVE.
- Los Beneficiarios quedarán obligados a cumplir las condiciones establecidas en esta convocatoria tras la aceptación de la ayuda. Además, deberán respetar los plazos de entrega y condiciones que se establezcan en los contratos y anexos que se firmarán entre las partes.
Presentación
La presentación de solicitudes para las Becas Proyectos Investigación Vino Nutrición Salud se realizará mediante la cumplimentación de los formularios y modelo de memoria científica que obligatoriamente se deben utilizar.
Los formularios de solicitud y modelo de memoria están disponibles en la página web fivin@fivin.com y www.lacienciadelvino.com
La documentación necesaria junto con los formularios de solicitud y memoria deberán hacerse llegar antes del 31 de octubre de 2024 de la siguiente forma:
DOCUMENTOS EN PDF, con las memorias y el formulario de solicitud completo, identificándolos con los Apellidos y Nombre del Solicitante al siguiente correo electrónico: fivin@fivin.org
La documentación deberá ser redactada y presentada en castellano y en inglés, ambos inclusive.
Las solicitudes que no se ajusten a las normas de presentación expuestas anteriormente serán excluidas del proceso de preselección.Los proyectos recibidos con posterioridad a la fecha indicada serán rechazados.
Más información
Plazos de la convocatoria
- El periodo para la presentación de solicitudes es del 1 de octubre de 2024 al 31 de octubre de 2024.
- Periodo de evaluación del 02 de noviembre al 30 de noviembre de 2024.
- Fecha de comunicación de los proyectos ganadores el 18 de diciembre de 2024.
FIVIN se reserva el derecho de modificar los plazos de la convocatoria.
Selección de los proyectos
- Se concederán las ayudas conforme a la evaluación de un CE formado fundamentalmente por expertos independientes, por miembros del Comité Científico de FIVIN y un representante de la OIVE.
- Los miembros del CE que tengan conflicto de intereses con algún proyecto presentado no podrán evaluarlo.
- La toma de decisiones del CE será de carácter vinculante.
- Se declararán desiertas las ayudas de la convocatoria, a decisión del CE, si los proyectos de investigación presentados no alcanzan el suficiente nivel de excelencia.
- La convocatoria, las Bases de las ayudas y la resolución de éstas, se publicarán en la web de la Fundación para la Investigación del Vino y la Nutrición (FIVIN) (www.fivin.com) y en La Ciencia del Vino y la Salud (www.lacienciadelvino.com). También podrán ser publicadas en los medios habituales de difusión de FIVIN y de la OIVE.
Criterios de valoración
- Se considerarán válidos aquellos Proyectos que, a juicio del CE, posean calidad científica, en consonancia con la temática de la convocatoria.
- El CE podrá solicitar aclaraciones a los investigadores durante la fase de deliberación.
- En el proceso de evaluación de los Proyectos, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
- Innovación y calidad científica del proyecto.
- Trayectoria del IP y del equipo investigador.
- Plan de difusión de resultados del proyecto.
- Adecuada justificación del presupuesto.
- Las deliberaciones del CE tendrán carácter confidencial.
- Realizar la actividad específica que fundamenta la concesión de la ayuda en la forma y plazos establecidos en estas bases, así como justificar la realización de dicha actividad.
- Las cuantías de la ayuda recibida deberán destinarse obligatoriamente a infraestructura, material o personal que se utilice o participe en la investigación.
- Admitir las actuaciones de comprobación del CE del desarrollo del proyecto y de control financiero de la ayuda recibida, facilitando toda la información que le sea requerida a este fin.
- Comunicar al CE la obtención de otras subvenciones o ayudas y, en general, de cualquier otro ingreso para el mismo proyecto, procedentes de cualquier otra sociedad, ente público o privado, nacional o internacional.
- Durante el periodo de evaluación o una vez concedida la ayuda, los convocantes de las ayudas podrán solicitar una certificación oficial para comprobar la veracidad de la información.
- Podrán ser directamente rechazadas las solicitudes que no contengan toda la documentación necesaria solicitada.
- Los investigadores no podrán revelar públicamente el contenido de sus investigaciones hasta que estén terminadas y publicadas. En caso de desear presentar resultados preliminares deberán solicitar su aprobación a FIVIN. Deberán comunicarlo previamente y enviar un ejemplar a los promotores.
- Los investigadores aceptarán el compromiso de presentar los resultados de su investigación públicamente cuando haya terminado. Los convocantes se reservarán el derecho de determinar con preferencia la presentación pública de los trabajos realizados.
- Los investigadores se comprometen a publicar o como mínimo presentar los resultados de su investigación en una revista científica indexada con factor de impacto durante máximo un (1) año posteriormente a su finalización.
- Los investigadores que reciban las ayudas y las instituciones a las que pertenezcan compartirán con FIVIN todos los derechos generados del proyecto de investigación.
- Los Proyectos deberán contemplar los aspectos éticos, debiendo ser aprobado por un comité ético acreditado. La aprobación por el mismo deberá solicitarse preferentemente con anterioridad a la presentación de la solicitud.
- FIVIN anulará la concesión de la ayuda y podrá solicitar la devolución de los fondos recibidos a juicio del CE, en los siguientes casos:
- No aprobación del proyecto por un Comité Ético acreditado.
- Cese disciplinario, demanda o encausamiento del IP.
- Ocultación o falsificación de datos y/o resultados.
- Uso inapropiado de los fondos recibidos.
- Incumplimiento del código deontológico durante el desarrollo del proyecto, pudiendo cursar demanda legal ante estos hechos.
- Desarrollo del proyecto sin cumplir los requisitos establecidos.
- No cumplir con las entregas parciales demostrando la dedicación necesaria en el proyecto y la no entrega final del proyecto de investigación dentro del plazo establecido en la solicitud, o dentro de la prórroga concedida si fuera el caso.
- Abandonar el proyecto de investigación por motivos no justificables (a excepción de enfermedad o accidente grave y presentando la justificación que así lo acredite).
- Incumplir cualquiera de los compromisos establecidos en los convenios y anexos firmados entre ambas partes.
Documentación a adjuntar
- Formulario de solicitud y Currículum Vitae Abreviado (CVA) del IP y de todos los integrantes del grupo investigador.
- Carta de presentación del IP resaltando la originalidad y relevancia del proyecto.
- Memoria científica explicativa del proyecto y debidamente cumplimentada en todos sus apartados. Deberá incluir antecedentes y estado actual del tema, bibliografía más relevante comentada, hipótesis y objetivos, plan de trabajo con sus fases de desarrollo y asignación de tareas, recursos e idoneidad de las instalaciones, consideraciones éticas, plan de difusión y explotación de los resultados y presupuesto global del proyecto.
- Memoria económica que incluya un presupuesto detallado del mismo: gastos de personal, material inventariable con factura proforma adjunta, material fungible, gastos de publicación y difusión de resultados, gastos de inscripción, desplazamientos y dietas para la asistencia a congresos. Deberán incluirse igualmente los presupuestos o facturas proforma de los Servicios de Apoyo a la Investigación (SAI) cuando se contemple su uso, adjuntando el listado de las tarifas (coste de adquisición y mantenimiento de animales, plataformas de secuenciación, de microscopía, proteómica, metabolómica, etc.). En la partida de “otros gastos” no se podrán incluir los gastos derivados de la colaboración de terceras personas en el proyecto, ni tampoco de los SAI. Los gastos que genere cualquier persona que participe en el proyecto y no pertenezca al equipo investigador serán SIEMPRE asignados a la partida de “gastos de personal”. Los gastos necesarios para la realización del proyecto y para la difusión de resultados (congresos, reuniones, simposios, etc.), se referirán exclusivamente a los generados por el personal que forma parte del equipo de investigación presentado en la solicitud y siempre que se refieran al proyecto financiado por la fundación. El presupuesto de gasto total deberá incluir el apartado correspondiente a los costes indirectos que pueda detraer el centro donde se realizará el trabajo de investigación.
- Informe de la Comisión de Investigación y del Comité Ético de Investigación Clínica y del Comité de Ética de la Experimentación Animal (en su caso) del Centro donde se desarrollará el proyecto. El proyecto podrá ser evaluado si se ha presentado al Comité Ético, aunque aún no se disponga del informe definitivo. En cualquier caso, la concesión de la ayuda vendrá condicionada al informe del Comité y las modificaciones que este imponga, reservándose el derecho a revocar la concesión en función del resultado de dicho informe.
- Fotocopia del DNI o NIE de los investigadores.