Fulbright

Becas Fulbright Ministerio de Economía Comercio y Empresa

Becas de movilidadBecas de formación prácticaBecas de librosBecas de matrículaBecas para estudiar en el extranjeroBecas para trabajadoresBecas para cursosBecas para funcionariosBecas de estanciasUniversitarios

INSCRIPCIONES

20/10/202420/11/2024
Finalizada

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Becas Fulbright Ministerio de Economía Comercio y Empresa: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Fulbright Ministerio de Economía Comercio y Empresa ofrecen una oportunidad única para aquellos interesados en estudiar o investigar en Estados Unidos.

Podrán postularse a las La Becas Fulbright Ministerio de Economía Comercio y Empresa las personas con nacionalidad española que tengan título superior de Doctor, Licenciado, Máster, Grado, Ingeniero o Arquitecto, expedido por una universidad española.

Estas becas cubren tanto los gastos básicos como complementarios durante la estancia en el país, ofreciendo un apoyo integral para los beneficiarios. Las asignaciones básicas incluyen una mensualidad para gastos personales, un monto para el viaje de ida y vuelta, y una cobertura para la matrícula, tasas y seguro médico de la universidad. Los beneficiarios también pueden contar con un seguro de salud y accidentes, cubierto por el Gobierno estadounidense, y una asignación para la compra de libros y otros gastos iniciales. Además, las becas incluyen una ayuda para proyectos de investigación y formaciónAl finalizar la beca, se exige una justificación de los fondos utilizados para asegurar la transparencia en el uso de los recursos.

Las Becas Fulbright Ministerio de Economía Comercio y Empresa representan una excelente oportunidad para impulsar el desarrollo académico y profesional de los participantes, brindándoles acceso a recursos educativos de alto nivel en Estados Unidos. Consulta toda la información sobre las mismas aquí.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Ingeniería
  • Arquitectura
País de origen
  • España
País de destino
  • Estados Unidos
Nacionalidades
  • Española

Requisitos

Los solicitantes de las Becas Fulbright Ministerio de Economía Comercio y Empresa deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • a. Tener nacionalidad española. No se admitirán solicitudes de beneficiarios de doble nacionalidad con Estados Unidos de América.
  • b. Estar en posesión de título superior –Doctor, Licenciado, Máster, Grado, Ingeniero o Arquitecto– expedido por una universidad española. En el caso de los títulos otorgados por centros universitarios extranjeros o españoles privados, deberán estar homologados, por el departamento competente en materia de homologaciones, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • c. Poseer un excelente conocimiento del idioma inglés, hablado y escrito, acreditado de la forma prevista en esta orden, en el momento de formalizar la solicitud.
  • d. Estar prestando servicios efectivos en el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, como funcionario de carrera del subgrupo A1 o A2, con un mínimo de un año de antigüedad en la Administración General del Estado en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Además, se deberá acreditar un claro interés, por razón del puesto que desempeña, y justificar la aplicabilidad y utilidad de la formación para las actividades ordinarias del Ministerio.

Los solicitantes deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.


Dotación

Criterios para determinar la dotación

  1. La dotación de las Becas Fulbright Ministerio de Economía Comercio y Empresa para los beneficiarios cubrirá unas asignaciones básicas y unas asignaciones complementarias para eventuales acompañantes. La cuantía individualizada de las diferentes asignaciones, serán las que se establezcan en las diferentes convocatorias, con arreglo a los criterios recogidos a continuación.
  2. Asignaciones básicas:
    1. a. Una asignación mensual para cubrir los gastos que se originen como consecuencia de la estancia del becario en Estados Unidos de América, que se determinará a tanto alzado.
    2. b. Una asignación única para el viaje de ida y vuelta, que se determinará a tanto alzado.
    3. c. En las actividades de formación y perfeccionamiento, el importe de la matrícula, tasas y, en su caso, seguro médico obligatorios de la universidad, con los importes máximos que se establezcan en la convocatoria. En el caso de proyectos de investigación, una ayuda para gastos de proyecto con la cuantía máxima que se fije en cada convocatoria.
    4. d. El importe de un curso de orientación académica previo al inicio de la beca, si el organismo colaborador del Programa Fulbright en los Estados Unidos de América, lo considera oportuno a partir del estudio de los expedientes de solicitud de ingreso en las universidades. Estos gastos de matrícula serán cubiertos por el Gobierno estadounidense, así como los gastos de manutención, alojamiento y los básicos durante el período del curso de orientación, todo ello según disponga el organismo antes mencionado.
    5. e. Suscripción, por parte del Gobierno estadounidense, de un seguro de enfermedad y accidentes para los becarios Fulbright, con exclusión de determinados tratamientos que se comunicarán a los becarios antes de su incorporación a los Estados Unidos de América.
    6. f. Una asignación única para la compra de libros y gastos de primera instalación, que se determinará a tanto alzado.
  3. Asignaciones complementarias: en el caso de que el becario fuera acompañado por un familiar que tenga legalmente a su cargo percibirá las siguientes asignaciones si permanece con el becario durante su estancia en los Estados Unidos de América:
    • a. Los beneficiarios recibirán durante todo el período de la beca una ayuda, que vendrá fijada en la convocatoria, para que un familiar acompañante que tengan legalmente a su cargo y que los acompañe al menos el 80 por ciento de la estancia suscriba un seguro médico similar al que disfrutará el becario.
    • b. Una asignación única por un familiar que acompañe al becario durante al menos el 80 por ciento del período de disfrute de la beca en concepto de ayuda para el viaje de ida y vuelta, que se determinará a tanto alzado.
  4. Gastos administrativos generados en España: la Comisión Fulbright recibirá una compensación por los gastos administrativos generados en España por la gestión de las becas, que se determinará como un catorce por ciento del presupuesto anual del programa. En este sentido, así se indicará en el convenio de colaboración que se firmará entre el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa y la Comisión Fulbright.
  5. Cuantía de las asignaciones: la cuantía de las diferentes asignaciones estará sujeta a las disponibilidades presupuestarias de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, de la Secretaría de Estado de Comercio y de la Subsecretaría en cada ejercicio para estas becas. La convocatoria fijará la dotación máxima anual para las becas y concretará las cuantías de cada una de las asignaciones. Para cada convocatoria, la Comisión Fulbright presentará el presupuesto que será aprobado por el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, previo estudio y revisión.
  6. Asignaciones para las renovaciones: las renovaciones contemplarán las asignaciones básicas y complementarias recogidas en el apartado 2 y 3 exceptuando el importe del curso de orientación académica del apartado 2, letra d). 
  7. La Comisión Fulbright, una vez recibidos los fondos del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, hará llegar a los becarios, por adelantado, las cantidades relativas a su asignación mensual, abonará los gastos de la universidad al recibo de la factura correspondiente y los de preinscripción y prematrícula, si los hubiere, a la presentación de los mismos. En relación al resto de asignaciones previstas, se estará a lo dispuesto en el convenio.

Presentación

De acuerdo con lo dispuesto en la letra e) del apartado 2 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la tramitación electrónica de las Becas Fulbright Ministerio de Economía Comercio y Empresa será obligatoria en todas las fases del procedimiento.

Corresponde a la Comisión Fulbright la cooperación en la gestión, desarrollo y seguimiento de estas becas, por lo que las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible relativas a ellas, serán presentadas en la plataforma electrónica de la Comisión Fulbright, a la que se accederá a través de la dirección electrónica https://fulbright.es.

El formulario de solicitud electrónica estará disponible en https://fulbright.es/programas-y-becas/becas-para-espanoles. Todos los formularios de solicitud quedarán guardados en la base de datos electrónica de la Comisión Fulbright.

Más información

Objeto

La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de la concesión de las becas Fulbright por el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa con la finalidad de contribuir a la formación y perfeccionamiento del personal funcionario de carrera destinado en el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, mediante la realización de un proyecto de formación académica y perfeccionamiento técnico-profesional en una universidad estadounidense, siguiendo un programa de estudios establecido para la obtención del grado de «master» u otra titulación o certificación profesional, un plan de acreditación académica sin objetivo de titulación o un proyecto de investigación.

Las becas se concederán para la formación, perfeccionamiento, acreditación académica o investigación en los ámbitos de competencia del Ministerio.

Número y duración

El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, con la colaboración de la Comisión Fulbright, convocará anualmente un máximo de cuatro becas que podrán ser nuevas o renovaciones.

La duración de las becas será de un mínimo de un curso académico y un máximo de dos, que en ningún caso será superior a veinticuatro meses fijándose su fecha límite de finalización en la respectiva convocatoria. Requisitos de los solicitantes.

Procedimiento de selección

  1. En la intranet del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa se publicarán los acuerdos que aprueben la relación de candidatos admitidos al proceso selectivo, convocando a los mismos a la realización de las pruebas de cada fase, así como los relativos a los resultados.
  2. La selección se llevará a cabo en dos fases, cada una de ellas eliminatoria:
    • a. Primera fase: prueba eliminatoria de inglés. El solicitante deberá realizar la prueba de idioma inglés que se determine en cada convocatoria por el órgano concedente. Quedará exento de la realización de dicha prueba el solicitante que presente uno de los exámenes de inglés especificados en cada convocatoria, con la puntuación y fecha de examen requeridas. Si el interesado opta a un programa de titulación o certificación, una vez admitido como candidato, se le podrán solicitar nuevas pruebas de inglés.
    • b. Segunda fase: quienes hayan superado la primera fase deberán realizar una entrevista personal con los miembros del Comité de Selección. En dicha entrevista se valorarán los siguientes puntos:
      • 1.º La exposición oral del proyecto y la defensa de la memoria presentada, que supondrá el 40 por ciento de la nota final.
      • 2.º Plan de aplicación de los objetivos de la formación en el puesto de trabajo de origen, que supondrá el 40 por ciento de la nota final.
      • 3.º La experiencia y desempeño profesional en el ámbito del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, que se valorará hasta con un 20 por ciento de la nota final cuando el solicitante cuente con una antigüedad en el mismo de dos o más años a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
      • En el caso de empate en la puntuación se tendrán en cuenta los méritos profesionales y académicos del aspirante.

Procedimiento de resolución

  1. Concluidas las pruebas, una vez evaluadas las solicitudes, el Comité de Selección, como órgano colegiado, emitirá informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, con la puntuación obtenida por cada candidato y la propuesta de personas seleccionadas, así como las personas de reserva, si las hubiere.
  2. El Gabinete Técnico de la Subsecretaria, como órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del Comité de Selección, tras informe formulará y hará pública la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada con una relación provisional de las personas seleccionadas, una lista con las personas de reserva, si las hubiere, en número no superior al doble de becas convocadas y, en su caso, las solicitudes desestimadas.
  3. Se concederá un plazo de diez días para la presentación de alegaciones y en el que los seleccionados deberán confirmar que no incurren en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos y que aceptan la beca.
  4. Transcurrido dicho plazo, el Gabinete Técnico elevará la propuesta de resolución definitiva a la persona titular del Ministerio que dictará la resolución del procedimiento. La resolución de concesión será publicada de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1, letra b), de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en la intranet del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. Así mismo, será publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con lo previsto en el artículo 18.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Por su parte, la Comisión presentará la resolución al «J. William Fulbright Foreign Scholarship Board» de los Estados Unidos de América para su aprobación. Posteriormente, dicha resolución será notificada a los adjudicatarios en el plazo máximo de diez días y comunicada en ese mismo plazo a la Comisión Fulbright.
  5. De conformidad con el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, el plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria en el «Boletín Oficial de Estado», salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior.
  6. Contra la resolución definitiva de concesión de las becas, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o recurso contencioso-administrativo conforme a lo establecido por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.
  7. El vencimiento del plazo máximo sin haberse publicado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la beca.
  8. La concesión definitiva de las becas quedará condicionada a la admisión de los candidatos seleccionados en la institución correspondiente. Si tras su selección por el Comité, no se pudiera llegar a adjudicar definitivamente alguna de las becas, se llamaría a las personas candidatas a la beca en reserva por el orden establecido en la lista.

Situación administrativa del becario durante su estancia en los Estados Unidos de América

La situación administrativa de los becarios durante su estancia en los Estados Unidos de América será la situación en servicio activo con licencia por estudios a efectos de sueldo y trienios, de conformidad con el artículo 72 de la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado, aprobada mediante Decreto 315/1964, de 7 de febrero, y el artículo 86 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobada mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Plazo y forma de justificación de los fondos por la Comisión Fulbright

La Comisión Fulbright llevará los registros contables que le permitan presentar al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa la justificación de la distribución de los fondos por parte de los beneficiarios del cumplimiento de las condiciones para el otorgamiento de las subvenciones y requisitos para la verificación de esta, y la justificación de la acreditación por parte de la entidad colaboradora de la entrega de los fondos a los beneficiarios, mediante cuenta justificativa simplificada con liquidación y reintegro de fondos, si procede, en un plazo no superior a seis meses desde la finalización del disfrute de las becas.

La Comisión Fulbright presentará al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa un informe anual de todas las actividades realizadas y de la utilización de fondos puestos a su disposición, pudiendo el Ministerio solicitar esta a la Comisión Fulbright, además, los informes específicos que considere necesarios.

Enlaces de interés

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Documentación a adjuntar

Los solicitantes deberán rellenar y enviar electrónicamente la solicitud con la siguiente documentación:

  • a. Proyecto de estudios que quiere desarrollar en Estados Unidos de América y universidad o institución de preferencia.
  • b. Prueba escrita de admisión o de invitación para investigar en una institución estadounidense. Si no se adjunta esta prueba, se debe indicar –por orden de preferencia– tres instituciones y la razón que le lleva a seleccionarlas.
  • c. En su caso y de forma opcional, resultados de los exámenes de inglés que se especifiquen en la convocatoria, con la puntuación y condiciones allí indicadas.
  • d. Cartas de referencia de profesores universitarios o personas elegidas por su relación académica o profesional con la formación propuesta.
  • e. Carta de apoyo del superior jerárquico del candidato autorizando su ausencia durante el periodo propuesto para desarrollar el proyecto en los Estados Unidos de América.
  • f. Currículum profesional, copia simple del certificado académico completo y título de funcionario de carrera. g) Libro de familia, en caso de tener legalmente familiares a cargo del beneficiario.
  • h. Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos y condiciones para el acceso a esta beca, así como de no hallarse en circunstancia alguna que impida adquirir la condición de beneficiario de las dispuestas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La solicitud se entenderá firmada una vez presentada electrónicamente.


La comprobación de los datos relativos al documento nacional de identidad, o del pasaporte, que acredite su identidad personal se realizará de oficio por el órgano instructor, de acuerdo con lo previsto al efecto en la Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre, por la que se establece la configuración, características, requisitos y procedimientos de acceso al Sistema de Verificación de Datos de Identidad, y en la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en cuanto a la potestad de verificación de las Administraciones públicas de las solicitudes que formulen los interesados. En el caso de que el solicitante no autorice dicha consulta, que deberá expresarlo convenientemente en la solicitud, deberá aportar copia simple del documento nacional de identidad, o del pasaporte.

La presentación de la solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente de las becas obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias previstas en los artículos 18 y 19 del Reglamento, en materia tributaria y de Seguridad Social.

Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días naturales, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos. Si en este plazo no se produjese la subsanación, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo específico de presentación de solicitudes se determinará en cada convocatoria y no podrá ser inferior a un mes. El plazo se computará a partir de la fecha de publicación del extracto de cada convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas Fulbright Ministerio de Economía Comercio y Empresa ofrecen una oportunidad única para aquellos interesados en estudiar o investigar en Estados Unidos.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Fulbright Ministerio de Economía Comercio y Empresa" es: desde 20/10/2024 hasta 20/11/2024.

La Beca "Becas Fulbright Ministerio de Economía Comercio y Empresa" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Fulbright Ministerio de Economía Comercio y Empresa" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de estancias
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas sociales
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes