Diputación Provincial de Alicante

Becas Residenciales Estudiantes Universitarios

Becas de alojamiento o residenciaUniversitarios

INSCRIPCIONES

04/07/202403/08/2024
Finalizada

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Becas Residenciales Estudiantes Universitarios: solicitud y plazos

Descripción

La Diputación Provincial de Alicante convoca las Becas Residenciales Estudiantes Universitarios, cuya finalidad es ayudar a los estudiantes que cursan un grado  o un máster conducente a profesiones reguladas. La universidad donde comiencen o continuen sus estudios deberá ser la Universidad de Alicante o la Universidad Miguel Hernandez.

Las Becas Residenciales Estudiantes Universitarios, consisten en dotar al becario de alojamiento y manutención en la Residencia de Estudiantes ubicada en el Hogar Provincial Antonio Fernandez Valenzuela. Además podrán beneficiarse de una ayuda de hasta 550 euros por beca para gastos de matriculación.

Para poder optar a una de las Becas Residenciales Estudiantes Universitarios, se debe estar empadronado en un municipio de la provincia de Alicante, con al menos 6 meses y un día, anterior a la fecha de presentación de solicitudes, entre otros requisitos.

Los criterios de valoración utilizados para la adjudicación de estas becas serán académicos, socio familiares o haber disfrutado previamente de una plaza en la residencia.

Si cumples con los requisitos marcados en la presente convocatoria, no dudes y solicita ya una de las Becas Residenciales Estudiantes Universitarios. En nuestra web te ofrecemos toda la información como plazos, requisitos y mucho más. No pierdas esta oportunidad.

Datos básicos

Nº de becas
20
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
País de origen
  • España
Región de origen
  • Comunidad Valenciana
Provincia de origen
  • Alicante
Nacionalidades
  • Española
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Para poder beneficiarse de las Becas será preciso reunir las siguientes condiciones:

  • Ser español o nacional de un país de la UE.
  • Estar empadronado en un municipio de la provincia de Alicante con antelación mínima de 6 meses más 1 día anteriores a la solicitud.
  • No haber cumplido los 28 años de edad en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
  • Iniciar o estar cursando en la Universidad de Alicante o la Universidad Miguel Hernández:
    • Estudios universitarios conducentes a la obtención de Grado.
    • Estudios de Másteres Universitarios conducentes a profesiones reguladas que son requisito imprescindible para poder ejercer la profesión de referencia (“Máster Habilitante”). En concreto aquellos incluidos en el Anexo III, apartado A del Decreto 123/2022, de 23 de septiembre del Consell, o que se encuentren recogidos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) como Máster Habilitante para el ejercicio de la profesión.

Quedan excluidos de esta convocatoria los estudios para másteres no incluidos en el Anexo III, apartado A del Decreto 123/2022, de 23 de septiembre del Consell, y aquellos que no se consideren como Máster Habilitante para el ejercicio de la profesión de conformidad con el RUCT; la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado; la realización de estudios de especialización o títulos propios de las universidades, ni becas para la realización de estudios de Grado si el estudiante ya dispone de una titulación universitaria oficial.

Dotación

La concesión de las Becas Residenciales Estudiantes Universitarios llevará consigo las siguientes prestaciones:

  • a. Alojamiento y manutención gratuitos en la Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios, ubicada en el Hogar Provincial Antonio Fernández Valenzuela de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, hasta la finalización del curso académico 2024/2025, y en todo caso hasta 30 de junio de 2025.
  • b. Abono de hasta 550 euros por Beca, para gastos de matriculación del curso académico, contra documento justificativo de la previa realización del gasto correspondiente.
  • c. Se excluyen otros gastos derivados de cursos, seminarios, jornadas y análogos a éstos, no incluidos en la matrícula, incluso aunque reconozcan créditos de libre elección para el expediente académico del alumno. El importe de las ayudas quedará condicionado a la existencia de crédito presupuestario suficiente y adecuado para atenderlas, en el Presupuesto de la Excma. Diputación de Alicante para el ejercicio 2025.
  • d. El disfrute de la Beca permitirá al estudiante la asistencia a las clases en los cursos en que esté matriculado de acuerdo con los horarios oficiales de los centros docentes. El abono de las prestaciones a que se refiere el apartado b) anterior, se realizará a partir del 5 de junio de 2025. A tal efecto los justificantes acreditativos del gasto correspondiente, deberán ser presentados antes de esta fecha. El abono de esta cuantía será incompatible con la percepción de cualquier otra beca o ayuda por el mismo concepto.

Presentación

Los solicitantes de las Becas Residenciales Estudiantes Universitarios elevarán sus solicitudes al Ilmo. Sr. Presidente dela Excma. Diputación Provincial de Alicante, conforme al modelo que se incluye como Anexo I, con la correspondiente documentación, presentándose todo ello una vez publicadas las bases y abierto el plazo de presentación de solicitudes:

  • A través de medios electrónicos en la sede electrónica de la página web de la Diputación de Alicante, Catálogo de Trámites Hogar Provincial Antonio Fernández Valenzuela. Convocatoria de Becas Residenciales para Estudiantes Universitarios, https://diputacionalicante.sedelectronica.es/catalog/t/a883d813-42ef-4f3c-a44abe7887f6bc61
  • Presencialmente, en el Registro General de la Diputación Provincial, en horario de oficina, de 9 h a 14 h, de lunes a viernes (calle Tucumán nº 8, 03005 Alicante).
  • Por cualquier otro de los procedimientos establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El Hogar Provincial Antonio Fernández Valenzuela pondrá a disposición de los interesados el texto completo de las Bases y el modelo de Solicitud en la sede electrónica de la página web de la Diputación https://diputacionalicante.sedelectronica.es/catalog/t/a883d813-42ef-4f3c-a44abe7887f6bc61 y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index

En el cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la LGS, el plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, (www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index) una vez que se haya presentado ante esta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación. Si el último día fuese inhábil el plazo concluirá el primer día hábil siguiente.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos personales facilitados serán incorporados y tratados en un fichero titularidad de la Diputación Provincial de Alicante con la exclusiva finalidad de gestionar y controlar las ayudas y subvenciones concedidas.

Más información

Obligaciones

Los estudiantes becarios deberán someterse a las normas de funcionamiento de régimen interno del Hogar Provincial, así como al Reglamento de la Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios y de Deportistas en Equipos Alicantinos asi mismo aprobado para dicho Centro.

Se observarán en todo momento las normas e instrucciones sanitarias, de higiene y prevención dictadas por las autoridades competentes en relación con el control y contención de la COVID-19.del que serán informados antes de ingresar una vez otorgada la beca.

Criterios de selección

La valoración de las solicitudes se hará por la Comisión correspondiente teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

  • A. Académicos: Hasta 5 puntos.
    • Expedientes académicos de los estudios realizados en los dos últimos cursos: 2022/2023 y 2023/2024, o de los dos últimos años académicos cursados por el solicitante, que se valorarán de la manera siguiente, teniendo en cuenta las calificaciones medias obtenidas en conjunto en dichos Cursos:
      •  Media hasta 4,99: 0 puntos.
      • Media de 5 hasta 5,99: 1 punto.
      • Media de 6 hasta 6,99: 2 puntos.
      • Media de 7 hasta 7,99: 3 puntos.
      • Media de 8 hasta 8,99: 4 puntos.
      • Media de 9 hasta 10: 5 puntos.
    • No se valorará, en el caso de calificaciones académicas universitarias, el resultado de las convocatorias extraordinarias del curso 2023/2024, salvo la correspondiente a la de diciembre de 2023. A los efectos de la valoración del expediente académico, se considerarán todas las asignaturas en que se haya matriculado el alumno en el curso correspondiente, aunque no se presente a los exámenes.Para el cómputo de la nota media, se hará la transformación numérica de acuerdo con la siguiente tabla de equivalencias:
      • Anulación de convocatoria: 0 puntos.
      • Suspenso y no presentado: 2 puntos.
      • Suficiente o aprobado: 5 puntos.
      • Bien: 6 puntos.
      • Notable: 8 puntos.
      • Sobresaliente: 9 puntos.
      • Matrícula de Honor: 10 puntos.
    • En las calificaciones expresadas de forma cuantitativa, se computará de acuerdo con la siguiente tabla de equivalencias:
      • Calificación de hasta un 4,9: 2 puntos.
      • Calificación de hasta un 5,9: 5 puntos.
      • Calificación de hasta un 6,9: 6 puntos.
      • Calificación de hasta un 8,9: 8 puntos.
      • Calificación de hasta un 9,9: 9 puntos.
      • Calificación igual a 10: 10 puntos.
    • En los estudios estructurados por créditos, la nota media a estimar será la resultante de aplicar las equivalencias obtenidas con arreglo a la siguiente fórmula:V = (P x NCA) / NCT.
    • V = Valor resultante de la ponderación de la nota obtenida en cada asignatura.
    • P = Puntuación de cada asignatura de acuerdo con la tabla de equivalencias.
    • NCA = Número de créditos de la asignatura.
    • NCT = Número de créditos totales cursados.
    • Respecto a las pruebas de acceso a estudios universitarios, cuando fuese preciso realizarla en razón de los estudios a cursar, solamente se deberá acreditar el haberla superado, sin que la calificación obtenida se tenga en cuenta para las valoraciones anteriores. Si como resultado de la aplicación de lo dispuesto en esta base, la nota media resultante fuera inferior a 5 puntos, el solicitante quedará excluido automáticamente, salvo que en el mismo concurran situaciones socio-familiares especiales susceptibles de ser valoradas con el máximo de puntuación (3 puntos),de acuerdo con lo previsto en la Base Quinta apartado B) punto 3 en razón a la finalidad que motiva esta convocatoria.
  • B. Socio-familiares: Hasta 16 puntos, que se concederán con arreglo a lo siguiente:
    1. Composición de la unidad familiar: Hasta 3 puntos. Se tendrá en cuenta la composición de la unidad familiar, según conste en el certificado de convivencia colectivo, a la fecha de finalización del plazo de las solicitudes, y se computarán en función de los siguientes criterios:
      • 1 hijo: 0 puntos.
      • 2 hijos: 1 punto.
      • Más de 2 hijos: 2 puntos.
      • En caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar presentara diversidad funcional superior al 33 %, se asignará 1 punto más.
    2. Condición familiar: Hasta dos puntos, valorándose de la siguiente forma:
      • Familia monoparental: 1 punto.
      • Orfandad absoluta: 2 puntos.
      • A estos efectos se deberá presentar el correspondiente título acreditativo.
    3. Situaciones familiares especiales: Hasta tres puntos, valorándose en función del informe social que se emitirá por el/la trabajador/a social del equipo municipal del lugar en el que está empadronado el estudiante (violencia de género, familia de acogida, situación de la vivienda, y otras situaciones especiales).
    4. Renta neta anual de la unidad familiar, por miembro computable: conforme tabla Real Decreto 201/2024 de 24 febrero, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2024-2025: Hasta cinco puntos, valorándose conforme al siguiente baremo:
      • hasta 4.500 euros 5 puntos.
      • de 4.500,01 a 4.900,00 euros 4 puntos.
      • de 4.900,01 a 5.300,00 euros 3 puntos.
      • de 5.300,01 a 5.700,00 euros 2 puntos.
      • de 5.700,01 a 6.100,00 euros 1 punto.
      • más de 6.100,00 euros 0 puntos.
      • La determinación del importe de la renta anual de la unidad familiar, se realizará en consonancia a los regulado en los artículos 14, 15 y 16 del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se estable el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas del Ministerio de Educación y Ciencia. A estos efectos, son miembros computables de la familia los siguientes: el padre y la madre, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del solicitante,los hermanos solteros menores de veinticinco años y que convivan en el domicilio familiar, o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente. En caso de divorcio, separación legal o de hecho de los padres, no se considerará miembro computable aquel de ellos que no conviva con el solicitante de la beca,sin perjuicio de que en la renta familiar se incluya su contribución económica. Tendrá, no obstante, la consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación cuyas rentas y patrimonio se incluirán dentro del cómputo de la renta y patrimonio familiares. La renta anual de la unidad familiar se justificará por medio de una fotocopia compulsada de la totalidad de las hojas (incluida la hoja de liquidación) de la declaración o declaraciones de la renta de cada uno de sus miembros, correspondiente/s al ejercicio 2023, debidamente sellada/s por la entidad que admitió su presentación, o con el código seguro de verificación impreso a pie de página del documento si se presentó de forma telemática. En caso de no haber estado obligado a presentar la declaración de la renta de 2023, o si se trata de ingresos no sujetos a declaración, ello se justificará por medio de las certificaciones que expida el organismo correspondiente (empresas, INEM, delegaciones de Hacienda, etc.), así como por cualquier otro documento que acredite suficientemente la percepción de rentas de cualquier miembro de la unidad familiar. La no presentación de algún tipo de documento acreditativo de la renta supondrá que este criterio se valore con el mínimo de la puntuación establecida.
    5. Distancia del domicilio a la ciudad de Alicante: Hasta cuatro puntos, que se valorarán de la siguiente manera:
      • Hasta 25 Kilómetros: 0 puntos.
      • De 26 a 50 Kilómetros: 1 punto.
      • De 51 a 75 Kilómetros: 2 puntos.
      • De 76 a 100 Kilómetros: 3 puntos.
      • Más de 100 Kilómetros: 4 puntos.
      • Para valorar la distancia entre los distintos municipios de la provincia y la ciudad de Alicante, se utilizará el cuaderno “Distancias kilométricas entre municipios de a provincia de Alicante” publicado por Suma, Gestión Tributaria, aprobado mediante Decreto de Presidencia de ese mismo Organismo de fecha 13 de marzo de 2006.
  • C. Haber disfrutado de plaza de becario en la Residencia de Estudiantes Universitarios del Hogar Provincial, 3 puntos, en el Curso 2023/2024 o en cursos anteriores, siempre que no hubiesen interrumpido los estudios y no hubieren concurrido las circunstancias previstas en el último párrafo de la Base Quinta A) de la presente convocatoria. Una vez efectuada la valoración de los expedientes, en caso de producirse empates, éstos se resolverán según la puntuación obtenida en los criterios de valoración de acuerdo con el siguiente orden: puntuación obtenida en la valoración de la nota media académica, valoración de las situaciones familiares especiales, valoración de la renta neta anual de la unidad familiar, valoración composición dela unidad familiar, valoración de la condición familiar, valoración de la distancia del domicilio a la ciudad de Alicante y nota media aritmética del expediente.
Enlaces de interés

https://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2024/07/03_126/2024_005284.pdf

Documentación a adjuntar

Los solicitantes deberán presentar junto a su instancia, debidamentecumplimentada, la siguiente documentación:

  • Fotocopia del D.N.I.
  • Certificación académica de las calificaciones obtenidas en los dos últimos cursos realizados (años académicos 2022/2023 y 2023/2024, o en su caso los dos últimos cursados por el solicitante), o fotocopia de las mismas debidamente compulsadas o con firma de la Secretaría del Centro en el que se han cursado los estudios o CSV.
  • Certificación de empadronamiento colectivo en vigor.
  • Fotocopia compulsada o con sello digital de autenticidad de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2023. Si en razón de los ingresos familiares no se tuviera obligación de presentar declaración del IRPF, se deberán acreditar los ingresos de la unidad familiar mediante cualquier documento en donde se consignen fehacientemente dichos ingresos.
  • Fotocopia del Libro de Familia.
  • Para la descripción de las situaciones socio-familiares especiales, se requerirá informe social emitido por el/la trabajador/a social del equipo municipal.
  • Para la justificación de la diversidad funcional superior al 33% de alguno delos miembros de la unidad familiar, se deberá presentar resolución sobre reconocimiento de grado de discapacidad de la Consellería competente en materia de Servicios Sociales.
  • h. Para la justificación del criterio condición familiar se deberá presentar el título acreditativo correspondiente.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas Residenciales Estudiantes Universitarios

La Diputación Provincial de Alicante convoca las Becas Residenciales Estudiantes Universitarios, cuya finalidad es ayudar a los estudiantes que cursan un grado  o un máster conducente a profesiones reguladas. La universidad donde comiencen o continuen sus estudios deberá ser la Universidad de Alicante o la Universidad Miguel Hernandez.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Residenciales Estudiantes Universitarios" es: desde 04/07/2024 hasta 03/08/2024.

La Beca "Becas Residenciales Estudiantes Universitarios" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Becas Residenciales Estudiantes Universitarios" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes