Comunidad Valenciana

Becas Prácticas Profesionales en IVACE

Becas de formación prácticaNo universitariosUniversitarios

INSCRIPCIONES

02/09/202420/09/2024
Abierta

Becas Prácticas Profesionales en IVACE: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Prácticas Profesionales en IVACE que convoca y pone en marcha el gobierno de la Comunidad Valenciana, están orientadas a facilitar el desarrollo de un formación a nivel práctico en las unidades administrativas de la Agencia Valenciana de Innovación en las dependencias de Valencia y Alicante.

Para poder acceder a una de las becas ofertadas, se exige contar con nacionalidad española o de algún estado miembro de la Unión Europea, así como disponer de la titulación de Grado o Licenciatura en algunas de las carreras indicadas, o la titulación correspondiente a Ciclo Formativo de Grado Superior, entre otros requisitos.

Por otro lado también se evaluarán diversos criterios de selección como el expediente académico de los aspirantes, la formación complementaria de la que estos dispongan, el conocimiento de idiomas, disponer de alguna discapacidad, o ser víctima de violencia de género.

Con todo ello, la Comunidad Valenciana, pretende brindar la oportunidad de mejorar los conocimientos a nivel práctico a aquellos candidatos que reúnan el perfil más adecuado para el desarrollo de las actividades encomendadas.

Además, los candidatos seleccionados con una de las Becas Prácticas Profesionales en IVACE recibirán una dotación económica durante el periodo de desarrollo de dichas actividades, lo que supone un valor añadido a la realización de las mismas.

Para conocer todos los detalles y saber cómo puedes optar a una de las Becas Prácticas Profesionales en IVACE, tan sólo tienes que consultar la información que te proporcionamos aquí.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Ciclos formativos de grado superior
Rama
  • Periodismo y Comunicación Audiovisual
  • Artes y Humanidades
  • Arquitectura e Ingenierías
  • Economía, Derecho, y Ciencias Jurídicas
  • Ciencias Políticas
Carrera
  • Información y Documentación
  • Ingeniería en Informática
  • ADE - Administración y Dirección de Empresas
  • Derecho
  • Economía / Ciencias Económicas
Nacionalidades
  • Española
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Para la obtención de la beca será necesario cumplir con los siguientes requisitos en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

  • a. Tener nacionalidad española o ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea. Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar conocimientos suficientes en alguna de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana; aspecto que se verificará, en su caso, durante el proceso de selección.
  • b. No ser mayor de 35 años.
  • c. Estar en posesión de una de las titulaciones indicadas a continuación, expedida u homologada por las autoridades españolas correspondientes, o de los otros países de la Unión Europea, así como que no hayan transcurrido más de 5 años desde su finalización. Las titulaciones requeridas, según la materia objeto de la beca seránlas siguientes:
    1. Becas en materia de comunicación:
      • Especialidad Periodismo: licenciatura o grado en Ciencias de la información, rama de Periodismo.
      • Especialidad Audiovisual: licenciatura o grado en Ciencias de la Información, rama de Imagen Audiovisual y Auditiva, o licenciatura o grado en Comunicación Audiovisual.
    2. Becas en materia de gestión económico-administrativa:
      • Especialidad Jurídica: licenciatura o grado en Derecho.
      • Especialidad Económico Administrativa: licenciatura o grado en Ciencias Políticas y de la Administración Pública, en Gestión y Administración Pública, en Ciencias Económicas, o en Administración y Dirección de empresas.
    3. Becas en materia de informática:
      • Especialidad Microinformática: Ingeniería en informática, Ingeniería técnica en informática, grado en Ingeniería Informática, técnico superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red y técnico superior en Administración de Sistemas Informáticos.
      • Especialidad Aplicaciones informáticas: Ingeniería en Informática, Ingeniería Técnica en Informática, grado en Ingeniería Informática, técnico superior de desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma y técnico superior en desarrollo de Aplicaciones Web.
    4. Becas en materia de Innovación:
      • Título universitario oficial de licenciatura, ingeniería, arquitectura o equivalente, o bien título universitario oficial de grado que, de acuerdo con los planes vigentes, habilite para ejercer las actividades de carácter profesional. Estar en posesión del nivel intermedio de la Escuela Oficial de idiomas o título homologado del nivel B2 de inglés.
  • d. Estar en posesión del certificado B1 de conocimiento de valenciano o equivalente, expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, de acuerdo con lo que establece la Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regulan los certificados oficiales administrativos de conocimiento de valenciano de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià y la homologación y validación de otros títulos y certificados.
  • e. No haber sido persona beneficiaria de becas de prácticas profesionales en la Generalitat por un período igual o superior a 36 meses, anteriormente.
  • f. No hallarse incurso o incursa en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.

No podrán optar a estas becas quienes, en el momento de publicarse la convocatoria, ya estén disfrutando de una beca de prácticas profesionales en la Generalitat.

Dotación

  • La dotación económica de cada una de las Becas Prácticas Profesionales en IVACE será la establecida según Resolución de la Conselleria con competencias en Hacienda vigente en cada periodo, por la que se establece la cantidad inicial de percepción en cada ejercicio, de las becas sometidas al ámbito de aplicación del Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, y que se reflejará en la correspondiente convocatoria.
  • Sobre dicho importe se practicará la retención correspondiente a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como la correspondiente cotización a la Seguridad Social, en los términos establecidos en el Real decreto 1493/2011, de 24 de octubre, y las demás que, en su caso, con arreglo a la normativa vigente, pudieran corresponder.
  • En caso de prórroga de las becas, en el segundo periodo la cuantía procedente será la que resulte aplicable, de acuerdo con la resolución a que se refiere el art. 17.1 del Decreto 132/2009, de 4 de septiembre.
  • Las cantidades abonadas en ningún caso tendrán el carácter de salario o retribución, sino de ayuda económica para los gastos que la beca comporta.
  • Durante el periodo de vigencia de la beca y con el fin de que la cuantía de la ayuda concedida no se vea indirectamente mermada, se podrán abonar ayudas complementarias para compensar los gastos derivados de actividades que, a consideración del tutor o tutora responsable de la formación, se entiendan necesarios o convenientes. En este caso, dichos gastos serán resarcidos en los términos que, para el personal de la Generalitat establece el Decreto 24/1997, de 11 de febrero, del Consell sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios, modificado por el Decreto 64/2011, de 27 de mayo, del Consell.
  • La aplicación de dicha normativa se refiere únicamente a los conceptos y cuantías que deban ser resarcidos, sin que ello implique una modificación en la relación jurídica de la persona becaria con la administración.

Presentación

  1. Las personas aspirantes a obtener una de las Becas Prácticas Profesionales en IVACE presentarán, por vía electrónica, la solicitud y currículum de forma completa según modelos normalizados, en el plazo que se señale en la correspondiente convocatoria. Ambos documentos estarán accesibles en la Sede Electrónica de la Generalitat: sede.gva.es.
  2. Para poder realizar la presentación electrónica, la persona solicitante podrá utilizar los certificados electrónicos incorporados al documento nacional de identidad, los certificados electrónicos reconocidos y aquellos sistemas de firma electrónica avanzada que se admitan por la Administración según la normativa.
  3. La presentación de la solicitud en el registro electrónico se podrá acreditar mediante el recibo expedido por este de modo automático. Se podrá recuperar dicho justificante de registro accediendo al área personal.

Más información

Objeto y finalidad

  • Las becas tendrán por objeto la realización de prácticas profesionales en las unidades administrativas que dependen de la Agencia Valenciana de Innovación y que se distribuyen entre sus dependencias de Valencia y Alicante.
  • Las becas se conceden con la finalidad de acercar el conocimiento práctico de la actividad de la administración de la Generalitat y apoyar la formación complementaria, mejora y especialización profesional de las personas con las titulaciones oficiales requeridas

Duración de las becas

  1. El período de duración de las becas se especificará en la convocatoria y será como máximo de 12 meses a contar desde la fecha de incorporación que se indique en la convocatoria de concesión.
  2. La beca podrá ser prorrogada con las condiciones establecidas en el art.5 del Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas, mediante resolución expresa, por un período máximo de 12 meses adicionales, siempre que exista crédito adecuado y suficiente para los ejercicios a que afecte y que el desarrollo de la actividad que se está efectuando así lo requiera o aconseje.
  3. A estos efectos, la cuantía de cada beca, en su correspondiente prórroga, podrá ser actualizada con los límites que señale la ley de presupuestos de la Generalitat, sin perjuicio de lo que disponga la resolución que la Conselleria competente en materia de Hacienda dicte para cada año al que afecte la prórroga, en virtud de lo establecido en los apartados 1 y 3 del artículo 17 y en la disposición final segunda del Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas.
Enlaces de interés

https://dogv.gva.es/datos/2024/07/08/pdf/2024_6624.pdf

Documentación a adjuntar

  1. El formulario de solicitud incorporará:
    • a. Una declaración responsable, mediante la cual la persona solicitante manifiesta, bajo su responsabilidad, que todos los datos recogidos en la solicitud y en el currículum que adjunta, son verídicos, y que se encuentra en posesión de la documentación que así lo acredita, quedando a disposición de la AVI, para la comprobación, control e inspección,que se estimen oportunos. A tenor de lo dispuesto en el artículo 69.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a una declaración responsable o a una comunicación, o la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable, la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, o la comunicación, determinará la imposibilidad de continuar en el proceso de selección.
    • b. Una autorización expresa para que la Administración pueda obtener directamente la acreditación de los títulos oficiales universitarios y no universitarios, el grado de conocimiento de valenciano de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià y el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social previstas en los artículos 18 y 19, respectivamente del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, general de subvenciones (BOE 176,25.07.2006). No obstante, la persona solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento a esta autorización, debiendo en estos supuestos presentar los certificados que acrediten el cumplimiento de esas obligaciones.
    • c. Una indicación de que los datos de carácter personal, contenidos en el mismo, podrán ser incluidos en un fichero para su tratamiento por la persona titular responsable del mismo, en el uso de las funciones propias que tenga atribuidas y en el ámbito de sus competencias. A su vez, se informará expresamente a las personas interesadas de la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación cancelación, oposición, etc., todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
  2. Al cumplimentar el formulario de currículum se detallarán los méritos aducidos en el mismo, para calcular el resultado de la baremación inicial a partir de la información aportada en dicho currículum.
  3. Con el fin de reducir las cargas administrativas a las personas interesadas, junto a la solicitud y currículum no se acompañará la documentación acreditativa de los méritos.
  4. Únicamente las personas seleccionadas para la fase de entrevista deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos detallados en el currículum en el momento de la entrevista. Esta documentación es la siguiente:
    • a. La titulación académica se acreditará en los siguientes supuestos:
      1. Si se encuentra en trámite la expedición del título, en cuyo caso podrá presentarse certificado académico de finalización de estudios expedido por el órgano competente junto con el recibo de abono de las tasas correspondientes.
      2. Títulos homologados por las autoridades españolas.
      3. Títulos expedidos u homologados por las autoridades de los demás países de la Unión Europea.
    • b. Expediente académico compulsado con la nota media oficial.
    • c. Copia compulsada de cualquier otro documento que acredite la posesión de títulos, másteres, cursos, y méritos docentes, investigadores o profesionales que se deseen alegar.
    • d. En el caso de acreditación de experiencia profesional relacionada directamente con el objeto de las becas de cada convocatoria, el informe de vida laboral, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acompañado de copia de los contratos de trabajo.
    • e. Documentación que acredite encontrarse en alguno de los supuestos establecidos en el apartado 4 del artículo 4 de esta orden, que determina la preferencia de la concesión de la beca en caso de empate en la valoración.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas Prácticas Profesionales en IVACE que convoca y pone en marcha el gobierno de la Comunidad Valenciana, están orientadas a facilitar el desarrollo de un formación a nivel práctico en las unidades administrativas de la Agencia Valenciana de Innovación en las dependencias de Valencia y Alicante.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Prácticas Profesionales en IVACE" es: desde 02/09/2024 hasta 20/09/2024.

La Beca "Becas Prácticas Profesionales en IVACE" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Prácticas Profesionales en IVACE" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes