Becas Estudio Bachillerato o Ciclos Formativos
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Becas Estudio Bachillerato o Ciclos Formativos: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Estudio Bachillerato o Ciclos Formativos del Ayuntamiento de San Miguel de Abona tienen la finalidad de ofrecer una ayuda a los estudiantes de Bachillerato y Ciclos Formativos cuyas familias se encuentren con una necesidad social y económica y por tanto, tengan dificultades para afrontar los gastos de la escolarización de los jóvenes y correcta continuación en los estudios que cursan.
Podrán solicitar las Becas Estudio Bachillerato o Ciclos Formativos los estudiantes o sus representantes legales en caso que sena menores de edad, que se encuentren cursando uno de los niveles educativos mencionados y que estén empadronados en San Miguel de Abona. La modalidad de los estudios debe ser presencial en un centro de titularidad pública. Además deberán tener una renta per cápita que no sea superior al 1,5 del importe mensual del IPERM.
La cuantía máxima individualizada que se estipula para la presente convocatoria es de 800 euros. Se valorarán diferentes criterios como familias monoparentales, o renta familiar, para dotar de estas becas a los que realmente más necesidad tengan de ellas.
Si estás empadronado en San Miguel de Abona y te encuentras cursando un Ciclo Formativo o Bachillerato, las Becas Estudio Bachillerato o Ciclos Formativos pueden interesarte. Aquí tienes toda la información que necesitas para solicitarlas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Formación Profesional Básica
- País de origen
- España
- Región de origen
- Canarias
- Provincia de origen
- Santa Cruz de Tenerife
- Localidad
- San Miguel de Abona
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
- Podrán obtener la condición de beneficiario las personas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Podrán ser beneficiarios de las presentes ayudas económicas, el estudiante solicitante, o en el caso de menores de edad, los padres o madres, tutores o representante legal del estudiante matriculado en un centro de titularidad pública, en bachillerato o ciclos formativos, que se encuentren empadronados en el municipio durante un período mínimo de un año con anterioridad ala fecha de solicitud, y cuya unidad familiar obtenga una renta per cápita no superior al 1,5 importe mensual de IPREM 600,00€, siendo este valor 900,00€ .Se entenderá por unidad familiar la formada por el solicitante, su cónyuge o situación análoga, así como las personas que convivan con él, unidas por relación de parentesco por consanguinidad opor afinidad hasta el segundo grado inclusive.
- No podrán concederse subvenciones a los particulares que se hallen incursos en procedimientos de cobro por vía de apremio por deudas contraídas con el Ayuntamiento de San Miguel de Abona, ni a aquellos que no se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con esta entidad local, hasta que dichas deudas sean efectivamente satisfechas y saldadas o cumplidas las obligaciones tributarias. La comprobación de estas circunstancias, se efectuará de oficio, con carácter previo a la concesión de las ayudas.
Dotación
El importe máximo de la ayuda individual, no podrá superar los ochocientos euros (800,00 €).
Presentación
Las solicitudes pueden presentarse en las Oficinas del SAC y de Servicios Sociales (cita previa – apartado Ayudas al estudio 2023/2024 https://aytosanmigueldeabona.sedelectronica.es/citaprevia) y por la Sede Electrónica https://aytosanmigueldeabona.sedelectronica.es.
Los formularios para solicitar dichas ayudas se pueden descargar en la web municipal https://www.sanmigueldeabona.es/modelos-formularios (apartado de Servicios Sociales).
Si necesita mayor información puede llamar al 922 700 000 ext. 1212-1233-1225.
Las solicitudes deberán ajustarse a los modelos oficiales contenidos en los Anexos I, II y III delas bases reguladoras de la presente subvención, acompañando la documentación relacionada en la Base Reguladora Cuarta, relativa a la Forma y Plazo.
Más información
Plazo de resolución y notificación
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será de seis meses.Este plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria en Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, debiendo publicarse además en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
Los interesados podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo, si transcurrido el plazo máximo señalado en el párrafo anterior, no se ha dictado y notificado resolución expresa.
Criterio de valoración de las solicitudes
Para la concesión de la subvención se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración:
- a. Renta familiar igual o inferior valor del IPREM (600,00€ ):5 puntos.
- b. Renta familiar superior al valor del IPREM y hasta 1,5 por encima del mismo: (600,00€ a 900,00€):3 puntos.
- c. Familia numerosa: 1 punto.
- d. Familia monoparental: 1 punto.
- e. Familia con algún miembro familiar afectado con una discapacidad de al menos el 33%: 1punto.
La renta familiar se obtendrá por agregación de las rentas de cada uno de los miembros computables de la familia que obtengan ingresos de cualquier naturaleza, calculadas de conformidad con la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Abono y justificación de la subvención
Abono. Una vez resuelto el procedimiento, se procederá al abono de la ayuda, como fondos pendientes de justificación, mediante transferencia a la cuenta corriente descrita en el modelo de alta a terceros de la entidad.No podrá realizarse el pago de la ayuda, en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.
Justificantes de los gastos. Atendiendo al artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones, se entenderá justificada la subvención otorgada, con el comprobante dela matrícula en el Centro Educativo.
Compatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad,procedentes de otros entes públicos o privados siempre y cuando no superen la suma total de los gastos derivados por los estudios objeto de las subvención. Medios de notificación o publicación Las notificaciones a los interesados durante el procedimiento (subsanación, mejoras, acuerdo de otorgamiento, instrucción y resolución de recursos, etc.) se realizarán mediante la publicación delos mismos en el Tablón de Anuncios de la Corporación, y página web del Ayuntamiento(www.sanmigueldeabona.es.)