Becas Material - Ayuntamiento de Cártama
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Becas Material - Ayuntamiento de Cártama: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Material - Ayuntamiento de Cártama son convocadas con la finalidad de ofrecer facilidad a aquellas familias que tengan una situación económica delicada, y por tanto les sea más difícil hacer frente a los gastos de escolarización de sus menores en Segundo ciclo de Educación Infantil (de 3 a 6 años), Educación Primaria, Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional, Formación Profesional Básica y Formación Profesional Básica Específica.
Para la presente convocatoria se ofrecerá un vale por valor de 50 euros para los estudios que corresponden a Educación Primaria, Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y Formación Profesional Básica, y un vale en el que se detalle el material escolar que se subvencione, para los alumnos de Segundo Ciclo de Educación Infantil.
Para poder acceder a las Becas Material - Ayuntamiento de Cártama, se deberá estar empadronado en dicho municipio y y que la unidad familiar no supere el importe máximo de ingresos indicado. De esta forma, el ayuntamiento se asegura de que las becas las recibirán las personas que más las necesiten.
Si estás empadronado en Cártama y cumples con los requisitos indicados, las Becas Material - Ayuntamiento de Cártama pueden ser una gran oportunidad para tí. Para informarte sobre como solicitarlas, consúltalo aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Segundo ciclo de educación infantil
- Primaria
- ESO
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Formación Profesional Básica
- País de origen
- España
- Región de origen
- Andalucía
- Provincia de origen
- Málaga
- Localidad
- Cártama
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
- a. El solicitante deberá ser el padre, madre o tutor/a legal del alumno/a.
- b. Pertenecer a unidades familiares que, al menos un año antes de la presentación de la solicitud para acogerse a las ayudas, todas las personas que la componen, hayan estado empadronadas en un mismo domicilio en el municipio de Cártama, a excepción de las personas menores nacidas,adoptadas o acogidas con posterioridad a esa fecha, las víctimas de violencia de género y las personas emigrantes retornadas. A tal efecto, se considera unidad familiar la constituida por las personas destinatarias de las ayudas, sus padres, tutores o guardadores, y sus hermanos, con independencia de su edad.
- c. Que el importe máximo de los ingresos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar,en los 6 meses anteriores a la solicitud, sea inferior al siguiente umbral, teniendo en cuenta para ello la diferencia resultante entre los ingresos y los gastos de alquiler o hipoteca de la vivienda habitual:
- UNIDAD FAMILIAR - IMPORTE SEMESTRAL - IMPORTE MENSUAL
- 2 miembros - 6.480,00 € - 1.080,00 €.
- 3 miembros - 7.128,00 € - 1.188,00 €.
- 4 miembros - 7.840,80 € - 1.306,80 €.
- 5 miembros - 8.624,88 € - 1.437,48 €.
- 6 miembros - 9.487,38 € - 1.581,23 €.
- 7 miembros - 10.436,10 € - 1.739,35 €.
Se excepciona en las presentes Bases el de "hallarse al corriente en el cumplimento de las obligaciones tributarias", conforme al art. 13.2 de la Ley General de Subvenciones, al tener en cuenta que, pese a que formalmente el beneficiario es el padre, madre o tutor/a del alumno/a, la presente subvención pretende dar ayudas para material escolar a alumnos de segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria, Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional, Formación Profesional Básica y Formación Profesional Básica Específica, que son los destinatarios últimos de la ayuda y que a estos efectos se otorga en especie, sin que su adecuada escolarización deba verse afecta por la situación económica de los progenitores y, en este caso, por el cumplimiento de sus obligaciones tributarias,teniendo en cuenta además que esta subvención pretende paliar precisamente la delicada situación familiar por la que están atravesando muchas familias en el municipio, igual que en el resto del país,que en ocasiones conduce incluso a no poder abonar las obligaciones tributarias en tiempo y forma.
Dotación
Se convocan ayudas en especie por hijo o hija menor matriculado o matriculada en centros educativos de la localidad de Cártama o de la provincia, empadronado o empadronada en nuestro municipio, para la adquisición de libros de texto y de material escolar adquiridos en comercios colaboradores de Cártama, que durante el curso escolar 2023/2024 cursen alguno de los siguientes estudios: Segundo ciclo de Educación Infantil (de 3 a 6 años), Educación Primaria, Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional, Formación Profesional Básica y Formación Profesional Básica Específica.
En el caso de que el alumnado esté cursando estudios correspondientes a Educación Primaria,Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y Formación Profesional Básica, se hará entrega de un vale por valor de 50 € a cada alumno o alumna incluido o incluida en las ayudas para retirar material escolar de las papelerías colaboradoras.
Para el caso de alumnado que esté matriculado en el Segundo Ciclo de Educación Infantil (de 3 a 6años), se hará entrega de un vale en el que se detallará el material escolar que se subvenciona o el importe en euros subvencionado, no siendo en cualquier caso superior a 200€. Dicho vale o cheque será canjeable en las papelerías colaboradoras que señale el Ayuntamiento única y exclusivamente por el tipo de material señalado en el mismo.
Presentación
La presente convocatoria se publicará en el Tablón de Anuncios y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica y en la Web del Ayuntamiento. Así, sin perjuicio de la publicidad oficial prevista en la normativa, se tratará de darle una mayor difusión entre los beneficiarios publicando la presente Convocatoria en los distintos Centros Educativos del Municipio de Cártama.
Las solicitudes, junto con el resto de documentación exigida en las presentes Bases, se presentarán con firma electrónica a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento(www.cartama.sedelectronica.es) y, en su defecto, se podrá solicitar en la Oficinas de Asistencia en Materia de Registros, sitas en el propio Ayuntamiento (Calle Rey Juan Carlos I, nº 62) y en la Tenencia de Alcaldía de Estación de Cártama (C/ Bruselas, nº 20).
En particular, la solicitud deberá recoger una autorización del solicitantes y de todos los miembros dela unidad familiar con edad igual o superior a 16 años por el que se autoriza expresamente al Ayuntamiento de Cártama para la comprobación ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria,la Autonómica y ante la Tesorería de la Seguridad Social de la veracidad de los datos económicos aportados.Se presentará una única solicitud por unidad familiar que cumpla los requisitos, con independencia deque exista más de un menor en la unidad familiar para los que se solicitan ayudas.El plazo para solicitar las ayudas será de 20 días hábiles (desde el 26 de junio al 21 de julio de 2023,ambos inclusive).
Más información
Criterios para el otorgamiento de las ayudas
Se establecerá un orden para la concesión de las ayudas mediante la confección de una lista de menor a mayor renta individual por miembro de la unidad familiar. En todo caso, las ayudas son independientes para cada menor es decir, que en los casos en los que la unidad familiar exista más de un/a menor, se aportarán tantas ayudas como menores existan en dicha unidad familiar que puedan optar a las mismas.
Entrega de las ayudas
El llamamiento a los beneficiarios, sin perjuicio de la publicación en el Tablón de Anuncios, en elTablón de Anuncios de la Sede Electrónica y en la página Web se efectuará mediante llamada telefónica. Se realizará un mínimo de dos llamadas en horario de mañana; del resultado de la conversación telefónica se dejará nota en el expediente, anotando fecha y hora de las llamadas, así como el resultado.
La entrega de las Ayudas se realizará de la siguiente forma:Se hará la entrega de un vale identificando nominativamente en cada uno al solicitante de la subvención y haciendo mención de "canjeable por material escolar para Ed. Primaria", "canjeable por material escolar para Ed. Secundaria", "canjeable por material escolar para Bachillerato", "canjeable por material escolar para Formación Profesional", "canjeable por material escolar para Formación Profesional Básica", o "cheque/cheque-libro” para (3, 4 o 5 años) del centro escolar (el que corresponda)".
Publicaciones
Todos los anuncios que conlleve el desarrollo de la presente convocatoria serán expuestos en el Tablón de Anuncios, en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cártama yen su página Web.
Documentación a adjuntar
Los solicitantes deberán presentar la documentación que a continuación se detalla:
- La solicitud, según el modelo establecido al efecto.
- Autorización de los miembros de la unidad familiar (empadronados en el mismo domicilio) mayores de 16 años para autorizar expresamente al Ayuntamiento de Cártama para la comprobación ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Autonómica y ante la Tesorería General de la Seguridad Social de la veracidad de los datos económicos aportados.
- A la solicitud deberá acompañar la siguiente documentación:
- a. Justificante de estar matriculado el menor en el curso 2023/2024 en centros escolares de Cártama y provincia de Málaga (matrícula o boletín de notas).
- b. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en su caso, del Número de Identidad de Extranjero (NIE) de la persona solicitante.
- c. Fotocopia del libro de familia o, en su caso, documentación acreditativa de la relación de tutela,guardia o acogimiento familiar.
- d. Volante de empadronamiento o autorización para su consulta.
- e. Fotocopia de la documentación acreditativa de los ingresos de los 6 meses anteriores a la publicación de la presente ayuda de todos los miembros de la unidad familiar; en caso de no contar con ingresos constatables, declaración expresa responsable de la persona solicitante de los ingresos netos percibidos por todas las personas componentes de su unidad familiar durante el mismo periodo.
- f. Fotocopia del contrato de alquiler o último recibo de préstamo hipotecario de la vivienda familiar, en su caso.La solicitud faculta al Ayuntamiento para que pueda recabar de la persona solicitante toda la información y documentación que estime pertinente para la comprobación de los datos alegados sobre sí mismo o la unidad familiar. La denegación no justificada de dicha información podrá ser causa suficiente para la denegación del otorgamiento de la subvención.