Becas Barcelona Crea- Creación Comunitaria (Premios)
INSCRIPCIONES
Becas Barcelona Crea- Creación Comunitaria (Premios): solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Barcelona es el organismo público encargado de la convocatoria de las Becas Barcelona Crea- Creación Comunitaria (Premios).
Las Becas Crea forman parte de un conjunto de becas de distintas modalidades. Dentro de estas, la modalidad Creación Comunitaria está dirigida a apoyar las propuestas de creación en el ámbito de la Cultura Comunitaria.
Las propuestas presentadas pueden incluir trabajos de investigación y ensayo.
Para poder optar a una de las Becas Barcelona Crea- Creación Comunitaria (Premios), se deberán cumplir con todos los requisitos indicados en la convocatoria. Las propuesta presentadas, también deberán cumplir con una serie de condiciones.
Durante el proceso de selección de estas becas, se tendrán en cuenta diferentes criterios de valoración como son, el grado de innovación y originalidad de la propuesta presentada, así como la calidad artística y cultural de la propuesta, el currículum y trayectoria profesional de la persona o entidad solicitante, y la viabilidad de la propuesta presentada, entre otros.
Quienes finalmente resulten beneficiarios de estas becas, recibirán una dotación económica de 6.000 por cada una de las becas otorgadas.
Si deseas conocer más detalles sobre las Becas Barcelona Crea- Creación Comunitaria (Premios), a continuación te mostramos toda la información detallada que necesitas conocer.
Datos básicos
- Nº de becas
- 3
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Postgrado-Especialidad
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de los solicitantes de las Becas Barcelona Crea- Creación Comunitaria (Premios)
- Las personas participantes pueden ser tanto personas físicas como personas jurídicas.
- La edad mínima para participar es de 18 años. Debe utilizarse como referencia el año natural en el que se publica esta convocatoria.
- Las personas jurídicas tienen que estar constituidas legalmente.
- En cualquier caso, las personas o entidades participantes deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y fiscales con el Ayuntamiento de Barcelona y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, así como con la Seguridad Social.
- No pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas o entidades que se encuentren en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 general de subvenciones.
- Las personas físicas o jurídicas participantes deben presentar la documentación requerida en esta convocatoria en tiempo y forma.
- Al participar en la convocatoria, los candidatos y candidatas garantizan que la información contenida en la documentación presentada es exacta, cierta y completa y que, mediante la presentación de ésta, no infringen ningún contrato ni derechos de terceros, tales como patentes, derechos de autor, secretos comerciales, información privilegiada o confidencial, marcas registradas o derechos de privacidad, los datos personales incluidos.
- En las modalidades F.1. Creación Literaria Montserrat Roig y F2. Creación dramatúrgica Carme Montoriol y F.3. Creación e Investigación Miguel de Cervantes sólo se podrán presentar personas físicas.
Requisitos de las propuestas
- Ser de nueva creación. Se considerará que una propuesta es de nueva creación cuando:
- La propuesta se encuentre en una fase de ideación, investigación, prototipado, ensayo, preproducción, es decir, en fase de desarrollo de la propuesta artística, previa a la producción.
- La propuesta no haya sido presentada con anterioridad públicamente, sea por parte de la persona o entidad participante en la convocatoria o por parte de otras personas o entidades.
- No se hayan llevado a cabo las fases que cubre la ayuda (desarrollo de la propuesta artística previa a la producción).
- No se trate de una reposición o revisión de una creación propia o de una edición o grabación de maqueta o disco, en el caso de creación musical.
- Mantener relación con la ciudad de Barcelona o su área metropolitana. La relación se entiende que está acreditada cuando se cumpla, como mínimo, uno de los siguientes supuestos:
- Que el objeto de la propuesta tenga que ver con la ciudad de Barcelona o su área metropolitana. En el caso de la Modalidad F3. Creación e Investigación Miguel de Cervantes la relación se amplía también en Cataluña.
- Que la persona o entidad candidata tenga su residencia en la ciudad de Barcelona o en su área metropolitana.
- Que la persona o entidad candidata esté vinculada al tejido cultural de Barcelona o de su área metropolitana y que así se desprenda del contenido de la documentación presentada. En el caso de la Modalidad F3. Creación e Investigación Miguel de Cervantes la relación se amplía también en Cataluña.
- Los beneficiarios de una beca en las modalidades F.1. Creación Literaria Montserrat Roig, F2. Creación dramatúrgica Carme Montoriol y F3. Creación e Investigación Miguel de Cervantes o B.2. Creación en Artes Visuales – Archivo Fotográfico de Barcelona y La Capella tendrán que:
- Participar, siempre que sea requerido, en una sesión de presentación de proyectos finales abierta al público. La fecha y las condiciones de participación y desarrollo de esta presentación serán determinadas por el ICUB, una vez llevado a cabo el trabajo de escritura o el trabajo vinculado con la Beca.
- Aunque la candidatura haya sido admitida por el hecho de cumplir los requerimientos administrativos, en caso de que el jurado considere que la propuesta presentada no cumple alguno de los requisitos exigidos, la propuesta no será puntuada y se denegará la ayuda.
- En la redacción del contenido de toda la documentación presentada debe evitarse el lenguaje sexista y debe ser respetuoso con la diversidad de género, edad, clase social, origen, etcétera.
- El Jurado se reserva el derecho de excluir las propuestas que con su contenido vulneren la dignidad humana o promuevan el odio, el desprecio o la discriminación por motivos de nacimiento, raza, sexo, religión, nacionalidad, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social.
Dotación
Las Becas Barcelona Crea- Creación Comunitaria (Premios) otorgarán una cantidad económica de 6.000 euros cada una.
Presentación
- La presentación de las candidaturas a las Becas Barcelona Crea- Creación Comunitaria (Premios), para las personas jurídicas y los sujetos obligados del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las solicitudes y los otros trámites asociados al procedimiento de concesión de las subvenciones y su justificación deben hacer obligatoriamente por vía telemática utilizando la sede electrónica del Ayuntamiento de Barcelona: https://seuelectronica.ajuntament.barcelona.cat/oficinavirtual/ca
- Cuando una incidencia técnica imposibilite el funcionamiento ordinario de la sede electrónica, el Ayuntamiento de Barcelona puede determinar la ampliación de los plazos no vencidos, y, tan pronto como técnicamente sea posible, publicará en su sede tanto la incidencia técnica acaecida como la ampliación concreta del plazo no vencido, y, en su caso, los sistemas alternativos que se puedan.
- Para las personas físicas y el resto de sujetos la presentación de candidaturas también debe realizarse, preferentemente, por vía telemática. En el caso excepcional de presentación presencial, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, estos documentos se pueden presentaren cualquiera de las oficinas del Registro General de los distritos, gerencias o institutos, así como en el registro de las oficinas de atención ciudadana (OAC): https://ajuntament.barcelona.cat/ca/canals-de-comunicaciociutadana/presencials/oficinas-datencio-ciutadana-oac.
- Con la voluntad de que estas ayudas puedan llegar al mayor número de personas posible, cada persona o entidad solicitante sólo puede presentar una única candidatura para una única modalidad.
- En este sentido se tendrá en consideración a la persona física o jurídica solicitante. En caso de que se reciba más de una candidatura de la misma persona, sólo se aceptará la última inscripción registrada.
Más información
Creación comunitaria
- Esta modalidad va dirigida a apoyar propuestas de creación en el ámbito de la cultura comunitaria. Las propuestas deben impulsar procesos de creación cultural a partir de la participación ciudadana en clave comunitaria.
- Las propuestas pueden incluir trabajos de investigación y ensayo previos a la facilitación de estas prácticas culturales abiertas a la participación ciudadana que deben tener vocación de estabilidad y continuidad.
- Está previsto conceder 3 ayudasen esta modalidad.
Criterios de valoración
- Criterios generales (hasta 2,5 puntos):
- Grado de innovación y originalidad de la propuesta (hasta 1,5 puntos). Se valora:
- Que la propuesta incorpore novedades conceptuales, metodológicas, de lenguajes o de procesos.
- Que la propuesta incorpore diálogo transdisciplinario.
- Que la propuesta incorpore experimentación entre técnicas y lenguajes artísticos.
- Que responda a un reto de la sociedad actual.
- Consideración de las perspectivas de género en los contenidos de la propuesta (hasta 0,5 puntos). Se valora:
- Que la propuesta candidata esté redactada con un lenguaje inclusivo desde la perspectiva de género.
- Que la perspectiva de género se incorpore en la propuesta presentada a partir de su metodología, o contenido, atendiendo a sus objetivos, actividades, población destinataria o valores que promueve.
- Consideración de las perspectivas de interculturalidad en los contenidos de la propuesta (hasta 0,5 puntos). Se valora:
- Que se tenga en consideración el reconocimiento de la amplia diversidad cultural y religiosa de la ciudad, de colectivos o culturas minoritarias en la ciudad.
- Que se planteen criterios de creatividad, innovación y flexibilidad con la voluntad de romper con la referencia exclusiva a las artes occidentales o autóctonas.
- Que se planteen criterios de respeto a la convivencia intercultural, igualdad de oportunidades y fomento del diálogo intercultural.
- Criterios específicos (hasta 7,5 puntos):
- Calidad artística y cultural de la propuesta (hasta 4,5 puntos). Se valora:
- El interés artístico y cultural de la propuesta.
- La calidad artística de la propuesta.
- La calidad científica de la propuesta en las modalidades en las que sea pertinente.
- Grado de definición y concreción del proyecto.
- La singularidad de la propuesta.
- La formulación de desarrollo de la propuesta (motivación y descripción).
- La originalidad del planteamiento de la propuesta.
- Impacto en el ámbito o sector cultural de la modalidad a la que se presenta.
- Impacto o valor social de la propuesta.
- Relación del objeto de la propuesta con la ciudad de Barcelona (hasta 1 punto).
- Currículum y trayectoria profesional de la persona o entidad solicitante. En el caso de la modalidad F1. Creación Literaria Montserrat Roig se valorará tener una obra publicada* (hasta 1 punto).
- Perspectivas de viabilidad de la propuesta (hasta 1 punto). Se valora:
- Viabilidad de la propuesta (la capacidad de llevarla a cabo, las posibilidades de implementación...).
- Perspectivas de acceso y circulación del resultado de la propuesta (incorporación de licencias libres, previsión de difusión pública...).
- Perspectivas de desarrollo del resultado de la propuesta en relación con los ámbitos educativos reglados o no reglados, dirigidos a cualquier edad, o dirigidos a la educación a lo largo de la vida.
- La descripción de las fases de trabajo realizadas.
- El calendario y la metodología utilizada.
- La explicación de los resultados obtenidos.
- Las perspectivas de futuro de la propuesta.
Documentación a adjuntar
- Documento 1. Formulario de solicitud: en caso de ser una persona jurídica, el formulario de solicitud deberá cumplimentarse obligatoriamente mediante la Oficina Virtual de Trámites del Ayuntamiento de Barcelona, al trámite habilitado a tal efecto. En caso de ser persona física, y optar por la presentación presencial del formulario de solicitud, se podrá realizar mediante cualquier oficina de registro del Ayuntamiento de Barcelona.
- Documento 2. Explicación de la propuesta. Debe tener una extensión máxima de 6 páginas (se entiende por página la cara de una hoja), con espacio entre líneas 1,5, con fuente Arial y cuerpo de letra 12, que incluya:
- Título.
- Motivación, descripción y propuesta de desarrollo.
- Objetivos.
- Metodología de trabajo propuesta.
- Perspectivas de futuro.
- Documento 3. Currículum.
- Debe tener una extensión máxima de 3 páginas (se entiende por página la cara de una hoja), espacio entre líneas 1,5 con fuente Arial y cuerpo de letra 12.
- Se deberá presentar el currículum de la persona física o el resumen de la trayectoria profesional de la persona jurídica solicitante, o, en el caso de agrupaciones, de todos sus miembros.
- No se valoraran las páginas que excedan la extensión máxima establecida para los documentos 2 y 3. Tampoco se valorará ninguna documentación adicional no requerida en esta convocatoria.
Idioma: la documentación se puede presentar tanto en catalán como en castellano. No se valorará la documentación presentada en otros idiomas.