Xunta de Galicia

Becas Programa Retorna Talento

Becas de estudiosNo universitarios

INSCRIPCIONES

19/08/202303/10/2023
Finalizada

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Becas Programa Retorna Talento: solicitud y plazos

Descripción

La Xunta de Galicia convoca las Becas Programa Retorna Talento que buscan promover el retorno de personas gallegas del exterior para cursar enseñanzas de formación Profesional en los centros educativos de dicha comunidad autónoma, y su posterior incorporación al mercado laboral gallego. Estas becas también pretenden que la sociedad gallega se enriquezca con los conocimientos y las experiencias profesionales internacionales que aporten estas personas que residieron o nacieron en el extranjero y que vuelven a Galicia.

En la presente convocatoria se establecen dos modalidades de becas, la modalidad A, donde se ofrecerán 48 becas para cursar enseñanzas de formación específica básica y la modalidad B, donde se ofrecerán 60 becas para cursar ciclos de formación profesional dual.

Podrán acceder a las Becas Programa Retorna Talento los ciudadanos gallegos residentes en el exterior que cumplan con los requisitos establecidos en la presente convocatoria, como ser menor de 40 años con nacionalidad española y acreditar la residencia fuera de España con un mínimo de 2 años.

Si cumples con los requisitos indicados, no pierdas esta oportunidad y solicita ya una de las Becas Programa Retorna Talento. En nuestra web podrás encontrar toda la información que necesitas, como plazos, documentación, requisitos y más.

Datos básicos

Nº de becas
108
Nivel de estudio
  • Formación Profesional Dual
  • Formación Profesional Básica
País de origen
  • Todos los países
País de destino
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • No residentes en España

Requisitos

Personas destinatarias

  1. Podrá concurrir a esta convocatoria la ciudadanía gallega residente en el exterior y que cumpla lo dispuesto en el artículo 4.
  2. Quedan excluidas de esta convocatoria las personas que fueron beneficiarias de la beca convocada mediante la Orden de 4 de agosto de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el programa Retorna Juventud, para personas gallegas residentes en el extranjero interesadas en retornar y cursar determinados estudios de formación profesional en el curso académico 2022/23 en centros educativos de Galicia, u otras becas de ediciones anteriores.
  3. Quedan excluidas de esta convocatoria aquellas personas que hayan sido beneficiarias de las becas de excelencia para la juventud exterior (BEME), convocadas por la Secretaría General de la Emigración.

Requisitos


Requisitos que se deberán cumplir y acreditar en el plazo de presentación de solicitudes:
  1. a. Ser menor de 40 años.
  2. b. Estar en posesión de la nacionalidad española.
  3. c. Residir en el extranjero.
  4. d. Acreditar un mínimo de dos años de residencia fuera de España inmediatamente anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud.
  5. e. Cumplir, por lo menos, una de las siguientes condiciones:
    • Ser emigrante nacido/a en Galicia.
    • Ser emigrante no nacido/a en Galicia, pero haber residido en Galicia de forma continuada durante diez (10) años con nacionalidad española antes de emigrar.
    • Ser descendiente por consanguinidad de emigrante nacido/a en Galicia, siempre que la persona solicitante hubiera nacido en el extranjero.
  6. f. En el caso de las personas nacidas en el extranjero, estar vinculadas a un ayuntamiento gallego. Este requisito se podrá acreditar con posterioridad, pero siempre antes deque finalice el plazo de subsanación de la documentación preceptiva.
  7. g. En el caso de las personas solicitantes de la modalidad B:
    • Estar en posesión de alguna de las titulaciones que dan acceso al ciclo formativo correspondiente de acuerdo con lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Orden de 15 de junio de 2016 por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos para impartir ciclos formativos de formación profesional de grado medio y de grado superior en régimen ordinario y para las personas adultas. Dichas titulaciones se pueden consultar en la siguiente página web: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2016/20160627/AnuncioG0164-210616-0003_es.html
    • La titulación deberá estar homologada y se acreditará mediante la correspondiente credencial de homologación. No obstante, se permitirá la inscripción condicionada en este procedimiento mediante la presentación de la solicitud de homologación junto con la declaración responsable en el modelo del anexo III de la Orden de 9 de julio de 2018 reguladora del procedimiento de homologación y/o validación de títulos y estudios extranjeros de enseñanzas no universitarias. En cualquier caso, la credencial de homologación deberá estar resuelta positivamente, y deberá ser enviada antes del 31 de enero del 2024 al correo electrónico retorna.talento.fp@edu.xunta.gal
    • Disponer de conexión a internet y ordenador o dispositivo móvil compatible con la plataforma de teleformación de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades (https://www.edu.xunta.gal/fpadistancia/).

Dotación

Cuantía de las ayudas

  • Modalidad A: la cuantía de cada beca será de 6.500 €.La distribución de los pagos será la que se muestra en la tabla siguiente y estará condicionada a los requisitos de matriculación y rendimiento académico, así como la asistencia a las actividades lectivas de la formación seleccionada, con un porcentaje máximo de faltas e asistencia a las actividades lectivas de un 10 % de las horas totales del curso.
    • Distribución de los pagos / Requisito
      • Curso 2023/24 (6.500 €)
        • 1º pago, de 3.700 euros, en el 1ºtrimestre de la formación (anualidad 2023). Requisito: estar matriculado.
        • 2º pago de 2.800 euros, antes de finalizar la formación (anualidad 2024). Requisito: tener aprobado el 70 % de los módulos cursados hasta el momento.
  • Modalidad B: la cuantía de cada beca será de 10.800 €.La distribución de los pagos será la que se muestra en la tabla siguiente y estará condicionada a los requisitos de matriculación y rendimiento académico, así como la asistencia a las actividades lectivas de la formación seleccionada, con un porcentaje máximo de faltasde asistencia a las actividades lectivas de un 10 % de las horas totales del curso.
    • Distribución de los pagos/Requisito
      • Curso 2023/24 (6.200 €).
        • 1º pago, de 6.200 euros antes de finalizar la formación (anualidad 2024). Requisito: estar matriculado y tener aprobado el 70 % de los módulos cursados hasta el momento.
        • 2º pago, de 4.600 euros, antes de finalizar la formación (anualidad 2025). Requisito: tener aprobado el 70 % de los módulos cursados hasta el momento.

Presentación

  1. Las personas solicitantes deberán cubrir los campos del formulario que figuran en la aplicación informática Ciclos admisión (https://www.edu.xunta.gal/ciclosadmision/) e incorporar los documentos requeridos en el artículo 8 de esta orden a dicha aplicación. Finalizado este proceso deberán confirmar la solicitud que, una vez enviada, no podrá ser modificada. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario electrónico normalizado, que figura como anexo I de esta orden a título informativo, accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
  2. Entendiendo que las personas a las que va dirigida esta convocatoria tienen acceso y capacidad para realizar este trámite, y las especiales circunstancias que podrían presentarse en los países en los que residen, se establece la obligatoriedad de relacionarse exclusivamente por medios electrónicos para la tramitación de este procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.2 y 10.3 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia.De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud de manera presencial, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
  3. Las personas solicitantes residentes en Cuba que así lo deseen se podrán dirigir a la Federación de Sociedades Gallegas en la Habana, en la cual existen personas habilitadas para la presentación electrónica de sus solicitudes.La utilización de esta vía requerirá una autorización que la persona solicitante le otorga a la persona responsable de la entidad colaboradora para que remita su solicitud vía electrónica, incluida en el anexo I.
  4. La presentación de la solicitud implicará la aceptación de lo dispuesto en esta orden yse responsabilizará, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, de la veracidad de los documentos presentados; será una infracción grave falsear cualquiera delas condiciones requeridas para la obtención de la subvención solicitada, de acuerdo con el artículo 37.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.4. Para cualquier información adicional, las personas interesadas se podrán dirigir al correo electrónico retorna.talento.fp@edu.xunta.gal
  5. El plazo para presentar solicitudes será de 30 días naturales, que se contarán desde el día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia (DOG) y finalizará a las 23.59.59 horas (hora peninsular española) del día en el que finalice dicho cómputo.

Más información

Modalidades de las ayudas

Se establecen las siguientes modalidades de becas:

  1. Modalidad A: programas específicos básicos.
    • Cuarenta y ocho (48) becas para cursar las enseñanzas de formación específica básicaque se detallan en el anexo III. Las personas solicitantes podrán concurrir a las distintas enseñanzas ofertadas, para lo cual deberán establecer un orden de preferencia en su solicitud.
    • El alumnado seleccionado cursará dichas enseñanzas en la modalidad presencial durante el curso 2023/24.
  2. Modalidad B: ciclos de formación profesional dual.
    • Sesenta (60) becas para cursar los ciclos de formación profesional dual que se indican en el anexo IV. Las personas solicitantes podrán concurrir a las distintas enseñanzas ofertadas, eligiendo su primera opción como preferente, y señalando en la solicitud las restantes opciones según su orden de preferencia.
    • En esta modalidad la formación tendrá una duración de dos cursos académicos. Durante el curso 2023/24, el alumnado cursará un período inicial en la modalidad semipresencial y a distancia, que podrá desarrollar desde su país de residencia, seguido de un período en la modalidad presencial dual, que se desarrollará en la empresa. El curso 2024/25 se desarrollará en la modalidad semipresencial y a distancia dual, con una primera parte deformación semipresencial y a distancia que se impartirá desde el centro educativo, seguida de una parte de formación presencial que se desarrollará en el centro de trabajo.

Criterios de valoración y procedimiento de selección


  1. Para la concesión de las plazas y becas de la modalidad A se hará una comparativa entre las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria y se establecerá una prelación entre ellas, de acuerdo con los criterios de valoración,que se determinan a continuación, y las plazas solicitadas.La Comisión de Valoración examinará las solicitudes presentadas y evaluará los méritos acreditados para cada una de las enseñanzas ofertadas y solicitadas. La puntuación máxima será de 25 puntos conforme al siguiente baremo:
    • a. Vinculación con Galicia: hasta 15 puntos con la siguiente distribución:
      1. Nacido/a en Galicia y/o que residió en Galicia de manera continuada durante diez años antes de emigrar: 15 puntos.
      2. Nacido/a en el extranjero e hijo/a de una persona nacida en Galicia: 10 puntos.
      3. Otras personas descendentes de una persona nacida en Galicia: 5 puntos.
    • b. Acreditar experiencia laboral relacionada con la plaza que solicita: hasta un máximode 5 puntos. Se valorará la experiencia acreditada a razón de:
      • 1. 2 puntos por cada año completo de experiencia laboral.
      • 2. 0,1666 puntos por cada mes completo de experiencia laboral.
    • c. Acreditar formación relacionada con la plaza que solicita: hasta un máximo de 5 puntos. Se valorará la formación acreditada a razón de 1 punto por cada 10 horas de formación. A estos efectos, se sumarán las horas de todas las actividades de formación que consten de diez o más horas, no puntuándose aquellas actividades con una duración inferior a 10 horas.Una vez evaluados los méritos, la Comisión de Valoración emitirá un informe en el cual se concretará el resultado de la evaluación efectuada. Se establecerá un orden de las personas solicitantes según las puntuaciones otorgadas en cada enseñanza ofertada y según su orden de preferencia.Para el caso de empate en la puntuación obtenida, se le dará prioridad a quién tenga la mayor vinculación con Galicia (epígrafe a), en segundo lugar quien acredite mayor experiencia laboral relacionada (epígrafe b), en tercer lugar quien acredite mayor formación relacionada (epígrafe c), y en cuarto lugar la fecha de nacimiento más reciente.Los listados de personas candidatas ordenadas por las puntuaciones otorgadas, y con las enseñanzas ofertadas según orden de preferencia, se publicarán en el portal educativo de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades (https://www.edu.xunta.gal). Las personas interesadas podrán presentar las reclamaciones oportunas en el plazo de cinco días hábiles a contar a partir del siguiente al de dicha publicación(que finalizará a las 23.59.59 horas-hora peninsular española).
  2. Para la concesión de las plazas y becas de la modalidad B, las personas candidatas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 de esta orden, serán convocadas a participar en una entrevista individual por videoconferencia con las empresas participantes en la formación dual del ciclo solicitado de forma preferente. Durante las entrevistas estará presente una persona funcionaria docente del centro educativo en el que se imparta el ciclo formativo, que velará por la transparencia del procedimiento.
  3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Orden de 14 de Junio de 2018 por la que se autorizan proyectos experimentales de formación profesional dual de ciclos formativos de formación profesional en centros educativos, en colaboración con diversas entidades, la empresa seleccionará a las personas que tengan el perfil que mejor se adapte a las características de la actividad propia de la empresa, comunicando al alumnado los criterios y los procedimientos utilizados en la selección con anterioridad a su realización.
  4. La persona solicitante podrá participar en una o varias entrevistas según el número de empresas que participan en la formación del ciclo formativo solicitado de forma preferente.
  5. Una vez realizadas las entrevistas, cada empresa emitirá un informe para la Comisión de Valoración en el que establecerá el orden de las personas solicitantes, indicando los motivos de aceptación, suplencia o rechazo de las distintas candidaturas.
  6. En los casos de suplencia o rechazo, la persona solicitante podrá participar en una o varias entrevistas con las empresas participantes en la formación dual de los restantes ciclos formativos según el orden de prioridad señalado en su solicitud.
  7. Una vez realizadas las entrevistas, cada empresa emitirá un informe para la Comisión de Valoración en el que establecerá el orden de las personas solicitantes, indicando los motivos de aceptación, suplencia o rechazo.
Publicación de la concesión de las plazas y de las ayudas

  1. Se publicarán en el Diario Oficial de Galicia (DOG), de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la resolución por la cual se resuelve cada una de las modalidades de la convocatoria, con la lista de personas beneficiarias, la lista de suplentes,así como la lista de solicitudes denegadas.
  2. Asimismo, serán igualmente objeto de publicidad a través del portal de formaciónprofesional http://www.edu.xunta.es/fp
  3. Estas publicaciones tanto en el DOG como en el portal educativo de la consellería yen el portal de formación profesional surtirán efectos de notificación a los interesados.
Aceptación o renuncia

  1. La persona beneficiaria tendrá la obligación de aceptar la beca según el modelo que se indicará en la publicación de concesión.
  2. La renuncia a la concesión se podrá hacer por cualquier medio que permita su constancia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para la cual sepodrá utilizar el anexo II.
  3. En caso de que se comunicara la renuncia, el órgano competente para resolver dictará la correspondiente resolución en los términos del artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  4. En caso de que las personas adjudicatarias renuncien a la concesión o causen baja por cualquier otro motivo, podrán ser sustituidas por la persona siguiente en el orden de puntuación que figure en la lista de suplentes.
  5. Las personas adjudicatarias de la modalidad B, que en las tres primeras semanas tras el inicio de la formación, no se conectaran a la plataforma de formación a distancia,según registro de la aplicación informática, podrán ser dadas de baja y ser sustituidas por las personas que figuren en el listado de suplentes.
  6. Una vez publicada la concesión, las personas beneficiarias deberán formalizar la matrícula en las enseñanzas adjudicadas en el período indicado en la publicación de concesión.7. La no formalización de la matrícula en el plazo indicado, supondrá la renuncia de la persona beneficiaria a la plaza concedida, y podrá ser sustituida por la persona siguiente en el orden de puntuación que figure en la lista de suplentes.
Compatibilidad de las ayudas de la presente convocatoria

Las ayudas asociadas a la presente convocatoria son compatibles con otras de carácter general, aunque el importe total recibido nunca podrá superar, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, el coste de la actividad subvencionada.

Estas ayudas son incompatibles con las becas de excelencia para la juventud del exterior (BEME), convocadas por la Secretaría General de la Emigración, mediante la Resolución de 3 de enero de 2023 (DOG núm. 23, de 2 de febrero).

Enlaces de interés

https://www.edu.xunta.gal/portal/sites/web/files/anunciog0655-040823-0002_es.pdf

Documentación a adjuntar

  1. Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud la siguiente documentación:
    • a. Pasaporte u otro documento acreditativo de la identidad o nacionalidad española,para las personas solicitantes que no tengan DNI (documento nacional de identidad)español.
    • b. Documentación acreditativa de la residencia actual en el extranjero.
    • c. Documentación justificativa del tiempo de residencia en el extranjero durante un mínimo de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de fin de presentación de la solicitud.
    • d. Documentación acreditativa de su vinculación con Galicia:– Personas nacidas en Galicia:
      • pasaporte o certificado de nacimiento en Galicia.
      • Personas no nacidas en Galicia, pero que residieron en Galicia de forma continuada durante diez (10) años con nacionalidad española antes de emigrar: histórico del padrón municipal del/de los ayuntamiento/s gallego/s donde residieron.
      • Descendientes por consanguinidad de emigrante nacido/a en Galicia: certificados de nacimiento o libros de familia que acrediten toda la línea de parentesco por consanguinidad,desde la persona emigrante nacida en Galicia hasta el nacimiento de la persona solicitante.
    • e. Para las personas solicitantes nacidas en el extranjero, documentación acreditativa de su vinculación con un ayuntamiento gallego en el Padrón de españoles residentes en el extranjero (PERE), o cualquier otra documentación acreditativa de este aspecto.
    • f. Para las personas solicitantes de la modalidad A:
      • Experiencia laboral relacionada con la plaza que se solicita, acreditada mediante contrato de trabajo.
      • Formación relacionada con la plaza que solicita, acreditada mediante certificación en la que se recoja el número de horas de la actividad formativa.
    • g. Para las personas solicitantes de la modalidad B, documentación acreditativa de la formación necesaria para acceder al ciclo ofertado según lo establecido en el artículo 4.g).
  2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica.A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la subsanación. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias adjuntadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
  3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
  4. La Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades podrá requerir cualquier otra documentación o dato adicional que considere necesario para completar el expediente o para una mejor valoración de él.
  5. Todos los documentos que se adjunten deberán ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate. Cuando los documentos adjuntos al expediente por las personas solicitantes estén en un idioma distinto del gallego o del español, se deberá presentar traducción jurada de ellos en cualquiera de estos idiomas.
  6. La persona beneficiaria presentará, en su solicitud, una declaración responsable del conjunto de las ayudas solicitadas, tanto las aprobadas o concedidas como las pendientes de resolución, para la misma finalidad, de las distintas administraciones públicas competentes o de sus entidades vinculadas o dependientes. La citada declaración se encuentra en el apartado correspondiente a las declaraciones de la persona solicitante o representante del anexo I.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas Programa Retorna Talento

La Xunta de Galicia convoca las Becas Programa Retorna Talento que buscan promover el retorno de personas gallegas del exterior para cursar enseñanzas de formación Profesional en los centros educativos de dicha comunidad autónoma, y su posterior incorporación al mercado laboral gallego. Estas becas también pretenden que la sociedad gallega se enriquezca con los conocimientos y las experiencias profesionales internacionales que aporten estas personas que residieron o nacieron en el extranjero y que vuelven a Galicia.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Programa Retorna Talento" es: desde 19/08/2023 hasta 03/10/2023.

La Beca "Becas Programa Retorna Talento" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Becas Programa Retorna Talento" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para bootcamps
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes