Becas Ayudas Propias al Estudio
INSCRIPCIONES
Becas Ayudas Propias al Estudio: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad Pontificia de Comillas es una institución de la iglesia que presta sus servicios a la comunidad. Para ello, ofrece una gran variedad de Becas y Ayudas a los alumnos matriculados en titulaciones oficiales de grado dentro de su universidad para fomentar la igualdad de oportunidades según las distintas necesidades de cada alumno.
En esta ocasión, la Universidad Pontificia de Comillas convoca las Becas Ayudas Propias al Estudio para sus estudiantes de Grado. Los beneficiarios de estas becas disfrutaran de una reducción parcial de los honorarios de sus estudios.
Las Becas Ayudas Propias al Estudio tendrán la duración del año académico, pudiendo ser renovada presentando una nueva solicitud.
Podrán solicitar estas becas, aquellos alumnos que demuestren tener una situación económica desfavorable presentando la renta familiar, no pudiendo superar ésta los valores establecidos para esta convocatoria. Además deberán cumplir los requisitos establecidos en la presente convocatoria, que serán de índole académico y económico entre otros.
Si estas interesado en solicitar una de las becas que ofrece la Universidad Pontificia de Comillas, aquí puede encontrar todo lo que necesitas saber. Te ofrecemos toda la información sobre las Becas Ayudas Propias al Estudio, requisitos, plazos y como solicitarlas. No pierdas esta oportunidad y solicita ya tu beca.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de las Becas Ayudas Propias al Estudio:
- 1. Requisitos académicos:
- 1.1. Los alumnos de nuevo ingreso no podrán estar en posesión de ningún título universitario, excepcionalmente, se podrán atender casos especiales.
- 1.2. Para poder solicitar la ayuda propia de la Universidad, el alumno deberá matricularse de un número de asignaturas o créditos no inferior al 60% de lo que corresponde al promedio de un curso ordinario. Con carácter general, no se concederán ayudas para cursos o asignaturas que el estudiante repita, ni para los créditos que excedan a los recomendados por las autoridades que gestionan la titulación para su curso y en todo caso, se tendrá en cuenta el rendimiento académico del alumno a juicio de la autoridad académica correspondiente.
- 2. Requisitos económicos para poder solicitar ayuda propia de la Universidad:
- 2.1. La renta de la unidad familiar del alumno, calculada conforme a lo establecido en el punto 3 de esta convocatoria, no podrá superar los siguientes umbrales:
- Familias de 1 miembro: 21.075 €.
- Familias de 2 miembros: 35.975 €.
- Familias de 3 miembros: 48.831 €.
- Familias de 4 miembros: 57.993 €.
- Familias de 5 miembros: 64.819 €.
- Familias de 6 miembros: 69.973 €.
- Familias de 7 miembros: 75.071 €.
- Familias de 8 miembros: 80.146 €.
- A partir del octavo miembro, se añadirán 3.100 € por cada nuevo miembro computable. Si hay varios hermanos estudiando simultáneamente en la Universidad, a partir del tercero, el umbral se incrementará en un 15%.
- 2.2. Aquellos alumnos de titulaciones oficiales que por formar parte de los planes de estudio, se encuentren en la obligación de tener que estudiar al menos 1 año fuera del territorio nacional (E-1 Internacional Francés, E-4 y Doble Grado en Relaciones Internacionales y Bachelor in Global Communication), podrán optar a las ayudas para los años que cursen en el extranjero, cuando la renta neta de la unidad familiar sea inferior a la publicada en el punto 2.1 aumentada en la cuantía fija de 7.000 €.
- 3. La capacidad económica de la unidad familiar o umbral de renta se obtendrá sumando los distintos elementos de la base imponible general y la base imponible del ahorro a efectos del IRPF de todos los miembros de la unidad familiar (los hermanos y ascendientes de 2º grado computan al 50%) y restando a esta cantidad la cuota resultante de la autoliquidación.
- 4. La Comisión de Ayudas al Estudio analizará la situación económica de los solicitantes, teniendo en cuenta además del umbral de renta de la unidad familiar, otros umbrales secundarios (semejantes a los utilizados por la Administración Pública para la concesión de ayudas al estudio) que atienden a los bienes patrimoniales de la unidad familiar y a los ingresos derivados de su patrimonio mobiliario o inmobiliario y rendimientos por actividades económicas.
- 5. En el caso de actividades empresariales y profesionales acogidas al régimen fiscal de estimación objetiva o al de estimación directa, la valoración de los rendimientos se hará aplicando criterios de rentabilidad real a juicio de la Comisión de Ayudas al Estudio, atendiendo a las características propias de cada negocio. Asimismo, se aplicará lo dispuesto en el párrafo anterior, en el caso de pequeñas y medianas empresas cuyos titulares sean sociedades mercantiles de las cuales sean socios, partícipes, etc. alguno o algunos de los miembros computables de la unidad familiar, que a su vez sean trabajadores de las mismas. Se denegará la ayuda cuando no se proporcione en la solicitud toda la información requerida, con especial hincapié en la declaración de participación o cargos en empresas, explicación de actividades autónomas, o explicación de la razón de rentas declaradas excepcionalmente bajas para el tipo de actividad laboral o empresarial desarrollada.
- 6. Los alumnos que aleguen su emancipación o independencia familiar y económica, deberán acreditar fehacientemente que cuentan con los medios económicos propios que les permitan dicha independencia a lo largo del curso académico, así como la titularidad o el alquiler de su domicilio habitual.
- 7. Podrá desestimarse la ayuda por existir contradicción entre ingresos, patrimonio declarado y gastos.
- 8. Los alumnos cuyas rentas familiares estén dentro de los valores que establece el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes o el Departamento de Educación del Gobierno Vasco, para los alumnos con domicilio en el País Vasco, en su convocatoria de becas deberán presentar dicha solicitud.
- 9. El importe total concedido en concepto de ayuda de una o varias becas tanto públicas como privadas, no podrá superar el coste de honorarios de la Universidad. A estos efectos no se tendrán en cuenta las ayudas concedidas dirigidas a cubrir gastos de alojamiento.
- 10. Se tendrá en cuenta a ambos progenitores como parte de la unidad familiar, con independencia de su estado civil actual. La Oficina de Ayudas al Estudio queda a disposición para cualquier duda que pueda generar esta cuestión.
Dotación
Las Becas Ayudas Propias al Estudio al estudio de la Universidad consisten en una reducción parcial de los honorarios de enseñanza de hasta el 60%, y en casos excepcionales del 75%, supeditadas a la disponibilidad de fondos. En el marco de los programas de Becas Padre Díaz Moreno y Becas Talento Público se podrán conceder ayudas consistentes en la reducción total de los honorarios de enseñanza (100%).
Presentación
El formulario de solicitud de las Becas Ayudas Propias al Estudio será publicado en la página web de la Universidad www.comillas.edu/becas conforme a los plazos establecidos por la Oficina de Ayudas Estudio. La Comisión de Ayudas al Estudio de la Universidad se reserva el derecho de solicitar la documentación que estime relevante para verificar los datos declarados por el solicitante en orden a la concesión, mantenimiento o renovación de la ayuda.
Los alumnos de nueva incorporación deberán presentar su solicitud antes de las fechas indicadas.
Fecha límite de presentación de solicitudes
- Para los candidatos que se presenten a las pruebas de admisión el 25 de enero de 2025, la fecha límite de presentación de solicitudes será el 24 de enero de 2025.
- La fecha límite de presentación de solicitudes para los candidatos que se presenten a las pruebas de admisión el 10 de mayo de 2025 será el 22 de abril de 2025.
- En el caso de fechas de pruebas de admisión adicionales a las anteriores, el plazo de presentación de solicitudes finalizará el día anterior a las pruebas de admisión.
- Los alumnos actuales, para pedir o renovar la ayuda para el curso 2025-2026, deberán realizar la solicitud entre los días 3 de marzo y 5 de mayo de 2025. No se atenderán solicitudes fuera de los plazos establecidos.
La presentación de la solicitud de beca para la convocatoria supone por parte del candidato la aceptación expresa de los criterios y decisiones que la Comisión de Ayudas al Estudio pueda adoptar sobre cualquier duda interpretativa de los requisitos y condiciones recogidos en estas bases y sobre la asignación de las mismas.
La presente convocatoria de ayudas propias al estudio regula los requisitos generales para la concesión de ayuda también en los programas de becas y ayudas que la Universidad Pontificia Comillas pone en marcha de la mano de distintas fundaciones, entidades y alumni:
- Ayudas al Estudio Fundación Iberdrola
- Becas Educa el Talento Santander-Comillas
- Becas Excelencia Fundación Endesa
- Becas Padre Díaz Moreno
- Becas Santander Erasmus y Santander Movilidad Internacional
- Becas Talento Público
La información sobre las condiciones específicas de estos programas será publicada en la página web de la Universidad (www.comillas.edu/becas) con la debida antelación y conforme a los plazos establecidos por la Oficina de Ayudas al Estudio.
Más información
En el caso de alumnos de nuevo ingreso, el resultado de la concesión se comunicará después de conocer su Admisión en la Universidad y siempre antes de que finalice el plazo de matriculación.
Enlaces de interés
https://files.griddo.comillas.edu/convocatoria-ayudas-al-estudio-2025-2026.pdf
Documentación a adjuntar
Documentación que se debe presentar
- Carta personal que justifique la necesidad de contar con beca o ayuda al estudio, actualizando la situación familiar para los casos en los que se solicite la renovación de esta.
- Certificado de Retenciones de Empresa o Certificado del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en su caso, del año 2024, que acredite los ingresos manifestados.
- Certificación expedida por la Agencia Tributaria, relativa a la declaración de renta del último ejercicio (2023) de todos los miembros de la Unidad Familiar. Esta certificación se puede obtener de forma inmediata y gratuita a través de la página web de la Agencia Tributaria.
- Si alguno de los miembros de la familia no tiene obligación de declarar y no se encuentra incluido en la declaración del padre o de la madre, se solicitará un Certificado de Imputaciones de Renta correspondiente al año 2023. Esta certificación se puede obtener de forma inmediata y gratuita a través de la página web de la Agencia Tributaria.
- Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad familiar.
- En caso de estar obligado por tener rendimientos por cuenta propia, declaración-liquidación del último trimestre de pagos a cuenta por IRPF.
- Certificado literal de ámbito nacional de todos los bienes inmuebles urbanos o rústicos de los que sean titulares el solicitante (futuro alumno o actual), el padre y la madre o en su caso de los mantenedores de la Unidad Familiar. Estos certificados son obligatorios aun no apareciendo ningún bien registrado en los mismos. Se puede realizar la consulta de forma gratuita a través de la Sede Electrónica del Catastro.
- Se tendrá en cuenta a ambos progenitores como parte de la unidad familiar, con independencia de su estado civil actual. La Oficina de Ayudas al Estudio queda a disposición para cualquier duda que pueda generar esta cuestión.
- Obligatoriamente se presentarán justificantes de otros ingresos como Viudedad, Orfandad o Incapacidad, en los casos que así corresponda.
- Los alumnos que se declaren independientes deberán presentar obligatoriamente un certificado de empadronamiento familiar (que deberá corresponder con el domicilio en el que el alumno resida durante el curso académico) y copia del contrato de arrendamiento en vigor, a nombre del alumno.