Becas Erasmus+ KA171 UVigo
INSCRIPCIONES
Becas Erasmus+ KA171 UVigo: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Erasmus+ KA171 UVigo son convocadas y desarrolladas por la Universidad de Vigo y están dirigidas a aquellos estudiantes de esta universidad que cursen estudios de Grado, Máster o Doctorado, y que reúnan el resto de los requisitos indicados en la convocatoria.
A través de las Becas Erasmus+ KA171 UVigo, los candidatos seleccionados como beneficiarios tendrán la oportunidad de disfrutar de un periodo de estancia en Georgia.
Las Becas Erasmus+ KA171 UVigo ofrecen una dotación consistente en un dotación económica en concepto de manutención, una dotación económica por gastos de viaje que será variable en función de la distancia del país de destino con respecto al país de origen y un apoyo a la inclusión para aquellas personas que cuenten con un determinado grado de discapacidad.
Además y con la finalidad de ofrecer igualdad de oportunidades entre los alumnos, para llevar a cabo el proceso de selección se establecerán una serie de criterios especiales para los candidatos que cuenten con una discapacidad reconocida con un grado superior al 65%, o estudiantes con necesidades de apoyo educativo que estén adscritos al programa PIUNE.
Para saber más sobre las Becas Erasmus+ KA171 UVigo, y poder solicitar una de ellas, a continuación dispones de toda la información relacionada con las mismas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- País de destino
- Georgia
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Los requisitos para optar a una de las Becas Erasmus+ KA171 UVigo son los siguientes:
- a. Estar matriculado en el curso académico 2024/2025 en alguna de las titulaciones oficiales degrado, máster o doctorado ofertadas en la Universidad de Vigo.
- b. No realizar más de 12 meses de estancia Erasmus en las diferentes modalidades (estudios y prácticas) durante un mismo ciclo de estudios (grado, máster o doctorado). Por este motivo, no podrán participar en esta convocatoria los estudiantes que hayan disfrutado previamentede una estancia superior a 10 meses en el mismo ciclo de estudios. Las becas Erasmus realizadas en un Ciclo Formativo de Grado Superior se computan como cursadas en la titulación.
- c. El número mínimo de créditos que se incluirán en el contrato de estudios será de 36 créditos para las movilidades anuales y 18 créditos para las movilidades semestrales. Pueden incluir menos créditos:
- a. Estudiante con discapacidad reconocida superior al 65%.
- b. Estudiantes con necesidades de apoyo educativo asignados al programa PIUNE, previo informe favorable de la Comisión Técnica de Atención a la Diversidad (COATEN).
- c. Estudiante de programa de doctorado. En este caso, el estudiante realizará un trabajo de investigación para su tesis, por lo que no será necesario incluir créditos en el programa de trabajo.
- d. Cumplir con los requisitos específicos de la oferta para cada país asociado que se relacionan en el Anexo II.
- e. Certificación de un nivel mínimo de B1 para países donde la docencia no se imparta en español. Si en el Anexo II se exige un nivel superior, los estudiantes deberán cumplir con este requisito.
- f. No podrán obtener la condición de beneficiarios de la beca Erasmus+ las personas que reúnan alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, declaradas en la solicitud de participación en esta convocatoria.
Dotación
Las Becas Erasmus+ KA171 UVigo otorgarán la siguiente dotación:
- a. Apoyo individual a la movilidad física:
- Países del tercer mundo no asociados al programa:
- Bolsa Eramus+: 700 euros.
- Beca Erasmus+: becarios con menos oportunidades: 950 euros.
- Se considera estudiantes con menos oportunidades:
- Estudiantes con beca del MEFP o del Departamento de Educación del País Vasco en el curso académico inmediatamente anterior a la movilidad, curso académico 2023-24.
- Estudiantes que tengan una discapacidad legalmente reconocida del 33% o más. En caso necesario se podrán tramitar ayudas adicionales en función del coste real de los gastos en que incurra el participante mediante la presentación de facturas por los siguientes conceptos: transporte, acompañantes, servicios profesionales, otro tipo de gastos derivados de la movilidad.
- Estudiantes que tengan la condición de refugiado o derecho a protección subsidiaria o hayan presentado una solicitud de protección internacional en España.
- Estudiantes en riesgo de exclusión social.
- Estudiantes huérfanos o miembros de familias numerosas o monoparentales.
- Estudiantes con dependientes a su cuidado.
- b. Costo por viaje:
- Entre 10 y 99 km:
- 23 euros por participante
- Entre 100 y 499 km:
- 180€ por participante
- En caso de viajes ecológicos*: 210€ por participante
- Entre 500 y 1999 Km:
- 275€ por participante
- En caso de viajes ecológicos*: 320€ por participante
- Entre 2000 y 2999 Km:
- 360€ por participante
- En caso de viajes ecológicos*: 410€ por participante
- Entre 3000 y 3999 Km:
- 530€ por participante
- En caso de viajes ecológicos*: 610€ por participante
- Entre 4000 y 7999 Km:
- 820 € por participante
- 8000 kilómetros. o más: 1500€ por participante.
- * Los beneficiarios que realicen el viaje ida y vuelta en un medio de transporte público y colectivo (tren o autobús) o auto compartido recibirán un subsidio de viaje adicional según la distancia, siempre que realicen el viaje principal ida y vuelta en transporte ecológico. El personal que opte por viajes ecológicos podrá recibir hasta un máximo de 4 días de apoyo individual adicional para cubrir los días de viaje de ida y vuelta, si corresponde.
- En el caso de realizar más de una estancia, una tras otra, sin regresar a la Universidad de Vigo tras la primera estancia, el importe de la dieta de desplazamiento podrá variar. El beneficiario deberá informar previamente a la ORI para modificar el importe de la ayuda concedida si fuera necesario.
- Para calcular la distancia en kilómetros desde el lugar de trabajo hasta la ciudad de destino, utilice la calculadora de distancia propuesta por la Comisión Europea, disponible en el siguiente enlace: http://ec.europa.eu/programmes/erasmus-plus/tools/distance_en.htm
La beca se pagará en tres cuotas:
- Primer plazo: la persona participante recibirá el importe íntegro correspondiente a la beca de viaje, una vez firmado el convenio entre la Universidad de Vigo y la persona participante y tras recibir la confirmación de aceptación por parte de la universidad de destino.
- Segundo plazo: corresponderá al 80% de la beca de apoyo individual, que se abonará a la persona participante al recibir su documento de llegada firmado por la universidad de destino.
- Tercer plazo: correspondiente al 20% restante, en su caso. Se tramitará al final de la estancia, tras la entrega de toda la documentación acreditativa y después de que la persona participante haya completado la encuesta UE (Encuesta UE).
- El incumplimiento de las obligaciones establecidas antes de la estancia supondrá la renuncia del beneficiario a la ayuda económica.
- c. Apoyo a la inclusión: el personal participante que acredite una discapacidad legal igual o superior al 33% podrá optar por una asistencia adicional destinada a cubrir los gastos reales de la estancia. Una vez seleccionada, la persona deberá comunicar su situación a la Oficina de Relaciones Internacionales en la dirección: erasmusicm@uvigo.gal, en caso de que necesite esta ayuda adicional.
- d.La actividad se puede realizar sin dotación económica, cero beca,en los siguientes casos:
- Estar en lista de espera y manifestar interés en realizar la estancia.
- Cualquier otra situación que el participante deberá comunicar a la Oficina de Relaciones Internacionales antes de la estancia.
Presentación
Los candidatos deberán completar el formulario de solicitud a través de la plataforma MoveON: https://uvigo.moveon4.de/form/60c38279ac1c46496e1da6e4/glg, junto con la documentación indicada.
Más información
Objeto
- Estas becas están destinadas a estudiantes de la Universidad de Vigo que cumplan los requisitos indicados para cada una de las plazas, con el fin de realizar un período de estudios reconocido en las universidades participantes en el proyecto que figuran en el anexo II.
- Esta acción tiene como objetivo internacionalizar y mejorar las capacidades educativas y formativas, así como la empleabilidad de los estudiantes, fuera de las fronteras de la Unión Europea.
Duración de las estancias
- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y una vez examinadas éstas y la documentación presentada, se publicará una lista provisional de solicitudes aceptadas y excluidas, con mención del motivo de exclusión.
- Las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días laborables contado a partir del día siguiente de su publicación para corregir errores y falta de documentación. Las acusaciones deben presentarse a a través de Sede electrónica de la Universidad de Vigo (https://sede.uvigo.gal) a través del procedimiento SXER Instancia SXER genérica, y dirígete a la Oficina de Relaciones Internacionales.
- Una vez revisadas las alegaciones se publicará la lista definitiva de solicitudes aceptadas y excluidas. Luego, la selección se realizará por los correspondientes comités de selección siguiendo los criterios publicados en el Anexo II.
- Una vez realizada la selección por la comisión correspondiente, se publicará la lista provisional de candidatos seleccionados, excluidos con mención del motivo de exclusión y la lista de espera.
- Las personas interesadas podrán presentar alegaciones dentro del plazo de 5 días laborables, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Las denuncias deben presentarse a través de la Sede electrónica de la Universidad de Vigo (https://sede.uvigo.gal) a través del procedimiento SXER Instancia SXER genérica, y dirígete a la Oficina de Relaciones Internacionales.
- Una vez revisadas las alegaciones por las comisiones, la Oficina de Relaciones Internacionales elevará la propuesta de resolución final de candidatos seleccionados, denegados con motivo de exclusión y en lista de espera, en su caso, al Vicerrector de Internacionalización para publicación.
- Los datos del estudiante seleccionado serán enviados a las universidades asociadas. Éstos gestionarán tu admisión y selección de forma definitiva.
- Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de apelación ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de su publicación,de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
- Los interesados podrán optar por interponer recurso de apelación contra esta resolución, dentro del mes siguiente al día siguiente de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó. En este caso, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente o se desestime presuntamente el recurso interpuesto, conforme a lo previsto en el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de los servicios públicos.administraciones.
- Las resoluciones a que se refiere este punto se publicarán en la sede electrónica de la Universidad de Vigo: https://sede.uvigo.gal/public/dynamic/publications/ (tablón de anuncios) y en el portal de becas: https://www.uvigo.gal/estudar/xestions-estudantes/bolsas, desde la web de la universidad y en el siguiente enlace: https://www.uvigo.gal/estudar/mobilidade/estudantes-saintes.
- Las comunicaciones individuales que sean necesarias podrán realizarse al correo electrónico indicado en la solicitud, sin que tengan la consideración de notificaciones.
- El importe recibido no podrá destinarse a cubrir gastos similares que se financien con otros fondos de la Unión Europea.
- En esta acción no pueden participar los estudiantes de intercambio, internacionales o nacionales, que se encuentren alojados en la Universidad de Vigo.
- La estancia no podrá tener lugar en un país donde esté establecida la Universidad de Vigo y en el país de residencia de la persona participante.
- El importe de las ayudas no podrá en ningún caso ser de tal cuantía que, de forma aislada o en competencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada según lo establecido en el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 Noviembre, subvenciones generales.
Documentación a adjuntar
Junto al formulario de solicitud debe adjuntarse la siguiente documentación:
- Documentación acreditativa de los requisitos específicos y méritos alegados de acuerdo con el Anexo II.
- En el caso de doctorandos, propuesta de movilidad/Plan de Actividades, según Anexo III, firmada por el director de tesis.
- Certificaciones de competencia lingüística (nivel mínimo B1 de inglés y en caso necesario nivel superior, ver Anexo II). Los conocimientos previos podrán acreditarse mediante la presentación de certificaciones oficiales: el conocimiento de idiomas deberá acreditarse mediante la presentación de las siguientes certificaciones oficiales: https://www.acles.es/uploads/archivos/Tablas_ACLES/Tablas_de_certificados_reconocidos_por_ACLES_2024_07_25.pdf
Personas con discapacidad
Estudiantes considerados con menos oportunidades:
- Estudiantes que tengan una discapacidad legalmente reconocida del 33% o más. En caso necesario se podrán tramitar ayudas adicionales en función del coste real de los gastos en que incurra el participante mediante la presentación de facturas por los siguientes conceptos: transporte, acompañantes, servicios profesionales, otro tipo de gastos derivados de la movilidad.