Becas Estudio para Grado Universidad de Loyola
INSCRIPCIONES
Becas Estudio para Grado Universidad de Loyola: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Estudio para Grado y Universidad de Loyola son convocadas por dicha universidad con el objetivo de que ningún estudiante tenga que abandonar sus estudios en la universidad por el motivo de tener una situación económica desfavorable, que no le permita la continuación de los estudios superiores.
Se concederán becas para titulaciones de 240 créditos para asignaturas de primero y segundo curso. También se ofrecerán para titulaciones de 300 créditos para primer y segundo curso, y asignaturas de primer cuatrimestre de tercer curso o de préstamo para asignaturas de segundo cuatrimestre de tercer, cuarto y quinto curso. Por último, las becas para titulaciones de 360 créditos para primer, segundo y tercer curso o préstamo para asignaturas de cuarto, quinto y sexto curso también serán concedidas.
Para poder acceder a las Becas y Ayudas al Estudio para Grado - Universidad de Loyola deberás cumplir unos requisitos académicos y económicos que puedes consultar en la convocatoria. Estas becas se concederán para un año académico y si se quieren renovar se deberá solicitar su renovación expresamente.
Si estudias en la Universidad de Loyola, no pierdas esta oportunidad y solicita ya una de las Becas Estudio para Grado - Universidad de Loyola. Aquí te ofrecemos toda la información necesaria como requisitos, plazos y otra información de tu interés. Además en nuestra web también podrás consultar otras becas y ayudas de la Universidad de Loyola.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Criterios para la concesión de las Becas Estudio para Grado Universidad de Loyola
Los criterios son de dos tipos, académicos y económicos, aplicados en este orden.
1. Académicos
- Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos académico:
- a. Los estudiantes de nuevo ingreso no podrán estar en posesión de ningún título universitario del mismo nivel para el que solicitan la ayuda.
- b. Los estudiantes de renovación podrán obtener ayuda si han superado los siguientes porcentajes de créditos (no se incluyen las asignaturas en reconocimiento):
- Rama o área de conocimiento - Porcentaje de créditos a superar:
- Ingeniería y Ciencias 75%.
- Ciencias de la Salud 80%.
- Ciencias Sociales y Jurídicas 90%.
- Artes y Humanidades 90%.
- c. En el supuesto de cambio de titulación, los alumnos tendrán que cumplir el requisito establecido en el apartado b.
2. Económicos
- Para poder solicitar beca o ayuda al estudio de la Universidad se deberán cumplir los siguientes requisitos:
- a. La capacidad económica de la unidad familiar o renta familiar se obtendrá por agregación de los ingresos de cualquier naturaleza que durante el ejercicio 2024 haya obtenido cada uno de los miembros computables de la unidad familiar.
- i. Para la determinación de la renta de los miembros computables que hayan presentado declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y los ingresos anuales sean superiores a 19.800€, se procederá de la siguiente forma:
- Se sumarán las bases imponibles general y del ahorro y a este resultado se restará la cuota resultante de la autoliquidación de todos los miembros computables que se encuentren en esta situación.
- ii. Para la determinación de la renta de los miembros computables que no hayan presentado declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o lo han hecho y sus ingresos anuales por cuenta ajena sean inferiores a 19.800€, se procederá de la siguiente forma:
- Se agregarán los importes de las retribuciones obtenidas en el ejercicio fiscal correspondiente de los rendimientos del trabajo sin reducciones (ingresos brutos), del capital mobiliario, rendimientos de actividades económicas, rentas obtenidas de bienes inmuebles y ganancias o pérdidas patrimoniales de cada miembro computable que se encuentre en esta situación.
- b. Para el cálculo de la capacidad económica de la unidad familiar, se tendrán también en cuenta los ingresos exentos o no sujetos a IRPF (becas públicas, ingreso mínimo vital, prestaciones de maternidad/paternidad, pensión de orfandad, protección familiar, prestación por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, indemnizaciones por despido, prestaciones por desempleo en pago único, etc.).
- c. En el caso de actividades empresariales y profesionales (declaradas en el modelo 100 o 200, según corresponda) se tendrá en cuenta el volumen de facturación y no el rendimiento final declarado. Se denegará la beca cuando se compruebe que el volumen de facturación de las actividades económicas del ejercicio fiscal del conjunto de los miembros computables de la unidad familiar supere la cantidad de 160.000 euros.
- d. La Comisión de Becas y Ayudas al Estudio analizará la situación económica de los solicitantes, considerando, además del umbral de renta de la unidad familiar, otros umbrales secundarios (semejantes a los utilizados por la Administración pública para la concesión de becas al estudio) que atienden a los bienes patrimoniales de la unidad familiar y a los ingresos derivados de su patrimonio mobiliario o inmobiliario (valores catastrales de fincas urbanas y rústicas, capital mobiliario, ganancias y pérdidas patrimoniales) y rendimientos por actividades económicas.
- e. Los estudiantes que aleguen su emancipación o independencia familiar y económica deberán acreditar que cuentan con los medios económicos propios que les permitan dicha independencia a lo largo del curso académico. Deberán acreditar la titularidad de la vivienda donde reside y el empadronamiento en la misma con antigüedad mínima de un año o el alquiler de su domicilio habitual (no temporal).
- f. Las solicitudes de estudiantes no residentes en España tendrán que ir acompañadas obligatoriamente del tipo de cambio a euros a 31 de diciembre del año anterior.
- g. Podrá desestimarse la ayuda por existir contradicción entre ingresos, patrimonio declarado y gastos.
- h. Los estudiantes que soliciten ayudas al estudio Loyola deberán presentar la solicitud de beca al Ministerio de Educación.
Miembros computables
Cálculo de la cuantía de la ayuda al estudio
El cálculo del importe de la ayuda al estudio para cada solicitante será el mismo, tanto para las becas como para los préstamos al honor. Los porcentajes de asignación de becas y préstamos se realizarán según la siguiente tabla:
- Tipo A 75%.
- Tipo B 67%.
- Tipo C 59%.
- Tipo D 51%.
- Tipo E 43%.
- Tipo F 35%.
- Tipo G 28%.
- Tipo H 21%.
- Tipo I 15%.
- Tipo J 10%.
- Expresado sobre el importe total de los precios académicos a pagar en la Universidad Loyola.
A partir del MEB, y atendiendo a las circunstancias personales de cada solicitante, se determina el Módulo Económico Corregido (MEC) según los criterios descritos a continuación:
- A. Domicilio:
- a. El MEB se multiplica por 0,9 para aquellos estudiantes cuyo domicilio familiar esté fuera de la provincia donde están ubicados los campus de la Universidad.
- b. Los estudiantes con domicilio insular, Ceuta o Melilla o fuera del territorio nacional tendrán deducción adicional de 500€ sobre los ingresos de la unidad familiar.
- B. Procedencia de la renta: estudiantes en cuya unidad familiar los ingresos provengan mayormente de:
- a. Trabajo por cuenta ajena o pensión: el MEB se multiplica por 0,9.
- b. Rendimientos del capital: el MEB se multiplica por 1,2.
- c. Actividades empresariales y agrarias: el MEB se multiplica por 1,3.
La asignación de las ayudas se realiza en función del Módulo Económico Corregido obtenido para cada uno de los solicitantes, con arreglo a la siguiente tabla:
Intervalos modificados en el MEC y tipo de ayuda
- 0 - 2.469 A.
- 2.470 - 2.964 B.
- 2.965 - 3.457 C.
- 3.458 - 3.952 D.
- 3.953 - 5.063 E.
- 5.064 - 6.792 F.
- 6.793 - 7.903 G.
- 7.904 - 8.891 H.
- 8.892 - 9.631 I.
- 9.632 - 10.496 J.
Dotación
Características de las Becas Estudio para Grado Universidad de Loyola:
- Las ayudas al estudio de la Universidad se conceden únicamente para un año académico y han de solicitarse nuevamente si se desea su renovación.
- Consisten en una reducción que va desde el 10% hasta el 75% de la cuantía de las mensualidades, con un límite máximo de 60 créditos para titulaciones simples y de 72 créditos para titulaciones dobles.
- No se concederán ayudas para asignaturas de segunda matrícula o siguientes.
- Existen dos tipos de ayudas posibles:
- a. Becas: destinadas a estudiantes de grado para titulaciones simples, según la siguiente distribución:
- i. Para titulaciones de 240 créditos se concederán para asignaturas de primer y segundo curso.
- ii. Para titulaciones de 300 créditos se concederán para asignaturas de primer y segundo curso y asignaturas de primer cuatrimestre de tercer curso.
- iii. Para titulaciones de 360 créditos se concederán para asignaturas de primer, segundo y tercer curso.
- b. Préstamos al honor: destinados a estudiantes de máster, doctorado y grado para titulaciones simples, según la siguiente distribución:
- i. Para titulaciones de 240 créditos se concederán para asignaturas de tercer y cuarto curso.
- ii. Para titulaciones de 300 créditos se concederán para asignaturas de segundo cuatrimestre de tercer curso, cuarto y quinto curso completos.
- iii. Para titulaciones de 360 créditos se concederán para asignaturas de cuarto, quinto y sexto curso.
- Las ayudas tipo préstamo se hacen exigibles un año después de haber finalizado los estudios en la Universidad, se conceden a un tipo de interés del 0% y se amortizan en un plazo máximo de 20 meses.
- Para las dobles titulaciones (Programa Conjunto de Estudios) se concede beca o préstamo según el curso de la asignatura de cada titulación simple que compone el programa conjunto, conforme a lo descrito en el apartado anterior.
- Se podrán atender solicitudes de ayudas extraordinarias por fallecimiento del sustentador principal durante el curso académico.
- Las ayudas Loyola tipo beca son incompatibles con cualquier otra ayuda o descuento, excepto con préstamos al honor y becas de carácter general para estudiantes que cursen estudios postobligatorios del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Presentación
- Los impresos de solicitud para las Becas Estudio para Grado Universidad de Loyola estarán disponibles en la página web de la Universidad(https://www.uloyola.es/servicios/secretaria-general/ayudas-y-becas/grados/ayudas-y-becas-loyola). La documentación que los acompañará está publicada en la página web.
- Para alumnos de nuevo de ingreso, la solicitud con los documentos que le acompañen se entregará por correo electrónico a ayudasloyola@uloyola.es.
- Para alumnos de renovación, la solicitud se realizará online a través del formulario que se habilitará en la página web.
Plazo de presentación
- Estudiantes de nuevo ingreso: Del 8 de abril al 26 de julio.
- Estudiantes actuales/renovación: Del 1 al 26 de julio.
Más información
Resolución
- La Comisión de Becas y Ayudas al Estudio emitirá una primera resolución provisional que se notificará por correo electrónico.
- La resolución tendrá carácter definitivo transcurrido el plazo de alegaciones y posterior comunicación definitiva a través del mismo medio.
Alegaciones
En el plazo de cinco días hábiles, desde la notificación de la resolución provisional, el estudiante podrá presentar alegaciones mediante la Solicitud de Alegación (que podrá encontrar en la web de la Universidad), a la que adjuntará la información que considere necesaria para justificar sus alegaciones.
Obligaciones de los becarios
La persona beneficiaria declara bajo su responsabilidad con la presentación de la solicitud:
- Que acepta las bases de la convocatoria para la que solicita la ayuda.
- Que todos los datos que aporta se ajustan a la realidad. Que acepta los criterios y decisiones que la Unidad de Becas y Ayudas al Estudio pueda adoptar sobre cualquier duda interpretativa y la autoriza para que realice la comprobación de la veracidad de los datos aportados por el solicitante a través de todos los medios a su alcance. En este sentido, la Unidad de Becas y Ayudas al Estudio se reserva el derecho de solicitar la documentación adicional que estime relevante para la concesión o denegación de la ayuda.
- Que, en el supuesto de que se le requiera documentación adicional, tendrá un plazo de 5 días hábiles para aportarla a través del canal establecido por la Universidad. Pasado ese plazo, la beca quedará denegada.
Cese de la ayuda Loyola
La ocultación o falseamiento de algún dato supondrá la denegación o cancelación de la ayuda concedida y el reintegro de los beneficios obtenidos indebidamente.
La anulación de matrícula supondrá el cese automático de la ayuda y la pérdida de los derechos que conlleva. En este caso si la ayuda concedida es tipo beca no supondrá el reintegro de las cantidades descontadas previamente.
Si el/la estudiante desea anular una parte de la ayuda concedida, podrá enviar un correo electrónico a ayudas-becas@uloyola.es solicitando la anulación.
Enlaces de interés
https://www.uloyola.es/ftp/gestor/Secretaria/Ayudas_y_Becas/Grados/ORDEN_RECTORAL_Convocatoria_Ayudas_Loyola_2025-26_signed.pdf