Universidad de Jaén (UJA)

Becas Estudiantado Colaborador Ayuda a Discapacidad y NEAE UJA

Becas de estudiosBecas para discapacitadosUniversitarios

INSCRIPCIONES

20/09/202421/10/2024
Abierta

Becas Estudiantado Colaborador Ayuda a Discapacidad y NEAE UJA: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad de Jaén ofrece un importante programa de apoyo para estudiantes a través de las Becas Estudiantado Colaborador Ayuda a Discapacidad y NEAE UJA. Estas becas están diseñadas para facilitar la colaboración entre estudiantes, brindando apoyo académico y social a aquellos que lo necesitan.

Los estudiantes seleccionados para colaborar tendrán la responsabilidad de asistir a sus compañeros en la toma de apuntes, recordatorio de fechas importantes y en la integración social dentro de actividades grupales.

El programa de Becas Estudiantado Colaborador Ayuda a Discapacidad y NEAE UJA incluye una ayuda económica, que se distribuye en dos pagos: uno en enero y otro en junio.

Este programa no solo beneficia a los estudiantes con necesidades de apoyo, sino que también permite a los colaboradores desarrollar habilidades valiosas como la organización y la responsabilidad.

Las Becas Estudiantado Colaborador Ayuda a Discapacidad y NEAE UJA son una excelente oportunidad para fomentar la solidaridad y el trabajo en equipo en un entorno académico inclusivo. Si deseas conocer todos los datos sobre estas ayudas, nosotros te facilitamos la información de interés que debes saber. Además en nuestra web también podrás consultar otras becas ofrecidas por la Universidad de Jaén.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Requisitos para postulantes a las Becas Estudiantado Colaborador Ayuda a Discapacidad y NEAE UJA:

  • a. Estar matriculados/as en un Centro Propio de la Universidad de Jaén de un título oficial de Grado a tiempo completo (37 créditos o más) o parcial (menos de 37 créditos y más de 23), de Máster universitario o Doctorado en el curso 2024/2025, salvo quienes estuviesen matriculados/as de los últimos créditos para la finalización de los estudios. Excepcionalmente se admitirán matrículas con un menor número de créditos de los señalados anteriormente, siempre que se justifique adecuadamente la causa.
  • b. Con carácter general el estudiantado colaborador deberá de estar matriculado en el mismo título y curso que el estudiantado con discapacidad y/o NEAE. Se podrá excepcionar esta circunstancia siempre que se justifique adecuadamente la necesidad.
  • c. Contar con el Informe de Estudiante Colaborador emitido desde la Unidad de Atención a Estudiantes con NEAE del Servicio de Atención y Ayudas al Estudiante de la UJA.

Dotación

La colaboración del estudiantado está concebida como un acto esencialmente solidario, que pone en valor la generosidad de quien la presta, si bien, se considera oportuno aportar una ayuda económica, destinada exclusivamente a compensar los gastos que les pueda ocasionar al estudiante la labor de colaboración. Estas ayudas son las Becas Estudiantado Colaborador Ayuda a Discapacidad y NEAE UJA y se recogen en la siguiente tabla:

Matrícula docencia presencial Matrícula completa 60 – 37 créditos - Matrícula parcial 36 – 24 créditos

  • 200 € máximo por cuatrimestre una persona colaboradora exclusivamente - 100 € máximo por cuatrimestre una persona colaboradora exclusivamente.
  • 100 € máximo por cuatrimestre compartido con dos personas colaboradoras - 50 € máximo por cuatrimestre compartido con dos personas colaboradoras.

Para el estudiantado que realice el doctorado, se determinará la presencialidad o no, de cada cuatrimestre mediante la información aportada por el/la Director/a de Tesis, aplicándose en lo demás los criterios anteriormente establecidos.

En todo caso, todas las ayudas económicas que se concedan serán proporcionales a los créditos matriculados con o sin presencialidad académica, considerando el máximo importe el correspondiente a una matrícula de 60 créditos para curso completo y de 36 para una matrícula de curso parcial.

Presentación

Para informarte sobre el proceso de solicitud de las Becas Estudiantado Colaborador Ayuda a Discapacidad y NEAE UJA en la UJA: 

Teléfono: 953 21 35 98 /Fax: 953 21 21 99Correo electrónico: sae@ujaen.esAgenda: Lunes a Viernes de 9 a 14 horas

Más información

Propuestas para las candidaturas a estudiantado colaborador

Podrán proponer candidaturas a estudiantado colaborador:

  • El estudiantado con discapacidad y/o NEAE que requiere apoyo.
  • La persona que ocupe la representación institucional del estudiantado con discapacidad y/o NEAE en cualquiera de los Centros de la UJA, o en su caso sus directores/as de tesis doctoral.
  • La Unidad de Atención a Estudiantes con NEAE.

Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión se inicia de oficio mediante la publicación de esta convocatoria y se ejecuta en régimen de concurrencia no competitiva, adjudicándose las ayudas según la fecha de emisión de los informes de estudiantado colaborador hasta agotar el presupuesto disponible.

Informe de estudiantado colaborador

El informe se elabora tras una entrevista personalizada que realiza el personal de la Unidad de atención a estudiantado con NEAE, tanto al estudiantado con discapacidad y/o NEAE como a las personas candidatas a estudiantado colaborador.

En este encuentro se explica con detalle a ambas partes el alcance de la colaboración, que es un apoyo complementario pero que en ningún caso exime de responsabilidad, ya que ésta recae exclusivamente sobre el estudiantado con discapacidad y/o NEAE, que deberá de cumplir con sus exigencias académicas y atender los compromisos de docencia, prácticas y evaluación que le correspondan.

En el caso de que la Unidad de atención a estudiantado con NEAE considere que las personas candidatas reúnen las condiciones y existe acuerdo entre ellas en el contenido y alcance de la colaboración, se emitirá un informe, en el que figurarán los siguientes aspectos:
  • Nombre y apellidos de ambas partes: estudiantado con discapacidad y/o NEAE y estudiantado colaborador.
  • Datos académicos de ambas partes: titulación, curso y grupo.
  • Curso académico de vigencia. El informe tiene vigencia exclusivamente para un curso académico.
  • Relación de actividades que desarrollará el estudiantado colaborador.
Contenido general y alcance de la colaboración

El contenido específico de la colaboración figurará en el Informe de estudiantado colaborador, si bien, con carácter general se ocupará de: 
  • Apoyo académico. Colaboración en la toma de apuntes en clase, compartiéndolos posteriormente con el alumnado con discapacidad y/o NEAE, en la forma que ambos acuerden.
  • Apoyo en el recordatorio de compromisos académicos: la colaboración consistirá en recordar las fechas de trabajos, prácticas, exámenes, etc.
  • Apoyo en la integración social: colaboración para facilitar la integración en actividades de carácter grupal o que requieran de habilidades sociales.
También constará el alcance de la colaboración, tratándose de un apoyo complementario que presta el estudiantado colaborador pero que, en ningún caso, exime de la responsabilidad propia al estudiante con discapacidad y/o NEAE en cualquiera de las actividades objeto de la colaboración.

Resoluciones parciales y definitiva

Será competente para dictar las resoluciones la Vicerrectora de Igualdad, Diversidad y Responsabilidad Social, por delegación de competencias.

El órgano instructor, siguiendo el procedimiento establecido en esta convocatoria, efectuará las propuestas de resolución parcial mensual al Vicerrectorado de Igualdad, Diversidad y Responsabilidad Social. Las resoluciones parciales deberán de contener:
  • Relación nominal de estudiantado colaborador.
  • Importe individualizado de las ayudas de colaboración propuestas.
  • Determinación de si la actividad de colaboración es individual o compartida.
Antes de la finalización del curso académico, se publicará la resolución definitiva de las ayudas económicas de ese curso, que contendrá la relación de todas las resoluciones parciales y sucesivas que se han ido produciendo. En esta resolución figurarán:
  • Relación nominal de todo el estudiantado colaborador.
  • Importe individualizado de todos los apoyos de colaboración propuestos.

Obligaciones

Obligaciones de las personas colaboradoras
  • Destinar la ayuda económica a la finalidad para la que ha sido concedida.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación necesarias, aportando cuanta información les sea requerida por los órganos competentes de la instrucción del procedimiento y de resolución de las ayudas.
  • Poner en conocimiento del Servicio de Atención y Ayudas al Estudiante la anulación o modificación de la matrícula, así como cualquier otra alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las ayudas económicas.
  • No incurrir en falsedad en lo declarado ni en la documentación presentada.

Obligaciones del alumnado que recibe apoyo y colaboración

  • Recibir la colaboración en los términos acordados en el informe. 
  • Acreditar ante el Servicio de Atención y Ayudas al Estudiante el cumplimiento de los requisitos establecidos en esta convocatoria para acceder a la colaboración. 
  • Someterse a las actuaciones de comprobación necesarias, aportando cuanta información les sea requerida por los órganos competentes de la instrucción del procedimiento y de resolución de las ayudas. 
  • Poner en conocimiento del Servicio de Atención y Ayudas al Estudiante la anulación o modificación de la matrícula, así como cualquier otra alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión del apoyo.
  • No incurrir en falsedad en lo declarado ni en la documentación presentada.
Pago de las ayudas

El pago a las personas beneficiarias de las ayudas económicas se hará en un solo pago, en el mes de enero el correspondiente al primer cuatrimestre y en junio para el segundo, pudiendo ser la cuantía en cada uno de ellos diferente, determinado por el cumplimiento específico de los requisitos correspondientes a cada periodo.

Cada estudiante colaborador deberá facilitar un IBAN de una cuenta corriente abierta en España de la que sea titular, o cotitular para poder recibir la ayuda a través de transferencia bancaria.

Enlaces de interés

https://www.ujaen.es/servicios/sae/sites/servicio_sae/files/uploads/node_anuncio/2024-09/report_CONVOCATORIA%20ESTUDIANTE%20COLABORADOR_1.pdf

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

La Universidad de Jaén ofrece un importante programa de apoyo para estudiantes a través de las Becas Estudiantado Colaborador Ayuda a Discapacidad y NEAE UJA. Estas becas están diseñadas para facilitar la colaboración entre estudiantes, brindando apoyo académico y social a aquellos que lo necesitan.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Estudiantado Colaborador Ayuda a Discapacidad y NEAE UJA" es: desde 20/09/2024 hasta 21/10/2024.

La Beca "Becas Estudiantado Colaborador Ayuda a Discapacidad y NEAE UJA" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Estudiantado Colaborador Ayuda a Discapacidad y NEAE UJA" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas sociales
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes