Becas Erasmus KA131 Movilidad Internacional de Estudiantes - Modalidad Estudios
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Becas Erasmus KA131 Movilidad Internacional de Estudiantes - Modalidad Estudios: solicitud y plazos
Descripción
Las Universidad de Castilla-La Mancha convoca y desarrolla un gran número de becas dirigidas a facilitar la movilidad internacional de sus estudiantes.
Un ejemplo de ello es la convocatoria de las Becas Erasmus KA131 Movilidad Internacional de Estudiantes - Modalidad Estudios, que están dirigidas a aquellos alumnos que reúnan los requisitos que se especifican en la convocatoria entre los que se encuentran el estar matriculados en estudios de Grado o Máster en la Universidad de Castilla-La Mancha, disponer de una determinada nota media en su expediente académico y contar con un conocimiento de inglés o de la lengua oficial del país de destino a nivel B1 o superior.
En esta convocatoria de las Becas Erasmus KA131 Movilidad Internacional de Estudiantes - Modalidad Estudios, se ofrecen dos modalidades distintas: movilidad combinada y modalidad virtual. Estas últimas evitan desplazamientos innecesarios, pero no tienen dotación económica.
Mediante las Becas Erasmus KA131 Movilidad Internacional de Estudiantes - Modalidad Estudios, y en aquellos casos en que se elija la modalidad combinada, se otorgará una dotación económica a los beneficiarios de las mismas que será variable en función del país de destino. Además, los alumnos de la Universidad de Castilla-La Mancha podrá abonar una ayuda económica en concepto de Bolsa de Viaje.
Con iniciativas como estas becas, las Universidad de Castilla pretenden impulsar la internacionalización de educación, brindado así la oportunidad a sus alumnos de vivir un sinfín de nuevas experiencias laborales.
Conoce aquí y ahora todos los detalles sobre las Becas Erasmus KA131 Movilidad Internacional de Estudiantes - Modalidad Estudios, como plazos, requisitos, y proceso de selección, entre otros.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- País de destino
- Portugal
- Italia
- Polonia
- Lituania
- Chipre
- Turquía
- Nacionalidades
- Residente en España
- Cualquier nacionalidad
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Los requisitos de participación de las Becas Erasmus KA131 Movilidad Internacional de Estudiantes - Modalidad Estudios son los siguientes:
- Estar debidamente matriculado en titulaciones oficiales que se imparten en la UCLM durante el curso académico de solicitud (2024/25) y durante el curso de realización de la estancia (2025/26). El participante deberá estar matriculado en ambos cursos académicos en el mismo ciclo y plan de estudios (grado/máster) conducente a la obtención de un título oficial. Solo tendrán acceso a esta convocatoria los estudiantes que cumplan los requisitos a fecha de carga de datos, realizada antes del inicio del plazo de solicitudes. Los programas de estudio mencionados deben tener docencia durante el curso de la estancia.
- Poseer la nacionalidad de alguno de los países de la Unión Europea (UE) o de cualquier otro estado que participe en el programa Erasmus+, o de terceros países, en cuyo caso deberá acreditar que está en posesión de un permiso válido para residir en España durante el período completo de realización de la movilidad.
- Tener superados un mínimo de 48 créditos de las titulaciones de grado antes de la publicación de la presente convocatoria o estar matriculado en estudios oficiales de máster o doctorado.
- Tener pendiente de matricular para el curso en el que se realice la estancia de movilidad, al menos, 15 créditos por semestre o 12 por un trimestre. Este requisito no se aplica a los programas de postgrado.
- Tener una nota media en su expediente igual o superior a cinco (5) puntos de acuerdo con la carga de datos realizada antes del inicio del período de solicitudes. Este requisito no se aplica a los estudiantes de programas de postgrado.
- En caso de que el destino requiera la acreditación de idioma, se podrá acreditar hasta un día antes del fin de plazo de solicitud,especificado en la base 6.1. de esta convocatoria. Con carácter general, se deberá acreditar un nivel B1 o superior en la lengua oficial en la que se imparten las asignaturas que se realicen en la universidad de destino, o en su defecto, en lengua inglesa. El nivel de conocimiento de idioma vendrá acreditado por la oportuna certificación, de acuerdo con la Resolución de 20/07/2021, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se publica el Reglamento sobre reconocimiento del dominio de una lengua extranjera para la obtención del título de grado, de acreditación de una lengua extranjera para el acceso a estudios de máster universitario que así lo requieran y sobre certificación del nivel MCERL de conocimiento de lenguas extranjeras por la Universidad de Castilla-La Mancha. [2021/8584https://e.uclm.es/servicios/doc/?id=UCLMDOCID-12-5962]. Se reconocerá un nivel C1 de un idioma al estudiantado que tenga esa lengua como lengua materna o aquel estudiantado con titulación en una institución de educación superior cursada en el idioma de dicho país. En ambos casos deberán aportar documentación justificativa, ya sea una declaración responsable en el caso de la lengua materna o copia de la titulación obtenida. El personal de la ORI comprobará el nivel de idioma de los solicitantes, quienes deberán aportar bien por CAU en el paso 1 de solicitud,bien personándose en la ORI, la certificación oportuna.No obstante, algunas universidades de destino podrán requerir un nivel de conocimiento de idioma superior al exigido en esta convocatoria. Por ello, cada estudiante se responsabilizará de verificar el nivel de idioma exigido en las observaciones del anexo II “Listado de destinos elegibles”. Los destinos cuyo idioma sea español, italiano o portugués no requerirán ningún nivel mínimo de idioma, a excepción de aquellos que lo exijan como requisitos específicos, y que podrán consultarse en el apartado observaciones del anexo II de esta convocatoria: “Listado de destinos elegibles”.
- El cómputo total de meses de estancia en cualquiera de las modalidades del programa Erasmus+ no podrá superar, sumados los meses de la plaza solicitada en la presente convocatoria, los 12 meses por ciclo de estudios (grado o máster). Las estancias Erasmus realizadas siendo estudiantes de otras instituciones de Educación Superior también computan a estos efectos. En los casos de los estudios de grado que dan acceso a estudios de doctorado (arquitectura, farmacia y medicina) la duración máxima de la movilidad Erasmus, será de 24 meses.
- Aparte de los requisitos generales, los solicitantes deberán cumplir los requisitos específicos para cada plaza, tanto en el momento de realizar la solicitud, como durante el curso de la estancia, de acuerdo con las condiciones en cuanto a centro, ciclo, especialidad, curso y otras señaladas como observaciones en cada uno de los destinos (ver anexo II: “Listado de destinos elegibles”).
Dotación
Ayudas para la movilidad KA131 con los países del programa Erasmus+
- Dotación económica de la Unión Europea a través del SEPIE: La dotación económica del SEPIE de las ayudas correspondientes a la acción KA131 dependerá del nivel de vida del país, tal y como figura en la siguiente tabla.
- a. El importe base del apoyo individual para la movilidad de estudiantes de larga duración para estudios de movilidad física correspondiente a la acción KA131 dependerá del nivel de ida del país, tal y como figura en la siguiente tabla:
- Grupo 1: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Francia, Finlandia, Irlanda, Islandia, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos y Suecia: 400 euros.
- Grupo 2: Chequia, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Grecia, Letonia, Malta y Portugal: 350 euros.
- Grupo 3: Bulgaria, Croacia, Hungría, Lituania, Macedonia del Norte, Polonia, Rumanía, Serbia y Turquía: 300 euros.
- Se financiarán hasta 7 meses completos de estancia por curso académico y, si existe disposición presupuestaría suficiente, podrá financiarse hasta un máximo de 9 meses.
- b. Apoyo para viajes. El importe de las ayudas de viaje se establece en función de bandas de distancia: * Consultar tabla en las bases de la convocatoria.
- Cuantía única individual según el cálculo de distancia entre el punto de origen y destino realizado a través de la herramienta informática puesta a disposición de los usuarios por la Agencia Ejecutiva Europea de Educación y Cultura (EACEA): http://ec.europa.eu/programmes/erasmus-plus/tools/distance_en.htm
- El estudiantado de la UCLM también contará con una ayuda económica de apoyo individual adicional, la cual se calculará dividiendo la ayuda económica mensual entre 30 días, en concepto de "días de viaje financiados", bajo las siguientes modalidades:
- Viaje ecológico a través de medios de transporte sostenibles como coche eléctrico, coche compartido con otros participantes o “carpooling”, el autobús y el tren, podrán recibir hasta 6 días de apoyo individual adicional para cubrir losdías de viaje en un trayecto de ida y vuelta.
- Viaje no ecológico: podrán recibir hasta 2 días de apoyo individual adicional para cubrir los días de viaje en un trayecto de ida y vuelta.
- Ayuda adicional para estudiantes con menos oportunidades.
- Se financiará una cantidad adicional a la correspondiente del importe especificado en las bases 4.1.1. y 4.1.4. de 250€ mensuales al estudiantado con menos oportunidades.
- Una o un estudiante con menos oportunidades se define como una “persona que se enfrenta a obstáculos que le impidan tener un acceso eficaz a las oportunidades que ofrece el programa por motivos económicos, sociales, culturales, geográficos o de salud, debido a su origen inmigrante, por razones tales como la discapacidad y las dificultades de aprendizaje o por cualquier otra razón, incluidas las que puedan dar lugar a discriminación a tenor de lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea”.
- Se considerarán estudiantes con menos oportunidades a los que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
- Percepción de becas de estudios de la Administración General del Estado o del País Vasco en el curso inmediatamente anterior al de la movilidad.
- Beneficiario de rentas de inserción.
- Riesgo de exclusión social o emergencia social.
- Familia numerosa o monoparental.
- Víctima de terrorismo o de violencia de género.
- Orfandad.
- Dependencia.
- Estudiantes con trabajo a tiempo completo.
- Tener la condición de refugiado o con derecho a protección subsidiaria o haber presentado solicitud de protección internacional en España.
- Tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento.
- El estudiantado con menos oportunidades deberá hacer constar su situación en el paso 5. Documentación de la solicitud online, aportando documentación justificativa en el tipo de archivo 17 “Justificante participante con menos oportunidades”.
- Los estudiantes con menos oportunidades reciben una ayuda adicional única, fijada por la Guía del programa Erasmus+, independientemente de que se encuentren en más de una de las situaciones especificadas.
- Apoyo a la inclusión. Los participantes con una discapacidad legalmente reconocida en grado igual o superior al 33 por ciento, podrán disponer de los fondos del apoyo a la inclusión, complementarios a las ayudas especificadas en el punto anterior, destinados a cubrir los costes reales extraordinarios derivados de la participación en las actividades de movilidad de esos participantes que se realicen en el país de destino. Para ello, la ORI tramitará una solicitud de financiación adicional de apoyo a la inclusión al SEPIE.
- Ayudas Erasmus+ Movilidad Internacional. Dotación económica de la UE y MICIU a través del SEPIE:
- a. Apoyo individual para la movilidad física, el importe base será el indicado en la tabla siguiente y se financiará al menos un cuatrimestre de estancia. Si existe disposición presupuestaría podrán financiarse hasta 2 cuatrimestres dentro del mismo curso académico: * Consultar cuadro en las bases de la convocatoria.
- b. Apoyo para viajes. Se aplican las mismas ayudas que las descritas en la base 4.1.1. b).
Becas Santander Universidades y UCLM
Presentación
- Las solicitudes de las Becas Erasmus KA131 Movilidad Internacional de Estudiantes - Modalidad Estudios se cumplimentarán a través de la aplicación informática habilitada en la dirección: https://AiRei.apps.uclm.es/ durante el periodo especificado en la base 6.1.
- En la solicitud aparecerá la relación de aquellos destinos a los que puede optar el candidato de acuerdo con su perfil académico y nivel de idioma acreditado en AiRei. Se podrán elegir hasta 7 destinos enumerados por orden de preferencia.
- Una vez terminado el plazo de solicitudes, el orden de preferencia de los destinos elegidos en la solicitud no podrá ser modificado a instancias del solicitante y se considerará vinculante a todos los efectos. No es obligatorio seleccionar los 7 destinos posibles, sin embargo, se recomienda a los estudiantes que seleccionen destinos en tres o más países diferentes con el fin de tener mayores opciones. Asimismo, es recomendable que los estudiantes se informen previamente sobre las condiciones de la docencia en los destinos solicitados (idioma de docencia, programas de estudios, pruebas de idiomas, posibles reconocimientos, etc.) en las páginas web de cada universidad.
- La adjudicación de plazas se realizará por riguroso orden de puntuación y preferencia de los candidatos. Esta vinculación seguirá aplicándose en todas y cada una de las sucesivas adjudicaciones.
- El anexo I de esta convocatoria ofrece información detallada sobre la presentación de solicitudes y criterios de selección, así como la aceptación, renuncia y disponibilidad de vacantes.
Más información
Objeto y modalidades
- El objeto de esta convocatoria es la selección de estudiantes de grado y máster para participar en el programa Erasmus+ de la acción KA131 en la modalidad de estancias para estudios en países del programa Erasmus+, terceros países asociados al programa y terceros países no asociados al programa en Movilidad Internacional.
- Los estudiantes seleccionados tendrán la posibilidad de realizar un período de estudios de cualquiera de las titulaciones oficiales degrado y máster que imparte la UCLM durante el curso 2025/26 en una universidad extranjera, garantizando el reconocimiento de estos estudios en los términos previstos en la normativa de movilidad internacional de la universidad.
- La modalidad de estancias Erasmus estudios contempladas en el punto 1.1. tiene una duración mínima de 2 meses y máxima de 12 meses. Una movilidad puede declararse no elegible si no se justifica la estancia mínima.
- La cantidad máxima financiada dependerá del convenio de subvención que la UCLM suscriba con el SEPIE (Servicio Español para la Internacionalización de la Educación). La UCLM financiará hasta 7 meses de estancia de estudios por curso completo, pudiendo financiarse hasta un máximo de 9 meses. Los tipos de ayudas y las cantidades se especifican en la base 4 de esta convocatoria.
- El listado de destinos elegibles puede consultarse en el anexo II de esta convocatoria. La candidata o el candidato sólo tendrá acceso a los destinos que le correspondan según su área de estudios y nivel de idiomas acreditado.
- Los estudiantes de la UCLM podrán realizar varias estancias dentro del programa Erasmus+ durante el mismo curso académico, siempre que no se lleven a cabo de manera simultánea. Las movilidades de estudiantes, si existieran circunstancias atribuibles a situaciones excepcionales autorizadas por ambas instituciones, podrán realizarse en las siguientes modalidades:
- Blended mobility o movilidad combinada: se inicia la estancia de manera virtual, esto es, sin desplazamiento al lugar de destino siguiendo la docencia de manera telemática, y se cambia a modalidad física con desplazamiento al país de destino cuando las circunstancias lo permitan o viceversa.
- Movilidad virtual: toda la estancia se realiza sin desplazamiento al lugar de destino. Las estancias en movilidad virtual no reciben financiación, pudiendo obtener el oportuno reconocimiento a efectos académicos.
Calendario del proceso de selección
- Plazo de presentación de solicitudes: desde la fecha de publicación hasta el 13 de diciembre de 2024.
- Publicación de listados provisionales: 7 de febrero de 2025.
- Plazo de presentación de alegaciones: hasta las 14:00 horas del 17 de febrero de 2025.
- Publicación de los listados definitivos: 7 de marzo de 2025.
- La estancia de movilidad regulada por la presente convocatoria será compatible con la realización de cualquier otra movilidad durante el mismo curso académico, a excepción de lo estipulado en la base 1.6.
- La estancia de movilidad internacional asignada será compatible con estancias previas del programa Erasmus+ de la UCLM u otras instituciones de educación superior, siempre que la suma de todas ellas no supere los máximos establecidos en la base 3.7.
- Es responsabilidad del solicitante informar de las estancias previas realizadas.
- La resolución provisional que concederá las movilidades será publicada en la página web de la UCLM. Las personas interesadas tendrán un plazo de cinco días a partir de dicha publicación para presentar alegaciones. Una vez resueltas, se publicará en el mismo lugar la resolución definitiva que pondrá fin a la vía administrativa, y podrá ser objeto de recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real, sede del órgano autor del acto, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación o al de la notificación.
- No obstante, las personas interesadas podrán optar por interponer contra dicha resolución definitiva recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga la resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Discapacitados
Los participantes con una discapacidad legalmente reconocida en grado igual o superior al 33 por ciento, podrán disponer de los fondos del apoyo a la inclusión, destinados a cubrir los costes reales extraordinarios derivados de la participación en las actividades de movilidad de esos participantes que se realicen en el país destino.Para ello, la Oficina de Relaciones Internacionales tramitará una solicitud de financiación adicional de apoyo a la inclusión al SEPIE (Servicio Español para la Internacionalización de la Educación).