Becas Colaboración ADD ESII Apoyo Actividades Divulgación UCLM
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Becas Colaboración ADD ESII Apoyo Actividades Divulgación UCLM: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Colaboración ADD ESII Apoyo Actividades Divulgación UCLM son convocadas para los estudiantes interesados en desarrollar sus habilidades y colaborar en actividades académicas. Estas becas están diseñadas para apoyar a los estudiantes en su formación, brindándoles la posibilidad de trabajar en proyectos relevantes en el ámbito universitario. En la presente convocatoria se ofrecerán 4 ayudas.
Podrán solicitar las Becas Colaboración ADD ESII Apoyo Actividades Divulgación UCLM los estudiantes matriculados en el Grado de ingeniería informática de la UCLM durante el curso 24/25, y que el estudiante continúe con dichos estudios durante el periodo de disfrute de la beca.
Las becas se llevarán a cabo en la Escuela Superior de Ingeniería Informática, y se basarán en preparación y en el desarrollo de las actividades de divulgación de la ESII, y ofreciendo una dotación económica mensual de 320 euros. El período de disfrute será desde el 20 de febrero hasta el 20 de junio de 2025.
Las personas beneficiarias de las Becas Colaboración ADD ESII Apoyo Actividades Divulgación UCLM deberán comprometerse a trabajar 15 horas a la semana, participando activamente en la realización de tareas relacionadas con la divulgación de las actividades académicas.
La solicitud debe ser presentada a través del registro general de la UCLM, y los interesados deben adjuntar su currículum vitae junto con los documentos que acrediten sus méritos.
Datos básicos
- Nº de becas
- 4
- Nivel de estudio
- Grado
- Carrera
- Ingeniería en Informática
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de las personas beneficiarias de las Becas Colaboración ADD ESII Apoyo Actividades Divulgación UCLM:
Podrán participar en esta convocatoria las personas que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar matriculado/a en enseñanza oficial de Grado en Ingeniería Informática de la UCLM durante el curso 2024/2025, siendo necesario que el/la estudiante continúe con dichos estudios durante el período de disfrute de la beca. A estos efectos, no podrán solicitarla aquellas personas matriculadas en otras Universidades que realicen estancias temporales en la UCLM sobre la base de programas nacionales o internacionales de movilidad.
- No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título universitario de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, excepto si dicha titulación es el requisito académico que ha permitido al alumno/a matricularse en los estudios de máster, o su adaptación a los estudios de grado correspondientes, por enseñanza oficial, en la Universidad de Castilla-La Mancha.
- No estar incurso en las prohibiciones para la obtención de la condición de beneficiario/a del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias, en el caso de tratarse de alumnos/as independientes económicamente. En el caso de los/as alumnos/as que no tengan independencia económica, la exigencia de dicho requisito se extenderá a todos los miembros que conformen la unidad familiar. A dichos efectos la UCLM obtendrá los datos oportunos de la Agencia Tributaria.
- No haber disfrutado en cursos anteriores de becas de colaboración de la UCLM que en su conjunto hayan supuesto una duración igual a 22 meses. En el caso de que ese periodo máximo se cumpla durante el disfrute de la beca, la persona beneficiaria cesará automáticamente. A efectos de incorporación a la beca, tanto por llamamiento inicial como por ser llamado de bolsa, la duración a que se refiere el presente apartado se reduce a 21 meses, en aras a dar cumplimiento a las estipulaciones y plazos reglamentarios vigentes en las normas sobre Seguridad Social.
- No haber renunciado con anterioridad a una beca de colaboración de la UCLM sin causa justificada.
- No se podrá disfrutar de la beca cuando al solicitante se le haya anulado por impago la matrícula correspondiente a sus estudios en cursos anteriores.
- No podrán ser beneficiarios/as de una beca de colaboración aquellos/as estudiantes cuyo nombramiento haya sido revocado por incumplimiento de sus obligaciones sin causa justificada, según se dispone a tal efecto en el artículo 11 de la vigente Normativa Reguladora de las Becas de Colaboración de la Universidad de Castilla la Mancha.
Dotación
Dotación económica de las Becas Colaboración ADD ESII Apoyo Actividades Divulgación UCLM:
- La presente convocatoria tiene un presupuesto máximo de 5.321,20 € (cinco mil trescientos veintiún euros con veinte céntimos) incluidos los 201,20 € (doscientos un euros con veinte céntimos) para atender los costes estimados asociados a las cotizaciones a la seguridad social de estas becas. Los costes de las mensualidades de las becas se imputarán a la aplicación presupuestaria 00440265/422D /48001 y los costes correspondientes a la seguridad social a la aplicación presupuestaria 00440265/422D /160, existiendo crédito adecuado y suficiente para cubrir el período de desarrollo de la beca. Este crédito ha sido debidamente retenido con anterioridad a la fecha en la que se hace pública esta convocatoria.
- El importe mensual bruto de la beca es de 320 € (trescientos veinte euros). Esta ayuda no está exenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El porcentaje de retención aplicable vendrá determinado por la cuantía de la ayuda, por las circunstancias personales y familiares del interesado/a y por el período de cobro de la citada beca.
- Estas becas, dado su carácter formativo en servicios universitarios, quedan expresamente incluidas en el ámbito de aplicación del R.D. 1493/2011 de 24 de octubre de 2011 (B.O.E. de 27/10/2011) por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
Presentación
Forma y plazo de presentación de solicitudes de las Becas Colaboración ADD ESII Apoyo Actividades Divulgación UCLM:
- Las solicitudes, cuya presentación se regirá por lo previsto en el Derecho administrativo, deben ajustarse al modelo que figura como Anexo III de la presente convocatoria y estarán dirigidas al Director de la Escuela Superior de Ingeniería Informática. D. José Miguel Puerta Callejón.
- Las solicitudes se presentarán en el registro general de la UCLM, en los registros de Campus de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo y de las sedes de Almadén y Talavera de la Reina, o por cualquier otro medio contemplado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, entre ellos el registro electrónico de la UCLM.
- El plazo para la presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el 29 de enero de 2025 hasta las 14:00 horas del 14 de febrero de 2025.
Más información
Objeto
- Se convocan 4 becas de colaboración destinadas a que las personas beneficiarias presten su colaboración, en régimen de compatibilidad con sus estudios, en la Escuela Superior de Ingeniería Informática para participar en la preparación y en el desarrollo de las actividades de divulgación de la ESII, conforme al plan formativo de la beca previsto en el anexo I y la planificación de las actividades del listado de tareas y su programación recogidos en el anexo II.
- Las personas beneficiarias de la beca quedarán adscritas a la Dirección de la Escuela Superior de Ingeniería Informática, bajo la tutela de José Miguel Puerta Callejón, Director de la Escuela.
Periodo de disfrute y horas semanales de colaboración
- La actividad que conlleva esta beca se realizará desde el 20 de febrero de 2025 hasta el 20 de junio de 2025, con una dedicación global de 15 horas semanales. El mes de agosto se considera inhábil a todos los efectos, si estuviese comprendido en el período de disfrute de la beca.
Prórroga de la beca
- En ningún caso la beca objeto de la presente convocatoria será susceptible de prórroga.
Criterios de valoración
La Comisión valorará las solicitudes de los/as aspirantes sobre la base de los méritos aportados, atendiendo al grado de adecuación de dichos méritos al destino y a los requisitos y objetivos previstos. Para ello se tendrá en cuenta:
- El expediente académico de las personas candidatas (hasta 7 puntos).
- El Currículum Vitae (hasta 2 puntos).
- Otros méritos relacionados con el objeto de la beca (hasta 1 punto).
Si lo considera necesario, la Comisión podrá realizar una entrevista personal para aclarar determinados aspectos de los méritos aportados.
La Comisión podrá proponer, en su caso, un listado de suplentes, que conservará vigencia hasta la finalización del período de beca, con el objetivo de cubrir posibles ceses o renuncias de la persona inicialmente becada.
Con todo lo anterior, la Comisión formulará la propuesta de concesión provisional, a la vista de la cual el Director de la Escuela Superior de Ingeniería Informática de la UCLM dictará la correspondiente resolución de concesión provisional de la beca, que recogerá la posición de los/as solicitantes y la puntuación total que hayan obtenido y dará un plazo de tres días para que los/as interesados/as puedan formular alegaciones. La resolución de concesión provisional se notificará a todos/as los/as solicitantes a través de su correo electrónico institucional y se publicará tanto en el tablón de anuncios de la UCLM como en la página web del Centro.
Una vez terminado el plazo de alegaciones a la resolución provisional de concesión de la beca se reunirá nuevamente la Comisión de selección para estudiar las alegaciones recibidas, tras lo que emitirá la propuesta definitiva, a la vista de la cual el Director de la Escuela Superior de Ingeniería Informática de la UCLM dictará la correspondiente resolución de concesión definitiva de la beca, que recogerá la posición de los/as solicitantes y la puntuación total que hayan obtenido. Si no hubiera alegaciones se elevará la resolución provisional a definitiva sin necesidad de que se reúna la comisión.
La resolución definitiva se notificará a todos los/as solicitantes a través de su correo electrónico institucional y se publicará tanto en el tablón de anuncios de la UCLM como en la página web del Centro. Asimismo, la resolución de concesión definitiva se comunicará a la base de datos nacional de subvenciones (BDNS).
Obligaciones de las personas beneficiarias
- Incorporarse a su actividad en el Centro desde la fecha establecida como inicio del período de beca.
- Cumplir con aprovechamiento cada una de las tareas encomendadas.
- Guardar secreto y mantener la integridad de todos los datos personales que por razón de las tareas asociadas a la beca tuviera que tratar. Por ninguna razón y en ninguna circunstancia, el/la becario/a podrá comunicar datos de carácter personal a terceros. Esa obligación subsiste aun después de finalizar la beca. El incumplimiento de esta obligación será motivo suficiente para la revocación de la beca y la aplicación de sanciones de conformidad con lo previsto en la legislación vigente.
- La presentación de la solicitud supone la aceptación de todos los puntos de la presente convocatoria por parte del solicitante. Para los aspectos no contemplados expresamente en ella se estará a lo dispuesto en la vigente normativa reguladora de las becas de colaboración de la Universidad de Castilla-La Mancha. Se aplicará además cualquier otra normativa que para esta materia resulte procedente.
- Comunicar por escrito al órgano convocante cualquier circunstancia sobrevenida durante el disfrute de la beca que implique que se dejan de cumplir los requisitos y condiciones de la convocatoria.
- Antes de librar el importe correspondiente al último mes de colaboración, el/la becario/a, con el visto bueno de su tutor/a, deberá presentar una memoria de la actividad realizada, que incluirá aquellas propuestas de mejora que se consideren necesarias para los ámbitos a los que se refiere la beca.
- La persona beneficiaria suscribirá una declaración antes de comenzar a percibir el importe de la beca en la que indique que en ningún caso el disfrute de la beca de colaboración tendrá efectos jurídico-laborales entre el/la becario/a y la Universidad de Castilla-La Mancha y, en consecuencia, su concesión no implicará ningún tipo de relación contractual (laboral o administrativa), con la UCLM.
Incompatibilidades
Estas becas de colaboración son incompatibles con cualquier otra beca o ayuda. A dichos efectos, se declara expresamente la incompatibilidad de estas ayudas tanto con las concedidas por las administraciones públicas como con cualquier otro tipo de beca o ayuda al estudio otorgada por la Universidad de Castilla-La Mancha. Son una excepción las ayudas de carácter general convocadas para el curso correspondiente por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, las becas en cuyas convocatorias se recoja la compatibilidad con la convocatoria de becas de colaboración de forma expresa o las ayudas por la realización de prácticas académicas retribuidas, siempre que no se mantenga en el tiempo la situación de incompatibilidad; en este último caso, podrá solicitarse una suspensión temporal durante la realización de las prácticas para continuar con la beca de colaboración a su finalización.
No se podrá disfrutar de estas becas de colaboración mientras el/la solicitante mantenga una relación laboral o administrativa con una entidad pública o privada, o esté trabajando por cuenta propia. No obstante, de generarse esta situación una vez iniciado el disfrute de la beca, podría solicitarse suspensión temporal (con la duración que previamente determine la relación laboral o administrativa) para continuar, a su extinción, con el disfrute de la beca de colaboración.
Enlaces de interés
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/810572
Documentación a adjuntar
Junto a la solicitud se deben presentar los siguientes documentos:
- Currículum Vitae (CV).
- Documentación justificativa de los méritos reflejados en el CV, sin la cual no serán objeto de valoración.
Las comunicaciones relacionadas con esta convocatoria se realizarán exclusivamente a través de la cuenta de correo electrónico institucional del estudiante en la UCLM.