Becas Investigación PRFI- UB Facultad Enfermería
INSCRIPCIONES
Becas Investigación PRFI- UB Facultad Enfermería: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Barcelona (UB) convoca un gran número de becas dirigidas tanto a estudiantes como a profesores e investigadores. Relacionadas con el ámbito de la investigación, podemos citar las Becas Investigación PRFI- UB Facultad Enfermería.
Estas becas pueden ser solicitadas por aquellos candidatos que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria, entre los que se encuentran el ser miembro del profesorado de esta facultad, y cuyos proyectos presentados cumplan con las condiciones indicadas.
Durante el proceso de evaluación, serán valorados diversos criterios como los antecedentes y la metodología, la viabilidad, la adecuación del presupuesto solicitado, el porcentaje de profesorado de la Facultad, y no contar con financiación previa.
Mediante las Becas Investigación PRFI- UB Facultad Enfermería, se concederá una dotación económica, con el propósito de cubrir determinados conceptos como material fungible e inventariable, análisis estadísticos, recogida y creación de bases de datos, y todos aquellos gastos relacionados con la publicación y la difusión de resultados.
Con todo ello, la Universidad de Barcelona (UB) pretende apoyar y fomentar el desarrollo de tareas de investigación en el ámbito de la Enfermería, a la vez que se impulsa a los profesionales de este ámbito.
Conoce a continuación todos los detalles relacionados con las Becas Investigación PRFI- UB Facultad Enfermería, y accede a una de ellas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Salud y Biología
- Carrera
- Enfermería
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Pueden solicitar las Becas Investigación PRFI- UB Facultad Enfermería:
- Al menos dos miembros del profesorado de la facultad, al menos uno de ellos a tiempo completo que deberá ser el investigador o investigadora principal (IP) del proyecto.
- Un/a profesor/a sólo puede solicitar como IP una ayuda, pero puede participar como miembro del equipo investigador en otros proyectos. Cada proyecto sólo podrá obtener una sola ayuda.
- Los proyectos para los que se solicite la ayuda tendrán que estar finalizados antes del viernes 23 de enero de 2026, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4.5 de estas bases y, en esta fecha límite, será necesario entregar la memoria final científica y económica del proyecto, a través de registro electrónico: (https://www.ub.edu/eadministracio /IG.html), dirigido a Secretaría de Estudiantes y de Docencia – Campus Bellvitge (destino PR274) y adicionalmente entregar un ejemplar a la dirección de correo institucional del decanato de la Facultad de Enfermería: dt.enfermeria@ub.edu , según el modelo adjunto (ver anexo 4.A).
- En caso de que no se cumplan los plazos de finalización del proyecto o presentación de la memoria, con los requisitos establecidos (según el modelo anexo 4.A) en las fechas señaladas, el o la IP que ha recibido la ayuda no podrá presentarse (ni como IP ni como miembro del equipo) en la siguiente edición de la convocatoria sin perjuicio de la revocación y devolución de la ayuda establecida en el artículo 7.
Dotación
Mediante las Becas Investigación PRFI- UB Facultad Enfermería serán susceptibles de afianzamiento los siguientes conceptos:
- Material fungible e inventariable.
- Servicios: análisis estadísticos, recogida y/o creación base de datos, o equiparables.
- Gastos asociados a la publicación y difusión de resultados (traducción y/o revisión lingüística de artículos, publicación en acceso abierto y asistencia a congresos).
Esta convocatoria de ayudas tiene una dotación de 8.718,20€. En cualquier caso, el importe máximo de una ayuda será de 3.000€ por proyecto concedido (IVA incluido).
El gasto de la ayuda otorgada se gestionará de acuerdo con las bases de ejecución de presupuesto de la Universidad de Barcelona La Oficina de Asuntos Generales gestionará los pedidos, pagos de facturas (bienes y servicios), de acuerdo con las partidas previstas en el presupuesto concedido.
Presentación
- El modelo de solicitud (anexo 2) de las Becas Investigación PRFI - UB Facultad Enfermería debe presentarse mediante instancia genérica en la sede electrónica de la UB: https://www.ub.edu/eadministracio/IG.html
- En cualquier caso, se deberá enviar una copia de la solicitud y la documentación registrada, por correo electrónico a la dirección: dt.enfermeria@ub.edu, con el tema “AYUDAS DE INVESTIGACIÓN 2024 (PRFI – UB) EN LA FACULTAD DE ENFERMERÍA”.
Más información
Objeto
Las Becas Investigación PRFI- UB Facultad Enfermería financiarán proyectos de investigación con un máximo de 3.000 € (IVA incluido) por proyecto concedido.
Obligaciones y requisitos
- En relación con los artículos derivados de los resultados del proyecto, al menos uno de los miembros del equipo investigador que sea profesorado a tiempo completo, constará en autoría preferente (primer/a autor/a, autor/a de correspondencia o último firmante).
- Los y las solicitantes deben garantizar que sea visible la imagen corporativa de la Facultad de Enfermería (logotipación y filiación, nombre, UB).
- El profesorado vinculado a la UB deberá tener actualizado su Currículum Vitae en la base de datos GREC en el momento de presentación de la solicitud.
- Habrá que mencionar en las publicaciones y/o comunicaciones orales o escritas que deriven de la convocatoria de ayudas, que ha sido financiado por las “Ayudas de Investigación Facultad de Enfermería UB (PRFI_UB)”, de la siguiente manera:
- Este estudio/artículo ha sido financiado total o parcialmente por las “Ayudas de Investigación Facultad de Enfermería UB, (PRFI-UB /año concesión)”.
- Este estudio/artículo ha sido financiado total o parcialmente por las Ayudas a la Investigación, Facultad de Enfermería UB, (PRFI-UB /año concesión).
- Este estudio/artículo debe ser fundado en el mundo o en parte mediante “Ayudas de Investigación Facultad de Enfermería UB, (PRFI-UB /año concesión)”.
Proceso de evaluación de las solicitudes
- La Comisión de Investigación de la Facultad de Enfermería será la encargada de la evaluación y selección de las solicitudes según los criterios establecidos en estas bases y elaborará un listado priorizado en el que se relacionará las solicitudes candidatas por orden de puntuación y elevará a la decana una propuesta de adjudicación de las ayudas en favor de las candidaturas que hayan obtenido mayor puntuación, a fin de que ésta resuelva. El Secretario o Secretaria de la comisión de evaluación redactará un acta de la sesión, que deberá firmar, con el visto bueno del Presidente o Presidenta.
- La evaluación de las solicitudes, que como condición previa siempre tendrán que cumplir con los requisitos específicos de la convocatoria, se basarán en los siguientes criterios básicos y baremos:
- Antecedentes y metodología (20%)
- Viabilidad (plan de trabajo/cronograma), aplicabilidad y difusión de los resultados (30%)
- Adecuación del presupuesto solicitado (25%)
- Porcentaje de profesorado de la Facultad (10%)
- Sin financiación previa (10%)
- Aspectos formales (5%)
Resolución
- La valoración priorizada efectuada por la comisión de evaluación se elevará a la decana de la Facultad de Enfermería, a fin de que resuelva la concesión de las ayudas.
- La adjudicación de las ayudas se publicará en la sede electrónica de la UB y adicionalmente y a efectos informativos en la web de la Facultad de Enfermería www.ub.edu/portal/web/enfermeria/.
- Contra la resolución de la convocatoria se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado contencioso-administrativo de Barcelona, de acuerdo con el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, recurso se podrá interponer en el plazo de dos meses,a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución en la sede electrónica de la UB, según lo que establece el artículo 46 de la citada ley. También se podrá interponer cualquier otro recurso que considere procedente.
- No obstante, las personas interesadas podrán optar por interponer contra esta resolución un recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la fecha de la publicación de la resolución en la sede electrónica de la UB, ante el mismo órgano que lo ha dictado. En este caso, no se podrá interponer el recurso contencioso administrativo en tanto no recaiga resolución expresa o se haya producido la presunta desestimación del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Enlaces de interés
https://seu.ub.edu/documentPublic/download/615507
Documentación a adjuntar
Junto con la solicitud, será necesario presentar la siguiente documentación:
- Un ejemplar del proyecto, que consistirá en un máximo de once hojas a doble espacio, separado en dos documentos que incluirán los siguientes apartados en la siguiente distribución:
- a. Documento 1:
- Identificación del proyecto.
- Título proyecto.
- Datos Investigador/a principal (nombre y apellidos, titulación, puesto de trabajo).
- Datos del equipo Investigador (nombre y apellidos, titulación, puesto de trabajo).
- El documento 1 debe estar separado de la hoja 2 con el objetivo de garantizar/preservar el anonimato del o de la IP y del equipo que solicita la ayuda.
- b. Documento 2: (a partir de esta hoja no puede salir ninguna identificación, ni del o de la IP, ni del equipo, para garantizar el anonimato a la hora de evaluar los proyectos) (máximo 10 páginas):
- Título del proyecto.
- Resumen estructurado y palabras clave (máximo 5).
- Antecedentes y estado actual del tema.
- Bibliografía.
- Objetivos e hipótesis.
- Material y métodos (participantes, variables/instrumentos, procedimiento, análisis.
- Aspectos éticos: autorización o tramitación CEIC y/o CBUB.
- Limitaciones.
- Plan de trabajo y cronograma.
- Aplicabilidad y difusión de los resultados.
- Presupuesto justificado; desglosando cada concepto que se solicite: Material fungible e inventariable, servicios: análisis estadísticos, recogida y/o creación base de datos, gastos asociados a la publicación y difusión de resultados (traducción y/o revisión lingüística de artículos, publicación en acceso abierto y asistencia a congresos) (revisar anexo 3). El importe máximo será de 3.000€ IVA incluido. Se debe justificar cada concepto por el que se pide financiación.
- Financiación previa: es un requisito incluir una declaración especificando si el proyecto ha obtenido algún otro tipo de ayuda o subvención previa.