Becas CRAI Biblioteca de Bellas Artes
INSCRIPCIONES
Becas CRAI Biblioteca de Bellas Artes: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Barcelona (UB) convoca un gran número de becas con la finalidad de otorgar a sus alumnos una excelente formación tanto teórica como práctica, en colaboración con distintas instituciones.
En esta ocasión y mediante la convocatoria de las Becas CRAI Biblioteca de Bellas Artes, los estudiantes de Grado o Máster de la Universidad de Barcelona (UB) tendrán la oportunidad de participar en las tareas propias que se realicen entre las que se encuentran el proporcionar información y atención a los usuarios del CRAI, así como facilitar el acceso de los mismos a la información, los espacios y los equipamientos.
A cambio de la realización de las tareas indicadas, los alumnos beneficiarios de estas becas recibirán una dotación económica mensual durante el periodo de realización de las mismas.
Para poder optar a una de las Becas CRAI Biblioteca de Bellas Artes, se deben reunir los requisitos indicados en la convocatoria entre los que se encuentran el ser estudiante de Grado o Máster de la Universidad de Barcelona (UB).
Además se valorará de manera positiva el ser estudiante de la Facultad de Bellas Artes o de la Facultad de la Información y Medios Audiovisuales.
En caso de que seas estudiante de Grado o Máster de la Universidad de Barcelona (UB) y desees conocer más información sobre las Becas CRAI Biblioteca de Bellas Artes, no debes moverte de nuestra página web, ya que a continuación te facilitamos todos los datos que seguro serán de tu interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- 3
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos generales de las Becas CRAI Biblioteca de Bellas Artes
- Ser estudiante de la UB o de alguno de sus centros adscritos, en cualquier enseñanza homologada de grado oficial, grado propio o máster universitario. De acuerdo con el artículo 4a del Reglamento de becas de colaboración para estudiantes de grado y máster de la Universidad de Barcelona, no se considera estudiante de la UB el alumnado de movilidad procedente de otras universidades. Este requisito debe acreditarse en el momento de aceptar la beca.
- No haber sido adjudicatario o adjudicataria de una beca de colaboración en la misma unidad, entidad externa o facultad o en el Instituto de Desarrollo Profesional (IDP), durante los veintidós meses consecutivos inmediatamente precedentes en la convocatoria de la beca.
- No haber completado anteriormente un plan formativo igual al de la beca solicitada. En cualquier caso, se considera completado el plan formativo si se ha cumplido, como mínimo, el 75% de la duración de la beca de colaboración.
- Haber superado, al menos, 30 créditos de la enseñanza que se está cursando, a excepción del alumnado que inicia una enseñanza, cuando se trata de una matrícula semestral o si el estudiante está matriculado en un máster. El alumnado que opta por la modalidad de tiempo parcial de permanencia debe haber superado un mínimo de 15 créditos.
- Matricularse de un mínimo de 18 créditos, o de menor número si con esta matriculación se finaliza la enseñanza o si se trata de una matrícula semestral.
- Tener conocimientos orales de catalán y castellano.
- Estar en posesión del DNI o NIE.
Requisitos específicos
- Ser estudiantes de una enseñanza de Grado o Máster de la Universidad de Barcelona.
Dotación
Las Becas CRAI Biblioteca de Bellas Artes otorgan una dotación mensual de 403,00 euros.
Presentación
- La solicitud de las Becas CRAI Biblioteca de Bellas Artes debe cumplimentarse por vía telemática, previa autenticación, a través de la sede electrónica de la Universidad de Barcelona (https://seu.ub.edu).
- Una vez confirmada la solicitud, no se pueden realizar modificaciones.
Más información
Descripción de la actividad
- Facilitar la entrega del servicio, la acogida, la atención y la información que se proporciona a los usuarios del CRAI (vinculado al proceso interno "Atender al usuario y asegurar la satisfacción").
- Contribuir a mejorar el acceso de los usuarios a los recursos de información, a los espacios ya los equipamientos (vinculado en los procesos internos "Facilitar el acceso a los recursos de información" y "Gestionar el préstamo").
Lugar donde se prestará la colaboración
- Horario básico de mañana: 1 beca.
- Horario básico de tarde: 2 becas.
- Expediente académico. Las calificaciones se valoran ponderando las notas del expediente académico tal cómo aprobó el Consejo de Gobierno y de acuerdo con lo que establece el artículo 5.1 del Reglamento de becas de colaboración. Para el alumnado que inicia sus estudios y no tiene expediente académico en la UB, se le calcula la nota media del expediente que da acceso a la misma. Si el expediente que da acceso a los estudios es extranjero, la nota media que se tiene en cuenta es la declaración de equivalencia de nota media de los estudios que dan acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
- Idoneidad. La Comisión de Valoración puede evaluar la idoneidad de los candidatos según su currículum o mediante una entrevista, en su caso, hasta un máximo de seis (6) puntos. Para realizar esta valoración sólo se pueden tener en cuenta las aportaciones de los candidatos que estén debidamente documentadas en el currículum.
- Beneficiarse de las becas de colaboración es incompatible con cualquier actividad pública o privada remunerada, sea por cuenta propia sea por cuenta ajena, así como con el disfrute de otras becas de colaboración. En cualquier caso, se puede autorizar la compatibilidad con tareas esporádicas o en jefes de semana, siempre que se garantice el seguimiento de los estudios en condiciones adecuadas.
- Las prácticas académicas externas curriculares son compatibles con las becas siempre que se respete lo que establece el artículo 26.3 del Reglamento de becas de colaboración. Las prácticas académicas externas extracurriculares son incompatibles con las becas de colaboración.
- Es competencia del vicerrector o vicerrectora encargado de los asuntos de becas o del decano o decana o el director o directora del IDP resolver las solicitudes de compatibilidad que se presenten.
- Las personas adjudicatarias de una beca de colaboración deben comunicar inmediatamente a la persona responsable de la beca cualquier situación susceptible de incompatibilidad o la pérdida de alguno de los requisitos necesarios para disfrutar de la beca, que se puede extinguir de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento de becas de colaboración.
Documentación a adjuntar
Documentación que debe presentarse para solicitar las becas:
- Copia de la matrícula si es de una enseñanza interuniversitaria en la que la UB no es la universidad de matrícula o si se es estudiante de un centro adscrito a la UB.
- En el caso de estudiantes que sean de centros adscritos o de nuevo acceso y que no tengan expediente con calificaciones: certificación académica personal (original o fotocopia compulsada) de los estudios universitarios cursados (grado, licenciatura, máster) en los que consten las calificaciones obtenidas en las convocatorias correspondientes, en forma de suspenso (S), aprobado (A), notable (N), excelente (E) y matrícula de honor (MH), con las calificaciones cuantitativas correspondientes, los créditos cursados y la fecha de obtención de las calificaciones, así como la traducción jurada correspondiente (original o fotocopia compulsada), en su caso.
- En el caso de estudios cursados en el extranjero: declaración de equivalencia de la nota media de los estudios que han dado acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Se puede encontrar la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados en el extranjero en: www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notas-medias-de-estudios-universitarios-realizados-en-centros-extranjeros/
- Currículum (se debe introducir en el apartado de la solicitud telemática habilitado para este fin).
De acuerdo con el apartado segundo del artículo 15.2 del Reglamento de becas de colaboración, si se observa que falta algún documento, se requiere a la persona interesada que lo aporte a través de la sede electrónica,mediante una lista de reclamación de documentación en la que consta el plazo de presentación. Además, se le indica que, de no hacerlo, se considerará que desiste de la solicitud.