Becas Movilidad Grado y Máster Erasmus+ KA171 UAH
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Becas Movilidad Grado y Máster Erasmus+ KA171 UAH: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Alcalá convoca las Becas Movilidad Grado y Máster Erasmus+ KA171 UAH. En la presente convocatoria ofrecerá 28 becas de movilidad con fines de estudio para los estudiantes de grado y máster. Además estas becas se compartirán con las de la convocatoria para estudios de doctorado. En el caso de las plazas compartidas por estudiantes de grado y máster, y doctorado, tendrán prioridad los estudiantes de grado y máster.
Gracias a estas becas, los estudiantes tendrán la oportunidad de viajar a otros países y por tanto, de aprender nuevas lenguas y costumbres, enriqueciéndose culturalemente y viviendo experiencias únicas.
Podrán acceder a estas becas, los estudiantes de grado o máster de la UAH que tengan superados como mínimo 50 créditos de la titulación que se esté cursando en dicha universidad y que cumplan con el resto de requisitos indicados.
La duración de la movilidad física será de entre 3 y 5 meses. Quedan excluidos los días de viaje. La cuantía que recibirán los beneficiarios de las Becas Movilidad Grado y Máster Erasmus+ KA171 UAH serán 700 euros mensuales, financiándose un máximo de 5 meses.
Si deseas conocer todo lo necesario para solicitar una de las Becas Movilidad Grado y Máster Erasmus+ KA171 UAH, aquí te la mostramos.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- País de origen
- España
- Turquía
- Macedonia
- Islandia
- Liechtenstein
- Noruega
- Países de la Unión Europea
- Terceros países no asociados al programa Erasmus
- País de destino
- Argentina
- Brasil
- Costa de Marfil
- México
- Estados Unidos
- Perú
- Nacionalidades
- Residente en España
- Noruega
- Turca
- Islandesa
- Liechtensteiniana
- Macedonia
Requisitos
Podrán solicitar la beca Erasmus+ con fines de estudio los estudiantes de la Universidad de Alcalá que sean ciudadanos de alguno de los 27 Estados miembros de la Unión Europea o de terceros países asociados al Programa Erasmus+ (Macedonia del Norte, Islandia, Serbia, Liechtenstein, Noruega y Turquía) o de terceros países no asociados al Programa que estén en posesión de un permiso de residencia válido para residir en España durante el periodo de realización de la movilidad (en este último caso, será necesario acreditar que se ha cursado como mínimo un año de estudios en la Universidad de Alcalá).
Los solicitantes deberán estar matriculados en alguna titulación oficial de grado o máster de la Universidad de Alcalá.
En el momento de solicitar la beca es necesario haber superado al menos 50 créditos de la titulación que se esté cursando en la Universidad de Alcalá. Asimismo, al iniciar la movilidad es necesario tener un mínimo de 60 créditos conseguidos o todo el primer curso aprobado. En el caso de los estudios de máster que imposibiliten el cumplimiento de esta norma por la duración del estudio, se valorarán los créditos superados en los estudios de grado.
Los estudiantes deberán acreditar un conocimiento suficiente de la lengua en la que se van a cursar los estudios y satisfacer los requisitos lingüísticos que pueden establecer las universidades de acogida. Además, los estudiantes deberán asegurarse de que la universidad de destino escogida dispone de una oferta académica acorde a los estudios que cursa en la Universidad de Alcalá.
Los estudiantes deberán disponer obligatoriamente de un seguro de cobertura médica que cubra la duración completa de la movilidad y que incluya, como mínimo, los conceptos de asistencia médica (gastos médicos, farmacéuticos y de hospitalización por accidente o enfermedad sobrevenida), traslado sanitario y repatriación de heridos y fallecidos, accidentes y responsabilidad privada.
Los estudiantes de dobles titulaciones deberán presentar la solicitud de la beca Erasmus+ para una de las dos titulaciones, no pudiendo presentar solicitudes para ambas.
Dotación
Las ayudas del Programa Erasmus+ a las que se refiere esta convocatoria no podrán ser utilizadas para cubrir gastos similares ya financiados con otros fondos de la Unión Europea, pero serán compatibles con otras fuentes de financiación, como una subvención local, regional o nacional, o ingresos que pudiera percibir la persona participante por trabajos no relacionados con su formación, siempre y cuando se lleven a cabo las actividades previstas en el acuerdo de movilidad.
La cuantía de la ayuda para los periodos de movilidad a los que se refiere la presente convocatoria se cuantificará de la siguiente manera:
- a. El solicitante al que le sea concedida la ayuda recibirá una ayuda individual en forma de cantidad mensual, destinada a financiar los gastos de subsistencia en el país de destino, por un importe de 700€ al mes.
- b. Se financiará un máximo de 5 meses, independientemente de que la duración de la estancia sea superior.
Asimismo, el Programa Erasmus+ prevé una ayuda para viaje ecológico, que sería aquel que utiliza medios de transporte de bajas emisiones en el tramo principal del trayecto (como, por ejemplo, el tren, el autobús o el coche compartido). En el caso de realizar el desplazamiento ecológico y tras la justificación de este, se podría recibir hasta cuatro días de ayuda individual adicional y una ayuda única por un importe total de 50€ para cubrir los gastos del viaje.
- Distancias de viaje / Cantidad para viaje estándar / Cantidad para viaje ecológico
- Entre 10 y 99 km / 23 € por participante / -
- Entre 100 y 499 km / 180 € por participante / 210 € por participante.
- Entre 500 y 1.999 km / 275 € por participante / 320 € por participante.
- Entre 2.000 y 2.999 km / 360 € por participante / 410 € por participante.
- Entre 3.000 y 3.999 km / 530 € por participante / 610 € por participante.
- Entre 4.000 y 7.999 km / 820 € por participante / -
- 8.000 km o más / 1.500 € por participante / -
- Ayuda para el viaje
- Marruecos - 275 €.
- Georgia, Camerún, Costa de Marfil - 530 €.
- USA, Canadá - 820 €.
- Argentina, Brasil, Perú, México, Costa Rica, China, Japón, Tiwan, Vietnam, Corea del sur, sudáfrica.
Presentación
Las personas interesadas en participar en la presente convocatoria deberán utilizar el Formulario de Solicitud de Beca Erasmus+ KA171 para estudios de grado y máster (curso 2024-2025), el cual debe cumplimentarse de manera online. Asegúrese de que el formulario se envíe correctamente pulsando el botón correspondiente. El sistema enviará un comprobante al correo electrónico del estudiante para confirmar el envío, por lo que es crucial seguir todo el proceso para garantizar la correcta presentación.
Para acceder al Formulario de Solicitud de Beca Erasmus+ KA171 para Estudios de grado y máster (curso 2024-2025.
Una vez completado y enviado el formulario de manera online, el comprobante, que se recibirá en la cuenta de correo electrónico institucional (@edu.uah.es) del estudiante, junto con la documentación especificada en el Artículo 5.3, deberán ser remitidos por correo electrónico a la dirección ka171@uah.es. En el asunto del correo, es necesario indicar "BECA ERASMUS+ KA171 grado y máster - Curso 2024-2025".
El solicitante debe consultar el calendario de la convocatoria en el anexo tercero de este documento para verificar que la solicitud ha sido presentada correctamente y que se han recibido todos los documentos necesarios. En caso contrario, se podrá utilizar el período de subsanación establecido para realizar las correcciones necesarias.
Más información
Evaluación de las solicitudes y resolución
- La Comisión Evaluadora estará compuesta por la Coordinadora de Movilidad Internacional, la Coordinadora Académica del Programa Erasmus+ KA171, el Jefe del Servicio de Relaciones Internacionales y la responsable administrativa del Programa Erasmus+ KA171, quien actuará como secretaria del Comité, todos ellos personal de la Universidad de Alcalá.
- Se establecen los siguientes criterios de valoración para la selección de estudiantes, en orden de prelación, y se asignará una puntuación total máxima de 21 puntos:
- A. Expediente académico: Hasta 10 puntos, correspondiente a la media ponderada con dos decimales del expediente académico de 0 a 10 puntos.
- B. Conocimiento del idioma en el que se realizará la docencia en el país de destino con la acreditación oficial del nivel de idioma: Hasta 5 puntos.B1 – 2 puntos. B2 – 3 puntos. C1 – 4 puntos. C2 – 5 puntos.
- C. Conocimiento de otro idioma comunitario: Hasta 3 puntos, en base a la titulación certificada y aportada.A1-A2 – 1 punto. B1-B2 – 2 puntos. C1-C2 – 3 puntos.
- D. Valoración del Currículum Vitae: Hasta 0,5 puntos. Se concederá hasta 0,5 puntos a la valoración del Currículum Vitae.
- E. No haber recibido con anterioridad otra beca Erasmus+ para estudios dentro del mismo ciclo: 0,5 puntos. Se concederán 0,5 puntos a las solicitudes que cumplan este criterio.
- F. Prioridad a los estudiantes que se encuentren cursando el penúltimo curso de los estudios en que estén matriculados: 0,5 puntos. Se concederán 0,5 puntos a los estudiantes que se encuentren cursando el penúltimo curso de los estudios en que estén matriculados.
- G. Carta de motivación: 0,5 puntos. Se concederán hasta 0,5 puntos a la valoración de la carta de motivación.
- H. Prioridad a estudiantes de grado o máster: 1 punto. Se concederá 1 punto a los estudiantes que se encuentren cursando estudios de grado o máster.
- Corresponderá al Vicerrector de Relaciones Internacionales dictar las resoluciones adjudicando ayudas para la movilidad de estudios a las que se refiere la presente convocatoria.
Obligaciones de los beneficiarios
- Tendrán la consideración de beneficiarios de las ayudas a las que se refiere la presente convocatoria las personas que resulten adjudicatarias por la Comisión Evaluadora y que procedan a su aceptación mediante la firma de la carta de aceptación y por los medios previstos en el artículo 5 de la presente convocatoria.
- Con carácter general, los beneficiarios de las ayudas a los que se refiere el apartado anterior se comprometen a:
- a. Consentir la política de privacidad de la Universidad de Alcalá. La persona beneficiaria deberá consentir la transferencia internacional de sus datos de carácter personal que resulten necesarios para la gestión de dicho periodo de movilidad.
- b. Seguir las recomendaciones de viaje del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, así como las recomendaciones de las autoridades sanitarias locales del país en el que se encuentre la universidad de acogida.
- c. Notificar al Servicio de Relaciones Internacionales de la Universidad de Alcalá cualquier circunstancia que pudiera impedir el correcto desarrollo del periodo de movilidad, incluida la renuncia del beneficiario con indicación expresa de los motivos que la han producido.
- d. Cumplimentar y presentar todos aquellos documentos y proceder a cualquier trámite electrónico que en relación con la gestión del periodo de movilidad le sea requerido por la Universidad de Alcalá, el SEPIE o la Comisión Europea en los plazos que en cada caso se señalen.
- e. Seguir la recomendación de disponer de firma electrónica para poder realizar los trámites administrativos de la beca Erasmus+. Para ello, el estudiante puede contactar con el Centro de Información de la Universidad de Alcalá, que facilita el proceso de firma electrónica a los miembros de la comunidad universitaria. En este enlace se encuentra disponible la información sobre el procedimiento: Firma Electrónica
- Asimismo, antes de iniciar la movilidad con fines de estudio los beneficiarios de las ayudas se comprometerán a:
- a. Aceptar la beca firmando la carta de aceptación (disponible en el apartado “Solicitudes e Impresos” de la página web en la que se publica esta convocatoria) y enviarla por correo electrónico a la dirección ka171@uah.es en el plazo de cinco días naturales desde la publicación de la resolución definitiva de plazas asignadas.
- b. En el caso de renunciar a su plaza, firmar la carta de renuncia (disponible en el apartado “Solicitudes e Impresos” de la página web en la que se publica esta convocatoria) y enviarla por correo electrónico a la dirección ka171@uah.es en el plazo de cinco días naturales desde la publicación de la resolución, para que la plaza pueda ser cubierta por los solicitantes que estén en las listas de suplentes. La renuncia sin causa justificada, así como la omisión de su comunicación darán lugar a la exclusión del estudiante en futuros procesos de selección del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales.
- c. Firmar el convenio de subvención para la movilidad de estudios que le permitirá adquirir la condición de participante en el Programa Erasmus+ y recibir las ayudas que le hayan sido adjudicadas en la resolución correspondiente.
- d. Realizar los trámites correspondientes con el fin de cumplir las exigencias de la legislación vigente en el país de destino, en particular en relación con la solicitud de visados y permisos de residencia.
- e. Disponer de un seguro de asistencia médica durante el periodo de la movilidad con cobertura de accidentes y responsabilidad civil. Este seguro médico será obligatorio y el estudiante deberá justificarlo o firmar una Declaración responsable de la suscripción.
- f. Contratar un seguro específico cuando así le sea requerido por la institución de educación superior de acogida.
Durante el período de movilidad para el que se concede la ayuda o una vez concluido el mismo, el beneficiario deberá:
- a. Presentar o enviar un certificado de incorporación y un certificado de estancia cumplimentados y firmados por la institución de educación superior de acogida.
- b. Completar el informe de la Unión Europea que el beneficiario recibirá por correo electrónico (“Solicitud de informe individual de participante Erasmus+: Individual Participant Report Request”) una vez finalizado el período de movilidad.
- a. Se abonará al beneficiario el 80% del importe de la ayuda Erasmus+ a los 30 días máximo de haber firmado el convenio de subvención para la movilidad con fines de estudios o al enviar el Certificado de llegada, aquello que se dé primero.
- b. Se abonará el saldo restante de la ayuda Erasmus+ adjudicada al regreso del estudiante y una vez presentado el Certificado de estancia y cumplimentado el Informe Erasmus.
- c. Cuando así proceda, el abono de los gastos de viaje por desplazamiento ecológico se basará en la documentación justificativa aportada por el beneficiario.
- d. El abono de los gastos incurridos en relación con el apoyo a la inclusión se rige por el procedimiento establecido a tal efecto por el SEPIE.
Documentación a adjuntar
Documentos a enviar por correo electrónico a la dirección ka171@uah.es:
- a. Copia del justificante recibido en el correo del estudiante como confirmatorio de haber presentado el formulario de forma online.
- b. Copia del DNI o NIE.
- c. Currículum Vitae EUROPASS en el que consten todos los méritos no recogidos en el expediente académico. Se incluirán copias acreditativas de los diplomas, cursos o experiencia profesional que puedan ser baremables.
- d. Copia del certificado oficial de idioma que acredite el nivel de conocimiento de la/s lengua/s de estudio correspondiente/s a los destinos solicitados, incluido el de las pruebas APTIS de idioma inglés realizadas por la UAH. Los estudiantes que no posean certificado oficial de nivel de francés o alemán y que hayan realizado las pruebas de nivel de idioma que se organizan en la Universidad de Alcalá deberán incluir en la solicitud el resultado de dichas pruebas.
- e. Expediente académico con las asignaturas cursadas y las calificaciones obtenidas. Estedocumento se puede obtener de forma gratuita a través de "Mi Portal" en la web de la UAH.
- f. Carta de motivación. Será redactada por el estudiante y en ella explicará su motivación para solicitar una beca Erasmus+ KA171.
IMPORTANTE: Solamente el formulario de solicitud de plaza ERASMUS+ KA171 ha de ser presentado de forma online. El resto de la documentación del punto 5.3 de la convocatoria se enviará por correo electrónico a la dirección ka171@uah.es.