Universidad de Alcalá (UAH)

Becas Movilidad Grado y Máster Erasmus+ KA171 UAH

Becas de movilidadBecas para estudiar en el extranjeroUniversitariosPlazas para discapacitados

INSCRIPCIONES

22/11/202309/02/2024
Finalizada

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Becas Movilidad Grado y Máster Erasmus+ KA171 UAH: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad de Alcalá convoca las Becas Movilidad Grado y Máster Erasmus+ KA171 UAH. En la presente convocatoria ofrecerá 28 becas de movilidad con fines de estudio para los estudiantes de grado y máster. Además estas becas se compartirán con las de la convocatoria para estudios de doctorado. En el caso de las plazas compartidas por estudiantes de grado y máster, y doctorado, tendrán prioridad los estudiantes de grado y máster.

Gracias a estas becas, los estudiantes tendrán la oportunidad de viajar a otros países y por tanto, de aprender nuevas lenguas y costumbres, enriqueciéndose culturalemente y viviendo experiencias únicas.

Podrán acceder a estas becas, los estudiantes de grado o máster de la UAH que tengan superados como mínimo 50 créditos de la titulación que se esté cursando en dicha universidad y que cumplan con el resto de requisitos indicados.

La duración de la movilidad física será de entre 3 y 5 meses. Quedan excluidos los días de viaje. La cuantía que recibirán los  beneficiarios de las Becas Movilidad Grado y Máster Erasmus+ KA171 UAH serán 700 euros mensuales, financiándose un máximo de 5 meses.

Si deseas conocer todo lo necesario para solicitar una de las Becas Movilidad Grado y Máster Erasmus+ KA171 UAH, aquí te la mostramos.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
País de origen
  • España
  • Turquía
  • Macedonia
  • Islandia
  • Liechtenstein
  • Noruega
  • Países de la Unión Europea
  • Terceros países no asociados al programa Erasmus
País de destino
  • Argentina
  • Brasil
  • Costa de Marfil
  • México
  • Estados Unidos
  • Perú
Nacionalidades
  • Residente en España
  • Noruega
  • Turca
  • Islandesa
  • Liechtensteiniana
  • Macedonia

Requisitos

Podrán solicitar la beca Erasmus+ con fines de estudio los estudiantes de la Universidad de Alcalá que sean ciudadanos de alguno de los 27 Estados miembros de la Unión Europea o de terceros países asociados al Programa Erasmus+ (Macedonia del Norte, Islandia, Serbia, Liechtenstein, Noruega y Turquía) o de terceros países no asociados al Programa que estén en posesión de un permiso de residencia válido para residir en España durante el periodo de realización de la movilidad (en este último caso, será necesario acreditar que se ha cursado como mínimo un año de estudios en la Universidad de Alcalá).

Los solicitantes deberán estar matriculados en alguna titulación oficial de grado o máster de la Universidad de Alcalá.

En el momento de solicitar la beca es necesario haber superado al menos 50 créditos de la titulación que se esté cursando en la Universidad de Alcalá. Asimismo, al iniciar la movilidad es necesario tener un mínimo de 60 créditos conseguidos o todo el primer curso aprobado. En el caso de los estudios de máster que imposibiliten el cumplimiento de esta norma por la duración del estudio, se valorarán los créditos superados en los estudios de grado.

Los estudiantes deberán acreditar un conocimiento suficiente de la lengua en la que se van a cursar los estudios y satisfacer los requisitos lingüísticos que pueden establecer las universidades de acogida. Además, los estudiantes deberán asegurarse de que la universidad de destino escogida dispone de una oferta académica acorde a los estudios que cursa en la Universidad de Alcalá.

Los estudiantes deberán disponer obligatoriamente de un seguro de cobertura médica que cubra la duración completa de la movilidad y que incluya, como mínimo, los conceptos de asistencia médica (gastos médicos, farmacéuticos y de hospitalización por accidente o enfermedad sobrevenida), traslado sanitario y repatriación de heridos y fallecidos, accidentes y responsabilidad privada.

Los estudiantes de dobles titulaciones deberán presentar la solicitud de la beca Erasmus+ para una de las dos titulaciones, no pudiendo presentar solicitudes para ambas.

Dotación

Las ayudas del Programa Erasmus+ a las que se refiere esta convocatoria no podrán ser utilizadas para cubrir gastos similares ya financiados con otros fondos de la Unión Europea, pero serán compatibles con otras fuentes de financiación, como una subvención local, regional o nacional, o ingresos que pudiera percibir la persona participante por trabajos no relacionados con su formación, siempre y cuando se lleven a cabo las actividades previstas en el acuerdo de movilidad.

La cuantía de la ayuda para los periodos de movilidad a los que se refiere la presente convocatoria se cuantificará de la siguiente manera:

  • a. El solicitante al que le sea concedida la ayuda recibirá una ayuda individual en forma de cantidad mensual, destinada a financiar los gastos de subsistencia en el país de destino, por un importe de 700€ al mes.
  • b. Se financiará un máximo de 5 meses, independientemente de que la duración de la estancia sea superior.

Asimismo, el Programa Erasmus+ prevé una ayuda para viaje ecológico, que sería aquel que utiliza medios de transporte de bajas emisiones en el tramo principal del trayecto (como, por ejemplo, el tren, el autobús o el coche compartido). En el caso de realizar el desplazamiento ecológico y tras la justificación de este, se podría recibir hasta cuatro días de ayuda individual adicional y una ayuda única por un importe total de 50€ para cubrir los gastos del viaje.

Además, el Programa prevé una ayuda para financiar el viaje a los estudiantes con menos oportunidades. Una persona con menos oportunidades es un participante potencial cuya situación personal, física, mental o de salud le impediría participar en el proyecto o en la acción de movilidad sin un apoyo financiero o de otro tipo adicional. En estos casos, el solicitante debe justificar la solicitud, que debe ser aprobada.

El cálculo de la distancia se realizará utilizando la calculadora de distancias del Programa Erasmus+:
  • Distancias de viaje / Cantidad para viaje estándar / Cantidad para viaje ecológico
    • Entre 10 y 99 km / 23 € por participante / -
    • Entre 100 y 499 km / 180 € por participante / 210 € por participante.
    • Entre 500 y 1.999 km / 275 € por participante / 320 € por participante.
    • Entre 2.000 y 2.999 km / 360 € por participante / 410 € por participante.
    • Entre 3.000 y 3.999 km / 530 € por participante / 610 € por participante.
    • Entre 4.000 y 7.999 km / 820 € por participante / -
    • 8.000 km o más / 1.500 € por participante / -
  • Ayuda para el viaje
    • Marruecos - 275 €.
    • Georgia, Camerún, Costa de Marfil - 530 €.
    • USA, Canadá - 820 €.
    • Argentina, Brasil, Perú, México, Costa Rica, China, Japón, Tiwan, Vietnam, Corea del sur, sudáfrica.
Asimismo, se podrán adjudicar ayudas del Programa Erasmus+ que no incluyan subvenciones, denominadas ayudas Erasmus+ Beca Cero. En estos casos, el participante deberá cumplir todos los criterios de movilidad establecidos en el Programa Erasmus+ y en esta convocatoria. Sin perjuicio de que pueda recibir financiación de otros fondos de la Unión Europea a través de fondos distintos de Erasmus+, fondos nacionales, regionales o de otro tipo para contribuir a sus costes de movilidad, la persona que se encuentre en esta situación se beneficiará de todas las otras ventajas académicas y administrativas derivadas de su participación en el Programa Erasmus+.

A los efectos de lo dispuesto en este artículo, la fecha de inicio del periodo de movilidad será el primer día en el que el participante necesite estar presente físicamente en la institución de educación superior u organización de acogida, y la fecha de finalización será la del último día en el que el participante necesite estar presente físicamente en la misma. Todo ello debe ser debidamente justificado con los certificados que hay que aportar.

A efectos de compatibilidad con otras ayudas u otras acciones Erasmus, las Becas Erasmus+ de distintos programas o acciones no podrán disfrutarse simultáneamente. Un mismo estudiante puede participar en distintos periodos de movilidad dentro del Programa Erasmus+ hasta un máximo de 12 meses por ciclo de estudios en el cómputo total de acciones Erasmus.
Los estudiantes solo podrán realizar una movilidad semestral o anual por curso académico en esta convocatoria. No se podrán realizar dos movilidades semestrales en dos destinos distintos en esta convocatoria.Las ampliaciones de estancia de becas Erasmus+ KA171 se podrán realizar si el estudiante reúne los requisitos para ello.

Estas ampliaciones serán autorizadas por la universidad de destino y el coordinador de la Universidad de Alcalá, informando al Servicio de Relaciones Internacionales, y no serán financiadas.

Presentación

Las personas interesadas en participar en la presente convocatoria deberán utilizar el Formulario de Solicitud de Beca Erasmus+ KA171 para estudios de grado y máster (curso 2024-2025), el cual debe cumplimentarse de manera online. Asegúrese de que el formulario se envíe correctamente pulsando el botón correspondiente. El sistema enviará un comprobante al correo electrónico del estudiante para confirmar el envío, por lo que es crucial seguir todo el proceso para garantizar la correcta presentación.

Para acceder al Formulario de Solicitud de Beca Erasmus+ KA171 para Estudios de grado y máster (curso 2024-2025.

Una vez completado y enviado el formulario de manera online, el comprobante, que se recibirá en la cuenta de correo electrónico institucional (@edu.uah.es) del estudiante, junto con la documentación especificada en el Artículo 5.3, deberán ser remitidos por correo electrónico a la dirección ka171@uah.es. En el asunto del correo, es necesario indicar "BECA ERASMUS+ KA171 grado y máster - Curso 2024-2025".

El solicitante debe consultar el calendario de la convocatoria en el anexo tercero de este documento para verificar que la solicitud ha sido presentada correctamente y que se han recibido todos los documentos necesarios. En caso contrario, se podrá utilizar el período de subsanación establecido para realizar las correcciones necesarias.

Más información

Evaluación de las solicitudes y resolución

  1. La Comisión Evaluadora estará compuesta por la Coordinadora de Movilidad Internacional, la Coordinadora Académica del Programa Erasmus+ KA171, el Jefe del Servicio de Relaciones Internacionales y la responsable administrativa del Programa Erasmus+ KA171, quien actuará como secretaria del Comité, todos ellos personal de la Universidad de Alcalá.
  2. Se establecen los siguientes criterios de valoración para la selección de estudiantes, en orden de prelación, y se asignará una puntuación total máxima de 21 puntos:
    • A. Expediente académico: Hasta 10 puntos, correspondiente a la media ponderada con dos decimales del expediente académico de 0 a 10 puntos.
    • B. Conocimiento del idioma en el que se realizará la docencia en el país de destino con la acreditación oficial del nivel de idioma: Hasta 5 puntos.B1 – 2 puntos. B2 – 3 puntos. C1 – 4 puntos. C2 – 5 puntos.
    • C. Conocimiento de otro idioma comunitario: Hasta 3 puntos, en base a la titulación certificada y aportada.A1-A2 – 1 punto. B1-B2 – 2 puntos. C1-C2 – 3 puntos.
    • D. Valoración del Currículum Vitae: Hasta 0,5 puntos. Se concederá hasta 0,5 puntos a la valoración del Currículum Vitae.
    • E. No haber recibido con anterioridad otra beca Erasmus+ para estudios dentro del mismo ciclo: 0,5 puntos. Se concederán 0,5 puntos a las solicitudes que cumplan este criterio.
    • F. Prioridad a los estudiantes que se encuentren cursando el penúltimo curso de los estudios en que estén matriculados: 0,5 puntos. Se concederán 0,5 puntos a los estudiantes que se encuentren cursando el penúltimo curso de los estudios en que estén matriculados.
    • G. Carta de motivación: 0,5 puntos. Se concederán hasta 0,5 puntos a la valoración de la carta de motivación.
    • H. Prioridad a estudiantes de grado o máster: 1 punto. Se concederá 1 punto a los estudiantes que se encuentren cursando estudios de grado o máster.
  3. Corresponderá al Vicerrector de Relaciones Internacionales dictar las resoluciones adjudicando ayudas para la movilidad de estudios a las que se refiere la presente convocatoria.

Obligaciones de los beneficiarios

  1. Tendrán la consideración de beneficiarios de las ayudas a las que se refiere la presente convocatoria las personas que resulten adjudicatarias por la Comisión Evaluadora y que procedan a su aceptación mediante la firma de la carta de aceptación y por los medios previstos en el artículo 5 de la presente convocatoria.
  2. Con carácter general, los beneficiarios de las ayudas a los que se refiere el apartado anterior se comprometen a:
    • a. Consentir la política de privacidad de la Universidad de Alcalá. La persona beneficiaria deberá consentir la transferencia internacional de sus datos de carácter personal que resulten necesarios para la gestión de dicho periodo de movilidad.
    • b. Seguir las recomendaciones de viaje del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, así como las recomendaciones de las autoridades sanitarias locales del país en el que se encuentre la universidad de acogida.
    • c. Notificar al Servicio de Relaciones Internacionales de la Universidad de Alcalá cualquier circunstancia que pudiera impedir el correcto desarrollo del periodo de movilidad, incluida la renuncia del beneficiario con indicación expresa de los motivos que la han producido.
    • d. Cumplimentar y presentar todos aquellos documentos y proceder a cualquier trámite electrónico que en relación con la gestión del periodo de movilidad le sea requerido por la Universidad de Alcalá, el SEPIE o la Comisión Europea en los plazos que en cada caso se señalen.
    • e. Seguir la recomendación de disponer de firma electrónica para poder realizar los trámites administrativos de la beca Erasmus+. Para ello, el estudiante puede contactar con el Centro de Información de la Universidad de Alcalá, que facilita el proceso de firma electrónica a los miembros de la comunidad universitaria. En este enlace se encuentra disponible la información sobre el procedimiento: Firma Electrónica
  3. Asimismo, antes de iniciar la movilidad con fines de estudio los beneficiarios de las ayudas se comprometerán a:
    • a. Aceptar la beca firmando la carta de aceptación (disponible en el apartado “Solicitudes e Impresos” de la página web en la que se publica esta convocatoria) y enviarla por correo electrónico a la dirección ka171@uah.es en el plazo de cinco días naturales desde la publicación de la resolución definitiva de plazas asignadas.
    • b. En el caso de renunciar a su plaza, firmar la carta de renuncia (disponible en el apartado “Solicitudes e Impresos” de la página web en la que se publica esta convocatoria) y enviarla por correo electrónico a la dirección ka171@uah.es en el plazo de cinco días naturales desde la publicación de la resolución, para que la plaza pueda ser cubierta por los solicitantes que estén en las listas de suplentes. La renuncia sin causa justificada, así como la omisión de su comunicación darán lugar a la exclusión del estudiante en futuros procesos de selección del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales.
    • c. Firmar el convenio de subvención para la movilidad de estudios que le permitirá adquirir la condición de participante en el Programa Erasmus+ y recibir las ayudas que le hayan sido adjudicadas en la resolución correspondiente.
    • d. Realizar los trámites correspondientes con el fin de cumplir las exigencias de la legislación vigente en el país de destino, en particular en relación con la solicitud de visados y permisos de residencia.
    • e. Disponer de un seguro de asistencia médica durante el periodo de la movilidad con cobertura de accidentes y responsabilidad civil. Este seguro médico será obligatorio y el estudiante deberá justificarlo o firmar una Declaración responsable de la suscripción.
    • f. Contratar un seguro específico cuando así le sea requerido por la institución de educación superior de acogida.

Durante el período de movilidad para el que se concede la ayuda o una vez concluido el mismo, el beneficiario deberá:

  • a. Presentar o enviar un certificado de incorporación y un certificado de estancia cumplimentados y firmados por la institución de educación superior de acogida.
  • b. Completar el informe de la Unión Europea que el beneficiario recibirá por correo electrónico (“Solicitud de informe individual de participante Erasmus+: Individual Participant Report Request”) una vez finalizado el período de movilidad.
El incumplimiento de estas obligaciones podrá conllevar la obligación de reintegro de las cantidades percibidas que correspondan, así como la exclusión en cualquier programa de movilidad promovido por el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales.
Las dudas de interpretación que pudiera plantear la aplicación de las presentes bases, así como los problemas derivados de aspectos no contemplados en las mismas, se resolverán por decisión del órgano que concede la ayuda, que tendrá potestad para dictar las normas adicionales que considere oportunas.

Pago de las ayudas

El abono a los beneficiarios de las ayudas a las que se refiere esta convocatoria se realizará, con carácter general, de acuerdo con los siguientes principios:
  • a. Se abonará al beneficiario el 80% del importe de la ayuda Erasmus+ a los 30 días máximo de haber firmado el convenio de subvención para la movilidad con fines de estudios o al enviar el Certificado de llegada, aquello que se dé primero.
  • b. Se abonará el saldo restante de la ayuda Erasmus+ adjudicada al regreso del estudiante y una vez presentado el Certificado de estancia y cumplimentado el Informe Erasmus.
  • c. Cuando así proceda, el abono de los gastos de viaje por desplazamiento ecológico se basará en la documentación justificativa aportada por el beneficiario.
  • d. El abono de los gastos incurridos en relación con el apoyo a la inclusión se rige por el procedimiento establecido a tal efecto por el SEPIE.
La demora en la entrega de la documentación requerida supondrá un retraso en la entrega de la ayuda. La demora en la entrega de la documentación requerida supondrá un retraso en la entrega de la ayuda. En el caso de que, transcurridos treinta días naturales desde la fecha de regreso, no se hubiera entregado la documentación para el pago, se entenderá el desistimiento.

La Universidad de Alcalá no se hará responsable de cambios en las condiciones comprometidas por la institución responsable en destino con posterioridad a la publicación de esta convocatoria, ni en las condiciones específicas exigidas para la admisión de los estudiantes en la universidad de destino elegida.

En el caso de que un estudiante, durante el disfrute de la beca, cometa una falta grave, se podrá considerar la anulación de la financiación de la beca y la obligación del reembolso correspondiente.Queda imposibilitada la participación en este proceso selectivo de aquellos estudiantes que hayan sido expulsados del Programa Erasmus+ en convocatorias anteriores por haber cometido faltas graves.

Asimismo, también queda imposibilitada su participación en cualquier convocatoria de movilidad internacional del mismo ciclo universitario (grado, máster o doctorado) gestionada por el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales.

Enlaces de interés

https://www.uah.es/export/shared/.galleries/archivos-Becas/Publicos/B778_CONV___171-Convocatoria-KA171-Grado-y-Master-2024-2025-V8-FINAL-FINAL.pdf

Documentación a adjuntar

Documentos a enviar por correo electrónico a la dirección ka171@uah.es:

  • a. Copia del justificante recibido en el correo del estudiante como confirmatorio de haber presentado el formulario de forma online.
  • b. Copia del DNI o NIE.
  • c. Currículum Vitae EUROPASS en el que consten todos los méritos no recogidos en el expediente académico. Se incluirán copias acreditativas de los diplomas, cursos o experiencia profesional que puedan ser baremables.
  • d. Copia del certificado oficial de idioma que acredite el nivel de conocimiento de la/s lengua/s de estudio correspondiente/s a los destinos solicitados, incluido el de las pruebas APTIS de idioma inglés realizadas por la UAH. Los estudiantes que no posean certificado oficial de nivel de francés o alemán y que hayan realizado las pruebas de nivel de idioma que se organizan en la Universidad de Alcalá deberán incluir en la solicitud el resultado de dichas pruebas.
  • e. Expediente académico con las asignaturas cursadas y las calificaciones obtenidas. Estedocumento se puede obtener de forma gratuita a través de "Mi Portal" en la web de la UAH.
  • f. Carta de motivación. Será redactada por el estudiante y en ella explicará su motivación para solicitar una beca Erasmus+ KA171.

IMPORTANTE: Solamente el formulario de solicitud de plaza ERASMUS+ KA171 ha de ser presentado de forma online. El resto de la documentación del punto 5.3 de la convocatoria se enviará por correo electrónico a la dirección ka171@uah.es.


Las solicitudes podrán presentarse desde el momento de la publicación de esta convocatoria hasta el 9 de febrero de 2024 y se informa del proceso en el calendario descrito en el anexo tercero a la presente convocatoria.

Discapacitados

En el caso de las personas que tengan reconocida y calificada legalmente una discapacidad igual o superior al 33%, el Programa Erasmus+ prevé la posibilidad de financiar el 100% de los gastos incurridos en la preparación y realización del periodo de movilidad que no se encuentren cubiertos a través de las categorías cubiertas por las ayudas del Programa previstas en el presente artículo. Las ayudas de apoyo a la inclusión a las que se refiere el presente apartado son gestionadas directamente por el SEPIE.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

La Universidad de Alcalá convoca las Becas Movilidad Grado y Máster Erasmus+ KA171 UAH. En la presente convocatoria ofrecerá 28 becas de movilidad con fines de estudio para los estudiantes de grado y máster. Además estas becas se compartirán con las de la convocatoria para estudios de doctorado. En el caso de las plazas compartidas por estudiantes de grado y máster, y doctorado, tendrán prioridad los estudiantes de grado y máster.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Movilidad Grado y Máster Erasmus+ KA171 UAH" es: desde 22/11/2023 hasta 09/02/2024.

La Beca "Becas Movilidad Grado y Máster Erasmus+ KA171 UAH" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Movilidad Grado y Máster Erasmus+ KA171 UAH" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas sociales
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes