Universidad de Alcalá (UAH)

Becas Santander Iniciación en la Actividad Investigadora - UAH

Becas de investigaciónUniversitariosPlazas para discapacitados

INSCRIPCIONES

06/07/202423/07/2024
Finalizada

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Becas Santander Iniciación en la Actividad Investigadora - UAH: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad de Alcalá (UAH), en colaboración con el Banco Santander, es el organismo convocante de las Becas Santander Iniciación en la Actividad Investigadora - UAH, cuya principal finalidad es la de promover la formación en el ámbito de la investigación tanto científica como técnica.

En esta convocatoria de las Becas Santander Iniciación en la Actividad Investigadora - UAH, se otorgan un total de 20 becas, que ofrecen una dotación económica de 830 euros brutos al mes, para cada uno de los beneficiarios de las mismas.

Podrán solicitar una de las Becas Santander Iniciación en la Actividad Investigadora - UAH, aquellos candidatos que cumplan con los requisitos indicados, entre los que se tendrán el poseer título de Grado o estudios de Máster, y contar con una nota media de 6,50 en el expediente académico.

Por otro lado, los candidatos que sean beneficiarios de estas becas, deberán cumplir con una serie de obligaciones durante el desarrollo de las mismas.

Por todo ello, si cumples con los requisitos que se indican en la convocatoria y deseas dirigir tu vida laboral hacia el ámbito de la investigación, las Becas Santander Iniciación en la Actividad Investigadora - UAH, son la oportunidad ideal de comenzar con ello.

Conoce aquí todos los detalles sobre las Becas Santander Iniciación en la Actividad Investigadora - UAH.

Datos básicos

Nº de becas
20
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Para optar a las Becas Santander Iniciación en la Actividad Investigadora - UAH es necesario cumplir, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

  • Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o extranjero residente en España en el momento de solicitar la ayuda.
  • Estar en posesión de un título de grado o estar en condiciones de tener la indicada titulación en la fecha de inicio de la ayuda en el sistema universitario español o en el sistema universitario extranjero, y acredite encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
    • a. Estar cursando o haber cursado estudios oficiales de máster universitario y haber finalizado los estudios que le dieron acceso al máster con posterioridad al 1 de enero de 2022.
    • b. Estar preinscrito en un máster oficial universitario en la Universidad de Alcalá para el Curso 2024/25 y haber finalizado los estudios que le dieron acceso al máster con posterioridad al 1 de enero de 2022. En este caso se acreditará la matrícula en un máster oficial universitario en la Universidad de Alcalá antes de la incorporación en la beca.
    • c. Estar en posesión de un título oficial de Graduado, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS, y haber finalizado dichos estudios con posterioridad al 1 de enero de 2022 o estar en condiciones de tener la indicada titulación en la fecha de inicio de la ayuda.
  • Contar con un expediente académico, en los estudios que dan acceso a los estudios oficiales de máster, con una nota media corregida (NAC) igual o superior a 6,50 obtenida a partir de la nota media del expediente académico del alumno (NA) del modo siguiente: NAC=NTT - NT/2 +NA
  • Siendo NTT y NT la nota media de todas las titulaciones y la nota media de la titulación cursada por el alumno, respectivamente, en ambos casos correspondientes a la Universidad en la que el alumno haya cursado sus estudios universitarios, y NA la nota media del expediente académico del alumno. La nota media de cada titulación y la nota media de todas las titulaciones que serán de aplicación a los solicitantes que hayan finalizado sus estudios en la Universidad de Alcalá se detallan en el Anexo adjunto.
  • El cálculo de la nota media (NA) se efectuará de la siguiente manera:
    • a. Para los estudios cursados en centros españoles. El cálculo deberá estar realizado en la escala numérica de 0-10, establecida en el artículo 5 del Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y en el párrafo 4.3.4 del anexo del Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto, por el que se establece el procedimiento para la expedición por las universidades del Suplemento Europeo al Título.
    • b. Las notas medias de los títulos obtenidos en enseñanzas cursadas en dos o más universidades, deberán contener la totalidad de asignaturas y créditos superados, con la correspondiente puntuación. Las asignaturas convalidadas tendrán la equivalencia en puntos correspondiente a la calificación obtenida en el centro de procedencia; para las asignaturas adaptadas se computará la calificación obtenida en el centro de procedencia y el reconocimiento de créditos en que no exista calificación o que correspondan a actividades formativas no integradas en el plan de estudios no se tendrán en cuenta a efectos del cálculo de la nota media, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre.
    • c. Para aquellos solicitantes que no hayan finalizado los estudios universitarios, las asignaturas pendientes de evaluación se contabilizarán como 5 (aprobado) hasta el momento que justifiquen la calificación obtenida, siempre que se aporte antes de que la resolución se eleve a definitiva.
    • d. En el caso de que la calificación del expediente recogiera exclusivamente la calificación cualitativa, el cálculo de la nota media se realizará teniendo en cuenta la valoración de cada una de las distintas calificaciones, que para la presente convocatoria será la siguiente:
      • a. Matrícula de honor: 10 puntos.
      • b. Sobresaliente: 9,25 puntos.
      • c. Notable: 7,75 puntos.
      • d. Aprobado: 5,75 puntos.
      • En todos los casos, la nota media del expediente académico de los estudios acreditados para la obtención del título correspondiente será el resultado de la aplicación de la siguiente fórmula: suma de los créditos obtenidos por el alumno multiplicados cada uno de ellos por el valor de las calificaciones que correspondan, y dividida por el número de créditos totales obtenidos por el alumno.
  • Contar con la aceptación de un profesor o investigador de la Universidad de Alcalá, con título de doctor, y con vinculación a la misma durante toda la duración de la ayuda, y con la aceptación del director del Departamento o Instituto Universitario de Investigación al que esté adscrito. La pérdida sobrevenida de la aceptación del director de la ayuda será causa de incumplimiento de los requisitos de admisión.
  • Para poder concurrir a la presente convocatoria, los candidatos deberán inscribirse en la convocatoria de Becas de Iniciación de la página web de Becas-Santander https://app.santanderopenacademy.com/es/program/search?search=alcal%C3%A1 El cumplimiento de este requisito no es subsanable. En caso de incumplimiento del requisito, la solicitud será excluida.

Dotación

El disfrute de las Becas Santander Iniciación en la Actividad Investigadora - UAH será de 12 meses, a partir del 1 de noviembre de 2024.

El período de disfrute de la ayuda es improrrogable y con dedicación exclusiva a la misma. La echa límite de incorporación a la ayuda será el 1 de enero de 2025.

La dotación de las ayudas será de 830 euros brutos al mes.

La percepción de una ayuda al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra ayuda de análoga naturaleza o con la percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial.

Solo se podrá ser beneficiario una vez de este tipo de ayudas.

En ningún caso el disfrute de la ayuda de iniciación en la actividad investigadora tendrá efectos jurídico-laborales entre el beneficiario y la Universidad.

Presentación

Las solicitudes de las Becas Santander Iniciación en la Actividad Investigadora - UAH, se presentarán a través de la opción ‘Convocatorias’ disponible en el Portal del investigador, adjuntando la documentación indicada.

Más información

Objeto de la convocatoria

La presente convocatoria tiene por objeto promover la iniciación y la formación básica, en investigación científica y técnica, de aquellos graduados universitarios, o con titulación universitaria similar, que cumplan con los requisitos establecidos en la presente convocatoria y deseen realizar un trabajo de investigación, en un Departamento o Instituto Universitario de Investigación de la Universidad de Alcalá, con el fin de acceder a las convocatorias de Personal Investigador Predoctoral en Formación reguladas por el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Valoración de las solicitudes

  1. Las solicitudes serán valoradas por el procedimiento de concurrencia competitiva por una Comisión de Valoración formada por los doctores investigadores o docente e investigadores que reúnan la condición de miembros vocales de la Comisión de Investigación de la Universidad de Alcalá. Estará presidida por la persona que ostente la Dirección de Investigación e Internacionalización de la investigación y actuará como secretario, con voz, y sin voto, la persona responsable del Servicio de Gestión de la Investigación.
  2. Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
    • a. Nota media del expediente académico: Se valorará con una puntuación máxima de 10 puntos según el baremo establecido en la presente convocatoria.
    • b. Premio extraordinario de la titulación universitaria que le da acceso al máster: 1,5 puntos.
Propuesta de concesión

  1. La Comisión de Valoración dictará propuesta de concesión motivada con el listado priorizado de solicitudes seleccionadas y, en su caso, la lista priorizada de reservas,que será elevada al Vicerrector de Investigación y Transferencia.
  2. En caso de empate, se dará preferencia a la beca solicitada por aquel candidato perteneciente a la rama que tenga menor número de beneficiarios.
  3. En caso de que la ayuda reservada para personas con discapacidad quede vacante, se acumulará al resto de las ayudas.
  4. El número de ayudas propuestas no podrá exceder del número de las ayudas convocadas.
Resolución de concesión

  1. El Vicerrector de Investigación y Transferencia será el órgano competente para dictar las resoluciones provisionales y definitivas de concesión conforme los principios de publicidad, transparencia, objetividad, eficacia en el cumplimiento de los objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
  2. La publicación de la resolución en la página Web servirá de notificación a los interesados.
  3. Las solicitudes presentadas y que no hayan sido concedidas podrán ser recuperadas por los candidatos en el plazo de tres meses desde la resolución de esta convocatoria. Pasado este período serán destruidas.
  4. Se establecerá una relación de suplentes para cubrir las posibles renuncias o bajas que se produzcan hasta el 31 de mayo de 2025. En caso de sustitución, el periodo transcurrido será irrecuperable a efectos de duración de la beca.
  5. Como condición previa a la aceptación de la ayuda, el beneficiario que se encuentre preinscrito o esté cursando un máster a tiempo completo, deberá acreditar documentalmente el abono de la matrícula o de la reserva de plaza mediante la justificación correspondiente.
Obligaciones

  1. La aceptación de la ayuda por parte del beneficiario implica la aceptación de las normas fijadas en esta convocatoria, así como las que la Universidad establezca tanto de tipo general como para el seguimiento científico-técnico o la justificación de los fondos públicos recibidos.
  2. Cumplir con aprovechamiento las distintas etapas de desarrollo del trabajo, bajo la tutela del director del mismo, debiendo ajustarse a las normas propias del Departamento donde se realiza y a la normativa interna de la UAH.
  3. La ayuda será efectiva al incorporarse el beneficiario al Departamento o Instituto Universitario de Investigación donde vaya a realizar el trabajo de investigación. Los becarios deberán incorporarse durante la primera semana, a partir de la fecha de inicio que se establezca en la resolución. La no incorporación en este plazo se entenderá como renuncia a la beca y supondrá, por tanto, la pérdida de cualquier derecho que de esta convocatoria pudiera derivarse. No obstante, el interesado, por razones justificadas, podrá solicitar la incorporación posterior que deberá ser autorizada por el Vicerrector de Investigación y Transferencia.
  4. Permanecer en el Departamento o Instituto Universitario de Investigación durante el desarrollo del trabajo, siendo necesario para cualquier cambio o ausencia temporal por parte del interesado, solicitar autorización previa del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.
  5. Permanecer en el Departamento o Instituto Universitario de Investigación durante el desarrollo del trabajo, siendo necesario para cualquier cambio o ausencia temporal por parte del interesado, solicitar autorización previa del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.
  6. Participar en las convocatorias de ayudas de las diferentes administraciones para Personal Investigador Predoctoral en Formación regulado por el art. 21 de la Ley 14/2011 cuando se cumplan los requisitos establecidos en las mismas durante el período de disfrute de la ayuda.
  7. Presentar al finalizar la ayuda una Memoria Final sobre la labor realizada, con una valoración emitida por el director de trabajo, según modelo normalizado.
  8. Hacer mención expresa a esta ayuda, en cualquier trabajo que como consecuencia de la investigación realice.
  9. El incumplimiento de los compromisos adquiridos en la solicitud, podrá dar lugar a la revocación de la ayuda concedida y, en su caso, a la reclamación de las cantidades anticipadas, sin perjuicio de otras responsabilidades en que pudiera incurrir.
Duración del procedimiento

El plazo máximo de la resolución de concesión de las ayudas será de seis meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicho plazo se suspenderá durante la evaluación de las solicitudes.

Enlaces de interés

https://www.uah.es/export/sites/uah/es/investigacion/.galleries/Programa-Propio/01.-RR.HH./INICIACION_Convocatoria_2024.pdf

Documentación a adjuntar

  • a. Resguardo de inscripción en la convocatoria de Becas de Iniciación de la página webBecas-Santander.
  • b. Curriculum vitae del candidato.
  • c. Fotocopia del documento nacional de identidad o equivalente para los extranjeros dela Unión Europea o de la tarjeta de residente en caso de ser natural de otros países.
  • d. Memoria resumida del trabajo de investigación a realizar durante el disfrute de la ayuda (máximo 500 palabras) con la aceptación del director del trabajo de investigación que deberá ser un profesor o investigador de la Universidad de Alcalá con título de Doctor.
  • e. Justificante del grado de discapacidad reconocido que obra en las bases de datos del INSERSO exclusivamente a los efectos de admisión y evaluación de su solicitud, si procede.

En el caso de que alguna solicitud se presentara incompleta, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición archivándose sin más trámite, con los efectos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Un mismo profesor no podrá tutelar a más de un beneficiario de la presente convocatoria.

No se admitirá más de una solicitud por candidato.

Justificar el cumplimiento por parte del candidato de alguno de los requisitos recogidos en la presente convocatoria.

Discapacitados

Se reserva 1 ayuda para aquellos solicitantes que, cumpliendo con todos los requisitos previstos en la convocatoria, posean un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

La Universidad de Alcalá (UAH), en colaboración con el Banco Santander, es el organismo convocante de las Becas Santander Iniciación en la Actividad Investigadora - UAH, cuya principal finalidad es la de promover la formación en el ámbito de la investigación tanto científica como técnica.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Santander Iniciación en la Actividad Investigadora - UAH" es: desde 06/07/2024 hasta 23/07/2024.

La Beca "Becas Santander Iniciación en la Actividad Investigadora - UAH" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Santander Iniciación en la Actividad Investigadora - UAH" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes