Senescyt

Becas Ayudas para Carreras Técnicas Tecnológicas

Becas de estudiosUniversitarios

INSCRIPCIONES

08/08/202231/10/2022
Finalizada

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Becas Ayudas para Carreras Técnicas Tecnológicas: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Ayudas para Carreras Técnicas Tecnológicas son convocadas por el Senescyt, con el propósito de dar ayudas económicas a los ecuatorianos que hayan iniciado sus estudios antes del primer PAO 2022 y estén cursando sus estudios de tercer nivel técnico y tecnológico superior, en instituciones de educación superior del país para financiar por una vez, su manutención.

Las ayudas se destinarán a grupos prioritarios, excluidos o discriminados y a los que por mandato ley les corresponde el derecho, para que se pueda de este modo garantizar su acceso y continuación en estudios de educación superior, fomentando la equidad e inclusión social. Por tanto las Becas Ayudas para Carreras Técnicas Tecnológicas se concederán a mujeres victimas de violencia de género, hijos de víctimas de feminicidio, personas con discapacidad permanente, deportista de alto rendimiento, héroes nacionales, y personas que se encuentren en vulnerabilidad económica y social.

Si perteneces a uno de los grupos especificados en los requisitos, y eres una de las personas naturales en goce de derechos de participación ciudadana en el Ecuador, puedes solicitar una de las Becas Ayudas para Carreras Técnicas Tecnológicas. Aquí puedes consultar información que sea de tu interés para que puedas solicitarla.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Licenciatura
Rama
  • Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
  • Salud y Biología
  • Física, Química y Matemáticas
  • Turismo, Ciencias Sociales y Educación
  • Arquitectura e Ingenierías
País de origen
  • Ecuador
Nacionalidades
  • Ecuatoriana
  • Residente en Ecuador

Requisitos

Becas otorgadas por ley

  • Mujeres víctimas de violenciabasada en género
    • De conformidad con lo determinado en la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres:Mujeres víctimas de violencia basada en género.
  • Hijos e hijas de mujeres víctimas de femicidio.
    • De conformidad con lo determinado en la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres:Hijos e hijas de mujeres que han sido víctimas de femicidio, según lo estipulado en el Código Integral Penal.
  • Personas con condición de discapacidad permanente.
    • De conformidad con lo determinado en el Reglamento a la Ley Orgánica de Discapacidades: Personas con discapacidad permanente, debidamente calificada por la autoridad sanitaria nacional.
  • Deportistas de alto rendimiento.
    • De conformidad a lo determinado en el literal h del numeral 9 de la Ley del Deporte, Educación y Cultura Física, quienes acrediten ser deportistas de alto rendimiento o de nivel formativo.
  • Héroes y heroínas nacionales.
    • De conformidad con lo determinado en el artículo 3 de la Ley de Héroes y heroínas nacionales, podrán beneficiarse de una beca quienes hayan sido declarados héroes o heroínas nacionales. En caso de muerte del titular accederán en orden de prelación a este beneficio:
      • Cónyuges y convivientes en unión libre legalmente reconocida,sobrevivientes.
      • Hijos/as menores de edad.
      • Hijos/as mayores de edad con discapacidad total o parcial,debidamente certificada por la autoridad competente.
      • Padres.

Becas otorgadas por vulnerabilidad

  • Subcriterio: Vulnerabilidad Económica.
    • Situación de escasos recursos.
      • Quienes pertenezcan al grupo “pobreza”, o “extrema pobreza” según lo determinado en el Registro Social.
  • Subcriterio: Vulnerabilidad Social.
    • Población ecuatoriana migrante retornada.
      • Quienes sean migrantes retornados
    • Pueblos y nacionalidades.
      • Quienes pertenezcan a un pueblo o nacionalidad indígena, pueblo afroecuatoriano o pueblo montubio que forman parte del Estado ecuatoriano.
Condiciones obligatorias en todos los casos

  • No contar con un título académico del mismo nivel de formación.
  • No mantener obligaciones vencidas con insitituciones del sector público.

Dotación

El financiamiento se reconocerá a partir del inicio del periodo académico, que se esté cursando o se vaya a cursar, de tercer nivel técnico, tecnológico superior, en instituciones de educación superior, sin perjuicio de la fecha de adjudicación de la ayuda económica.

La ayuda económica financiará el valor equivalente a un salario básico vigente mensual por un único periodo académico ordinario, durante el año 2022.La beca cubrirá los rubros que se detallan a continuación:

  • Manutención Contempla:
    • Gastos de alimentación,vivienda, servicios básicos y transporte interno.
    • Gastos de materiales de estudio, compra de textos y libros que tengan relación a la temática y el plan de estudios.
  • Presupuesto
    • Se reconocerá $2125 por un único periodo académico ordinario, durante el año 2022.
    • El primer desembolso se realizará con la firma del contrato.
  • Documento de respaldo
    • La persona becaria deberá remitir a la Senescyt, a través del sistema informático de administración de becas, el certificado denotas o documento equivalente de aprobación del periodo académico financiado emitido por la institución de educación superior.
    • Los certificados deberán contener la fecha de emisión, el nombre de la autoridad que lo emita y su firma.

Presentación

Convocatoria

La convocatoria estará abierta desde la publicación de las presentes bases hasta el 31 de octubre de 2022, período en el cual la ciudadanía podrá realizar la aplicación en línea a través de: https://pusak.fomentoacademico.gob.ec/cas/login.

Postulación

Las personas interesadas podrán realizar la postulación en línea a través del siguiente enlace https://pusak.fomentoacademico.gob.ec/cas/login de acuerdo con el cronograma establecido en las presentes bases del programa.

La dirección de correo electrónico que se utilice en el sistema de postulación será utilizada para las notificaciones de este proceso y demás actos administrativos de conformidad con lo establecido en el Código Orgánico Administrativo.Se deberá consignar información y suministrar documentación legítima, válida y veraz para el otorgamiento de la ayuda económica.

No obstante, la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación se reserva el derecho de verificar la legalidad, validez y veracidad de los datos y respaldos proporcionados en la postulación, en caso de que la información proporcionada, no cumpla con lo antes mencionado, la solicitud de ayuda económica será automáticamente rechazada.

Más información

Validación y Selección

La Dirección de Administración de Becas y Ayudas Económicas de la Subsecretaría de Fortalecimiento del Talento Humano revisará las postulaciones para verificar que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases del programa.

Se podrá conceder tres (3) días calendario, a quienes realizaron su postulación, para efectuar una convalidación de errores tipográficos, documentos ilegibles, y de contradicciones o discordancias que causen duda entre la información consignada por la persona postulante y la documentación con la que la respalda,de conformidad con lo establecido en el artículo 33 del Reglamento Codificado de Becas y Ayudas Económicas.

No se convalidará la omisión de la presentación de ningún requisito de postulación.

Quienes cumplan con todos los requisitos y documentos de respaldo serán considerados como personas postulantes.

En caso de que una persona no haya completado la entrega de información para su postulación, a través delos mecanismos y sujetándose a las condiciones y requisitos establecidos por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, quedará automáticamente excluida del proceso sin que pueda interponer reclamo alguno.La selección de los postulantes se realizará en relación en función de quienes cumplan con los requisitos establecidos, en orden de llegada, hasta completar la programación de ayudas económicas a otorgar.

Adjudicación y notificación

La Dirección de Administración de Becas y Ayudas Económicas de la Subsecretaría de Fortalecimiento del Talento Humano, conforme a las atribuciones otorgadas en el acuerdo nro. SENESCYT-2020-064 de 12 de agosto de 2020, presentará el informe técnico de recomendación de adjudicación, en función del cumplimiento de los requisitos de postulación presentados y con sujeción a la disponibilidad presupuestaria. El Comité de Becas y Ayudas Económicas adjudicará las ayudas económicas del presente programa.

Así mismo, la persona titular de la Secretaría del Comité de Becas y Ayudas Económicas notificará a las personas adjudicatarias la resolución del Comité, a través de las direcciones de correo electrónico que éstos hayan señalado en el sistema de postulación como información legítima, válida y veraz.

A partir de la fecha de la notificación de la adjudicación de la ayuda económica, la persona adjudicataria tendrá 15 días hábiles para entregar sus documentos habilitantes determinados en estas bases y suscribir el contrato de financiamiento, conforme los plazos establecidos en el cronograma de las mismas. Si en el transcurso de dicho plazo, la persona adjudicataria no suscribe su contrato de financiamiento, la ayuda económica quedará automáticamente insubsistente, sin que la persona adjudicataria tenga derecho a reclamo o indemnización alguna por parte de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.

Las personas postulantes que no resulten adjudicadas, tendrán el término de diez (10) días contados a partir de la notificación del acto administrativo, para impugnar justificadamente los resultados del proceso de validación, selección y adjudicación, ante la máxima autoridad administrativa de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, o su delegado, quién resolverá motivadamente dentro de un término máximo de treinta (30) días, sobre la aceptación o negación de la impugnación, en concordancia con lo determinado el Código Orgánico de Administrativo.

Elaboración del contrato de financiamiento

Las Coordinaciones Zonales de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación solicitarán a las personas adjudicatarias los documentos establecidos en las presentes bases, para la elaboración del contrato de financiamiento de ayuda económica.

Requisitos de la persona adjudicataria

Los requisitos detallados a continuación deberán ser presentados, por parte de la persona adjudicataria, previo a la suscripción del contrato de financiamiento, ante la Coordinación Zonal de Educación Superior, Ciencia,Tecnología e Innovación que corresponda, para la elaboración del presupuesto de la ayuda económica correspondiente en función del monto máximo establecido en las presentes bases de postulación:

  • Exhibir la cédula de ciudadanía.
  • Certificado bancario actualizado de cuenta activa, en el cual conste el número y tipode cuenta personal. No se aceptarán cuentas conjuntas.ç

La persona encargada por la Coordinación Zonal de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación,para el proceso de suscripción de contrato, realizará lo siguiente:

  • Generar el archivo digital y físico con la documentación de la persona adjudicataria.
  • Verificar en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior que no exista título registrado del mismo nivel para el cual se le otorgó la ayuda económica.
  • Elaborar, de manera conjunta con la persona adjudicataria, el presupuesto de la ayuda económica,conforme a lo establecido en el literal H) Financiamiento y rubros de cobertura de las presentes bases.

Suscripción del contrato y su procedimiento

Una vez que se han presentado los documentos necesarios, la persona adjudicataria, junto con sus cónyuges de ser el caso, deberán suscribir con la Coordinación Zonal de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia,Tecnología e Innovación que corresponda, el contrato de financiamiento en el cual se definirán las obligaciones de las partes. A partir de dicha suscripción, la persona adjudicataria se convierte en persona beneficiaria de ayuda económica de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.

En caso de que la persona adjudicataria no acudiere a suscribir el indicado contrato de financiamiento dentro del término fijado en la presente convocatoria, la ayuda económica quedará automáticamente insubsistente,sin tener derecho a reclamo o indemnización alguna por parte de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia,Tecnología e Innovación, a menos que la persona adjudicataria justifique que por razones de fuerza mayor ocaso fortuito no pudo comparecer a la suscripción del mismo, de acuerdo a lo determinado en el artículo 30 del Código Civil y al artículo 4 literal g) del Reglamento Codificado de Becas y Ayudas Económicas, así también, se exceptúan aquellos contratos de financiamiento no suscritos por el área responsable de la Coordinación Zonal de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, dentro del término establecido, por cuestiones de índole administrativa no imputables a la persona adjudicataria en concordancia artículo 162 del Código Orgánico Administrativo.

La Senescyt se reserva el derecho de revisar la documentación presentada como control posterior a la firma del contrato.

Obligaciones de las personas beneficiarias de ayuda económica

  • a. Durante los estudios las personas beneficiarias de ayuda económica deberán:

    1. Destinar los recursos al objeto de la ayuda económica recibida.
    2. Cumplir con el objeto para el cual se le otorgó la ayuda económica.
    3. Cumplir con las normas, reglamentos y obligaciones académicas establecidas por la institución en la que se encuentre cursando el programa de estudios objeto de la ayuda económica.
    4. Aprobar el periodo académico en el cual se otorgó la ayuda económica en los plazos establecidos en el contrato de financiamiento.
    5. Es obligación de la persona beneficiaria justificar, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases del programa, el desembolso realizado por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, en el marco de su contrato.
    6. Entregar documentación legítima, válida y veraz para el proceso de seguimiento de la ayuda económica hasta la firma del acta de finiquito, determinado en estas bases y demás normativa vigente.
  • b. Una vez finalizado el periodo académico ordinario, las personas beneficiarias de ayuda económica deberán:
    • Remitir a la Coordinación Zonal de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, a través del sistema informático de administración de becas y ayudas económicas implementado para el efecto,en un plazo no mayor a tres (03) meses, contado a partir de la culminación del periodo académico ordinario;el certificado académico de notas o documento equivalente de aprobación del período académico en el cual se financió la manutención, emitido por la institución de educación superior.Los certificados deberán contener: la fecha de emisión, el nombre de la autoridad que lo emita y su firma.
  • c. Adicionalmente, de ser el caso, las personas beneficiarias de ayuda económica deberán:
    • Informar a la Coordinación Zonal de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación sobre los cambios o alteraciones referentes al programa de estudios que impliquen modificación a las condiciones contractuales.
    • Informar a la Coordinación Zonal de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación sobre la reincorporación a los estudios en el caso de suspensión, en los plazos establecidos para el efecto, en el Reglamento Codificado de Becas y Ayudas Económicas.
    • Dirigir a la Coordinación Zonal de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación,de forma oportuna, las solicitudes que impliquen modificaciones a las condiciones contractuales.

Documentación a adjuntar

** Toda la documentación a aportar puedes consultarla en el pdf que ofrece el enlace que indicamos en nuestra web.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas Ayudas para Carreras Técnicas Tecnológicas son convocadas por el Senescyt, con el propósito de dar ayudas económicas a los ecuatorianos que hayan iniciado sus estudios antes del primer PAO 2022 y estén cursando sus estudios de tercer nivel técnico y tecnológico superior, en instituciones de educación superior del país para financiar por una vez, su manutención.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Ayudas para Carreras Técnicas Tecnológicas" es: desde 08/08/2022 hasta 31/10/2022.

La Beca "Becas Ayudas para Carreras Técnicas Tecnológicas" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Ayudas para Carreras Técnicas Tecnológicas" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de estancias
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas sociales
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes