Gobierno Vasco

Becas Oposiciones Inspectores Subinspectores País Vasco

Becas para opositoresUniversitarios

INSCRIPCIONES

07/10/202306/11/2023
Finalizada

Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.

Becas Oposiciones Inspectores Subinspectores País Vasco: solicitud y plazos

Descripción

El Gobierno Vasco es el organismo encargado de la convocatoria y desarrollo de las Becas Oposiciones Inspectores Subinspectores País Vasco que están dirigidas a facilitar el desarrollo de la formación necesaria exigida para acceder a los cuerpos de funcionarios de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y Subinspectores Laborales Escala de Seguridad y Salud Laboral.

Las Becas Oposiciones Inspectores Subinspectores País Vasco otorgarán a los candidatos seleccionados una dotación económica mensual que resultará de gran ayuda para hacer frente a algunos de los gastos generados con motivo de los estudios de preparación de oposiciones que se estén realizando.

Para opta a una de estas becas, se exigirá el cumplimiento de una serie de requisitos entre los que cabe mencionar el estar empadronado y tener residencia en la Comunidad Autónoma de Euskadi durante el tiempo mínimo indicado, así como contar con un expediente académico con una nota media mínima de 6, entre otros.

Con la convocatoria de las Becas Oposiciones Inspectores Subinspectores País Vasco, el Gobierno Vasco pretende facilitar a la población la preparación de oposiciones que les otorguen las habilidades exigidas en los distintos exámenes y pruebas que se deben llevar a cabo para la adquisición de un plaza de funcionario.

Conoce aquí en nuestra web todos los detalles que necesitas para poder optar a una de las Becas Oposiciones Inspectores Subinspectores País Vasco, y consigue el puesto de trabajo con el que siempre ha soñado.

Datos básicos

Nº de becas
6
Nivel de estudio
  • Grado
  • Licenciatura
  • Oposiciones para universitarios
Región de origen
  • País Vasco
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Las personas solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos en el momento de la presentación de su solicitud que deberán mantener durante el periodo de beca:

  • a. Cumplir las condiciones exigidas en la última convocatoria del proceso selectivo del cuerpo y escala a la que hayan decidido presentarse. Poseer la Titulación exigida para el Cuerpo a que se presenta.
  • b. Estar empadronado y tener residencia efectiva en la Comunidad Autónoma de Euskadi al menos 5 años de los últimos 7 años, siendo, al menos, 2 años de los 5 los dos últimos desde el momento de la solicitud.
  • c. No haber transcurrido más de siete años desde la fecha de expedición del Título correspondiente.
  • d. Tener en el expediente académico una nota media mínima de 6.
  • e. Declaración responsable adquiriendo el compromiso de buscar una persona física preparadora perteneciente a los cuerpos y escalas para los que se concede la ayuda, o una persona jurídica, academia o centro de estudios que le prepare para aprobar la oposición.
  • f. No haber sido beneficiario/a durante un máximo de tres años, continuados o alternos, de cualquier tipo de beca, estudio de postgrado de naturaleza análoga o ayuda para la preparación de las oposiciones a que se refiere esta convocatoria.
  • g. No tener ingresos superiores a 75.000 euros netos anuales por parte de las personas de las que dependa la solicitante o 10.000 euros netos anuales si depende de ingresos propios. Como ingresos se computarán tanto los derivados de rendimientos de trabajo y/o actividades económicas, como de los de capital inmobiliario y mobiliario. Asimismo, se computarán las ganancias patrimoniales derivadas de trasmisiones lucrativas.
    • También tendrán está consideración los ingresos relativos a prestaciones por desempleo, prejubilación, incapacidad, Renta de Garantía de Ingresos, prestaciones contributivas o no contributivas, ingreso de emergencia social, inserción social u otros de tipo análogo a los anteriores.
    • En aquellos supuestos que las personas solicitantes tengan independencia económica y familiar deberán acreditar sus propios medios económicos, así como domicilio diferenciado y ajeno al de su círculo familiar.
    • En aquellos casos en las que las personas solicitantes dependan económicamente de personas diferentes a sus progenitores, deberán acreditar dicha situación excepcional de dependencia por resolución, sentencia judicial o cualquier otro medio legalmente admitido en derecho.
  • h. No haber sido sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni de hallarse incurso en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello.
    • Tampoco podrá percibir la ayuda quien haya sido sancionado penal o administrativamente por incurrir en discriminación por razón de sexo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Hombres y Mujeres y Vidas libres de Violencia Machista contra las Mujeres.
  • i. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y en el pago de obligaciones por el reintegro de subvenciones.
    • Estas obligaciones serán exigibles tanto para acceder a la condición de persona beneficiaria como para mantenerse en dicha condición y, por tanto, se verificará su respectivo cumplimiento en el momento anterior a efectuar la concesión, en el momento de presentación de la memoria justificativa cuatrimestral contenida en el Anexo II y en el de efectuar el último pago.
  • j. No podrán acceder a las becas aquellas personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones prevenidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Dotación

  1. El importe de cada una de las becas será de 6.600 euros anuales. El devengo se producirá mensualmente a razón de 550 euros.El periodo por el que se concede son dos años.
  2. El plazo de abono de la ayuda será mensual y su abono se efectuará la primera quincena de dicho mes.
  3. Se destina al objeto de las ayudas a las que se refiere la presente Orden, para el ejercicio 2023 la cantidad de tres mil trescientos (3.300) euros, para el ejercicio 2024, la cantidad de treinta y nueve mil seiscientos (39.600) euros y para el 2025 la cantidad de treinta y seis mil trescientos (36.300) euros. Existe dotación suficiente según los créditos autorizados por la Ley 15/2022, de 23 de diciembre por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2023.

Presentación

  1. Las solicitudes podrán presentarse tanto de forma presencial como electrónica:
    • Canal presencial: las solicitudes se presentarán en las Oficinas de Atención Ciudadana (Zuzenean) o ante los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Canal electrónico: las solicitudes se presentarán accediendo a la sede electrónica de euskadi.eus a través de las direcciones indicadas en el apartado 4 del presente artículo.
  2. El empleo de un canal, presencial o electrónico, en el trámite de solicitud y aportación de documentación no obliga a su utilización en los sucesivos trámites del procedimiento, pudiendo modificarse en cualquier momento.
  3. Las especificaciones para tramitar, tanto por canal presencial como electrónico, las solicitudes, declaraciones responsables, justificaciones y demás modelos están disponibles en la siguiente sede electrónica de euskadi.eus: https://www.euskadi.eus/servicios/1237101. Los trámites posteriores a la solicitud, por canal electrónico, se realizan a través de https://www.euskadi.eus/mi-carpeta/web01-sede/es/
  4. La solicitud, de acuerdo con el modelo normalizado que se adjunta a esta Orden como Anexo I, se cumplimentará, en todos sus términos, en el formulario disponible en la sede electrónica, y deberá ir acompañada de la documentación preceptiva.
  5. Las personas solicitantes podrán presentar la solicitud, junto con las acreditaciones que se acompañe, en cualquiera de los idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Asimismo, en las actuaciones derivadas de la solicitud, y durante todo el procedimiento, se utilizará el idioma elegido por la persona solicitante, tal y como establece el artículo 5.2.a) y 6.1 de la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera.

Más información

Objeto

Es objeto de la presente Orden convocar y regular, para el ejercicio 2023, el concurso para otorgar 6 becas destinadas a la preparación de oposiciones por turno libre a los Cuerpos de Inspectores/as de Trabajo y Seguridad Social (3 becas) y de Subinspectores Laborales Escala de Seguridad y Salud Laboral (3 becas).

Duración

  1. Las becas tendrán la duración de dos años naturales a contar desde la fecha establecida en la resolución de concesión siempre que se mantenga el cumplimiento de los requisitos establecidos para obtener la condición de beneficiario y no podrán concederse de nuevo en las próximas convocatorias a la misma persona tras haber sido concedida en esta convocatoria.
  2. Si durante el plazo establecido en el párrafo anterior la persona beneficiaria supera el correspondiente proceso selectivo, la duración de la ayuda finalizará en la fecha de la publicación de la resolución en que se publica el listado de las personas nombradas como funcionarias en prácticas, procediendo al ajuste del pago del último mes en base a los días transcurridos hasta la citada fecha.

Valoración de méritos

  1. Las tres ayudas previstas para las personas que opositen a los Cuerpos de Inspectores/as de Trabajo y Seguridad Social o Subinspectores/as Laborales de la Escala de Seguridad y Salud Laboral serán distribuidas territorialmente; la valoración de méritos con arreglo a este artículo se hará de forma separada para cada Territorio Histórico. Es decir, se valorarán de forma conjunta los méritos de los aspirantes por cada territorio, de modo que se concederá una ayuda para personas opositoras a Inspección en Bizkaia, otra en Álava y otra en Gipuzkoa, y lo mismo para las ayudas a personas opositoras a Subinspección laboral escala de seguridad y salud laboral. En el caso de que en alguno de los territorios no se reciba ninguna solicitud, la ayuda de inspección o de subinspección se añadirá a los otros territorios, siendo preferentes Gipuzkoa o Álava frente a Bizkaia. En este caso y en segunda instancia, entre Álava y Gipuzkoa se aplicarán los criterios establecidos en los puntos 2 y 3 de este artículo.
  2. Se considerarán méritos valorables en su conjunto por la Junta de Selección, para acceder a la condición de beneficiario:
    • a. La situación económica, que será valorada conforme a una escala de 0 a 40 puntos, según el desglose siguiente:
      • a.1.– Ingresos anuales/euros unidad familiar o solicitante en caso de dependencia de ingresos propios:
        • Euros - Puntos
          • ≤20.000: 25 puntos
          • >20.000 y ≤30.000: 20 puntos
          • >30.000 y ≤40.000: 15 puntos
          • >40.000 y ≤50.000: 10 puntos
          • <50.000 y ≤60.000: 5 puntos>60.000 0 puntos
      • a.2.– Ingresos anuales/euros por miembro de unidad familiar hasta:
        • Euros - Puntos
          • ≤7.500: 15 puntos
          • >7.500 y ≤10.000: 12 puntos
          • >10.000 y ≤12.500: 8 puntos
          • >12.500 y ≤15.000: 4 puntos
          • >15.000: 0 puntos
        • Para la valoración de los méritos el cómputo de los ingresos acreditados mediante la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se realizará según sus rendimientos netos. No obstante, aquellos ingresos acreditados mediante medios legalmente admitidos enderecho y diferentes a dicha declaración y en el que no estén consignados sus ingresos netos se computarán sus ingresos brutos.
    • b. Conocimiento de euskera: de 3 a 5 puntos, B1: 3 puntos, B2: 4 puntos y C1: 5 puntos.
  3. En caso de existir igualdad de puntos en dos o más solicitantes, se resolverá el empate atendiendo en primer lugar al criterio económico, es decir se dará prioridad a la puntuación más alta por la situación económica.
Selección de las personas beneficiarias

  1. La selección de las personas candidatas se realizará de conformidad con los baremos establecidos en la presente Orden. Los acuerdos se adoptarán por mayoría de los miembros dela Junta y en el orden de puntuación obtenida.
  2. La Junta propondrá, junto con la relación de las 6 personas candidatas seleccionadas, en función de la puntuación obtenida, otra referida a los 6 solicitantes (3 en el ámbito del Cuerpo de Inspectores/as de Trabajo y 3 en el ámbito del Cuerpo de Subinspectores/as Laborales de Seguridad y Salud Laboral) que hubieren obtenido las puntuaciones inmediatamente posteriores, como personas sustitutas para los supuestos de finalización, renuncia, incumplimiento, incapacidad sobrevenida o cualquier otro supuesto que implicare la pérdida de la condición de persona beneficiaria, siempre que se produjere en el plazo de dos meses desde la concesión de las ayudas.
  3. La relación de las personas sustitutas se numerará según el orden de puntuación obtenida conforme a los indicados baremos de méritos preferentes.
  4. Producida una vacante en las becas concedidas en la presente convocatoria, se asignará a la primera persona sustituta de la relación con la duración que le restare al sustituido/a hasta alcanzar lo establecido en el artículo tercero.
En cualquier caso, la asignación de dicha ayuda estará subordinada a las disponibilidades presupuestarias del ejercicio.

Enlaces de interés

https://www.euskadi.eus/web01-bopv/es/bopv2/datos/2023/10/2304590a.pdf

Documentación a adjuntar

La solicitud se acompañará de la siguiente documentación:

  • a. Fotocopia del DNI.
  • b. Certificación municipal, original o copia auténtica, que acredite la vecindad administrativa y residencia de la persona solicitante por el plazo fijado en la letra b) de la relación del artículo 4.Tal certificación deberá expresar, además, todas las personas que residen en el domicilio del solicitante.
  • c. Documentación acreditativa de la situación económica de las personas de las que dependa la solicitante y/o suya propia si la hubiera. A tal efecto, se presentará fotocopia completa de la liquidación definitiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio inmediatamente anterior o certificados acreditativos de ingresos percibidos durante el mismo ejercicio en el supuesto de no estar obligados a la presentación de la citada declaración por razón de su nivel de ingresos.
    • En todo caso, se presentará la documentación y anexos del IRPF donde se recoja expresamente los ingresos brutos y el rendimiento neto tanto de los rendimientos de trabajo como de las actividades económicas, así como de los de capital inmobiliario, mobiliario y ganancias patrimoniales.
    • También, en su caso, se aportarán certificaciones del Servicio Público de Empleo Estatal, Seguridad Social, entidad u órgano correspondiente sobre aquellos ingresos relativos a prestaciones por desempleo, prejubilación, incapacidad, Renta de Garantía de Ingresos, prestaciones contributivas o no contributivas, ingreso de emergencia social, inserción social u otro tipo, percibidos durante el 2022 por la persona solicitante o por aquellas de quienes dependa, tanto estén exentos como incluidos en la declaración correspondiente.
    • En supuestos de separación, divorcio u otras circunstancias análogas, de las personas de lasque dependa la persona solicitante, además de la documentación, libro de familia o documento que lo sustituya, Sentencia, etc. acreditativa de dicha situación, es necesario además la remisión del convenio regulador. En caso de impago de los ingresos consignados en el citado convenio regulador se acreditará mediante cualquier medio legalmente admitido en derecho.
    • En aquellos casos que las personas solicitantes dispongan de ingresos propios deberán pre-sentar fotocopia completa de la liquidación provisional o definitiva del Impuesto sobre la Renta delas Personas Físicas correspondiente al ejercicio inmediatamente anterior a la convocatoria de estas ayudas o certificados acreditativos de ingresos percibidos durante el mismo ejercicio, en el supuesto de no estar obligados a la presentación de la citada declaración por razón de su nivel de ingresos.
    • Asimismo, deberán aportar contrato de alquiler, recibo del impuesto sobre bienes inmuebles o cualquier otro título admitido en derecho que acredite la condición de la titularidad de la vivienda en la que reside para justificar la independencia económica y familiar.
    • En aquellas situaciones en las que las personas solicitantes dependan económicamente de personas diferentes a sus progenitores, deberán acreditar además dicha situación excepcional aportando la resolución, sentencia judicial o cualquier otro medio legalmente admitido en derecho que justifique tal dependencia.
  • d. Certificaciones originales acreditativas del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, expedidas por el órgano competente respectivamente.
    • La acreditación de la documentación requerida en este punto se verificará automáticamente por el órgano gestor de la presente convocatoria, salvo que la persona solicitante se oponga de manera expresa y motivada, debiendo aportar entonces las mencionadas acreditaciones.
    • Esta verificación se producirá también en el momento de la presentación de la memoria justificativa cuatrimestral contenida en el Anexo II y en el momento de efectuar el último pago.
  • e. Documentación acreditativa original o copia auténtica, en su caso, del nivel de conocimiento de euskera.
    • Se podrá comprobar de oficio, previo consentimiento en la solicitud, la documentación requerida en este punto.
  • f. Copia compulsada del título universitario y del expediente académico en que conste la nota media del mismo.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas Oposiciones Inspectores Subinspectores País Vasco

El Gobierno Vasco es el organismo encargado de la convocatoria y desarrollo de las Becas Oposiciones Inspectores Subinspectores País Vasco que están dirigidas a facilitar el desarrollo de la formación necesaria exigida para acceder a los cuerpos de funcionarios de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y Subinspectores Laborales Escala de Seguridad y Salud Laboral.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Oposiciones Inspectores Subinspectores País Vasco" es: desde 07/10/2023 hasta 06/11/2023.

La Beca "Becas Oposiciones Inspectores Subinspectores País Vasco" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

None

La Beca "Becas Oposiciones Inspectores Subinspectores País Vasco" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para bootcamps
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes