Becas Coordinación Formación Museo Tentacular Dirección de estudios
INSCRIPCIONES
Becas Coordinación Formación Museo Tentacular Dirección de estudios: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Coordinación Formación Museo TentacularDirección de estudios son convocadas por el Museo de Arte Reina Sofía. Gracias a estas becas se ofrece la oportunidad de obtener una formación práctica en la coordinación de actividades y proyectos de colaboración institucional, social y comunitaria del Museo Tentacular, en la Dirección de Estudios del Museo.
En la presente convocatoria se ofertará una beca, con una dotación económica de 21.000 euros.
Los aspirantes a las Becas Coordinación Formación Museo Tentacular Dirección de estudios, deberán cumplir con los requisitos indicados. Será necesario residir en España y dominar este idioma. En cuanto a los requisitos específicos, los solicitantes deberán contar con una titulación académica oficial de Licenciatura o Grado en Historia del Arte, Humanidades, Bellas Artes, Ciencias de la Información, Sociología, Historia o Trabajo Social, entre otros.
A la hora de valorar las solicitudes se tendrá en cuenta la experiencia profesional, las prácticas formativas relacionadas, el conocimiento de otras lenguas y otras titulaciones de grado o posgrado relacionadas con la beca, entre otros.
Si deseas obtener una formación práctica de calidad y llevarla a cabo en el Museo de Arte Reina Sofia, las Becas Coordinación Formación Museo Tentacular Dirección de estudios pueden ser de tu interés. Consulta la información sobre las mismas aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Artes y Humanidades
- Carrera
- Historia
- Historia del Arte
- Humanidades
- Sociología
- Trabajo Social
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos generales
Los/as solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
- a. Estar en posesión de los títulos académicos oficiales que se indican en cada una de las clases de beca o bien de títulos extranjeros equivalentes homologados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Excepcionalmente, se aceptarán títulos extranjeros que no estén homologados por el Ministerio, cuando así se contemple en los requisitos específicos de las becas debido a la especialización de la materia en cuestión.
- b. En el caso de ser extranjero/a, estar en situación de legalidad en España.
- c. Los nacionales de Estados cuya lengua oficial no sea el español, deberán acreditar documentalmente un perfecto dominio, hablado y escrito, de este idioma.
- d. Cumplir con los requisitos específicos del perfil indicado para cada una de las clases de becas (ver Anexo I).
Cada solicitante sólo podrá presentar solicitud para una clase de beca, como máximo. En el caso de que el mismo solicitante supere el límite señalado, sólo se tendrá en cuenta la última registrada, independientemente del tipo de beca, considerándose excluidas las restantes.
Además de los requisitos generales indicados en los puntos 2 y 3 de las bases de la convocatoria, los solicitantes deberán cumplir para esta clase de beca los siguientes requisitos específicos que serán objeto de valoración en la selección:
- Estar en posesión de una titulación académica oficial de Licenciatura o Grado en Historia del Arte, Humanidades, Bellas Artes, Ciencias de la Información, Sociología, Historia o Trabajo Social, entre otros. En el caso de títulos extranjeros de educación superior, o de títulos extranjeros de formación superior, no será precisa la homologación del título, siempre que quede acreditada la especialización mencionada anteriormente.
- Haber finalizado dicha Licenciatura o Grado universitario en el año 2011 o posteriores.
- Certificación Académica Personal o Suplemento al Título Europeo de la Licenciatura o Grado que acredite una calificación media no inferior a notable.
- Nivel medio-alto de inglés, B2 según el Marco Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER) o equivalente, debidamente acreditado.
- Presentar junto a la solicitud, con extensión máxima de dos folios, a doble espacio, una exposición de motivos de la solicitud, incluyendo los resultados que se esperan obtener en el desarrollo de la beca.
Dotación
La dotación de las Becas Coordinación Formación Museo Tentacular Dirección de estudiosserá de 21.000 euros.
Presentación
Las solicitudes de las Becas Coordinación Formación Museo Tentacular Dirección de estudios deberán presentarse a través de la Sede Electrónica del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, en la dirección http://museoreinasofia.sede.gob.es, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015.
Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado con cualquiera de los sistemas de firma electrónica indicados en la mencionada Ley y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por esta vía que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.
Además de por el procedimiento previsto en el apartado anterior, las solicitudes podrán presentarse en los registros, oficinas de correos, oficinas consulares de España o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Más información
Resolución de concesión
La resolución de concesión de esta beca se dictará dentro del plazo de seis meses desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente resolución de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido el plazo citado sin que haya recaído resolución expresa, los/as interesados/as podrán entender desestimada su solicitud. En cualquier caso, la resolución de concesión estará concluida en el término de 15 días desde que tenga lugar la elevación de la propuesta de resolución.
La concesión se realizará conforme a lo dispuesto en el punto séptimo de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos, y según artículo 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Dicha resolución, además de contener los solicitantes a los que se concede la beca, con indicación de la fecha a partir de la que podrán comenzar a disfrutar de la misma, y la desestimación expresa de las restante solicitudes, podrá incluir una relación ordenada de candidatos suplentes para cubrir las renuncias o bajas que puedan tener lugar. La fecha límite para la adjudicación de la beca a los suplentes, en su caso, será de 2 meses antes de la finalización del período formativo, y se realizará por el tiempo restante de la beca. Los suplentes dispondrán de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a su comunicación, para aceptar por escrito la beca y aportar la documentación requerida.
La resolución de concesión se notificará a la persona que haya resultado beneficiario/a de la beca y se hará pública en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index), así como en la página Web del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (http://www.museoreinasofia.es) en el apartado “El Museo. Empleo, becas y concursos”.
La resolución de concesión o denegación de becas, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación ante los Juzgados Centrales de lo contencioso administrativo, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 9.1.C de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Obligaciones de los/as becarios/as
Los/as becarios/as, por serlo, aceptan en todos sus términos el contenido de la presente convocatoria y el resultado de la misma, así como el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
- a. No tener adquirido ningún compromiso que le impida el cumplimiento íntegro y/o continuado de la beca.
- b. Aceptar por escrito la beca concedida, dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir de la recepción de la notificación de la orden de concesión. De no aceptarse la beca dentro de dicho plazo se entenderá que renuncia a la misma y se concederá al suplente que figure en primer lugar en la propuesta de concesión.
- c. Incorporarse al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía en el plazo establecido en la notificación de concesión de la beca y realizar la actividad formativa que fundamenta su concesión.
- d. Cumplir las normas sobre asistencia y participación en las labores objeto de la beca otorgada, cumpliendo un horario diario no inferior a siete horas de lunes a viernes, así como cumplir las normas generales y particulares del organismo. En el caso de las becas de investigación y en atención a su objeto, se seguirán, con respecto al horario presencial en el Museo, las instrucciones específicas del responsable del Departamento en el que desarrolle su beca.
- e. Acreditar ante el organismo, dentro del plazo que se establece en el apartado 13.1 de la presente Resolución, la realización de la actividad formativa, mediante la presentación de los documentos que prevé el número 2 del mismo apartado.
- f. Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe la Subdirección de Gerencia del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, las de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Administración del Estado y las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, a los que facilitarán cuanta información les sea requerida al efecto.
- g. No realizar, durante el desarrollo de la beca, ninguna actividad que impida el cumplimiento íntegro y continuado del objeto de la beca, salvo la expresa renuncia a la misma.
Valoración de méritos
- Por otras titulaciones oficiales de grado o posgrado relacionadas con el objeto de la beca: 1 punto por titulación, hasta un máximo de 1 puntos.
- Por experiencia profesional en coordinación y producción de actividades culturales, la participación en redes de colaboración, así como en intervención en procesos de trabajo social y comunitario vinculados con la cultura: 2 puntos por año completo, 0,5 punto por fracción superior a tres meses y 0,25 punto por fracción de un mes, hasta un máximo de 5 puntos.
- Por becas o prácticas formativas relacionadas con el objeto de la beca: 1 punto por año completo, 0,5 punto por fracción superior a tres meses y 0,25 punto por fracción de un mes, hasta un máximo de 1 punto.
- Se valorarán otras lenguas como italiano, francés, wolof, árabe o bengalí: 0,25 por lengua hasta un máximo de 0,5 puntos.
- Por textos sobre cultura contemporánea publicados: 0,5 por publicación, hasta un máximo de 1 punto.
- Exposición de motivos de solicitud de la beca con una valoración máxima de 1,5 punto.
Documentación a adjuntar
Las solicitudes deberán presentarse con la documentación que se detalla a continuación, en el idioma español o traducidas al mismo, cuando corresponda:
- En el caso de no autorizar la consulta de datos por medios electrónicos, se deberá adjuntar copia digitalizada del Documento Nacional de Identidad, para los ciudadanos españoles, o copia digitalizada del Número de Identificación de Extranjero o del documento que le sustituya para el resto de los interesados en el procedimiento.
- Copia electrónica o digitalizada del certificado de residencia fiscal para los solicitantes que no tengan su residencia fiscal en territorio español.
- En el caso de no autorizar la consulta de datos por medios electrónicos, se deberá adjuntar copia electrónica o digitalizada del título universitario.
- Copia electrónica o digitalizada de la Certificación Académica Personal o Suplemento al Título Europeo, con validez oficial, en la que expresamente conste la fecha de iniciación y terminación de los estudios, las calificaciones obtenidas, la nota media y haber aprobado todas las asignaturas del respectivo plan de estudios.
- Copia electrónica o digitalizada de la credencial de homologación expedida por el Ministerio de Educación en caso de títulos extranjeros de educación superior, y que se refieran a la misma especialidad.
- Copia electrónica o digitalizada de las certificaciones indicadas en el currículum vitae del solicitante. No se valorarán los méritos que no estén debidamente acreditados.
- Los aspirantes nacionales de Estados cuya lengua oficial no sea el español deberán acreditar el conocimiento suficiente del español a través del DELE del Instituto Cervantes, o equivalente, u otra documentación que permita acreditar un conocimiento suficiente de la lengua española como consecuencia de la trayectoria académica o profesional del solicitante.
El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía podrá requerir la información complementaria que estime necesaria en cualquier fase del proceso de resolución de la solicitud de la beca.