Becas Ayudas al estudio nivel obligatorio - Región de Murcia
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Becas Ayudas al estudio nivel obligatorio - Región de Murcia: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Ayudas al estudio nivel obligatorio han sido convocadas por la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia, y están dirigidas a aquellos alumnos que cursen 1º o 2º de Educación Primaria en algunos de los centros docentes públicos de la Comunidad Autonómica Murcia.
La finalidad de las Becas Ayudas al estudio nivel obligatorio es ayudar a las familias de estos estudiantes de enseñanzas obligatorias con una aportación económica destinada a sufragar los gastos propios de los estudios que cursan.
Para ser beneficiario de las Becas Ayudas al estudio nivel obligatorio se tendrá en cuenta el nivel de renta familiar según el número de miembros computables de la misma, con la finalidad de proporcionar la ayuda económica a aquellos hogares donde sea más necesaria.
La Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia establece ésta y otras ayudas con la intención de garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso y desarrollo de la enseñanza obligatoria. De esta forma se facilita a determinadas familias que cuentan con condiciones económicas poco favorables, el desarrollo de los estudios de sus hijos durante el curso escolar.
En esta web encontrarás toda la información relacionada con las Becas Ayudas al estudio nivel obligatorio como plazos de inscripción, requisitos que deben cumplir los solicitantes o documentación que se debe aportar, entre otros.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Primaria
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
Requisitos
Las Becas Ayudas al estudio nivel obligatorio - Región de Murcia se destinan a las familias con menores que cumplan los siguientes requisitos:
- Familias de alumnos que vayan a cursar primero o segundo de Educación Primaria.
- Estar matriculados en centros docentes sostenidos con fondos públicos ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Que los ingresos de la unidad familiar en el año 2023, en función del número de miembros, no hayan superado los siguientes umbrales máximos:
- N.º de miembros / Umbral máximo no superable:
- 1 - 12.084 €.
- 2 - 13.407 €.
- 3 - 14.730 €.
- 4 - 16.053 €.
- 5 - 17.376 €.
- 6 - 19.140 €.
- 7 - 21.345 €.
- 8 - 23.550 €.
- A partir del octavo miembro se añadirán 1.764 euros por cada nuevo miembro computable adicional.
Se denegará la ayuda cuando alguno o varios de los miembros computables de la unidad familiar sean titulares de cualquier actividad económica con un volumen conjunto de facturación durante el año 2023 superior a 42.000 euros.
Dotación
Los importes máximos de cada una de las Becas Ayudas al estudio nivel obligatorio - Región de Murcia que se conceda al amparo de esta convocatoria serán los siguientes:
- 140 euros para los alumnos de primero y segundo nivel de Educación Primaria.
- Los cursos 3º, 4º, 5º y 6º de primaria y 1º, 2º, 3º y 4º de secundaria no aparecen en esta convocatoria de ayudas al estudio porque se gestionan a través del Programa de Gratuidad de Libros de Texto (Banco de Libros).
Presentación
Las solicitudes a las Becas Ayudas al estudio nivel obligatorio - Región de Murcia se podrán realizar:
Electrónicamente:
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
- Solicitud de Ayuda al Estudio (libros y material didáctico) curso 2024-2025 [En plazo: 01-09-2024 – 15-09-2024].
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos. El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Escrito de cumplimiento al requerimiento de subsanación/mejora [Abierto: Continuo]
- Solicitud de desistimiento [Abierto: Continuo].
- Escrito de renuncia [Abierto: Continuo].
- Consulta del estado de un expediente.
- Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
- Oficina Especializada y de Asistencia en Materia de Registros Educación (Tramitación inmediata: No).
- Red de Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la CARM (Tramitación inmediata: No).
- Entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 y Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional.
Más información
Criterios para el reparto de las ayudas
- En el caso de que no sea posible conceder la totalidad de las ayudas, se dará prioridad, a la renta “per cápita” de la familia del alumno, adjudicándose las ayudas por orden inverso a la magnitud de dicha renta.
- El segundo criterio de prioridad a aplicar, en caso que sea necesario, sería el mayor número de miembros de la unidad familiar y por último, la menor edad del alumno beneficiario.
- En caso de persistir el empate, el tercer criterio aplicable para desempatar será el orden de registro de las solicitudes en alguno de los lugares señalados en el artículo quinto para la presentación de solicitudes.
Miembros computables de la unidad familiar
- Son miembros computables:
- el padre y la madre.
- el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, en su caso.
- el solicitante.
- los hermanos solteros menores de veinticinco años y que conviviesen en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2023.
- los hermanos mayores de esta edad, cuando se trate de personas con discapacidad.
- Que a la vista del número de solicitudes presentadas y habiendo obtenido, antes del 15 de septiembre de 2024, el nivel de renta familiar de una muestra de al menos el 60% de las solicitudes presentadas se pueda determinar con seguridad, en términos estadísticos, el nivel de renta per capita con el que se consumiría no más del 95% del crédito disponible para estas ayudas, extrapolando ese nivel de renta al total de solicitudes presentadas.
- Las Órdenes de resolución de la convocatoria serán publicadas en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo.
- a. Realizar los estudios.
- b. Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento.
- c. Comunicar a la Consejería de Educación y Cultura la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad.
- d. Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones para obtener la ayuda.
- e. Hacer un buen uso de los libros. Donación obligatoria al banco de libros del centro educativo.
- f. Proceder al reintegro del importe de la ayuda, cuando proceda.
- a. El pago de las ayudas se realizará por su importe total, una vez dictada la Orden de concesión, mediante transferencia bancaria.
- b. Los padres, tutores o representantes legales del alumnado solicitante podrán autorizar a la dirección del centro en que esté matriculado el alumno beneficiario para que este último perciba la ayuda a través de la cuenta corriente de dicho centro.
- Estas ayudas son incompatibles con cualesquiera otras que pudieran obtenerse para la misma finalidad de otras Administraciones públicas o entidades públicas o privadas.
- En los supuestos de ayudas complementarias concedidas por los Ayuntamientos con cargo a sus propios presupuestos, el régimen de compatibilidad será el que establezcan sus respectivas convocatorias.
Documentación a adjuntar
Solicitud de Ayuda al Estudio (libros y material didáctico) curso 2024-2025:
- Documentación acreditativa.
- (Obligatorio / No original).
- Documento Nacional de Identidad (DNI) y/o documento de identificación de extranjero (NIE) de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años.
- Libro de familia.
- (Obligatorio / No original).
- Fotocopia del libro de familia o, en su defecto, cualquier otra documentación fehaciente que acredite las personas que componen la unidad familiar.
- IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria.
- (Obligatorio / No original).
- Certificado Bancario del Código IBAN de la cuenta o libreta, donde se desea recibir el importe de la ayuda del que deberá ser titular el padre, madre o alumno si tiene DNI/NIE.
- Declaración responsable.
- (Obligatorio / No original).
- Declaración responsable y cláusula de consentimiento.
- Certificación.
- (No obligatorio / No original).
- Documentación pertinente que acredite pérdida del poder adquisitivo debido a situación de desempleo por ERTE, ERE o paralización de la actividad económica o empresarial durante el año 2023 (certificación de situación de desempleo debido a ERTE, ERE expedida por el órgano competente o documentación acreditativa de paralización o cese de actividad empresarial en caso de actividad económica por cuenta propia).
- Acreditación de la condición de víctima de violencia de género.
- (No obligatorio / No original).
- Documentación pertinente que acredite su condición de víctima de violencia de género y/o sus hijos menores víctimas de violencia de género, para lo que deberá aportar la sentencia (o la orden de protección, medidas cautelares o Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia).
- Certificado de víctima del terrorismo expedido por el Ministerio del Interior.
- (No obligatorio / No original).
- Documentación pertinente que acredite su condición de víctima del terrorismo, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto nº 105/2012, de 27 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de Ayuda a las Victimas del Terrorismo en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Designación/autorización de representación.
- (No obligatorio / No original).
- Autorización para la representación.
- Certificado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (AEAT) (*).
- Consulta de Nivel de renta (AEAT) (*).
- Certificado de Familia Numerosa expedido por la CARM (*).
- Consulta del título de familia numerosa de las CCAA (*).
- Consulta de Datos de Identidad (*).
- (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).