Ministerio de Igualdad

Premios Contra Violencia de Género a Tesis doctorales

Premios, concursos y certámenesUniversitarios

INSCRIPCIONES

13/02/202512/03/2025
Finalizada

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Premios Contra Violencia de Género a Tesis doctorales: solicitud y plazos

Descripción

El Ministerio de Igualdad convoca los Premios Contra Violencia de Género a Tesis doctorales con la finalidad de compensar y reconocer a aquellas personas que sean autoras de tesis doctorales que como consecuencia de la investigación que han realizado, han podido contribuir a mejorar el conocimiento de la dimensión, consecuencias y características de la violencia contra la mujer, así como los medios para evitarla.

Podrán solicitar los Premios Contra Violencia de Género a Tesis doctorales los postulantes de nacionalidad española o de algún país miembro del a Unión Europea. Además las tesis doctorales deberán ser inéditas. Pueden ser escritas íntegra o parcialmente en una lengua distinta del castellano o el ingles, pero en ese caso deberán aportar la traducción al castellano.

Se concederán los premios a las dos mejores tesis presentadas, con cuantías de 5.000 euros para el primer premio y 3.000 euros para el segundo premio. Las cuantías se pagarán en un pago único por transferencia bancaria.

Podrás consultar la información que necesitas para solicitar los Premios Contra Violencia de Género a Tesis doctorales en nuestra web. Si tienes una tesis doctoral que ha contribuido a mejorar el conocimiento de la dimensión de la violencia contra la mujer, no pierdas esta oportunidad y participa.

Datos básicos

Nº de becas
2
Nivel de estudio
  • Doctorado
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Requisitos para los Premios Contra Violencia de Género a Tesis doctorales

  • Podrán concurrir a la presente convocatoria las personas físicas de nacionalidad española o de cualquier estado miembro de la Unión Europea que hayan defendido su tesis doctoral sobre violencias contra las mujeres en cualquier universidad española, obteniendo la calificación de sobresaliente cum laude o calificación equivalente de acuerdo con la normativa de la universidad, dentro del período comprendido entre el 8 de julio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.
  • Asimismo, podrán concurrir a la presente convocatoria las personas físicas de nacionalidad extranjera que hayan defendido su tesis doctoral sobre violencias contra las mujeres en cualquier universidad española, obteniendo la calificación de sobresaliente cum laude o calificación equivalente de acuerdo con la normativa de la universidad, dentro del período comprendido entre el 14 de julio de 2022, fecha de entrada en vigor de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, y el 31 de diciembre de 2024.
  • Las tesis doctorales deberán haber sido defendidas en los idiomas habituales para la comunicación científica en su ámbito de estudio. En caso de estar escritas íntegra o parcialmente en una lengua diferente del castellano o del inglés se deberá aportar la correspondiente traducción al castellano, para que las personas que integran el jurado puedan valorarlas adecuadamente.
  • Asimismo, las tesis doctorales deberán ser inéditas, considerándose incumplido este requisito cuando, con anterioridad a la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria, la tesis haya sido íntegramente reproducida de forma múltiple en cualquier formato de impresión o medio audiovisual, o haya resultado premiada por alguna administración pública o cualquier entidad de carácter público o privado, salvo que la publicación la haya llevado a cabo la misma universidad en la que se haya presentado.
  • Con la presentación de las tesis, las personas autoras declaran responsablemente que su participación en la convocatoria no infringe ni infringirá derechos de terceros, en general, y derechos de propiedad intelectual, morales ni de explotación de terceros, ni derechos de propia imagen de terceros, en particular; y que han obtenido las preceptivas licencias y autorizaciones necesarias, de forma que pueden ceder a la DGVG como entidad convocante, los derechos de publicación y difusión de las tesis premiadas, en soportes propios, tanto impresos como digitales, con fines educativos y de sensibilización.
  • Las personas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
    • a. Tener plena capacidad de obrar.
    • b. No estar inhabilitadas o incursas en prohibición para la obtención de ayudas o subvenciones públicas de acuerdo con lo previsto en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
    • c. Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Dotación

La cuantía total de los Premios de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género a tesis doctorales sobre violencia contra las mujeres para el año 2025 será de ocho mil euros (8.000,00€), que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 30.03.232C.485 del presupuesto de gastos de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género.

Los Premios Contra Violencia de Género a Tesis doctorales se concederán a las dos mejores tesis presentadas, correspondiendo al primer premio una cuantía de cinco mil euros (5.000,00 €) y al segundo premio una cuantía de tres mil euros (3.000,00 €).

El abono se efectuará mediante un pago único por transferencia bancaria a la cuenta que determine la persona o personas beneficiarias.

Presentación

De acuerdo con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la solicitud de los Premios Contra Violencia de Género a Tesis doctorales se realizará exclusivamente por medios electrónicos, mediante formulario de inscripción, disponible en la sede electrónica asociada del Ministerio de Igualdad https://igualdad.sede.gob.es, en el siguiente enlace: https://igualdad.sede.gob.es/procedimientos/index/categoria/1375.

Para ello, será necesario disponer de DNI electrónico o de cualquier otro certificado digital reconocido admitido por las Administraciones Públicas. Las solicitudes deberán ser firmadas y registradas por cualquiera de las vías legalmente establecidas y deberán adjuntarse todos los archivos informáticos a presentar por las personas solicitantes.

La presentación de la solicitud determina la aceptación de todas las bases por las que se rige la convocatoria e incluye la declaración responsable de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones y, en particular, de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como la declaración de no ser deudor por procedencia de reintegro, a los efectos previstos en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Más información

Objeto y finalidad

  • Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de los premios de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género a tesis doctorales sobre violencia contra las mujeres para el año 2025.
  • La finalidad de dichos premios consiste en reconocer y recompensar a las personas autoras de aquellas tesis doctorales que, como consecuencia de su investigación, hayan contribuido a mejorar el conocimiento de la dimensión, consecuencias y características de la violencia contra la mujer, así como los medios para evitarla.
  • A estos efectos, se entenderá por violencia contra la mujer, de conformidad con lo dispuesto en la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, aprobada por Resolución 48/104, de 20 de diciembre de 1993, de la Asamblea General de las Naciones Unidas, “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener por resultado un daño o sufrimiento físico, psicológico o sexual para las mujeres, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada”, constituyendo la violencia de género una manifestación concreta de la misma.
  • La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género se reserva la posibilidad de publicar las tesis premiadas, previa inclusión dentro de su programa editorial anual. Para ello, en el plazo de seis meses se debe comunicar a las personas premiadas el compromiso de la DGVG de publicarlas.

Criterios de valoración

  1. De acuerdo con lo especificado en el artículo 11.2 de la Orden IGD/1220/2024, de 25 de octubre, la selección y adjudicación de los premios se efectuará teniendo en cuenta los siguientes criterios:
    • a. Justificación de las tesis doctorales: Se valorará el interés y carácter innovador de la tesis doctoral en relación con la violencia contra la mujer, así como su calidad científico-técnica, el rigor de su análisis, oportunidad y otros aspectos relacionados, hasta un máximo de 50 puntos, de la manera que sigue:
      • Interés: hasta 40 puntos.
      • Carácter innovador y oportunidad: hasta 5 puntos.
      • Calidad científico-técnica y rigor analítico: hasta 5 puntos.
    • b. Contenido de las tesis doctorales: Se valorará la calidad metodológica y la utilización de técnicas de investigación social, así como la propuesta de acciones innovadoras, ya sean de carácter piloto o experimental, cuya ejecución pueda facilitar información relevante para desarrollar políticas encaminadas a la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres, así como otros aspectos relacionados, hasta un máximo de 50 puntos, de la manera que sigue:
      • Calidad metodológica: hasta 20 puntos.
      • Utilización de técnicas de investigación social empírica o equivalentes en el caso de tesis teóricas: hasta 15 puntos.
      • Propuesta de acciones innovadoras: hasta 15 puntos.
  2. La puntuación máxima que podrá obtenerse será de 100 puntos.

Resolución


  1. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del Jurado, formulará la oportuna propuesta de resolución provisional, debidamente motivada. La propuesta de resolución provisional se publicará en la sede electrónica asociada del Ministerio de Igualdad y se concederá un plazo de diez días para presentar alegaciones. Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por las personas solicitantes, el órgano instructor elevará la propuesta de resolución definitiva al órgano competente para su resolución. Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por las personas solicitantes. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva.
  2. La propuesta de resolución definitiva deberá expresar las personas solicitantes para las que se propone la concesión de los premios, que deberán manifestar su aceptación expresa en el plazo de diez días desde su notificación, así como su cuantía, especificando sus evaluaciones y los criterios de valoración seguidos para efectuarlas. La propuesta de resolución definitiva se publicará en la sede electrónica asociada del Ministerio de Igualdad.
  3. Si, a juicio del Jurado, ninguna candidatura reuniera los requisitos suficientes, los premios podrán ser declarados desiertos. Asimismo, cuando no cumpliéndose alguno de los requisitos establecidos por la Orden IGD/1220/2014, de 25 de octubre o por la presente convocatoria, el jurado reconozca excepcionales méritos de interés y calidad en una tesis en concurrencia, éste podrá proponer al órgano instructor la concesión de una mención especial, sin dotación económica, a la persona autora de la misma. El órgano instructor formulará, en su caso, la oportuna propuesta de resolución al órgano competente para resolver.
  4. El órgano competente para la concesión de los premios adoptará la resolución que proceda en el plazo de quince días desde la fecha de elevación de la propuesta de resolución definitiva, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Las resoluciones serán motivadas, debiendo en todo caso quedar acreditados los fundamentos de la resolución que se adopte, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y expresarán, en todo caso, la puntuación obtenida por los solicitantes admitidos, desglosada con arreglo a los distintos criterios de valoración del apartado noveno. La resolución, además de contener las personas solicitantes a las que se conceden los premios, a los suplentes y, si existen, a las personas merecedoras de mención especial, hará constar, en su caso, la desestimación del resto de las solicitudes.
  5. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento a las personas interesadas será de seis meses contados desde la fecha de publicación de extracto de la convocatoria la y pondrá fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra ella, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación correspondiente, recurso administrativo de reposición ante el órgano del que proceda la resolución, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, en la forma prevista en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin que puedan simultanearse ambos recursos. Excepcionalmente, podrá acordarse una ampliación del referido plazo máximo de resolución y notificación, en los términos y con las limitaciones establecidas en el artículo 23.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, comunicándose dicho acuerdo a los solicitantes. Transcurrido el plazo máximo sin que se haya notificado la resolución, las personas interesadas habrán de entender desestimada su solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  6. La información sobre los premios concedidos se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), para su publicación, en los términos del artículo 30 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.8 de la citada ley. Los premios concedidos se podrán consultar en la página web de la BDNS: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index. Asimismo, los premios concedidos se publicarán en la página web de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género y se podrán consultar en el siguiente enlace: http://www.violenciagenero.igualdad.gob.es/sensibilizacionConcienciacion/premios/tesis/home.htm. Los ficheros electrónicos correspondientes a las tesis no premiadas serán eliminados en el plazo de dos meses desde la fecha de publicación de la resolución de concesión en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Enlaces de interés

https://violenciagenero.igualdad.gob.es/wp-content/uploads/convocatoria-firmada_2025.pdf

Documentación a adjuntar

Documentación a presentar por las personas solicitantes.

  • La solicitud deberá acompañarse en todo caso de la siguiente documentación:
    • a. Curriculum vitae, con exposición de méritos académicos y profesionales, conforme al modelo normalizado contenido en el anexo II de la presente convocatoria.
    • b Un ejemplar de la tesis doctoral escrita en castellano o en inglés y un resumen descriptivo de la misma, con una extensión máxima de diez páginas, escrito en castellano. Estos documentos deberán presentarse en soporte electrónico (el archivo informático deberá permitir su apertura en programas comúnmente utilizados con extensiones del tipo .doc, .pdf).
    • c. Una declaración responsable de que la tesis doctoral es inédita y no ha sido publicada por ninguna entidad pública o privada, salvo la propia universidad en la que se defendió, de acuerdo con el modelo contenido en el anexo III de la presente convocatoria.
    • d. Documentación expedida por la universidad española correspondiente en la que se acrediten la lectura y defensa de la tesis doctoral y la calificación obtenida.
    • e. En el caso de las personas solicitantes que no tengan su residencia fiscal en territorio español: certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes del país de residencia.
  • De conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el órgano instructor realizará la consulta y verificación de los datos identidad de las personas solicitantes, así como que estas se encuentren al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
  • En el caso de personas solicitantes extranjeras cuyo documento de identidad haya sido emitido por una Administración distinta a la española y, por lo tanto, no pueda realizarse la correspondiente consulta, deberá aportarse copia del documento nacional de identidad o pasaporte.
  • El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
  • La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género facilitará información sobre esta convocatoria en los números de teléfono 91 524 35 76 y 91 524 35 97, en la dirección de correo electrónico observatorio-violencia@igualdad.gob.es y a través de su página web: https://violenciagenero.igualdad.gob.es/sensibilizacionConcienciacion/premios/tesis/home.htm

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Premios Contra Violencia de Género a Tesis doctorales

El Ministerio de Igualdad convoca los Premios Contra Violencia de Género a Tesis doctorales con la finalidad de compensar y reconocer a aquellas personas que sean autoras de tesis doctorales que como consecuencia de la investigación que han realizado, han podido contribuir a mejorar el conocimiento de la dimensión, consecuencias y características de la violencia contra la mujer, así como los medios para evitarla.

El plazo de inscripción de la Beca "Premios Contra Violencia de Género a Tesis doctorales" es: desde 13/02/2025 hasta 12/03/2025.

La Beca "Premios Contra Violencia de Género a Tesis doctorales" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Premios Contra Violencia de Género a Tesis doctorales" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para bootcamps
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes