Becas Cursos de Inmersión en Lengua Inglesa UIMP
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Becas Cursos de Inmersión en Lengua Inglesa UIMP: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad Internacional Menéndez Pelayo es consciente de lo importante que es tener conocimiento de un idioma distinto al propio y lo esencial que es la formación integral de los jóvenes para una futura inserción en el mercado laboral. Por ello, la UIMP convoca las Becas Cursos de Inmersión en Lengua Inglesa UIMP.
Estas becas están destinadas a estudiantes que hayan obtenido la condición de becario del Ministerio de Educación para cursar enseñanzas Universitarias, Enseñanzas Artísticas Superiores, otros estudios superiores, Formación Profesional de Grado Superior o último curso de Bachillerato.
Los candidatos que finalmente sean seleccionados para beneficiarse de las Becas Cursos de Inmersión en Lengua Inglesa UIMP, disfrutarán de un programa de formación en inglés que cuenta con una duración de cuarenta horas lectivas distribuidas en cinco días, en régimen de internado, con alojamiento en habitaciones compartidas y régimen de pensión completa, en algunas de las sedes que participan en este programa.
De este modo, la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) pretende dotar de una formación complementaria en el conocimiento y dominio de la lengua inglesa a los candidatos a estas becas.
En caso de que desees conocer más información sobre las Becas Cursos de Inmersión en Lengua Inglesa UIMP, puedes consultarla toda a continuación ya que te facilitamos los datos sobre las fechas de presentación de solicitudes, los requisitos y todos los datos que seguro serán de tu interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- 3165
- Nivel de estudio
- Grado
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado superior
- Enseñanzas Artísticas Superiores
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán solicitar las Becas Cursos de Inmersión en Lengua Inglesa UIMP los jóvenes que hayan cumplido 18 años a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y no hayan cumplido 30 años a 31 de diciembre de 2024.
Los solicitantes tienen que haber obtenido la condición de becario para cursar Enseñanzas Universitarias, Enseñanzas Artísticas Superiores, otros estudios superiores, Formación Profesional de Grado Superior o último curso de Bachillerato en alguna de las siguientes convocatorias:
- a. Curso 2022-2023, becas de carácter general convocadas por Resolución del 10 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE de 12 de marzo de 2022).
- b. Curso 2021-2022, becas de carácter general convocadas por Resolución de 28 de julio de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE de 2 de agosto de 2021).
Dotación
La cuantía individual de cada una de las Becas Cursos de Inmersión en Lengua Inglesa UIMP será de 587,16 euros. El importe de las ayudas se financiará con cargo al crédito 28.101.323M.488 del presupuesto de gastos de la UIMP con una cuantía máxima total de 1.858.361,40 euros, con las siguientes anualidades para el ejercicio 2024: 1.664.598, 60 euros y para el ejercicio 2025: 193. 762,80 euros.
Presentación
Los interesados en las Becas Cursos de Inmersión en Lengua Inglesa UIMP, que cumplan los requisitos establecidos por esta Resolución, deberán cumplimentar la solicitud mediante el formulario accesible por internet, en la dirección www.educacionyfp.gob.es, a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en el apartado correspondiente a “Buscar trámites”, en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Previamente a su publicación oficial, la convocatoria y demás información exigida se comunicará a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido en la ley 38/2003, de 17 de noviembre.El solicitante deberá declarar en la solicitud de forma responsable que cumple los requisitos para ser beneficiario según el art.13 de la LGS y de que no incurre en ninguna de las situaciones de incompatibilidad especificadas en el punto 2 y 3 de la misma.La solicitud ya cumplimentada deberá ser firmada por el interesado con cualquiera de los sistemas de firma electrónica establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, incluyendo el sistema de clave concertada.
Una vez cumplimentada y firmada la solicitud, será enviada por el procedimiento telemático establecido a través de la Sede electrónica, en el plazo señalado anteriormente, quedando así presentada a todos los efectos.
La solicitud también podrá presentarse conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Salvo oposición expresa del solicitante, en cuyo caso el interesado deberá aportar los documentos correspondientes, la UIMP y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes podrán obtener de otras administraciones públicas la información que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de todos los datos de identificación y circunstancias personales y familiares, así como de la renta y patrimonio necesarios para la resolución de la solicitud de beca. En caso de no autorizarlo, el interesado deberá aportar los documentos correspondientes. Asimismo, autorizará al tratamiento de sus datos y a hacer públicas en la página web del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes las relaciones de beneficiarios con indicación de sus datos identificativos, de acuerdo con lo previsto en la normativa en materia de subvenciones y en la normativa de protección de datos de carácter personal.
Para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento los interesados podrán consultar la dirección electrónica a que se refiere el apartado anterior.
El órgano instructor del procedimiento será la Subdirección General de Becas, Ayudas al Estudio y Promoción Educativa del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Las solicitudes presentadas serán revisadas para, conforme a lo dispuesto en el artículo 68 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, requerir al interesado en su caso, que subsane los eventuales defectos o acompañe los documentos preceptivos en el plazo de diez días contados desde la recepción del requerimiento, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 21 de la misma Ley 39/2015.
Más información
Características del programa
- Los cursos se impartirán en dos modalidades: modalidad de Agilidad Oral en Inglés General y modalidad de Inglés Especializado. Las especialidades ofrecidas en la modalidad de Inglés Especializado serán: Ciencias de la Salud y de la Vida y Ciencias Sociales y Humanas.
- Ambas modalidades tendrán una duración de cuarenta horas lectivas distribuidas en cinco días y se desarrollarán en régimen de internado de domingo por la tarde a sábado por la mañana, con alojamiento en habitaciones compartidas y régimen de pensión completa, en las sedes que se recogen en el anexo a esta Resolución. La Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) podrá ajustar la oferta de semanas y sedes en función de la demanda de los estudiantes solicitantes y la disponibilidad de espacios, pudiendo aumentar o disminuir el número de plazas o reajustarlas de una semana a otra siempre que no excedan de 3.165.
- La UIMP aplicará todas las medidas que aconseje la autoridad sanitaria para garantizar la seguridad de los estudiantes y del resto de personas implicadas en los cursos.
Criterios de valoración
Tendrán preferencia para la obtención de estas ayudas aquellos solicitantes que no hubieran sido beneficiarios de las ayudas en convocatorias anteriores para realizar cursos de inmersión en lengua inglesa, organizados por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en los años anteriores. A tal efecto, los solicitantes admitidos que hayan sido beneficiarios de ayuda en convocatorias anteriores formarán un grupo que denominaremos B, quedando el resto de solicitantes admitidos en otro grupo, que denominaremos A. Cualquier solicitante del grupo A tendrá preferencia sobre los solicitantes del grupo B.
Dentro de cada grupo, los solicitantes serán ordenados por orden inverso a la renta familiar per cápita del solicitante que se utilizó para la concesión de la beca general del curso 2021-2022 o 2022-2023. Para equiparar las magnitudes de ambos años, se multiplicarán las rentas correspondientes al curso 2021-2022 por el factor 1,065. En el caso de solicitantes que hayan sido becarios del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en ambos cursos, se tomará la renta utilizada para la concesión de la beca del curso 2022-2023.
En el caso de que se produjeran empates en la renta, estos se resolverán dando preferencia a los solicitantes de mayor edad. En caso de persistir el empate se ordenará a los solicitantes por el número de expediente en orden creciente, dando preferencia a aquellos aspirantes cuyo número de expediente sea más bajo. Se entenderá por número de expediente el código de solicitud que generará la aplicación informática de forma automática por orden de entrada de las solicitudes.
El órgano mixto de selección producirá una lista única ordenada de todos los solicitantes admitidos, colocando, en primer lugar, la lista ordenada resultante de la aplicación de los criterios de valoración en el grupo A y, a continuación, la lista ordenada resultante de la aplicación de los criterios en el grupo B.
Resolución de concesión de las ayudas
Una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva y única a la que alude el número 9.3 de esta convocatoria, el Rector de la Universidad dictará la resolución que ponga fin al procedimiento. Dicha resolución contendrá la relación de ayudas concedidas y de candidatos suplentes. La resolución será notificada a los interesados mediante su publicación en la página web del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Los solicitantes que no figuren en dichas relaciones podrán entender desestimada su solicitud, a los efectos del derecho a recurso. Igualmente, conforme al artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las ayudas concedidas serán publicadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
La resolución se motivará por referencia al cumplimiento de las bases reguladoras y a la presente convocatoria y en atención que las solicitudes hayan obtenido la debida priorización conforme a los criterios de valoración especificados en el artículo 7.
En caso de existir beneficiarios que renuncien a las ayudas o no realicen en plazo alguna de las actuaciones que se indican en el artículo 11.1, el órgano concedente, a propuesta del órgano instructor, podrá efectuar sucesivas resoluciones de concesión con objeto de adjudicar las ayudas vacantes a los candidatos suplentes, por el orden en que estos aparezcan en la resolución inicial de concesión.
Contra la resolución de la convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.
Los participantes estarán cubiertos, durante el curso, por un seguro de accidentes y responsabilidad civil, cuyo tomador será la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.
Los participantes que sigan el curso con aprovechamiento y lo superen recibirán un diploma bilingüe acreditativo de su participación en un curso de inmersión en lengua inglesa impartido por la UIMP, con indicación de su duración y del nivel de competencia oral adquirido. La obtención del diploma comportará la asignación de dos créditos ECTS.
Asignación de plazas
Quienes resulten beneficiarios de las ayudas, recibirán una comunicación a través de la sede electrónica, del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en el apartado correspondiente a «Mis Notificaciones», que deberán descargar y en la que se les indicará que deben proceder en la forma que se indica a continuación:
- a. Los beneficiarios de la ayuda deberán cumplimentar de forma telemática en la plataforma del alumno de la UIMP, en el plazo que establezca esta, un test, con el fin de su distribución por grupos en alguno de los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: A1, A2, B1, B2, C1 y C2, en lo que respecta a la competencia oral. Quienes no realicen el citado test en el plazo establecido al efecto decaerán de la lista de las ayudas pasando estas al siguiente candidato de la lista de espera.
- b. Al finalizar el test, la plataforma de matriculación mostrará a los estudiantes la información necesaria sobre las sedes y semanas disponibles en función del nivel asignado. A partir del nivel B2, la plataforma informática les presentará las opciones para realizar el curso de Inglés Especializado, indicando las sedes y semanas disponibles. Los beneficiarios deberán seleccionar en el plazo que se les indique, la sede, semana y, en su caso, la modalidad del curso. La elección quedará sujeta a la disponibilidad de plazas en el momento de hacer la reserva.
- c. Antes de la confirmación de la plaza de acuerdo con la cláusula décima del convenio suscrito con el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes cada estudiante abonará a la UIMP 100 euros en concepto de reserva de plaza, de acuerdo con la propuesta de Resolución de la UIMP por la que se publican los precios a satisfacer por los servicios académicos universitarios para el año 2024, aprobada por su Consejo de Gobierno el 15 de febrero de 2024. La obligación de hacer este pago quedará condicionada a la efectiva aprobación por parte del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades de la citada Resolución, que actualmente se encuentra en tramitación. La reserva de plaza será posteriormente confirmada por la UIMP.
Los beneficiarios de ayudas afectados por algún tipo de discapacidad deberán comunicarlo por escrito a la UIMP en el plazo de siete días naturales desde que se realice el pago, con el fin de que la organización pueda adoptar las medidas necesarias respecto de la asignación de semana y sede a los efectos de su mejor participación en los cursos.
Incompatibilidad