Junta de Extremadura

Becas Complementarias Enseñanzas Universitarias Extremadura

Becas de estudiosBecas de alojamiento o residenciaUniversitarios

INSCRIPCIONES

11/07/202412/08/2024
Finalizada

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Becas Complementarias Enseñanzas Universitarias Extremadura: solicitud y plazos

Descripción

La Junta de Extremadura junto a la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, convocan las Becas Complementarias Enseñanzas Universitarias Extremadura.

Pueden presentar su candidatura a una de estas becas los alumnos que cursen estudios de Grado en la Universidad de Extremadura, que cuenten con residencia administrativa en Extremadura y que además reúnan el resto de los requisitos que se establecen en la convocatoria, como contar con una determinada nota media en los estudios que se están realizando.

A través de las Becas Complementarias Enseñanzas Universitarias Extremadura se concederá a los alumnos seleccionados una cantidad económica que será destinada a cubrir los gastos de residencia de los estudiantes durante el periodo académico.

La presentación de las solicitudes de estas becas se podrá realizar por medios electrónicos o por modalidad presencial, y deberá adjuntarse la documentación que se indica en la convocatoria.

La Junta de Extremadura es un organismo público que en cada curso académico establece un gran número de Becas orientadas a facilitar el desarrollo de estudios de distintos niveles académicos a la ciudadanía de esta comunidad autónoma.

Entre ellas, cabe destacar las Becas Complementarias Enseñanzas Universitarias Extremadura sobre las que podrás conocer y consultar toda la información a continuación.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Región de origen
  • Extremadura
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Para obtener la condición de persona beneficiaria de las Becas Complementarias Enseñanzas Universitarias Extremadura se establecen los siguientes requisitos:

  1. Matricularse, en el curso académico de la convocatoria, en régimen presencial de, al menos, 60 créditos en los estudios conducentes a un título universitario oficial de Grado en la Universidad de Extremadura, o de Grado en cualquier universidad pública del territorio español, siempre que se cursen estudios no impartidos en la Universidad de Extremadura, o no hubiera obtenido plaza en ella por no alcanzar la nota de corte correspondiente al curso académico en el que ingresó en la universidad. Podrán matricularse de un número inferior, en los siguientes casos: Cuando, para finalizar los estudios de Grado, les reste un número de créditos inferior a 60, siempre que se matriculen de todos los créditos restantes para finalizar los estudios. Cuando, estando en posesión de un título de diplomado, maestro, ingeniero o arquitecto técnico, cursen los créditos complementarios necesarios para obtener una titulación de Grado debiendo quedar matriculados en la totalidad de los créditos restantes para la obtención de la mencionada titulación. Solo tendrán derecho a beca cuando dichos créditos complementarios sean 60 o más. En ningún caso entrarán a formar parte de los mínimos referidos en este apartado los créditos correspondientes a distintas especialidades ni las asignaturas o créditos convalidados, adaptados o reconocidos.
  2. Acreditar la denegación de la beca del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en el curso de la convocatoria, por superar los umbrales de renta y/o patrimoniales, o bien acreditar la concesión de la Beca del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en el curso de la convocatoria exclusivamente con los componentes de matrícula y excelencia académica.
  3. Acreditar una nota media de 8,00 puntos o superior en el curso anterior:
    • a. Estudiantado de primer curso: la nota de acceso a la Universidad con exclusión de la calificación obtenida en las pruebas de las materias de opción del bloque de las asignaturas troncales, es decir, dicha nota de acceso se calculará conforme a la fórmula 0,6 NMB (nota media bachillerato) + 0,4 EBAU (evaluación del bachillerato para el acceso a la universidad). En las demás vías de acceso a la universidad se atenderá a la nota obtenida en la prueba o enseñanza que permita el acceso a la universidad.
    • b. Estudiantado de segundos y posteriores cursos: nota media obtenida en el curso anterior. En este caso, se aplicará un coeficiente corrector de 1,17 para las calificaciones procedentes de estudios del área de arquitectura e ingeniería, de 1,11 para las procedentes de estudios del área de ciencias y de 1,05 para las procedentes del área de ciencias de la salud.
  4. Acreditar la persona solicitante la residencia durante el curso académico de la convocatoria en la localidad en la que se ubica el centro universitario, debiendo ser ésta distinta a la del domicilio familiar y que deberá comportar gastos por razón de alquiler de vivienda o de hospedaje en pensión, residencia de estudiantes o establecimiento similar.
  5. Tener la persona solicitante y el padre o la madre con quien conviva vecindad administrativa en Extremadura, cuando se cursen estudios en otra universidad fuera de Extremadura.

Dotación

  • La cuantía máxima de las Becas Complementarias Enseñanzas Universitarias Extremadura por gastos de residencia durante el curso académico de la convocatoria, equivalente a dos cuatrimestres/semestres, será de 2.500 euros.
  • La cuantía máxima de la beca por gastos de residencia durante un cuatrimestre/semestre del curso académico de la convocatoria será de 1.250 euros.
  • En el caso que el crédito presupuestado en la convocatoria fuera insuficiente para atender todas las solicitudes que cumplen requisitos, el importe individual de cada beca se reducirá en un porcentaje. El citado porcentaje, que depende de la puntuación otorgada en función de la nota media acreditada según lo estipulado en el artículo 4.3 del presente decreto, se corresponde con las siguientes puntuaciones:
    • Nota media del estudiante - Puntuación - % reducción beca
      • De 8,00 a 8,49 puntos: 1 - 5%
      • De 8,50 a 8,99 puntos: 2 - 4%
      • De 9,00 a 9,49 puntos: 3 - 3%
      • 9,50 puntos o más: 4 - 2%
  • Si después de aplicar los porcentajes anteriores la cuantía total de becas a conceder sobrepasa o no alcanza el crédito presupuestado en la convocatoria, la diferencia resultante se prorrateará entre todas las solicitudes que cumplan requisitos, a fin de ajustar al máximo la cuantía de cada beca a los recursos de financiación de la correspondiente convocatoria.

Presentación

La solicitud de las Becas Complementarias Enseñanzas Universitarias Extremadura se podrá realizar por medios electrónicos o de manera presencial:

  • De elegir la presentación por medios electrónicos, se realizará en el Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura, ubicado en las sedes electrónicas, con las siguientes direcciones: https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf yhttps://tramites.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_REGGENERAL_INFO o a través de cualquiera de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Los solicitantes podrán optar por presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o de-pendientes, establecido en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un sistema de registro único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, incluidas en el anexo a la Resolución de 23 de abril de 2021 por la que se hace pública la relación de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para atender a lo previsto en el artículo 84.bis de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Igualmente podrán presentar su solicitud en una oficina de Correos de España, lo harán ensobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

Más información

Objeto

El presente decreto tiene como objeto establecer las bases que regulan la concesión de becas complementarias para sufragar los gastos derivados de la necesidad de residir de la persona solicitante fuera del domicilio familiar durante el curso académico de la convocatoria, para la realización de estudios conducentes a la obtención de un título oficial de:

  1. Grado en la Universidad de Extremadura.
  2. Grado en cualquier universidad pública del territorio español, siempre que dichos estudios, de carácter presencial, no sean impartidos en la Universidad de Extremadura, o no se hubiera obtenido plaza por no alcanzar la nota de corte en la Universidad de Extremadura en el curso académico en el que ingresó en la Universidad.

Excepcionalmente, quienes se matriculen de los estudios de Grado en Trabajo Social en otras universidades públicas podrán optar a la beca, aunque su nota de acceso sea superior a la nota de corte de la Universidad de Extremadura, por tratarse de estudios que son impartidos en un centro adscrito de la Universidad de Extremadura.

Personas beneficiarias

Podrán tener la condición de persona beneficiaria en el curso académico de la convocatoria el alumnado que curse estudios de Grado en la Universidad de Extremadura y el alumnado con vecindad familiar administrativa en Extremadura que realice estudios de Grado en cualquier universidad pública del territorio español, siempre que sean estudios no impartidos en la Universidad de Extremadura, con la excepción del Grado en Trabajo Social, o no hubiera obtenido plaza en la universidad extremeña por no alcanzar la nota de corte correspondiente en el curso académico en el que ingresó en la universidad.

Enlaces de interés

https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2024/1330o/24040105.pdf

Documentación a adjuntar

  1. Junto con la solicitud de la beca debidamente firmada se presentarán los siguientes documentos:
    • a. Notificación del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes que acredite la denegación de la beca por superar los umbrales de renta y/o patrimoniales, o bien notificación que acredite la concesión exclusivamente de los componentes de matrícula y excelencia académica, en el curso académico de la convocatoria, descargada de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
    • b. Acreditación de la residencia de la persona solicitante durante el curso académico, según el modelo normalizado de la convocatoria.
    • c. Documento de Alta de Terceros debidamente cumplimentado. No obstante, no será necesario esta documentación en caso de figurar en la base de datos del Sistema Contable de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Modelo de Alta de Terceros.
  2. Las personas solicitantes matriculadas en universidades distintas de la Universidad de Extremadura, además de los documentos anteriores, deberán acompañar:
    • a. Copia de la matrícula de la persona solicitante para el curso académico de la convocatoria, en la que se indiquen las asignaturas, número de convocatoria y créditos en que se matricula.
    • b. Documento acreditativo de las calificaciones obtenidas en las pruebas de acceso a la universidad, cuando se solicite beca para primer curso o se cursen estudios de Grado existentes en la Universidad de Extremadura.
    • c. Informe académico oficial del curso académico anterior a la convocatoria, en el que se indiquen asignaturas cursadas, créditos y calificaciones obtenidas.
  3. Las personas solicitantes que se opongan a la comprobación de oficio por la Junta de Extremadura de sus datos de vecindad administrativa y datos académicos deberán acompañar:
    • a. Informe académico oficial del curso anterior de la convocatoria expedido por la Universidad de Extremadura.
    • b. Certificado de empadronamiento de la unidad familiar expedido por el Ayuntamiento correspondiente. Este documento es sólo para el alumnado que no estudie en la Universidad de Extremadura.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

La Junta de Extremadura junto a la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, convocan las Becas Complementarias Enseñanzas Universitarias Extremadura.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Complementarias Enseñanzas Universitarias Extremadura" es: desde 11/07/2024 hasta 12/08/2024.

La Beca "Becas Complementarias Enseñanzas Universitarias Extremadura" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Complementarias Enseñanzas Universitarias Extremadura" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes