Becas ICEX de Internacionalización Empresarial
INSCRIPCIONES
Becas ICEX de Internacionalización Empresarial: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas ICEX de Internacionalización Empresarial son convocadas por ICEX España Exportación e Inversiones y se dividen en tres fases.
La Fase 0, tienen como fin realizar un Máster Universitario en Gestión Internacional de la Empresa, la Fase I, consiste en la realización de prácticas en la red de Oficinas Económicas y Comerciales de España en el exterior, y por último, la fase II que consiste en realizar prácticas en empresas, entidades u organismos internacionales tanto dentro como fuera de España.
Las Becas tienen como objetivo principal facilitar y promover la inserción laboral de los becarios mediante numerosas oportunidades laborales que les ayuden a conseguir empleos estables y de calidad.
Los beneficiarios de estas ayudas deberán cumplir con los requisitos establecidos por el convocante, ICEX España Exportación e Inversiones, durante todo el proceso de disfrute y desarrollo de las becas.
ICEX España Exportación e Inversiones es una entidad pública empresarial que actúa en el ámbito nacional y que tienen como misión principal el promover la internacionalización de las empresas españolas a la vez que promueve y facilita la inversión extranjera. Para ello, ICEX promueve y desarrolla numerosos programas y becas orientados tanto a empresas como a personas físicas. Muestra de ello son las Becas ICEX de Internacionalización Empresarial.
Aquí te mostramos toda la información relacionada con las Becas ICEX de Internacionalización Empresarial, como plazos de presentación de la solicitudes, lugar de presentación de las mismas y documentación que deberás aportar, entre otros datos.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- País de destino
- Suiza
- Rusia
- Portugal
- Italia
- Polonia
- Lituania
- Nacionalidades
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Requisitos para solicitar las Becas ICEX de Internacionalización Empresarial:
Podrán acceder a la condición de beneficiario o beneficiaria de las becas convocadas por esta resolución, las personas físicas que, además de no incurrir en las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, reúnan los siguientes requisitos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes:
- Nacionalidad. Estar en posesión de la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.
- Edad. Haber nacido a partir de 1 de enero de 1997.
- Titulación. Estar en posesión de una titulación universitaria superior de grado que permita el acceso a los estudios oficiales de Máster Universitario de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad:
- La posesión de un título universitario oficial de Graduada o Graduado español o equivalente es condición para acceder a un Máster Universitario, o en su caso disponer de otro título de Máster Universitario, o títulos del mismo nivel que el título español de Grado o Máster expedidos por universidades e instituciones de educación superior de un país del EEES que en dicho país permita el acceso a los estudios de Máster.
- De igual modo, podrán acceder a un Máster Universitario del sistema universitario español personas en posesión de títulos procedentes de sistemas educativos que no formen parte del EEES, que equivalgan al título de Grado, sin necesidad de homologación del título, pero sí de comprobación por parte de la universidad del nivel de formación que implican, siempre y cuando en el país donde se haya expedido dicho título permita acceder a estudios de nivel de postgrado universitario. En ningún caso el acceso por esta vía implicará la homologación del título previo del que disponía la persona interesada ni su reconocimiento a otros efectos que el de realizar los estudios de Máster. No obstante, lo señalado en el primer párrafo de este punto, la titulación se puede obtener y acreditar hasta la finalización del procedimiento de selección y con anterioridad a la resolución definitiva de concesión.
- Idiomas. Acreditar poseer conocimiento avanzado de inglés. El nivel mínimo exigido, es el B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL)). En el Anexo I se recogen los certificados/títulos de nivel admitidos. Se aceptarán los títulos que hayan sido emitidos a partir del 1 de enero de 2020. Con carácter excepcional, y solo en aquellos casos en que, en la titulación universitaria exigida en esta convocatoria, se hayan cursado un mínimo de 180 ECTS en inglés, se admitirá como acreditación de este requisito la certificación académica personal en la que deberá constar la duración oficial en años académicos, el plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas, su calificación y carga lectiva de cada una de ellas. La puntuación asignada será la correspondiente al nivel C1. En caso de solicitar que se reconozca una puntuación superior al nivel C1, se deberá aportar, además, certificación de su universidad en la que conste que el nivel de idioma inglés adquirido al finalizar sus estudios universitarios, es el equivalente al nivel C2 según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL).
- No haber sido beneficiario o beneficiaria de estas becas en ediciones anteriores salvo que haya renunciado a la beca con anterioridad al inicio efectivo del Máster.
- No haber disfrutado de otras ayudas para la misma finalidad del Programa de Becas de cualquier Administración o ente público o privado, nacional de la Unión Europea o de Organismos Internacionales en los últimos tres años.
- No padecer enfermedad ni limitación física o psíquica incompatible con la realización de las actividades que constituyen el objeto de la subvención. No tener antecedentes penales, ni estar incurso o incursa en causa penal con medidas cautelares que pudieran impedir el normal desarrollo de la beca, en tanto se emite sentencia firme, hecho del que se habrá de informar al Departamento de Becas de ICEX en el momento en que se produzca. De no ser ésta absolutoria, conllevará la perdida de la subvención y devolución de los importes percibidos, en el caso de resultar beneficiario o beneficiaria de la beca tras el proceso de selección.
Dotación
Cuantía total máxima de Becas ICEX de Internacionalización Empresarial correspondiente a esta convocatoria.
La cuantía total máxima de ayudas correspondientes a esta convocatoria asciende a 15.500.500 euros con cargo al presupuesto de ICEX y estando en todo caso sujeta a disponibilidades presupuestarias del mismo.
La cuantía total máxima fijada en la presente convocatoria podrá ser ampliada dentro de los créditos disponibles hasta 2.499.500 euros adicionales, sin necesidad de una nueva convocatoria. De conformidad con lo que establece la Orden ICT 100/2020 de 31 de enero, la cuantía máxima de ayuda en concepto de dotación que recibirá cada becario o becaria, en cada fase será la siguiente:
Fase 0: Máster
ICEX asumirá los costes del Máster oficial, excepto el precio público que se regirá por lo aprobado y publicado mediante resolución de la Secretaría General de Universidades del Ministerio de Universidades en el «Boletín Oficial del Estado», y se abonará directamente por el alumno o alumna.
ICEX concederá una dotación de 500 euros por beneficiario o beneficiaria para afrontar los gastos de alojamiento, transportes y manutención durante el periodo del Máster oficial. La ayuda podrá elevarse a 2.000 euros en los casos de empadronamiento distinto a la Comunidad de Madrid desde, al menos, 3 años antes de la fecha de publicación de esta convocatoria.
Fase I: Prácticas en Oficinas Económicas y Comerciales de España en el exterior.
Las dotaciones brutas individuales anuales de referencia de las becas para la realización de prácticas en las Oficinas Económicas y Comerciales serán las siguientes, según ciudades de destino.
La lista de destinos y las cuantías económicas asignadas a cada uno de ellos, reflejadas en el cuadro a continuación, son una estimación a modo de referencia, sujeta a eventuales alteraciones y actualizaciones en el futuro.
Fase II: Prácticas en empresas, entidades u organismos internacionales.
Para el cálculo de las cuantías individualizadas se utilizará el mismo procedimiento establecido para la Fase I.
El porcentaje de financiación que ICEX asume en concepto de ayuda al beneficiario o beneficiaria en esta convocatoria es del 100% en el caso de organismos internacionales, de hasta un máximo del 100% de la dotación bruta en el caso de una PYME (definida de conformidad con el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión) o entidad y de hasta un máximo del 75% de la dotación bruta para las grandes empresas dentro de las cuales se encuentran aquellas empresas con una facturación entre 50 millones y 1.500 millones de euros siendo el resto asumido por la empresa, entidad u organismo adherido al Programa.
La empresa o entidad proveerá y sufragará los gastos del desplazamiento del becario o becaria al destino asignado, y los de retorno a su residencia habitual al finalizar el periodo de prácticas, así como los gastos ocasionados por los desplazamientos que deba realizar en razón de su actividad y del plan de formación. Asimismo, la empresa o entidad asume la gestión, los costes de expedición o renovación del visado.
Presentación
La presentación de solicitudes para las Becas ICEX de Internacionalización Empresarial seguirá el modelo de solicitud publicado en el portal de internet de ICEX, www.icex.es, y estará dirigida al órgano instructor, que será el Departamento de Becas de ICEX responsable del Programa. La presentación de solicitud de beca supone la aceptación de lo dispuesto en la presente Convocatoria, en la Orden de Bases y modificaciones, que la regulan, así como la declaración de cumplir con los requisitos exigidos. Esta solicitud deberá ser acompañada con el Anexo III firmado.
Más información
Objeto y finalidad
La presente Resolución tiene por objeto la convocatoria para la concesión de las Becas de Internacionalización Empresarial de ICEX a personas físicas, con nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, a fin de realizar un Máster universitario en Gestión Internacional de la Empresa (MBA in International Management) (Fase 0), prácticas en la red de Oficinas Económicas y Comerciales de España en el exterior (Fase I), así como prácticas en empresas, entidades u organismos internacionales de los que España es miembro (Fase II).
La finalidad última será la de la inserción laboral de los becarios y becarias ofreciéndoles oportunidades profesionales y ayudándoles a conseguir empleos estables, cualificados y de calidad.
Condiciones de la beca
El Programa de Becas contará con tres fases sucesivas que serán el Máster Universitario en Gestión Internacional de la Empresa (Fase 0), las prácticas en la red de Oficinas Económicas y Comerciales de España en el exterior (Fase I) y las prácticas en empresas, entidades u organismos internacionales, dentro y fuera de España (Fase II).
La concesión y disfrute de las becas, dado su carácter formativo, no supondrá vinculación laboral o funcionarial entre el becario o becaria e ICEX e implicará por parte de aquel o aquella la aceptación de lo dispuesto en las bases reguladoras y en esta convocatoria. La cantidad que se abone a los becarios y becarias en ningún caso tendrá la consideración de salario o remuneración, sino de ayuda económica para formación. El disfrute de estas becas no tendrá en ningún caso la consideración de servicios previos ni de servicios efectivos, ni servirá como mérito para el ingreso en la Administración Pública ni para los procedimientos de provisión de puestos de trabajo.
Accederán a la Fase 0 un máximo de 300 candidatos y candidatas que, reuniendo los requisitos, hayan superado el proceso de selección, conforme a lo establecido en el apartado Décimo de esta convocatoria. Se reserva para personas con discapacidad un dos por ciento (2%) de las plazas ofertadas. A los efectos de esta convocatoria, se entiende por persona con discapacidad la definida en el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, es decir, aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. La persona candidata deberá hacerlo constar de forma expresa en su solicitud y aportar la documentación requerida, conforme a lo recogido en el apartado Séptimo de esta convocatoria.
Posteriormente, accederán a la Fase I de prácticas en la red de Oficinas Económicas y Comerciales de España en el exterior, un máximo de 280 becarios o becarias conforme a las puntuaciones obtenidas. Para poder acceder a la Fase I, los becarios y becarias tendrán que haber superado las materias y asignaturas obligatorias y optativas del Máster.
Las prácticas en las Oficinas Económicas y Comerciales durarán un año, de enero a diciembre 2027. No obstante, dada la necesidad de que todos los becarios o becarias finalicen su actividad formativa al mismo tiempo, en el caso de que la incorporación de alguno o alguna no fuera posible en la fecha inicial fijada, esta duración podrá acortarse en los casos en que proceda. De la misma manera, por razones formativas en casos excepcionales y debidamente justificados, ICEX podrá autorizar la ampliación de ese periodo.
La formación que obtendrá el becario o becaria en este periodo de prácticas versará sobre el acceso al mercado local de bienes y servicios, la operativa del comercio e inversiones, la participación en proyectos de inversión y compras públicas y las necesidades reales de los empresarios españoles y locales, entre otras áreas, y vendrá determinada por las actividades específicas que realice dentro del Programa de Becas de Internacionalización, bajo la supervisión del Consejero o Consejera Económico y Comercial o, en su caso, del Agregado o Agregada Comercial, de la Oficina Económica y Comercial del país de destino.
Se realizarán, entre otras actividades, tareas formativas en internacionalización, como las que se señalan a continuación:
- Ejecución de acciones promocionales.
- Actividades de prospección de mercado, identificación de oportunidades, y fomento de exportaciones.
- Aprendizaje de las técnicas y procedimientos de los Organismos Internacionales, así como seguimiento de sus políticas y estrategias en materia de ayuda al desarrollo.
- Localización y seguimiento de las oportunidades en Organismos Internacionales.
- Seguimiento de fondos de cooperación y ayuda en los Organismos Internacionales, así como de las licitaciones en las que participen empresas españolas.
- Acciones de la antena multilateral que opere en las OFECOMES.
- Implantación o inversión de empresas españolas en el extranjero, incluyendo el cálculo de los costes de instalación.
- Actividades relacionadas con la atracción de inversiones extranjeras en España.
- Manejo de bases de datos y de actividades de tipo informativo sobre el mercado objetivo.
- Recopilación de información y redacción de notas.
- Seguimiento de la economía y política comercial del país de destino.
- Ejecución de las acciones que se realicen en los mercados objetivos de los sectores de contenido tecnológico, tales como infraestructuras, medio ambiente, energía, plantas industriales, etc.
- Actividades de prospección de mercado e identificación de oportunidades en estos sectores.
En el caso de que así se estime conveniente, entre las tareas formativas, podrían incluirse, actividades orientadas a proyectos tecnológicos o a Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs).
Por último, accederán a la Fase II aquellos becarios o becarias que hayan completado de forma satisfactoria la Fase I de prácticas en las Oficinas Económicas y Comerciales de acuerdo con lo establecido en la Orden de Bases y acepten expresamente su acceso a la Fase II a través del modelo normalizado que estará disponible en el portal de internet de ICEX, www.icex.es. Las prácticas en empresas, entidades u organismos internacionales comenzarán en 2028, y tendrán una duración de un año a partir de la fecha de inicio fijada en el compromiso o acuerdo correspondiente, tal como se establece en el artículo 29 de la orden ICT/100/2020, de 31 de enero. Las correspondientes prácticas podrán desarrollarse dentro o fuera de España, bien sea en empresas y entidades constituidas jurídicamente en España con actividad internacional, o en alguna de sus filiales en el exterior, así como en organismos internacionales.
Enlaces de interés
https://www.icex.es/content/dam/es/icex/documentos/todos-nuestro-servicios/formacion-capacitacion-empresarial/scholarships/documents/becas-icex-50-promocion/dp/resolucion-convocatoria-becas-icex-50-promocion.pdf
Documentación a adjuntar
Los documentos que se presentarán y que están referidos a la acreditación de los requisitos exigidos a los y las solicitantes, son los siguientes:
- Copia en vigor del DNI, Pasaporte o NIE.
- Copia del Título de Grado que da acceso a los estudios de Máster universitario o, en su defecto, copia del resguardo de solicitud del mismo o documento equivalente, o certificado emitido por la universidad, que acredite haber obtenido todos los créditos ECTS correspondientes al título de Grado cursado. No obstante, tal y como se señala en el apartado anterior, la titulación se puede obtener y acreditar hasta la finalización del procedimiento de selección, con anterioridad a la resolución definitiva de concesión, únicamente a los efectos de demostrar el cumplimiento del requisito 3 del apartado Sexto.
- Para los títulos extranjeros de educación superior homologados, deberá aportarse junto con el propio título, copia de la certificación académica personal en la que deberá constar la duración oficial en años académicos, el plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas, su calificación y la carga lectiva de cada una de ellas.
- En el caso de títulos extranjeros de educación superior no homologados o en trámites de homologación, se aportará certificación de la universidad donde se haya cursado los estudios, en la que conste que los mismos facultan para el acceso a estudios de postgrado en el país expedidor, además de copia de la certificación académica personal en la que deberá constar la duración oficial en años académicos, el plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas, su calificación y la carga lectiva de cada una de ellas.
- En el caso de estudios cursados con un sistema de créditos distinto a los ECTS, deberá aportarse la documentación que acredite la equivalencia a ECTS.
- Copia del certificado de inglés acorde al nivel mínimo exigido. Con carácter excepcional, y solo en aquellos casos en que, en la titulación universitaria exigida en esta convocatoria, se hayan cursado un mínimo de 180 ECTS en inglés, se admitirá, como acreditación de este requisito, la certificación académica personal en la que deberá constar la duración oficial en años académicos, el plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas, su calificación y carga lectiva de cada una de ellas. La puntuación asignada será la correspondiente al nivel C1. En caso de solicitar que se reconozca una puntuación superior al nivel C1, se deberá aportar, además, certificación de su universidad en la que conste que el nivel de idioma inglés adquirido al finalizar sus estudios universitarios es el equivalente al nivel C2, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL). En este caso, habrá de aportarse con la presentación de la solicitud, el título o resguardo de su solicitud y certificación académica personal.
- Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La presentación de la solicitud por parte de la persona candidata conllevará la autorización a ICEX para recabar de forma directa la acreditación del cumplimento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en España. En el caso de residentes en el País Vasco o Navarra, deberá aportar, además, certificado de la Hacienda Foral de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con esta Administración, siendo, en este caso, el propio interesado quien lo solicite y aporte. No obstante, la persona candidata podrá denegar expresamente el consentimiento en la solicitud de inscripción, debiendo aportar entonces los certificados correspondientes de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en España.
- Certificado que acredite no tener antecedentes penales, según recoge el apartado Sexto de esta convocatoria, emitido a partir del 18 de marzo de 2025. Estas prohibiciones y requisitos, señalados en los apartados anteriores, d) y e), subsistirán durante el desarrollo de todas las Fases del Programa, reservándose ICEX el derecho a exigir documentación que lo acredite. Esta información y documentación será comprobada durante la fase de entrevista, quedando ésta condicionada al cumplimiento de estos requisitos.
- Certificado de Empadronamiento en vigor: Las personas candidatas que cumplan la condición de residentes fuera de Madrid en los términos establecidos en el apartado Quinto.1 de esta convocatoria, declarada en su solicitud de inscripción, deberán aportar el certificado de empadronamiento que así lo acredite.
- Las personas candidatas que hayan manifestado de forma expresa en su solicitud, que reúnen un grado de discapacidad requerido, deberán acreditar el mismo mediante certificado expedido al efecto por los órganos competentes de las comunidades autónomas o, en el caso de las ciudades de Ceuta y Melilla, por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales. Asimismo, se adjuntará en la solicitud una foto tamaño carnet y currículum vitae en español.
- Cualquier documento requerido que se presente en idioma distinto del español o inglés, deberá acompañarse con una traducción jurada.
- En la solicitud se señalará la ciudad elegida para realizar las pruebas selectivas de habilidades. En el caso de que éstas se celebren en modalidad presencial, serán Barcelona, Bilbao, Las Palmas de Gran Canaria/Santa Cruz de Tenerife, Madrid, Sevilla, Valencia y La Coruña/Vigo.
La persona candidata, deberá abonar 30 euros en concepto de derechos de inscripción y gestión, al finalizar la cumplimentación del formulario y siguiendo las indicaciones que figuran en el mismo.
Una vez presentada la solicitud, no se devolverán los importes abonados en concepto de derechos de inscripción y gestión, aunque el participante solicite retirar su candidatura.