Becas Estudios Universitarios - Gobierno de Canarias
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Becas Estudios Universitarios - Gobierno de Canarias: solicitud y plazos
Descripción
El Gobierno de Canarias ofrece numerosas becas, ayudas y subvenciones destinadas a los estudios, con la intención de colaborar con las familias con menos recursos a sufragar los gastos y luchando por la igualdad de oportunidades entre los estudiantes de Canarias. Para ello, el Gobierno de Canarias convoca las Becas Estudios Universitarios - Gobierno de Canarias.
Las Becas para estudios universitarios - Gobierno de Canarias van destinadas a aquellos estudiantes que estén realizando sus estudios en una universidad pública en estudios oficiales de Grado, Máster, Ingeniero, Diplomado, Licenciado, Arquitecto, Maestro, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico.
Para determinar a los alumnos que serán beneficiarios de las Becas Estudios Universitarios - Gobierno de Canarias, se tendrán en cuenta la situación económica, social y académica de cada uno de los candidatos, con la intención de dotar con estas becas a aquellos que cuenten con mejores expedientes académicos y que más lo necesiten debido a sus circunstancias económicas.
Además, estas becas también tienen en cuenta a aquellos alumnos que cuentan con alguna diversidad funcional, con lo que el Gobierno de Canarias pone en alza el principio de igualdad de oportunidades entre el alumnado y la inclusión de todos los colectivos sociales.
Aquí podrá encontrar todas las ayudas y becas ofrecidas por el Gobierno de Canarias.
Si desea obtener más información sobre, las Becas Estudios Universitarios - Gobierno de Canarias en esta web encontrará los plazos, requisitos y otros datos de interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Ingeniería
- Arquitectura
- País de origen
- España
- Región de origen
- Canarias
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos generales
Quién puede solicitar la beca: Estudiantes con renta familiar domiciliada en Canarias hasta el 31 de diciembre de 2022 que estudien en:
- Universidades públicas canaria: Quedan fuera de esta convocatoria los estudiantes en centros privados aunque la titulación esté adscrita a una universidad pública canaria: Grado de Turismo en la Escuela Iriarte y Escuela de Turismo de Tenerife.
- Los estudiantes de la Escuela Universitaria de Turismo de Lanzarote, adscrita a la ULPGC, entran en la convocatoria al ser financiada en su totalidad con presupuesto público del Cabildo de Lanzarote.
- En otras universidades públicas españolas cuando no puedan matricularse en Canarias.
- En la UNED.
Se ha de estar matriculado en estudios oficiales de Grado, Máster, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico.
- Según la tipología de los estudios:
- Estudios presenciales o no presenciales:
- Estar matriculado en estudios oficiales de Grado, Máster, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico.
- Estudios de Grado y Máster:
- Beca completa: matrícula en un mínimo de 60 créditos ECTS.
- Beca parcial: matrícula en un mínimo de 30 créditos (en estudios de grado se considera matrícula parcial entre 30 y 59 créditos).
- Excepciones: Existen excepciones respecto del número de créditos a matricularse:
- Para último curso de carrera, personas con discapacidad y otros casos singulares.
- Estas becas van destinadas a estudiantes que no cumplan con los requisitos para ser beneficiario de todas o alguna de las modalidades de beca convocadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
- Rendimiento académico exigido:
- Para quienes se matriculan en primer curso:
- Las personas solicitantes de beca de primer curso de carrera, que no tengan currículum universitario previo, y que cumplen con los requisitos establecidos en la convocatoria de becas universitarias del Ministerio de Educación y Formación Profesional para el curso 2023/2024, no podrán ser becados por el Gobierno de Canarias.
- No obstante, las personas que concurran a esta convocatoria de becas, que accedieron a la universidad en el curso anterior y que cambien de estudios, solo podrán obtener beca siempre y cuando cumplan en el curso anterior los requisitos académicos exigidos en esta base. Se considerará a estos efectos, como rendimiento académico, que debe cumplir la persona solicitante para obtener beca en los nuevos estudios, el que hubiera debido obtener en los estudios abandonados.
- Continunidad de estudios: Haber superado como mínimo en el curso anterior los siguientes créditos:
- Ramas de Ingeniería, Arquitecturas, Enseñanzas Técnicas y Ciencias: Haber superado el 50% de los créditos sobre el número mínimo exigido para matricularse en el curso anterior.
- Rama de Ciencias de la Salud: Haber superado el 60% de los créditos sobre el número exigido para matricularse en el curso anterior.
- Otras ramas universitarias: Haber superado el 70% de los créditos sobre el número mínimo exigido para matricularse en el último curso anterior.
- Titulaciones de Ciencias en la Universidad de La Laguna y Universidad de Las Palmas de Gran Canaria:
- Biología
- Ciencias Ambientales
- Química
- Física
- Matemáticas
- Ciencias del Mar
- Máster: Tener la titulación para acceder al Máster.
- Excepciones: Existen excepciones respecto del número de créditos exigibles superados el curso anterior para:
- Personas con discapacidad
- Estudiantes en estudios de segundo ciclo
- Proyectos fin de carrera
- Cambio de estudios
- Otros casos singulares
- Matrícula parcial: En el caso de haber optado, en el curso anterior o último realizado, por la matrícula parcial, haber superado la totalidad de los créditos matriculados. No obstante, podrán obtener la beca de matrícula como único componente quienes cumplan con los requisitos académicos exigidos para cada enseñanza, esto es:
- 50% en las enseñanzas de ingeniería, arquitectura y ciencias.
- 60% en las enseñanzas de ciencias de la salud.
- 70% resto de enseñanzas.
- Para el curso 2021-2022, aquellos alumnos que hubieran optado por matrícula parcial (30 a 59 créditos), podrán obtener todas las modalidades de beca a las que tuviere derecho si:
- Superan 30 créditos en las enseñanzas de ingeniería, arquitectura y ciencias.
- Superan 36 créditos en las enseñanzas de ciencias de la salud.
- Superan 42 créditos en el resto de enseñanzas.
Dotación
Becas de cuantía fija
- a. Beca fija de matrícula.
- b. Cuantía fija ligada a la renta.
- c. Cuantía fija ligada a la residencia durante el curso académico.
Ayudas y cuantías adicionales
- a. Cuantías adicionales para el transporte marítimo y aéreo.
- b. Ayudas para estudiantes con diversidad funcional.
- a. Beca fija de matrícula. La beca fija de matrícula cubrirá el importe de los créditos de los que se haya matriculado la persona solicitante, en el curso académico 2023/2024, por primera, segunda y tercera vez, de forma general, o por primera, segunda, tercera y cuarta vez, en el caso de estudios de la rama de Ingeniería, de Arquitectura y de Ciencias.
- b. Cuantía fija ligada a la renta: 1.700 euros.
- c. Cuantía fija ligada a la residencia durante el curso escolar: 2.500 euros.
- Personas con domicilio familiar en las islas de Gran Canaria o Tenerife:
- a. Si cursan sus estudios en universidades públicas de Canarias: 442 euros.
- b. Si cursan sus estudios en universidades públicas del resto de España: 888 euros.
- Personas con domicilio familiar en las islas de El Hierro, Fuerteventura, La Gomera, La Graciosa, La Palma o Lanzarote:
- a. Si cursan sus estudios en universidades públicas de Canarias: 623 euros.
- b. Si cursan sus estudios en universidades públicas del resto de España: 937 euros.
Presentación
Las personas interesadas en acceder a las becas para la realización de estudios universitarios deberán cumplimentar el formulario de solicitud disponible en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, únicamente en formato digital por ser un colectivo que reúne los requisitos adecuados y ha demostrado ostentar un nivel de conocimientos técnicos para ello.
La solicitud deberá presentarse de forma electrónica:
- a. Para la presentación electrónica, tras rellenar todos los campos del modelo de solicitud telemática, esta deberá ser firmada por la persona interesada con cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados y disponibles en la sede electrónica del Gobierno de Canarias. Para ello, será requisito indispensable disponer de cualquiera de los sistemas de identificación disponibles en la sede electrónica departamental, que se pueden consultar en el apartado “la sede - Sistemas de identificación y firma aceptados”.
- b. En el caso de que el alumnado no haya realizado la solicitud de beca en el periodo convocado y se haya concedido un periodo extraordinario de matrícula, estará obligado a solicitar a la Dirección General de Universidades e Investigación el enlace a los efectos de cumplimentar la solicitud, que se hará de forma telemática.
- c. En supuestos de interrupción no planificada en el acceso a la solicitud, y siempre que sea posible, se dispondrá de las medidas para que la persona usuaria resulte informada de esta circunstancia. En tales supuestos, si se produjera la interrupción del servicio, se podrá declarar inhábil el último día del plazo de inminente vencimiento para la presentación de solicitudes, exclusivamente a los efectos del cómputo de plazos, reanudándose dicho cómputo el siguiente día hábil, mediante una Resolución del Director General de Universidades e Investigación, que será objeto de publicación en la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
Más información
Enlaces de interés
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2023/176/009.html
Documentación a adjuntar
- Las personas solicitantes deberán aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de la convocatoria una vez le sea requerida por la Dirección General de Universidades e Investigación.
- Además se aportarán, en su caso, los siguientes documentos acreditativos:
- a. Si se declara responsablemente en la solicitud la independencia familiar y económica: la documentación que acredite, por una parte, que se obtienen rendimientos o se dispone de capitales propios que permitan dicha independencia y, por otra parte, la titularidad o el alquiler de domicilio propio.Si se declara responsablemente en la solicitud que se depende económicamente de una persona distinta a sus progenitores o tutores: el documento judicial o informe de los servicios sociales que justifican tal dependencia.
- b. En caso de divorcio con custodia compartida, se aportará la correspondiente sentencia judicial.
- c. Certificado en el que se acredite el motivo por el que el alumnado no se ha matriculado del mínimo de créditos que establece la convocatoria expedido por la Secretaría del centro donde cursa sus estudios.
- d. Si vive fuera del domicilio familiar deberá aportar contrato de arrendamiento o credencial de residencia de estudiantes o colegio mayor.
- e. El alumnado que no realiza sus estudios en las universidades públicas canarias deberá además aportar la siguiente documentación:
- Certificado académico personal, original o copia compulsada del mismo, con los datos del último curso universitario realizado, en el que se indiquen el número de créditos matriculados y el número de créditos superados, así como las calificaciones obtenidas.
- Documento de matrícula del curso académico al que se refiere la convocatoria a la que se concurre, que detalle el número de créditos matriculados y sus importes.
- Certificación de la nota de acceso a la universidad si el alumnado es de nuevo acceso a la universidad o cursa una titulación que se imparte en Canarias.
En cualquier momento del procedimiento se podrá requerir que se aporten los documentos originales justificativos de las circunstancias alegadas, así como cualquier otro necesario para la adecuada valoración de la beca y ayuda solicitada.
Personas con discapacidad
Ayudas para estudiantes con diversidad funcional.
El estudiantado afectado de una discapacidad legalmente clasificada será beneficiario de las siguientes ayudas, según el grado reconocido:
- a. Grado de discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 50%: 600 euros.
- b. Grado de discapacidad igual o superior al 50% e igual o inferior al 65%: 900 euros.
- c. Grado de discapacidad superior al 65%: 1.500 euros.
- d. Grado de discapacidad superior al 65% y nivel de dependencia grado III, nivel 2: 3.000 euros.