Becas Ayudas a la digitalización de partituras
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Becas Ayudas a la digitalización de partituras: solicitud y plazos
Descripción
La Fundación SGAE abre una nueva línea ayudas en su programa de apoyo a la promoción del repertorio SGAE con las Becas ayudas a la digitalización de partituras. Con estas ayudas la fundación quiere apoyar la digitalización de las obras musicales para orquesta sinfónica, agrupaciones de cámara y bandas sinfónicas de música clásica.
Podrán participar en las Becas ayudas a la digitalización de partituras, los editores de música socios de la SGAE que estén trabajando en obras musicales orquestales, de cámara y otros formatos de conciertos, de este modo entrarían a formar parte de estas ayudas las propuestas de musica clásica actual, quedando fuera las de carácter folclórico popular.
Los beneficiarios de las Becas ayudas a la digitalización de partituras recibirán una cuantía económica no superior a los 1500 euros, y abarcará como máximo el 50 % del presupuesto presentado.
En esta web encontrarás todas las becas, premios y ayudas que ofrece la Fundación SGAE. Te contamos todo lo que debes saber sobre las Becas ayudas a la digitalización de partituras, plazos de presentación de solicitudes, requisitos y como solicitarla. Además nosotros también te facilitamos información sobre otras becas de la Fundación SGAE, que podrás consultar en nuestra web de becas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Música
- Nacionalidades
- Cualquier nacionalidad
Requisitos
- La Fundación SGAE estudiará las solicitudes de ayudas presentadas por editores de música socios de la SGAE que desarrollen su actividad principal con obras de música orquestales, de cámara y otros formatos de concierto. Así, tendrán cabida las propuestas que se enmarquen en el campo de la música clásica actual (entendiendo por tales obras orquestales, las de cámara y otros formatos de concierto), quedando excluidas las obras de carácter folclórico-popular.
- Un editor no podrá recibir, en el conjunto de ayudas ofrecidas por la Fundación SGAE, más de una ayuda en el mismo año, con las únicas excepciones de las ayudas recibidas en concepto de Ayudas a viajes para la promoción internacional y de Incentivos a la Creación Musical: Edición de partituras.
Dotación
La cuantía máxima atribuible a cada solicitud no podrá superar los 1.500 € (impuestos incluidos)y abarcará como máximo el 50 % del presupuesto presentado. El pago se realizará conforme a lo establecido en la cláusula octava de estas mismas Bases, mediante factura vinculada al convenio y aplicando las oportunas retenciones de IRPF y solo se abonará cuando se acredite que se ha culminado la realización del proyecto y satisfecho el pago de las facturas correspondientes. En el caso de que la misma no se lleve a efecto, cualquiera que sea la causa,el beneficiario perderá el derecho de cobro de la ayuda.
Presentación
- El formulario de solicitud estará disponible en la web de la Fundación SGAE www.fundacionsgae.org. Deberá usarse el formato electrónico del formulario, siendo necesario rellenar todos los campos. La Fundación SGAE acusará recibo de todas las solicitudes y notificará a aquellos que no presenten toda la documentación exigida los documentos que falten. El solicitante al que se le indique que no está completa la documentación presentada con la solicitud tendrá como plazo máximo para subsanarla quince (15) días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha en que Fundación SGAE le haya comunicado la falta de algún documento. En caso de no ser subsanada la solicitud en el plazo indicado la misma quedará desestimada.
- El plazo de presentación de las solicitudes para esta convocatoria 2023 de ayudas a la digitalización de partituras se iniciará el martes 24 de octubre de 2023 y se mantendrá abierto hasta las 23:59 h. del viernes 22 de diciembre de 2023. Las solicitudes recibidas fuera de dicho plazo serán desestimadas.
Más información
Tipología de los proyectos
Serán susceptibles de participar en esta convocatoria los proyectos enviados por editores socios de la SGAE (ver cláusula Primera) que estén orientados a la digitalización de una obra musical ode un conjunto de obras, de música para orquesta sinfónica, agrupaciones de cámara (ópera,zarzuelas y ballets) y para banda sinfónica de música clásica. Debe de tratarse de obras originales de autores miembros de SGAE de las que el editor ostente derechos de edición por haber suscrito con el autor/es el correspondiente contrato de edición musical. No se admitirán obras adaptadas, arreglos, versiones, etc. Tampoco se podrán incluir obras ya digitalizadas ni formatos en .pdf de partituras ya editadas y/o comercializadas. El editor solicitante deberá mantener los derechos de edición sobre la/s obra/s presentada/s a esta ayuda y su afiliación a SGAE al momento de hacerse efectiva la ayuda en caso de serle concedida. En caso contrario perderá el derecho a la ayuda.
En el caso de proyectos de obras en coedición podrá solicitar la ayuda uno solo de los coeditores con la autorización del resto en su nombre y representación. En caso de resultar elegida dicha solicitud la cantidad asignada será repartida por Fundación SGAE en base al porcentaje de derechos de cada editor sobre la/s obra/s que figure en la ficha de registro de SGAE al día de la concesión de la ayuda. En caso de que la ayuda se conceda a un proyecto de digitalización de varias obras en coedición en las que el porcentaje de los coeditores no sea igual en todas ellas el reparto de la ayuda se hará por Fundación SGAE en base al acuerdo que los coeditores trasladen conjuntamente a Fundación SGAE. Todos los coeditores de la/s obra/s deberán suscribir con Fundación SGAE el correspondiente convenio para el cobro de la ayuda. En caso de coedición con un editor no miembro de la SGAE, únicamente se satisfará la ayuda en el porcentaje que, de acuerdo con el registro de la/s obra/s existente en la SGAE, corresponda a la participación del editor socio de la entidad. Si se produjeran modificaciones en la coedición dela/s obra/s presentada/s tras la solicitud de la ayuda y el proyecto resultara elegido como beneficiario, la misma será abonada, únicamente, a aquel coeditor que subsista como titular dela/s obra/s de los que la hubieran solicitado en proporción al porcentaje que ostente sobre la/sobra/s y siempre que continúe siendo socio de SGAE. En caso de que ninguno de los coeditores solicitantes ostente derechos sobre la/s obra/s presentada/s a la ayuda al momento de hacerse efectiva la misma o si ninguno de ellos fuese ya en ese momento socio de SGAE, perderán el derecho a la ayuda.
El proyecto deberá ser presentado acompañado de una descripción del mismo junto con una declaración jurada del editor (conforme al modelo que se anexa a estas bases como Anexo 1) aseverando que las obras que se presentan a la ayuda para su digitalización no se encuentran ya digitalizadas. El proyecto debe realizarse entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de marzo de 2024.
Procedimiento y resolución de solicitudes
- Un Comité de Evaluación se encargará de estudiar y evaluar las solicitudes que cumplan los requisitos indicados en estas Bases.
- El Comité decidirá la concesión de las ayudas y su resolución será comunicada a todos los interesados por escrito.
- La resolución del Comité será inapelable.
formalización de la colaboración
- Derechos y obligaciones de cada una de las partes.
- Plazo de inicio y finalización del proyecto.
- Importe de la ayuda concedida.
- Forma de pago.
- Seguimiento del proyecto (informe, evaluación, material donde se incluya la imagen corporativa de la Fundación SGAE y memoria final, así como memoria económica del proyecto con copia de las facturas de los proveedores con los que el editor cuente para la digitalización)
- Enviar un USB con copia de difusión de las partituras digitalizadas.
Fundación SGAE solicitará al/los beneficiario/s de la ayuda la documentación pertinente para la formalización del convenio. El plazo máximo para aportar esa documentación será de dos (2)meses a contar desde la solicitud de Fundación SGAE de la misma. Si el/los beneficiario/s nohace/n entrega de la documentación en ese plazo perderá/n el derecho a la ayuda. Toda la documentación aportada pasará a formar parte inseparable del convenio que se suscribirá entre las partes y no se devolverá.
Enlaces de interés
https://fundacion-sgae.s3.amazonaws.com/2023/Ayudas/Digitalizaci%C3%B3n+de+partituras/CAS_AYUDAS_DIGITALIZACION_PARTITURAS_2023.pdf
Documentación a adjuntar
Las solicitudes deberán contener la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud debidamente cumplimentado.
- Copia de la tarjeta del CIF.
- En caso de editores personas jurídicas, copia autorizada de la escritura que acredite que la persona que firme el convenio representa a la editorial bien sea por ser administrador bien sea por ser apoderado, y cualquiera que sea la forma jurídica dela editorial (mercantil, asociación o fundación). La escritura deberá constar debidamente inscrita en el registro que corresponda (Registro Mercantil, Registro de Asociaciones o Registro de Fundaciones).
- Descripción del proyecto para el que se solicita la ayuda y cronograma. Incluyendo:
- Relación de obra u obras a digitalizar, haciendo constar al menos: autor, título,lugar, editorial y año de publicación.
- Programa informático que se utilizará para el proceso de digitalización.
- Formato en el que se realizarán las imágenes (Tiff, Jpeg…)
- Número y características de las imágenes que se van a generar como resultado del proyecto. Tamaño de los documentos originales (A4, A3, etc.).
- Estado de conservación de los ejemplares originales que se van a digitalizar.
- Nombre y URL en el que se van a cargar las obras.
- Presupuesto detallado de costes.
- Una muestra de la digitalización iniciada por el solicitante.
- Contrato de edición y/o coedición que acredite los derechos sobre las obras ydocumento emitido por SGAE que acredite que las obras están inscritas a su favorcomo editor/es de las mismas.
- Certificación de la colaboración de otras entidades, incluida las ayudas recibidas porparte de instituciones públicas o privadas, en su caso.
- Declaración jurada del editor (Anexo 1). En caso de obras en coedición, deberá acompañarse la autorización de los coeditores para solicitar la ayuda.
- Autorización firmada por el solicitante a favor de la Fundación SGAE para que ésta pueda hacer uso de sus datos de carácter personal en el marco de esta convocatoria. El modelo de autorización que se debe presentar está disponible en la web de Fundación SGAE dentro del apartado de convocatoria de esta ayuda.