Becas Por Talento Digital
INSCRIPCIONES
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Becas Por Talento Digital: solicitud y plazos
Descripción
La Fundación ONCE quiere apostar por la formación superior especializada y de calidad de las personas con discapacidad. Para ello, convoca las Becas Por Talento Digital.
Las Becas Por Talento Digital tienen como objetivo favorecer la formación en el ámbito tecnológico y digital de las personas con discapacidad para mejorar sus posibilidades en una futura incorporación al mercado laboral y la adquisición de puestos técnicos y especializados.
La revolución tecnológica y digital está abriendo nuevas oportunidades en el mercado de laboral y favoreciendo la incorporación de personas con discapacidad a nuevos trabajos que requieren la adquisición de nuevas competencias tecnológicas para un buen desempeño profesional.
Las Becas Por Talento Digital pueden ser solicitadas por estudiantes mayores de 16 años con grado de discapacidad de un 33%. También podrán solicitarlas, los pensionistas con incapacidad permanente o los pensionistas de clases pasivas.
Aquellos beneficiarios de las Becas Por Talento Digital, recibirán una ayuda económica destinada a cubrir los gatos de los cursos o acciones formativas. Estas ayudas económicas pueden alcanzar hasta un máximo de 10.000 euros por alumno, financiando un total del 80% de la formación seleccionada por el alumno.
Aquí puedes encontrar más información sobre todas las becas y ayudas que concede la Fundación ONCE para las personas con discapacidad. Si además deseas solicitar una de las Becas Por Talento Digital, te ofrecemos toda la información necesaria, requisitos, plazo de presentación y otros datos de interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Postgrado-Especialidad
- Rama
- Arquitectura e Ingenierías
- Otras ramas de estudios
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Requisitos de las personas beneficiarias a las Becas Por Talento Digital
- Con carácter general, podrán solicitar las becas contempladas en este programa todos/as los y las estudiantes mayores de 16 años y en edad laboral con discapacidad con grado igual o mayor del 33%.
- Pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio (siempre que esta incapacidad sea compatible con el trabajo que va a desempeñar el emprendedor), según se establece en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley. General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, publicado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
- Las personas solicitantes deberán, además, tener nacionalidad española o ser ciudadanas de la Unión Europea o de los Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia.
- También podrán solicitar las becas los extranjeros que, cumpliendo los requisitos establecidos en el párrafo anterior, sean titulares de una autorización para residir en territorio español que les habilite para trabajar.
Requisitos de la formación
La ayuda económica podrá solicitarse para sufragar cursos o acciones formativas, ya sean presenciales, online o mixtas, en alguna de las siguientes áreas de conocimiento:
- Másteres y postgrados en los ámbitos de Ingeniería Informática, Electrónica o de Telecomunicaciones.
- Internet of Things.
- Ciberseguridad.
- Robótica.
- Big Data, Data Science.
- Inteligencia Artificial/Machine Learning.
- Computación en la nube/Cloud.
- CRM y ERP(Software de gestión de clientes y empresarial).
- Marketing Digital.
- Diseño y UX/UI(Experiencia de Usuario e Interacción de Usuario).
- Lean y Agile Project Management.
- Desarrollo de webs y apps.
- Informática de gestión.
- SEO/SEM.
- Geolocalización.
- Drones.
- Biotecnología médica.
- Fotografía digital.
- Diseño gráfico multimedia.
- Diseño y creación de videojuegos.
- Open BIM.
- Animación digital.
- Moda digital y patronaje 3D.
- Postproducción digital de imagen y sonido.
- Blockchain.
- Realidad digital (RV/RA- Metaverso- avatares)
- Cursos con un programa formativo de menos de 100 horas.
- Formaciones gratuitas en cualquiera de sus modalidades presencial, online (MOOCs) o mixta u otras formaciones sin coste para el/la alumno/a ofrecidas por empresas, entidades, instituciones o centros de formación.
- Formaciones orientadas a la adquisición de competencias y destrezas digitales básicas, sin que estén orientadas a la obtención de un empleo o rama de empleos digitales o tecnológicos concretos.
- Estudios universitarios oficiales donde apliquen exención de tasas que garantiza el sistema universitario español para estudiantes con discapacidad.
Dotación
Mediane las Becas Por Talento Digital la Fundación ONCE podrá financiar hasta un 80% de la cuantía total de la acción formativa por alumno/a y hasta un máximo de 10.000 € por alumno/a.
Presentación
- Las solicitudes de las Becas Por Talento Digital se presentarán por vía telemática a través del siguiente enlace: https://portalentodigital.fundaciononce.es/, cumplimentando el formulario web y enviando por correo electrónico a: portalentodigital@fundaciononce.es, en el plazo máximo de 10 días naturales desde la presentación de dicho formulario, la documentación adicional detallada a continuación.
- Esta documentación podrá enviarse en formato Word, Adobe Acrobat o como imagen (siempre y cuando sea absolutamente legible y con la calidad suficiente) siendo recomendable adjuntar la documentación en un solo archivo comprimido.
Más información
Criterios de selección
Las ayudas se concederán a los y las solicitantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases siguiendo el estricto orden de entrada y registro de las solicitudes, siempre y cuando superen favorablemente los requisitos detallados.
Proceso de seleccíon
El proceso se inicia con la presentación de cada solicitud, que deberá hacerse de conformidad con lo previsto en las presentes bases.
Una vez se reciba cada solicitud, se procederá al estudio de la candidatura de manera individual y posteriormente se resolverá sobre la adjudicación o no de la ayuda.
Una vez examinada la solicitud y documentación presentada, la Fundación ONCE podrá requerir a la persona solicitante información y/o documentación complementaria si estima que resulta imprescindible para conocer y/o ampliar determinados aspectos en orden a resolver la solicitud. El y la solicitante deberá presentar esta documentación en un plazo máximo de 15 días hábiles desde el requerimiento. El número máximo de requerimientos que la Fundación ONCE, si fuera necesario emitir, será de 3. De no ser resueltas satisfactoriamente las subsanaciones, se interrumpirá el estudio de la solicitud por insuficiencia de evidencias documentales que refrenden el estado de la petición,desestimándose definitivamente.
Tras la evaluación de la documentación presentada y valoración de la solicitud,se desarrollará una entrevista individualizada con la persona solicitante de manera previa a la resolución. La entrevista podrá desarrollarse de forma presencial, telefónica o por videollamada, y la fecha de la misma se acordará previamente con la persona solicitante.
Tanto la falta de presentación en plazo de la información y/o documentación complementaria solicitada como la falta de asistencia a la entrevista por parte del/la solicitante supondrá su renuncia automática a la solicitud de beca.
Resolución, plazos y notificación a las personas beneficiarias
Fundación ONCE será la entidad competente para la ordenación, estudio y análisis de estas solicitudes de ayuda.
Tras la recepción de la solicitud a través de los canales habilitados y mencionados anteriormente en el punto 5, la Fundación ONCE procederá a comprobar la documentación y hacer las averiguaciones pertinentes para la concesión de la beca, pudiendo requerir subsanaciones al solicitante. La persona solicitante deberá realizar estas subsanaciones en un plazo máximo de 15 días hábiles desde el requerimiento.
A continuación, se contactará con la persona solicitante para citarle para una entrevista presencial, telefónica o telemática, donde se ahonden en las motivaciones de la solicitud de la beca y su potencial aprovechamiento. La Fundación ONCE valorará el potencial de la persona solicitante, su estatus laboral y el proyecto de futuro presentado a la hora de valorar positivamente la concesión o no de la beca.
Tras dicho estudio y análisis caso a caso, la Fundación ONCE emitirá una resolución sobre la adjudicación o rechazo de la solicitud de ayuda presentada,que será comunicada por correo electrónico a la persona solicitante en un plazomáximo de 60 días hábiles desde la recepción de la solicitud de beca y la documentación validada, incluyendo aquella que pueda ser requerida a la persona solicitante por la Fundación ONCE. Y en su caso, tras la validación delas subsanaciones requeridas.
También podrá la Fundación ONCE publicar en la web de Por Talento Digital de manera periódica la relación de beneficiarios/as hasta la fecha de cada actualización de esa información.En ese caso, la relación será publicada salvaguardando la protección de datos personales. Para ello, se publicará en https://portalentodigital.fundaciononce.es/una relación de los/as beneficiarios/as de una beca identificados/as por el número de expediente asignado de tal forma que la persona solicitante podrá comprobar si la beca le ha sido otorgada o no a través de este medio.
La resolución de la Fundación ONCE tendrá el carácter de firme, no cabiendo contra la misma recurso alguno.Las personas becadas recibirán el abono de la beca concedida en dos plazos:
- a. El primer pago, que supondrá el 75% del importe asignado, se realizará al/la beneficiario/a en el plazo máximo de 60 días hábiles tras la recepción por parte de la Fundación ONCE de todos y cada uno de los siguientes documentos:
- Documento acreditativo de haber formalizado la matrícula.
- Documento de Aceptación de la beca con las condiciones y obligaciones establecidas, que se acompaña a la presente convocatoria como Anexo I, debidamente aceptado y firmado en todas sus páginas (bien por el/la solicitante o por su tutor legal, según corresponda).
- Certificado de titularidad bancaria de la persona solicitante emitido por la entidad de la cuenta corriente con el IBAN, donde se haya de hacer efectivo el ingreso de la beca otorgada. Estos documentos deberán ser aportados por parte del/la beneficiario/a de la beca en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la fecha en la que se le haya comunicado por parte de la Fundación ONCE la resolución dela concesión de la beca. Con carácter general, el incumplimiento de esta obligación de aportación de la documentación en el plazo antedicho supondrá la renuncia automática de la persona beneficiaria a la ayuda concedida.
- b. El segundo pago del 25% restante de la beca concedida se realizará tras la recepción por parte de la Fundación ONCE de los siguientes documentos:
- Certificado o equivalente que acredite la superación completa de la acción formativa cursada, en un plazo máximo de 60 días hábiles.
- Memoria justificativa, en la que deberá describir el aprovechamiento obtenido a nivel académico y los beneficios de desarrollo personal derivados del disfrute de la beca.
- El plazo máximo del que dispone el/la beneficiario/a para la presentación de la justificación referida será de 60 días hábiles después de la finalización de la acción formativa para la que la persona beneficiaria haya recibido la beca.
- A estos efectos, la Fundación ONCE se reserva la facultad de contactar directamente con el centro docente para comprobar la veracidad del documento, así como de solicitar el original.
La Fundación ONCE, o el equipo auditor designado por esta, podrá solicitar al/la beneficiario/a cualquier otra documentación que considere necesaria para la acreditación de la correcta y completa ejecución y aplicación de la ayuda que en su caso se le haya concedido.
Asimismo, y con la finalidad de valorar y mejorar el desarrollo del Programa de Becas Por Talento Digital, al finalizar la formación becada, la Fundación ONCE solicitará la respuesta a un cuestionario de valoración del impacto de la beca en su proceso formativo y laboral que será remitida a la persona beneficiaria vía correo electrónico.
Las personas beneficiarias deberán comunicar su dirección postal, teléfono de contacto y correo electrónico a la Fundación ONCE y mantener dichos datos actualizados en todo momento.
Las personas beneficiarias aceptarán el uso de sus nombres, imagen, voz y producciones para su uso dentro de actividades propias del programa pudiendo ser incluidos de manera informativa en los canales de comunicación externos e internos del Grupo Social ONCE, así como en la difusión que se haga en las memorias de actividad y otros documentos corporativos.
En el caso de que la persona beneficiaria de la beca haya percibido durante el mismo periodo otras ayudas de similar naturaleza aprobadas por otros organismos y/o la propia Fundación ONCE, es imprescindible que las mismas no resulten incompatibles con esta convocatoria, por lo que la Fundación ONCE estudiará caso por caso estas situaciones. Para ello, las personas beneficiarias de estas ayudas deberán remitir a la Fundación ONCE la acreditación de la presentación de dichas solicitudes y de las respuestas recibidas (incluidas las comunicaciones telemáticas) de los organismos a los que haya efectuado solicitud de ayuda, ya hayan sido denegadas o admitidas, y ya procedan tanto de la Administración Pública como de entidades privadas.Asimismo, la Fundación ONCE se reserva el derecho de solicitar a la person abeneficiaria de la beca el reintegro total o parcial de la misma cuando, aun siendo la ayuda otorgada compatible con otras, el importe total percibido por la suma de ambas supere el coste de matriculación y gasto generado.La no aceptación y cumplimiento de las obligaciones establecidas en estas bases implicará la pérdida de la condición de persona becada.
Enlaces de interés
http://juventud.caceres.es/sites/default/files//becas/archivos/bases_becas_xtd_ii_convocatoria_definitiva_0.pdf
Documentación a adjuntar
Junto a la solicitud será obligatorio aportar la siguiente documentación:
- Copia del Documento Nacional de Identidad/NIE.
- Copia del certificado de discapacidad junto con el Dictamen técnico, o bien copia de la Resolución de Incapacidad del/la solicitante.
- Copia de la titulación oficial de estudios realizados de más alto nivel, que como mínimo deberá ser de Educación Secundaria Obligatoria o equivalente. En el caso de estudios realizados fuera del Espacio Europeo de Educación Superior, se exigirá la con validación pertinente.
- Copia del resguardo formalizado de la matrícula, cuando se haya realizado, o resguardo de la solicitud de preinscripción formalizada si aún no se hubiese formalizado la matrícula. De forma equivalente, se podrá aportar un certificado de matriculación o preinscripción emitido por el centro. En estos documentos, deben figurar las condiciones económicas y de pago del programa formativo al que se desea acceder fecha de inicio y fin de la formación, asignaturas matriculadas y horas.
- Copia del plan de estudios y/o programa formativo, donde figuren de manera detallada los contenidos digitales y tecnológicos a impartir,así como la asignación de horas de formación/créditos a dichos contenidos, emitido por la institución/entidad que lo imparte.
- Carta de motivación firmada y fechada dirigida a la Fundación ONCE –Convocatoria de Becas Por Talento Digital-, en la que el y la solicitante describa, en no más de 1 página, su proyecto académico y profesional, y las razones por las que quiere realizar la formación y el papel que esta tendrá en su trayectoria profesional.
- Currículum vitae actualizado del/la solicitante, donde deberán describirse, como mínimo, los datos personales, formativos y profesionales.
- Vida laboral actualizada (máximo de una antigüedad de 30 días naturales) en el caso de no disponer de la misma por no haber desarrollado actividad laboral anteriormente, declaración jurada en el que se exponga tal situación con fecha y firma de la persona solicitante.
- Declaración jurada firmada según modelo descargable en la página web y que acompaña a la presente como Anexo II, en la que la persona solicitante haga constar si se ha postulado, ha resultado beneficiario/a y/o percibe otra ayuda, ya sea pública o privada, para los mismos fines, con el detalle del organismo concedente, cuantía solicitada/otorgada/ y objeto de la misma.
Se podrá presentar más de una solicitud de beca por persona (incluyendo aquellas personas que ya hayan sido beneficiarias en Convocatorias anteriores)siempre y cuando las ayudas se vayan a destinar a acciones formativas diferentes y el desarrollo de las mismas sea compatible en tiempo y lugar,respondiendo además a un itinerario formativo que suponga la adquisición de conocimientos y competencias con el sentido de configurar un perfil profesional específico. En el caso de presentar más de una solicitud de beca por persona, entre una y la siguiente solicitud, al menos deberá trascurrir un período de 3 meses.