Becas Estudios Universitarios - Diputación de Ávila
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Becas Estudios Universitarios - Diputación de Ávila: solicitud y plazos
Descripción
La Diputación de Ávila convoca becas y ayudas destinadas a favorecer a los estudiantes con menos oportunidades. Gracias a estas becas, se pone en alza el principio de igualdad de oportunidades y se les presta una ayuda a los estudiantes más necesitados.
En este caso convoca las Becas Estudios Universitarios - Diputación de Ávila. Estas becas se convocan para apoyar a los estudiantes universitarios de la provincia que cursen estudios en alguno de los centros de Ávila capital. En la presente convocatoria se ofrecerán 10 becas de transporte y residencia.
Para poder optar a una de las Becas Estudios Universitarios - Diputación de Ávila se deberá tener una edad máxima de 35 años y tener empadronamiento y residencia habitual en Ávila tanto el estudiante como el resto de miembros computables de la familia. Además deberán cumplir con el resto de requisitos indicados.
Para baremar las solicitudes se tendrá en cuenta distintos criterios, como el rendimiento académico, los recursos económicos, la situación familiar o unidad de convivencia y la distancia entre la localidad de residencia habitual y Ávila capital.
Si quieres saber toda la información sobre las Becas Transporte Universitarios - Diputación de Ávila aquí te la facilitamos. consulta en nuestra web requisitos, documentación, plazos, y mucho más.
Datos básicos
- Nº de becas
- 10
- Nivel de estudio
- Grado
- País de origen
- España
- Región de origen
- Castilla y León
- Provincia de origen
- Ávila
- Localidad
- Ávila
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán ser beneficiarios de estas becas los estudiantes que, en el momento de la publicación de la presente convocatoria, reúnan los siguientes requisitos:
- Tener una edad máxima de 35 años cumplidos.
- Que el empadronamiento y la residencia habitual de los miembros computables de la familia se encuentren en algún municipio de la provincia de Ávila, de población inferior a 20.000 habitantes,desde al menos los dos años anteriores a la fecha de publicación del anuncio de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
- Estar matriculado en un mínimo de 60 créditos de los que consta un curso académico (R.D.1125/2003, de 5 de septiembre) en la titulación correspondiente de estudios de Grado presenciales en Ávila, excluyéndose los estudios de postgrado (máster, especialidades, experto,etc.) y los que se realicen en el extranjero (programas Erasmus+ o similares).
- Haber superado el 100% de las asignaturas matriculadas en el curso 2022/2023.
Dotación
El importe total de las ayudas que se concedan no podrá exceder del crédito que se consigne en el presupuesto Ordinario de la Diputación, ejercicio 2023 partida 3340/48101 que ascenderá a 30.000 €.
Presentación
Las solicitudes se realizarán mediante instancia dirigida al Presidente de la Diputación de Ávila conforme al modelo que figura en el Anexo I de estas bases y se presentarán, junto con la documentación preceptiva, telemáticamente a través de la sede electrónica en https://diputacionavila.sedelectronica.es,presencialmente en el Registro General de esta Diputación o en los términos previstos y por los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las presentes bases y sus anexos se encuentran en la Sede Electrónica de la Diputación de Ávila, https://diputacionavila.sedelectronica.es.El plazo para la presentación de las solicitudes será de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila.
Más información
Criterios para la adjudicación de las subvenciones
La Diputación tiene previsto conceder diez becas de tres mil euros (3.000,00 €) cada una, que se adjudicarán a las diez solicitudes que según la baremación queden en los diez primeros puestos. Las solicitudes se baremarán de acuerdo a los siguientes criterios:
Rendimiento académico
En el caso de matrícula para el primer curso de carrera universitaria, la nota media se obtendrá del Certificado de Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad.
En caso de acceder a través del título de técnico superior de formación profesional, técnico superior de artes plásticas y diseño o técnico deportivo superior, la nota media se obtendrá de la media del expediente académico del ciclo formativo cursado.
Mayores de 25 años, a través de la nota media de la fase general y la fase específica de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
Titulados universitarios, mediante la nota media del expediente académico del grado universitario obtenido con anterioridad.
En el caso de matrícula para el segundo y sucesivos cursos en la misma carrera universitaria a cursar en 2023/2024, la nota media se obtendrá de las notas de las asignaturas cursadas en 2022/2023.
- Nota media:
- Igual o superior a 9: 6 puntos.
- Entre igual o superior a 8 e igual o inferior a 8,99: 5 puntos
- Entre igual o superior a 7 e igual o inferior a 7,99: 4 puntos.
- Entre igual o superior a 6 e igual o inferior a 6,99: 2 puntos.
- Entre igual o superior a 5 e igual o inferior a 5,99: 1 punto.
Recursos económicos
La renta familiar se obtendrá por agregación de las rentas del ejercicio 2022 de cada uno de los miembros computables de la familia.
Se consideran miembros computables de la familia: el/la solicitante, el padre y la madre, los hermanos solteros menores de veinticinco años y que convivan en el residencia familiar a 31 de diciembre de 2022 o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente.
En el caso de divorcio o separación legal de los padres, no se considerará miembro computable aquel de ellos que no conviva con el solicitante de la beca. En el caso de nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación, este si tendrá consideración de miembro computable.
En los casos en que el solicitante alegue su emancipación o independencia familiar y económica,cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente que cuenta con medios económicos propios suficientes que permitan dicha independencia así como la titularidad o el alquiler de su domicilio.La declaración de la renta presentada por cada uno de los miembros computables, se utilizará para llevar a cabo el cálculo de la renta familiar disponible, el patrimonio familiar y el volumen de negocio:
- Renta familiar disponible = Base imponible general + Base imponible de ahorro – Cuotaresultante de la autoliquidación.
- Patrimonio familiar = Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario + Saldos netos positivos de todas las ganancias y pérdidas patrimoniales + Rendimientos del capital mobiliario de Comunidades de Bienes – Subvenciones recibidas para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado – Subvenciones recibidas para adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual – Renta básica de emancipación.
- Volumen de negocio = Ingresos procedentes de actividades económicas en estimación directa + Ingresos procedentes de actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva + Ingresos en estimación objetiva y de Comunidades de bienes respectivamente.
La puntuación aplicable, en virtud de los datos resultantes, será la siguiente:
- Recursos económicos:
- Igual o menos de 3.000 €: 6 puntos.
- De 3.001 a 4.000 €: 5 puntos.
- De 4.001 a 5.000 €: 4 puntos.
- De 5.001 a 6.000 €: 3 puntos·
- De 6.001 a 8.000 €: 2 puntos.
- De 8.001 a 12.000 €: 1 punto.
- Igual o más de 12.001 €: 0 puntos.
Situación familiar o unidad de convivencia
- Por cada hijo: 1 punto.
- Familia numerosa de categoría especial: 4 puntos.
- Familia numerosa de categoría general: 3 puntos.
- Por cada miembro que esté afectado de discapacidad, legalmente declarada: 2 puntos.
- Familias monoparentales: 2 puntos.
- Familias o unidades de convivencia en las que alguno de sus miembros sean víctimas de violencia de género, legalmente declarada: 2 puntos.
- Familias que sean beneficiarias de la renta garantizada de ciudadanía: 2 puntos.
Si es familia numerosa, no se puntuará individualmente “por cada hijo”.
Distancia entre la localidad de residencia habitual y Ávila capital
Se considerará residencia habitual, aquella en la que los miembros computables conviven a lo largo del año debido a la existencia de vínculos familiares y que se encuentra en algún municipio de la provincia de Ávila, de población inferior a 20.000 habitantes, desde al menos los dos años anteriores a la fecha de publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
- Distancia con Ávila capital:
- Igual o inferior a 10 km : 1 punto.
- Superior a 10 km e igual o inferior a 30 km : 2 puntos.
- Superior a 30 km: 3 puntos.
En los supuestos de empate, el orden de prelación para obtener la beca vendrá determinado por la mayor nota media obtenida en el rendimiento académico.
Instrucción y resolución
Recibidas las solicitudes, la Comisión de Valoración que actuará como órgano colegiado al que se refiere el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases reguladoras y, si la documentación aportada presenta defectos o resulta incompleta, no reuniendo dichos requisitos establecidos, se requerirá a los solicitantes para que en un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su notificación, subsane la falta o acompañe los documentos correspondientes, con indicación de que, si no lo hace, se tendrá por desistido en su solicitud, archivándose la misma.
Instruido el expediente, se formulará propuesta de resolución, debidamente motivada, para la estimación,desestimación o inadmisión de las solicitudes presentadas.La convocatoria se resolverá en un plazo máximo de tres meses contando a partir del vencimiento del plazo de presentación de solicitudes conforme al principio de concurrencia competitiva.
La resolución se notificará a los interesados en la forma establecida en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Los solicitantes a los que se conceda la ayuda económica vendrán obligados a comunicar cualquier alteración de los datos que sirvieron de base para la concesión, pudiendo la Diputación Provincial,mediante resolución motivada del Órgano competente, modificar el acuerdo de concesión total o parcialmente.
Pago de la beca
El importe de las becas se hará efectivo, previo acuerdo del órgano competente de concesión de las mismas.
Documentación a adjuntar
Junto con la solicitud (Anexo I), los solicitantes deberán presentar:
- Fotocopia DNI/NIE.
- Certificado de convivencia colectivo expedido por el Ayuntamiento del municipio de residencia habitual, haciendo constar la fecha desde que figuran inscritos en el padrón cada uno delos miembros computables de la familia.
- Fotocopia del justificante de matrícula del curso 2023/2024.
- Certificación Académica Personal, con validez oficial, del último curso realizado. En el caso de matrícula para el primer curso de carrera universitaria, presentarán la Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad o certificación académica de los últimos estudios realizados o certificación de calificaciones obtenidas en la prueba de acceso para mayores de 25 años, según forma de acceso.
- Fotocopia de la Declaración de la Renta del ejercicio 2022 de todos los miembros de la unidad familiar. En caso de no estar obligado a presentarla, se entregará un certificado de imputaciones.
- En los casos que proceda:
- título de familia numerosa.
- resolución de reconocimiento de discapacidad de cualquier miembro de la unidad de convivencia.
- resolución de concesión de la Renta Garantizada de Ciudadanía en vigor.
- documentación que acredite ser víctima de violencia de género.
- todos aquellos documentos que acrediten las circunstancias que presente el solicitante.
- Fotocopia del contrato de alquiler en el caso de que se resida fuera de la residencia familiar durante el curso.8. Anexo II (Declaración responsable para la concesión de subvenciones).