Premios Relatos Personas Enfermedades Neurodegenerativas
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Premios Relatos Personas Enfermedades Neurodegenerativas: solicitud y plazos
Descripción
La convocatoria de los Premios Relatos Personas Enfermedades Neurodegenerativas en la Comunidad Valenciana ofrece una oportunidad única para los escritores adultos de destacar su talento. Organizada por la Dirección General competente en Personas Mayores, esta iniciativa busca promover la creatividad y la participación en la comunidad.
Los participantes de los Premios Relatos Personas Enfermedades Neurodegenerativas, deberán ser mayores de 18 años y residentes en España. Éstos tienen la posibilidad de presentar relatos originales e inéditos, escritos en valenciano o castellano.
La evaluación de las obras se realiza de acuerdo con criterios que valoran la calidad literaria, la coherencia narrativa y la defensa de valores inclusivos y no discriminatorios.
Los premios, que van desde los 1.000 hasta los 3.000 euros, representan un reconocimiento al esfuerzo y la habilidad de los autores.
Una vez anunciados los ganadores, se establecen obligaciones para la recepción del premio, garantizando así la transparencia y la legalidad del proceso.
Los Premios Relatos Personas Enfermedades Neurodegenerativas ofrecen una plataforma para el talento literario de los postulantes, fomentando la creatividad y la participación en la comunidad valenciana. Si deseas participar o conocer más detalles sobre esta iniciativa, podrás consultar todos los detalles en nuestra web.
Datos básicos
- Nº de becas
- 3
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Primaria
- ESO
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Postgrado-Especialidad
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán participar en los Premios Relatos Personas Enfermedades Neurodegenerativas, de acuerdo con lo establecido en la orden 1/2020, de 14 de enero, las personas físicas mayores de 18 años, o menores de esta edad con autorización firmada por la persona que ejerza la tutoría legal, residentes en España, no pudiendo concurrir a la convocatoria las obras que anteriormente hayan resultado premiadas.
No podrán obtener la condición de beneficiario las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Dotación
Los Premios Relatos Personas Enfermedades Neurodegenerativas ofrecerán tres premios consistentes en la percepción de la dotación económica siguiente:
- 1º premio: 3.000,00- euros.
- 2º premio: 2.000,00- euros.
- 3º premio: 1.000,00- euros.
El importe de los premios estará sujeto a la retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que marca la ley, y se hará efectivo mediante transferencia bancaria en un único pago.
Se podrán conceder menciones especiales, sin dotación económica, si la calidad de las obras presentadas y no premiadas lo mereciesen, a consideración del jurado. El libramiento de los premios podrá realizarse en un acto público organizado por la dirección general con competencias en materia de Personas Mayores.
Presentación
Los relatos y la documentación que acompañan a los Premios Relatos Personas Enfermedades Neurodegenerativas, podrán presentarse en cualquiera de los registros de las sedes de la Dirección General con competencias en materia de personas mayores de Alicante, Castellón o Valencia, o en cualquiera de los lugares que, con carácter general, reconoce el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. También podrá presentarse telemáticamente, incluyendo un archivo adjunto en formato PDF con el relato.
La solicitud de presentación telemática y la documentación anexa estarán accesibles en la sede electrónica de la Generalitat, https://sede.gva.es (Procedimientos administrativos), y en el siguiente enlace de la GUIA PROP que se habilite al efecto https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22030
De acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante la instrucción del expediente se publicarán los requerimientos de subsanación y demás trámites a cumplimentar en el procedimiento, en la web de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios sociales, Igualdad y vivienda en el área de las Personas Mayores, estableciendo el plazo para la correspondiente presentación. https://inclusio.gva.es/es/web/mayores/premios-del-mayor
En el caso de que las solicitudes presentadas no reúnan los requisitos establecidos en la Orden 1/2020 y en el resuelvo noveno de la presente resolución o cuando no se alcance el 50% de la puntuación establecida en el resuelvo octavo de ésta, se podrá declarar desierta la convocatoria.
Más información
Criterios de valoración
En la valoración de las obras presentadas el jurado tendrá en cuenta:
- a. La facilidad e hilo conductor entre la historia y los personajes, facilitando en todo caso su comprensión, sin infantilismos.
- b. La calidad literaria.
- c. La coherencia narrativa.
- d. La defensa de valores no discriminatorios y la ruptura de estereotipos.
Cada uno de los apartados citados se valorará con un 25% de la puntuación total.
- Las obras deberán ser originales e inéditas en toda su extensión.
- Los trabajos podrán estar escritos, indistintamente, en valenciano o en castellano.
- Las obras se presentarán mecanografiadas con letra tipo Times New Roman o Arial, de tamaño 12 y con interlineado doble. Si se presentan en registro físico, se presentarán impresas en papel tamaño DIN A4 y por una sola cara. Si se presentan telemáticamente, se adjuntará en formato PDF.
- Los trabajos tendrán un contenido mínimo de 500 palabras y máximo de 3.000 palabras.
- El tema será libre.
- El relato deberá estar escrito de forma simple y clara.
- El número de personajes que aparezca en él no será superior a 5.
- Quedarán excluidos aquellos trabajos cuyo autor o autora, contenido o presentación no se ajuste a los requisitos previstos en esta orden.
Documentación a adjuntar
- Cada participante podrá presentar un único relato.
- En el caso de presentación en registro físico, cada relato se entregará en un sobre grande, en el que se indicará únicamente el título. En el sobre se incluirán 5 copias, cada una de ellas, precedida por una página con el título, sin ninguna identificación del autor o autora, y que no será tenida en cuenta para el cómputo de la extensión del trabajo. Si la presentación es telemática se adjuntará un archivo en formato PDF.
- Cada una de las obras se identificará con un título y se presentará acompañada de una solicitud de participación, debidamente cumplimentada, cuyo modelo se adjunta como anexo I, expresando la aceptación de las bases y a la que se le asignará un número de registro.
- En el caso de presentación en registro físico, el apartado A) de la solicitud, relativo a los datos personales del autor o autora de la obra, debidamente firmado, y sellado e identificado con el número de registro, se introducirá en un sobre, donde se hará constar este número de registro, que quedará en poder de la Dirección General con competencias en personas mayores. El autor o autora se quedará una copia sellada.
- El apartado D) de la solicitud (ficha de identificación de la obra), sellada e identificada con el número de registro, se pegará en la parte posterior del sobre en que se ha entregado la obra. Se sellarán cada una de les 5 copias presentadas en las que se hará constar este número de registro.
- En el caso de presentación telemática, se presentarán los formularios cumplimentados y un ejemplar del relato en formato PDF en el que además del texto de la obra, figure un pseudónimo escogido por los autores/as. Dicho pseudónimo constará también en el interior del formulario de solicitud, no pudiendo aparecer ninguna referencia al mismo en el nombre de los ficheros anexados.
Asimismo, y con la finalidad de garantizar el anonimato de las personas autoras de las obras, las solicitudes junto con el resto de la documentación se dirigirán a una unidad registral habilitada al efecto y asignada a la persona que ostente la secretaría del jurado. Según dispone el artículo 9 de la Orden 1/2020, la secretaría del jurado corresponderá a un/a técnico/a de la Dirección General con competencias en personas mayores, quien custodiará la documentación recibida y facilitará al jurado únicamente los ficheros en formato PDF que contengan el texto de las obras firmadas con pseudónimo. Una vez deliberado y decidido el título de la obra ganadora, el secretario/a comprobará a quien corresponde el pseudónimo con el que se ha presentado la obra ganadora, obteniendo así los datos personales del ganador o ganadora del premio.