Comunidad Valenciana

Becas UNED - Comunidad Valenciana

Becas de estudiosBecas de matrículaUniversitarios

INSCRIPCIONES

03/04/202402/05/2024
Finalizada

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Becas UNED - Comunidad Valenciana: solicitud y plazos

Descripción

La Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital de la Comunidad Valenciana convoca becas y ayudas orientadas a promover y fomentar el desarrollo de estudios universitarios que otorguen a los alumnos los títulos académicos que le faciliten la incorporación, en el futuro, al mercado laboral.

Para ello, se convocan las Becas UNED, mediante las cuales la Comunidad Valenciana sufraga el gasto de matriculación de las asignaturas correspondientes para cursar estudios universitarios de grado en los centros asociados de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) situados en la Comunidad Valenciana.

Con esta medida se pretende ayudar económicamente a aquellas personas que por circunstancias sociales o familiares, no se pueden hacer cargo del importe de la matriculación de los créditos para realizar los estudios universitarios correspondientes. Además, las Becas UNED están dirigidas a la modalidad de enseñanza a distancia, que aporta al alumno una mayor facilidad para establecer su ritmo de estudios ya que evita algunos desplazamientos al centro docente y aporta una mayor libertad de horarios, consiguiendo así, hacer los estudios más compatibles con la vida laboral y familiar.

Aquí, podrás encontrar toda la información de tu interés en relación a las Beca UNED como plazos de inscripción, requisitos que deben cumplir los solicitantes, documentación a aportar y otros datos importantes. 

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Región de origen
  • Comunidad Valenciana
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Cualquier nacionalidad europea

Requisitos

Requisitos generales exigibles

Para la concesión de esta beca se habrán de cumplir los requisitos siguientes:

  • a. Poseer la nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea. En el caso de ciudadanos de la Unión o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, no se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. Tendrán la consideración de «familiares» el cónyuge o la pareja legal, así como los ascendientes directos a cargo y los descendientes directos a cargo menores de 21 años. En el supuesto de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, quedando excluidos quienes se encuentren en situación de estancia.
  • b. Acreditar la residencia administrativa en cualquier municipio de la Comunitat Valenciana, dentro del plazo de presentación de solicitudes. Dicho requisito deberá mantenerse durante todo el curso académico.
  • c. Realizar estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales de grado en centros asociados de la UNED sitos en la Comunitat Valenciana, en el curso 2023 - 2024.
  • d. No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca. A estos efectos, no podrán ser beneficiarios de beca aquellos estudiantes a quienes únicamente les reste, para la obtención del título, la acreditación de un determinado nivel de conocimiento de un idioma extranjero.
  • e. No tener cumplida la edad de 55 años en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de ayuda al estudio.
  • f. Reunir los requisitos económicos y académicos que se establecen en esta convocatoria.

Requisitos económicos

  • La renta familiar a efectos de esta beca se obtendrá por agregación de las rentas de cada uno de los miembros computables de la familia, correspondiente al ejercicio 2022, calculada según se indica y de conformidad con la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Para la determinación de la renta de los miembros computables que presenten declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se procederá del modo siguiente:
    • Se sumará la base imponible general con la base imponible del ahorro, excluyendo todos los saldos netos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales de 2018 a 2021 y el saldo neto negativo de rendimientos del capital mobiliario de 2018 a 2021 a integrar en la base imponible del ahorro.
    • De este resultado se restará la cuota resultante de la autoliquidación.
  • Para la determinación de la renta de los miembros computables que obtengan ingresos propios y no hayan presentado declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se seguirá el procedimiento descrito en el apartado 2.a y del resultado obtenido se restarán los pagos a cuenta efectuados.
  • La renta, los miembros computables, las deducciones, los umbrales y el patrimonio podrás consultarlo en el pdf de enlaces de interés.
Requisitos académicos

  1. Para obtener esta beca el alumnado solicitante deberá acreditar estar matriculado de, al menos, una asignatura en primera matrícula en el curso que determine la correspondiente convocatoria.
  2. Con excepción de quienes se matriculen por primera vez de primer curso de estudios de grado, el resto de alumnado deberá haber superado en el último curso realizado los siguientes porcentajes de los créditos en que hubieran estado matriculados:
    • Rama de conocimiento - Porcentaje de créditos que deben superarse
      • Artes y Humanidades: 80 %
      • Ciencias: 60 %
      • Ciencias Sociales y Jurídicas: 80 %
      • Ciencias de la Salud: 70 %
      • Ingeniería y Arquitectura: 60 %

Dotación

La beca consistirá en la exención del pago del importe de los créditos matriculados por el estudiante en primera matrícula. Dicho importe será el establecido en la correspondiente orden del ministerio competente en materia de educación por la que se fijan los precios públicos por los servicios académicos universitarios en la Universidad Nacional de Educación a Distancia para el curso académico establecido en la correspondiente convocatoria.

Presentación

  1. La tramitación y presentación de la solicitud se realizará únicamente por medios electrónicos en la plataforma de tramitación de la GVA. En caso de duda puede consultar el manual publicado en la web:https://ceice.gva.es/es/web/universidad/informacio-sobre-latramitacio-electronica
  2. El punto de acceso a la tramitación electrónica es la Sede Electrónica de la Generalitat, accesible en la dirección web https://sede.gva.es.
  3. El acceso directo a este trámite estará disponible en el siguiente enlace:http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18458
  4. Las incidencias de tramitación electrónica relacionadas con cuestiones técnico-informáticas se atenderán mediante el correo:generalitat_en_red@gva.es.
  5. Las dudas relacionadas con el contenido de esta convocatoria serán atendidas, exclusivamente, mediante el correo electrónico becauned@gva.es o el teléfono 012, si llama desde dentro de la Comunitat Valenciana, o el teléfono 963 866 000 si lo hace desde fuera.

Una vez cumplimentada la solicitud telemática, será firmada por la persona interesada empleando cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido, considerándose presentada a todos los efectos,obteniendo el resguardo de la solicitud que deberá ser conservado por la persona solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.

Más información

Criterios de valoración y adjudicación

  1. Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva. En el supuesto de que el importe de las ayudas propuestas para concesión superase el importe global máximo previsto en la correspondiente convocatoria estas ayudas se adjudicarán, en orden descendente, de acuerdo con la nota media obtenida por el alumnado propuesto para concesión, en el curso académico anterior o último realizado. En este supuesto las ayudas se adjudicarán hasta que se agote el importe global máximo antes citado, quedando excluidos de la beca el alumnado cuya nota media sea inferior a la del alumno/a o alumnos/as donde se agote dicho importe global máximo. En caso de empate entre varios/as alumnos/as tendrá preferencia el sexo infrarrepresentado en la titulación en la que estén matriculados/as.
  2. Para el alumnado de bachillerato que acceda a la universidad mediante prueba de acceso, que se matricule por primera vez de primer curso de estudios de grado y que no haya iniciado anteriormente otros estudios universitarios, la nota media a la que hace referencia el punto 1 anterior será la nota de acceso a la universidad. Dicha nota de acceso a la universidad no incluirá, en ningún caso, la calificación de las materias de la fase voluntaria a la que hace referencia la Resolución de 16 de febrero de 2023, de la presidenta de la comisión gestora de los procesos de acceso y preinscripción en las universidades públicas del sistema universitario valenciano, por la que se hacen públicos los acuerdos de la comisión sobre la estructura de las nuevas pruebas de acceso a la universidad y la determinación de las fechas para la realización de las pruebas de acceso a la universidad del curso 2022-2023, para los alumnos que estén en posesión del título de Bachillerato, de técnico superior de Formación Profesional, de técnico superior de Artes Plásticas y Diseño de técnico Deportivo Superior, o equivalentes a efectos académicos (DOGV 9541,24.02.2023). En las demás vías de acceso a la universidad, la nota media a la que se hace referencia en este apartado será la de la prueba o enseñanza que permita el acceso a la universidad
  3. Para el alumnado de segundo y posteriores cursos, o de primer curso de grado que ya hayan iniciado estudios universitarios en cursos anteriores, la nota media a la que hace referencia el punto 1 anterior se obtendrá aplicando las siguientes reglas:
    1. La nota media requerida será la calificación numérica obtenida en la escala 0 a 10 en el curso anterior o último realizado, incluyendo,en su caso, los complementos formativos cursados.
    2. Cuando no existan calificaciones numéricas, las calificaciones obtenidas se computarán según el siguiente baremo:
      • a. Matrícula de honor = 10 puntos.
      • b. Sobresaliente = 9 puntos.
      • c. Notable = 7,5 puntos.
      • d. Aprobado o apto = 5,5 puntos.
      • e. Suspenso o no apto = 2,5 puntos.
      • f. No presentado = 2,5 puntos.
    3. Cuando se trate de planes de estudio organizados por asignaturas, la nota media se calculará dividiendo el total de puntos obtenidos entre el número total de asignaturas.
    4. Cuando se trate de planes de estudios organizados por créditos,la puntuación de cada asignatura se ponderará en función del número de créditos que la integren, de acuerdo con la siguiente fórmula: V= Px NCA/ NCt.
      • V = valor resultante de la ponderación de la nota obtenida en cada asignatura.
      • P = puntuación de cada asignatura según el baremo del apartado anterior.
      • NCa = número de créditos que integran la asignatura.
      • NCt = número de créditos cursados y que tienen la consideración de computables en esta orden. Los valores resultantes de la aplicación de dicha fórmula se sumarán, siendo el resultado la nota media final.
    5. Las asignaturas y créditos reconocidos, convalidados, adaptados y transferidos no se tendrán en cuenta, en el caso de los/las alumnos/as indicados en este punto, para la obtención de la nota media a la que hace referencia el punto 1 anterior.
    6. Asimismo, a las notas medias obtenidas de acuerdo con el procedimiento establecido en este apartado, procedentes de estudios universitarios de enseñanzas técnicas o ingeniería y arquitectura, se les aplicará un coeficiente de 1,17.

Resolución

La resolución del procedimiento se notificará a los/las interesados/as ajustándose a lo dispuesto en el artículo 40 de la de la Ley 39/2015,de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La práctica de dicha notificación se ajustará a las disposiciones contenidas en el artículo 45.1.b de la citada ley, publicándose, en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la página web de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, las relaciones de solicitudes de beca estimadas y desestimadas:https://ceice.gva.es/es/web/universidad/becas-uned

Enlaces de interés

https://dogv.gva.es/datos/2024/04/02/pdf/2024_2626.pdf

Documentación a adjuntar

  1. A los efectos establecidos en los apartados anteriores y en los términos legalmente previstos, la autorización telemática de los miembros computables de la unidad familiar se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  2. Los solicitantes que tengan derecho a alguna de las deducciones en la renta familiar, de conformidad con lo dispuesto en el apartado octavo, deberán cumplimentar los datos correspondientes del modelo de solicitud.
  3. Los solicitantes que aleguen alguna de las circunstancias siguientes adjuntarán a la solicitud telemática la documentación que a continuación se relaciona. Asimismo, acreditarán que estas situaciones concurrían a 31 de diciembre de 2022. En caso de orfandad absoluta del alumnado menor de 25 años se aportará documento que acredite la situación de orfandad. 
  4. El estudiante solicitante de la beca que se incluya en alguno de los supuestos de unidad familiar que a continuación se relacionan, anexará a la solicitud telemática la documentación que acredite dicha situación a 31 de diciembre de 2022:
    • Cuando se incluya como único miembro de la unidad familiar:Deberá aportar la documentación que justifique que cuenta con medios económicos propios suficientes, así como la titularidad o el alquiler de su domicilio habitual y certificado de empadronamiento colectivo, conjunto o familiar a fecha 31 de diciembre de 2022. Todos estos documentos serán necesarios para acreditar fehacientemente su independencia económica y familiar.
    • En caso de viudedad, separación, divorcio, cese de la convivencia o no convivencia de las madres/padres de la persona solicitante se aportará según proceda: certificado de defunción, sentencia judicial de separación o de divorcio y convenio regulador o documento público de medidas sobre el cuidado y educación de sus descendientes, y certificado de empadronamiento colectivo, dónde conste la situación a 31 de diciembre de 2022. En cualquier momento del procedimiento se podrá requerir la aportación de los documentos originales justificativos de las circunstancias alegadas.
  5. Con la presentación telemática de la solicitud la persona solicitante y el padre, madre, tutor o persona encargada de la guardia y protección del solicitante en el caso de ser este menor de edad no emancipado, declaran bajo responsabilidad solidaria lo siguiente:
    • Que aceptan las bases de la convocatoria para la que solicita la beca.
    • Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad.
    • Que quedan enterados de que la inexactitud en las circunstancias declaradas dará lugar a la denegación o revocación de la beca.
    • Que tienen conocimiento de la incompatibilidad de estas becas con cualquier otra ayuda o beca para la misma o similar actividad.
    • Que el solicitante no se encuentra incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 y 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  6. Los miembros computables de la familia incluidos en la solicitud telemática podrán otorgar su consentimiento a la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital para obtener los siguientes datos:
    • Datos necesarios para determinar su rendimiento académico.
    • Datos necesarios de renta y patrimonio familiares a efectos de esta beca, a través de las correspondientes administraciones públicas.
    • El consentimiento para la verificación de sus datos personales en el Sistema de Verificación de Datos de Residencia e Identidad y del servicio de consulta de datos de residencia legal.
    • La condición de familia numerosa general o especial.
    • La condición de familia monoparental general o especial.
    • La consulta del grado de discapacidad.
    • Consulta sobre la condición de persona becada por el Ministerio competente en materia de Educación.
    • Posesión de un título universitario oficial.
    • Qué manifiestan su conformidad para recibir comunicaciones vía SMS.
    • Asimismo, las personas solicitantes podrán otorgar dicho consentimiento para consultar, a las correspondientes administraciones públicas, los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración General del Estado, con la Administración de la Generalitat y con la Seguridad Social.
  7. En el caso de no otorgar dicho consentimiento, los solicitantes adjuntarán a la solicitud telemática, la siguiente documentación:
    • a. Certificado de empadronamiento de la persona solicitante, dentro del plazo de presentación de solicitudes.
    • b. Certificado de renta del ejercicio 2022, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de todos los miembros computables.
    • c. Certificado, a nombre de la persona solicitante, de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la Administración General del Estado.
    • d. Certificado, a nombre de la persona solicitante, de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la Administración de la Generalitat.
    • e. Certificado, a nombre de la persona solicitante, de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social.
    • f. Certificado de bienes inmuebles expedido por la Gerencia del Catastro, de todos los miembros computables.
    • g. Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en su caso, Número de Identidad de Extranjero (NIE), de todos los miembros computables mayores de 14 años.
    • h. En caso de ser familia numerosa, se aportará copia del título en vigor, expedido por la administración correspondiente.
    • i. En caso de diversidad funcional, se aportará certificado oficial de discapacidad del miembro o miembros de la unidad familiar relacionados en el resuelvo Octavo punto 1.c) de la presente convocatoria.
    • j. En caso de ser familia monoparental, se aportará copia del título en vigor, expedido por la administración correspondiente.
    • k. La documentación que acredite la concurrencia de alguna o algunas de las circunstancias que se establecen en los puntos 4 y 5 anteriores, si en su caso procede.

Si la documentación que, en su caso, deba adjuntarse a la solicitud y/o la información suministrada por las administraciones públicas ala que hace referencia el punto 8 anterior, fuera incompleta o insuficiente, se requerirá a la persona solicitante mediante notificación telemática,para que, en el plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hace, se les tendrá por desistida de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con los efectos previstos en el artículo 21.1 de la citada ley.


Becas destacadas

Preguntas frecuentes

La Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital de la Comunidad Valenciana convoca becas y ayudas orientadas a promover y fomentar el desarrollo de estudios universitarios que otorguen a los alumnos los títulos académicos que le faciliten la incorporación, en el futuro, al mercado laboral.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas UNED - Comunidad Valenciana" es: desde 03/04/2024 hasta 02/05/2024.

La Beca "Becas UNED - Comunidad Valenciana" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas UNED - Comunidad Valenciana" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de estancias
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas sociales
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes