Cabildo de La Palma

Becas Inmersión Lingüística Cabildo de La Palma

Becas de estudiosBecas de movilidadBecas de idiomasBecas de alojamiento o residenciaBecas para estudiar en el extranjeroBecas de manutenciónNo universitarios

INSCRIPCIONES

02/01/202531/01/2025
Abierta

Becas Inmersión Lingüística Cabildo de La Palma: solicitud y plazos

Descripción

El Cabildo de La Palma es el principal órgano gestor de esta isla, y entre los distintos ámbitos de acción el mismo, cabe destacar la convocatoria de Becas dirigidas a estudiantes.

En esta ocasión el Cabildo de La Palma establece la convocatoria de las Becas Inmersión Lingüística Cabildo de La Palma, mediante la que los alumnos de ESO que sean seleccionados, disfrutarán de un periodo de estancia en Irlanda en el cual tendrán la oportunidad de mejorar y perfeccionar sus conocimientos en Inglés.

Para poder solicitar una de las Becas Inmersión Lingüística Cabildo de La Palma se exigen una serie de requisitos por parte de los candidatos como el tener residencia habitual en alguno de los municipios de la Isla de La Palma, estar cursando estudios de 3º de ESO y contar con un expediente académico conforme al indicado en la convocatoroa, entre otros.

Además de ello, durante el proceso de selección también se valorarán el expediente académico del alumno y la situación económica de la unidad familiar, ya que la principal finalidad de las Becas Inmersión Lingüística Cabildo de La Palma es ofrecer una oportunidad de perfeccionamiento del idioma inglés a aquellos alumnos que cuentan con un expediente académico destacable y que no pueden hacer frente a los gastos que genera el cursar estudios de idioma.

Para conocer toda la información relacionada con las Becas Inmersión Lingüística Cabildo de La Palma y poder optar a una de ellas, tan sólo tienes que consultar la información que te facilitamos a continuación.

Datos básicos

Nº de becas
40
Nivel de estudio
  • ESO
País de origen
  • España
País de destino
  • Irlanda
Región de origen
  • Canarias
Provincia de origen
  • Santa Cruz de Tenerife
Localidad
La Palma
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Las personas interesadas en las Becas Inmersión Lingüística Cabildo de La Palma deberán cumplir los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

  • a. Tener residencia habitual e ininterrumpida en cualquier municipio de la isla de La Palma, al menos durante los dos (2) últimos años, tomando como fecha final del cómputo la del cierre de la convocatoria que se realice. No se exigirá la acreditación de empadronamiento si la persona solicitante o algún miembro de la unidad familiar se encuentra en la condición de mujer víctima de violencia de género, debiéndose en este caso aportar la documentación referida en el mencionado Anexo.
  • b. Cursar en centro público o concertado las enseñanzas correspondientes a 3º de la ESO en el momento de la convocatoria de las presentes becas. El disfrute de la beca concedida quedará supeditado a la superación en su integridad de dichas enseñanzas en su convocatoria ordinaria de junio.
  • c. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • d. Hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones frente al Excmo. Cabildo Insular de La Palma.
  • e. Expediente académico: el cálculo de la nota media del expediente académico se detalla en la base 10. La persona solicitante quedará inmediatamente excluida del procedimiento de concesión de constar repetición de algún curso de la ESO.
  • f. Si ha sido solicitada beca para la misma finalidad, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias o de cualquier otra entidad pública o privada el/la solicitante deberá declararlo en la solicitud, debiendo presentar a la mayor brevedad posible la acreditación de su concesión, denegación o desistimiento.
  • g. No estar disfrutando de otra beca o ayuda para análoga finalidad aplicable al mismo periodo de tiempo, financiada con fondos públicos o privados, ni tener condición de becario/a de otras convocatorias del Excmo. Cabildo Insular de La Palma en el momento de concesión de la beca.
  • h. Tener DNI/NIE, permiso de residencia y/o pasaporte en vigor.

Atendiendo a la naturaleza de estas becas, que pretenden incentivar la mejora de la competencia idiomática de los estudiantes de educación secundaria obligatoria residentes en La Palma, a los/las solicitantes de las mismas no les será de aplicación las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a excepción de las recogidas en las letras e) y g), que se acreditarán mediante declaración responsable del representante legal, tutela o curatela del menor.

Las situaciones descritas en las letras C y D deberán igualmente concurrir en las personas que ostenten la representación legal, tutela o curatela de la persona solicitante, dando autorización al Cabildo para consultar estos datos a través de la plataforma de intermediación de datos, Anexo IV.

Dotación

  1. La persona beneficiaria de las Becas Inmersión Lingüística Cabildo de La Palma realizará 15 semanas (primer trimestre) del curso escolar que corresponda en un centro educativo de la red pública de Irlanda. El período antes indicado se computará desde el día de desplazamiento al extranjero hasta el día de regreso a La Palma, sin que, en ningún caso, se prolongue más allá del 18 de diciembre del año que corresponda.
  2. La beca que se conceda incluirá los gastos que ocasionen el traslado desde La Palma a la localidad donde residirá en régimen de familia la persona becada, el alojamiento, la manutención, el regreso desde dicha localidad hasta La Palma, así como la realización de las gestiones necesarias para la matriculación en el centro docente extranjero y la recepción y convalidación en España de la acreditación académica obtenida.
  3. La persona beneficiaria de esta beca disfrutará de un seguimiento personalizado por la entidad encargada de gestionar la logística.
  4. La persona becada contará con seguro de accidentes y de responsabilidad civil con cobertura temporal desde el inicio del traslado al extranjero hasta el regreso a La Palma contratado por la empresa adjudicataria.
  5. En virtud de la presente beca, se pondrá a disposición de cada persona becada los libros de texto y, en caso de resultar obligatorio, el uniforme escolar. Dicha puesta a disposición podrá ser en régimen de propiedad o préstamo de uso con obligación de devolución al finalizar el programa becado. La presente beca no sufragará gastos distintos a los estrictamente mencionados en el párrafo anterior, en particular otro tipo de material escolar (por ejemplo, cuadernos, material de escritura, dibujo o similares), o actividades extraescolares o complementarias de solicitud voluntaria.
  6. Los centros educativos en los que cursarán los estudios becados no serán determinados ni comunicados hasta una vez concedidas las becas y obtenido el perfil de las personas beneficiarias. Las características de dichos centros responderán a las propias y normalizadas de los centros públicos del sistema educativo del país de disfrute de la beca. No serán admitidas solicitudes de cambio de centro educativo que responda a tales características.

Bajo idénticas condiciones, se efectuará la designación y comunicación de la familia de acogida. No se podrá solicitar cambio alguno por razones de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Únicamente se admitirán tales solicitudes cuando el comportamiento o actitud de la familia de acogida, objetivamente considerado, dificulte el correcto disfrute de la beca y la consecución de los objetivos a ella asignados.

El órgano concedente podrá, de forma motivada y previo estudio individualizado de cada caso, desestimar o excluir las solicitudes o, en su caso, revocar la concesión de la beca, respecto de aquellas personas que padezcan dolencias de cualquier tipo o naturaleza que pudieran implicar riesgo para su salud con ocasión del disfrute de la beca. Se procederá del mismo modo cuando la nacionalidad u otras circunstancias de la persona becada dificulten o impidan la obtención de los permisos necesarios para el disfrute de la beca en el país de destino conforme a la legislación aplicable en éste.

Presentación

  • Las solicitudes de las Becas Inmersión Lingüística Cabildo de La Palma deberán formalizarse en el modelo normalizado, Anexo I de las Bases Reguladoras, que se hallará a disposición de las personas interesadas, junto con las bases, en la sede electrónica del Cabildo de La Palma https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es.
  • La solicitud, los anexos adjuntos a las presentes bases, así como la documentación requerida, se podrá presentar por vía telemática, a través de la sede electrónica del Cabildo de La Palma (https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es). En tal caso la solicitud deberá ir firmada con certificado electrónico.
  • Igualmente podrá presentarse a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do).
  • Tanto la solicitud como los anexos I al V, ambos inclusive, deberán ir firmados electrónicamente por el padre/madre o tutor/representante legal. El solicitante asume el compromiso de custodiar sus documentos y ponerlos a disposición del Excmo. Cabildo Insular de La Palma para cualquier requerimiento que se le pueda hacer.
  • En el caso de no optar por presentar la solicitud por vía telemática, podrá presentarse presencialmente en la Oficina de Atención Ciudadana del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en sus registros desconcentrados de Los Llanos de Aridane y de la Agencia de Extensión Agraria de San Andrés y Sauces, mediante cita previa que se podrá solicitar en la dirección http://citaprevia.lapalma.es/ o en el teléfono 922423100.
  • Asimismo, también podrá presentarse en las oficinas de Correos (en sobre abierto para que sea fechada y sellada la solicitud por el funcionario/a de Correos, antes de que se proceda a su certificación) y en cualquier otro de los registros a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Más información

Criterios de selección

  1. Al objeto de formular la antedicha propuesta, se tendrán en cuenta los siguientes criterios y baremos:
    • a. Expediente académico: Hasta 10 puntos.
    • b. Situación económica familiar: Hasta 3 puntos.
  2. La valoración de las solicitudes se realizará de acuerdo al siguiente procedimiento:
    • a. La puntuación correspondiente al expediente académico se calculará dividiendo entre cuatro las sumas de las calificaciones finales obtenidas en los cursos 1º y 2º ESO y las calificaciones finales específicas de las opciones idiomáticas elegidas por el/la solicitante. Quedaran excluidas aquellas solicitudes que no alcancen la puntuación de 7 en este criterio.
    • b. La situación económica familiar se valorará en función de los recursos económicos obtenidos, teniendo en cuenta el número de miembros que integran la unidad familiar. Son miembros computables de la familia los siguientes, siempre que convivan en el domicilio familiar:
      • El/la solicitante.
      • El padre y la madre, el/la tutor/a o persona encargada de la guarda y protección del menor, en su caso. En estos casos, sus ingresos se considerarán al 100%.
      • Los/las hermanos/as y ascendientes de los padres que convivan en el domicilio familiar del/la solicitante. En estos casos, los ingresos se considerarán al 25%.
      • En caso de divorcio, separación legal o de hecho de los progenitores, no se considerará miembro computable aquel que no conviva con el/la solicitante de la beca sino, en su caso, el/la nuevo/a cónyuge o persona unida por análoga relación, cuyas rentas se incluirán dentro del cómputo. No obstante, a efectos del cálculo de la renta familiar, sise tendrá en cuenta la aportación económica del progenitor no conviviente en la misma.
    • En los supuestos en los que el solicitante de la beca sea un/a menor en situación de acogimiento, será de aplicación a la familia de acogida lo dispuesto en los párrafos anteriores.
    • Para la determinación de los miembros de la unidad familiar se atenderá a la documentación que conforma la declaración de la renta de las personas físicas a que hace mención el Anexo III.
    • La situación económica familiar se valorará en función de la renta neta sin poder superar los siguientes umbrales:
      • Nº de miembros - Euros (€)
        • Familias de 2 miembros: 30.000,00€
        • Familias de 3 miembros: 40.000,00€
        • Familias de 4 miembros: 50.000,00€
        • Familias de 5 miembros: 60.000,00€
        • A partir del 6º miembro se añadirán 5.000,00€ por cada nuevo miembro computable.
    • Una vez comprobado que la situación familiar del solicitante da derecho a beca conforme a los umbrales de renta señalados anteriormente, la puntuación a alcanzar será la siguiente:
      • Ingresos económicos (€) - Puntos
        • Igual o menos de 30.000,00: 3
        • Más de 30.000 hasta 50.000: 2
        • Más de 50.000: 1
      • En caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá atendiendo a la menor renta por miembro computable de la familia. Si persistiese el empate, se ordenará por la mayor puntuación en la suma de las calificaciones finales específicas correspondientes a la opción idiomática resultante y, a continuación, por la mayor puntuación en la suma de las calificaciones obtenidas en los cursos 1º y 2º ESO.
Concesión, abono y justificación

  • El/La Sr/a Consejero/a titular o delegado del Área de Educación resolverá la convocatoria, a la vista de la propuesta de resolución definitiva. La resolución indicará expresamente el importe de la beca.
  • La resolución de concesión será objeto de publicación en el Tablón de Anuncios de la Corporación Insular en su sede electrónica: https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/, a los efectos previstos en el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Dicha concesión quedará condicionada a la superación del 3er curso de la ESO. A estos efectos, la persona beneficiaria deberá presentar acreditación de la superación de tales estudios, antes del día 30 de junio del año en el que finaliza dicho curso, en defecto de plazo expreso fijado por la Resolución de concesión.
  • Asimismo, la concesión de la beca se entenderá supeditada a:
    • La adjudicación del contrato de gestión material del programa de inmersión lingüística.
    • La disponibilidad de familias de acogida, así como la posibilidad de que éstas puedan mantener tal acogida durante la totalidad del período de duración del programa.
  • El plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis (6) meses, contado desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, publicándose el acuerdo de concesión de las becas en el Tablón de Anuncios de la Corporación Insular en su sede electrónica: https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/. Posteriormente se efectuará la publicación exigida por los arts. 18.2 y 20.8 b) de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
  • En atención a su naturaleza de beca en especie, el abono se realizará directamente a la entidad que resulte adjudicataria del contrato material de la misma.
  • La justificación de la beca se realizará por la entidad gestora, mediante la presentación de memoria acreditativa del aprovechamiento de cada persona becada del programa de inmersión lingüística, con indicación del coste total por modalidad de destino.
Enlaces de interés

https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/sta/docs/GetDocumentServlet?CUD=15704561326554763546&HASH_CUD=f9294a6baa2291a6d16bbb377267190146fe6608&APP_CODE=STA

Documentación a adjuntar

La documentación a adjuntar esta disponible en el siguiente enlace web: https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=CATALOGO&DETALLE=6269000058178939907769

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas Inmersión Lingüística Cabildo de La Palma

El Cabildo de La Palma es el principal órgano gestor de esta isla, y entre los distintos ámbitos de acción el mismo, cabe destacar la convocatoria de Becas dirigidas a estudiantes.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Inmersión Lingüística Cabildo de La Palma" es: desde 02/01/2025 hasta 31/01/2025.

La Beca "Becas Inmersión Lingüística Cabildo de La Palma" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Inmersión Lingüística Cabildo de La Palma" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas sociales
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes