Becas Ayudas al Estudio Ayuntamiento de Zas
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Becas Ayudas al Estudio Ayuntamiento de Zas: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Zas ha establecido el programa de Becas Ayudas al Estudio Ayuntamiento de Zas para apoyar a los estudiantes en su formación académica. Este programa está destinado a financiar 180 ayudas para diferentes niveles educativos.
Las becas se distribuyen de la siguiente manera. Se conceden quince ayudas para estudios universitarios, cada una con un importe de 360 euros. Además, se ofrecen treinta y una becas para estudios de bachillerato y ciclos superiores, con una dotación de 180 euros cada una. Para los estudiantes de ESO, formación profesional básica y ciclos medios, hay disponibles sesenta y ocho becas de 150 euros. Por último, se otorgarán sesenta y seis ayudas para estudios de primaria, cada una con un importe de 120 euros.
El proceso de selección se realiza mediante un concurso de méritos y en concurrencia competitiva. Se valorarán aspectos como la situación socio-familiar, la situación económica familiar y los méritos académicos.
Las Becas Ayudas al Estudio Ayuntamiento de Zas son un recurso valioso para los estudiantes que buscan avanzar en su educación, y las familias que presentan ciertas dificultades para proseguir con el desarrollo educativo de sus hijos.
En nuestra web te ofrecemos todos los datos que necesitas saber para solicitar las Becas Ayudas al Estudio Ayuntamiento de Zas.
Datos básicos
- Nº de becas
- 180
- Nivel de estudio
- Grado
- Primaria
- ESO
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Formación Profesional Básica
- País de origen
- España
- Región de origen
- Galicia
- Provincia de origen
- La Coruña
- Localidad
- Zas
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Los principales beneficiarios de las Becas Ayudas al Estudio Ayuntamiento de Zas serán las familias con menores recursos económicos del municipio, y serán compatibles con cualquier otra que perciban por el mismo concepto.
Serán beneficiarias/os de estas ayudas las personas empadronadas en el Ayuntamiento de Zas que realicen los estudios referidos en las presentes bases, esto es; educación primaria, ESO, FP básica, bachillerato, ciclos formativos (grado medio y superior) y estudios universitarios (excepto estudios de postgrado y masters).
- Debe tenerse en cuenta que para los casos en que no se esté matriculado en un curso completo será preciso estar matriculado, cuando menos, en 3 materias. En el caso de ser menores de edad, se entenderán las actuaciones con el representante legal del menor.
- En el caso de ser mayores de edad, se entenderán las actuaciones con esta persona directamente o con su representante (padre, madre, representante legal) ante el ayuntamiento, a los efectos de las presentes bases.
- En todo caso, la unidad familiar deberá estar empadronada al completo en el ayuntamiento. Este extremo, se comprobará de oficio por parte del ayuntamiento. A los efectos de estas ayudas, se considera unidad familiar la formada por el padre, madre, tutor o persona encargada de la guardia y protección del menor, así como sus hijos solteros menores de veinticinco años que convivan en el domicilio familiar hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria y no tuvieran ingresos.
- En todo caso, los beneficiarios tienen que cumplir los requisitos del artículo 10 LGS.Los beneficiarios se someterán a las actividades de control realizadas por parte del ayuntamiento para comprobar la veracidad de los actos consignados en la documentación presentada, así como el cumplimiento de los requisitos para la percepción de la ayuda y colaborar con el ayuntamiento en dichas actuaciones.
- Comunicar ante el Ayuntamiento cualquier modificación en las circunstancias exigidas para la concesión de las ayudas.
- Cumplir con el deber recogido en el artículo 14.4.k) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia facilitando toda la información que les sea requerida por la administración en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control.
Dotación
Para la financiación de las Becas Ayudas al Estudio Ayuntamiento de Zas se destina un crédito máximo de 29.100 euros correspondiente al programa 326.48000 del presupuesto de gastos para el año 2024.
Se concederán un total de 180 bolsas de ayuda el estudio, con el límite presupuestario señalado, y serán distribuidas de la siguiente manera:
- Quince (15) para estudios Universitarios por importe de 360 euros cada una.
- Treinta y una (31) para estudios de BACHILLERATO y Ciclo superior por importe de 180 euros cada una.
- Sesenta y ocho (68) para estudios de ESO, FP Básica y Ciclo medio por importe de 150 euros cada una.
- Sesenta y seis (66) para estudios de PRIMARIA por importe de 120 euros cada una.
En caso de que no se agoten las bolsas en una de las categorías podrá usarse el remanente para incrementar las otras.
Presentación
Las solicitudes de las Becas Ayudas al Estudio Ayuntamiento de Zas, junto con la documentación correspondiente, se formularán conforme el modelo normalizado (anexo I) y se dirigirán al Alcalde, debiendo ser presentadas por alguna de las siguientes vías:
- Preferiblemente, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Zas.En el Registro General del Ayuntamiento o por cualesquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de las presentes bases en el BOP de A Coruña.
Más información
Publicidad
La publicidad se llevará a cabo a través del tablón de anuncios de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Zas, https://sede.concellodezas.org/sxc/es/informacion/tablon. Una vez concedidas se publicarán también en la Base de la Datos Nacional de Subvenciones.
Se publicará una primera relación de las solicitudes presentadas con la indicación de aquellas que no reúnen los requisitos señalados y se requerirá a los/las interesadas/os para que en el plazo de diez dias hábiles enmienden las deficiencias advertidas. De no hacerlo se le tendrá por desistido de su solicitud.
Una vez valoradas las solicitudes, la comisión calificadora formulará la propuesta de resolución provisional, que será publicada igualmente en el tablero de la sede electrónica y se concederá a los interesados/las 5 dias hábiles para presentar alegatos.
La comisión calificadora elevará al alcalde la propuesta definitiva de resolución en el plazo máximo de 3 dilas naturales desde que finalice el plazo de presentación de alegaciones.
Criterios de valoración y concesión
Las bolsas se adjudicarán mediante concurso de méritos y en concurrencia competitiva, en el que se tendrá en cuenta un baremo con los siguientes conceptos:
- a. Capacidad económica-familiar.
- b. Número miembros de la unidad familiar.
- c. Méritos académicos del alumno.
Situación socio - familiar
- Número de miembros de la unidad familiar:
- a. Por cada miembro de la unidad familiar, 0,25 puntos.
- Condiciones familiares del solicitante de la ayuda:
- a. Por orfandad: 1 punto.
- b. Hijo de separado/a o viudo/a a fecha actual: 1 punto.
- c. Familia monoparental: 1 punto.
- d. Por poseer el título de familia numerosa: 2 puntos.
- e. Por presentar #un o más miembros de la unidad familiar alguna discapacidad igual o superior al 33%, por cada uno: 3 puntos.
- f. Por estar en situación de desempleo el padre/tutor: 1 punto.
- g. Por estar en situación de desempleo la madre/tutora: 1 punto.
Las puntuaciones en este apartado serán acumulables.
SITUACIÓN ECONÓMICA-FAMILIAR
En este apartado se calcula la Renta Per Cápita mensual (*RPC) de la unidad familiar, referida al indicador público de renta de efectos múltiples vigente (IPREM: 600,00 €) valorándose según a siguiente tabla:
- Inferior al 25% del *IPREM +4.
- Entre el 25% y el 50% del *IPREM +3.
- Entre el 50% y el 75% del *IPREM +2.
- Entre el 75% y el 100% del *IPREM +1.
- Entre el 100% y el 125% del *IPREM -1.
- Entre el 125% y el 150% del *IPREM -2.
- Entre el 150% y el 200% del *IPREM -3.
- Igual o superior al 200% del *IPREM -4.
La *RPC se determinará dividiendo los ingresos totales de la unidad familiar por el número de miembros que a componen. Para estos efectos, se considera unidad familiar, la descrita en el apartado 3 de las presentes bases de la convocatoria.
MÉRITOS ACADÉMICOS
Los méritos académicos del alumno (cualificaciones) únicamente se tendrán en cuenta en los siguientes casos:
- En caso de empate en la puntuación, se concederá a aquel que tenga mejores notas.
- Dentro de la misma familia, se concederá la bolsa a aquellos hijos que tengan mejor expediente académico.
Como méritos académicos se señalan:
- Aprobar todas las materias en el mes de junio.
Excepcionalmente, se concederán bolsas para alumnos repetidores, siempre que la situación económica-familiar así lo justifique. Igualmente, y solo en casos excepcionales de carencia económica, se concederán más de una bolsa por familia. En todo caso, no podrán ser concedidas más de 2 bolsas a miembros de una misma familia.
Documentación a adjuntar
Las solicitudes se formalizarán en el modelo normalizado (anexo 1) que se facilitará en las dependencias municipales o en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zas y a la misma se acompañará la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI del alumno/a y del solicitante (padre, madre o tutor) cuando sea menor de edad.
- Fotocopia del Libro de familia.
- Fotocopia de la matrícula en el centro escolar o universitario o certificado del centro, según el anexo II.
- Fotocopia del Boletín de notas o expediente académico de las cualificaciones del curso 2023/2024.
- Declaración responsable conforme al anexo III.
- De ser el caso, fotocopia del certificado del grado de discapacidad en caso de que algún hijo esté afectado por ella, o resolución de invalidez.
- Certificado de la entidad bancaria en el que conste el código de cuenta del cliente para percibir la ayuda. El titular de dicha cuenta deberá coincidir con el solicitante de la ayuda.
- Fotocopia de la declaración de la renta del año 2023. Las unidades familiares exentas de este deber deberán acreditar la situación, juntando la siguiente documentación:
- Para los miembros activos laboralmente, certificado de Hacienda del año 2023.
- Acreditación, por cualquier medio ajustado a derecho, de percibir o no alguna prestación o pensión (INEM, Seguridad Social, Xunta…).
- En el caso de ser familia monoparental, se deberá aportar, además:
- Sentencia de separación o divorcio y/o convenio regulador o resolución de medidas paterno-filiales, o justificante de viudedad, de ser el caso.