Ayuntamiento de Meco

Becas Primaria, Secundaria, Bachillerato y FP - Ayto Meco

Becas de estudiosNo universitarios

INSCRIPCIONES

10/06/202430/09/2024
Abierta

Becas Primaria, Secundaria, Bachillerato y FP - Ayto Meco: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Primaria, Secundaria, Bachillerato y FP - Ayto Meco se convocan con la finalidad de dotar de una cuantía económica a las familias empadronadas en Meco, para que puedan sufragar los gastos educativos de los jóvenes escolarizados en centros públicos o privados en los cursos de Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o Formación Profesional Básica, de Grado Medio y de Grado Superior. La cuantía será un importe máximo de 70 euros.

Podrán acceder a las Becas Primaria, Secundaria, Bachillerato y FP - Ayto Meco las familias cuyos miembros de la unidad familiar estén todos empadronados en el municipio de Meco, matriculados en las enseñanzas anteriormente mencionadas, que cumplan con el resto de requisitos indicados. Estas becas serán incompatibles con las que concede la Comunidad de Madrid para Bachillerato y Formación Profesional de Grado Medio o Superior durante el presente curso. Las becas sí serán compatibles con otras siempre que sumadas no superen el coste total del concepto que se subvenciona.

Sin duda las Becas Primaria, Secundaria, Bachillerato y FP - Ayto Meco son una gran oportunidad para las familias empadronadas en dicho municipio que cuenten con menores escolarizados en los niveles que se indican. Si deseas consultar toda la información para solicitar las becas, aquí te la facilitamos.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Primaria
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Formación Profesional Básica
País de origen
  • España
Región de origen
  • Comunidad de Madrid
Provincia de origen
  • Madrid
Localidad
Meco
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Los solicitantes que quieran postularse a las Becas Primaria, Secundaria, Bachillerato y FP - Ayto Meco, deberán reunir los siguientes requisitos:

  • a. Que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en Meco, a la fecha de presentación de la solicitud. Se comprobará de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes del Municipio de Meco.
  • b. Que los alumnos se encuentren matriculados durante el curso escolar 2024/2025 en algún curso de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o Formación Profesional Básica, de Grado Medio y de Grado Superior.
  • c. Que presenten la solicitud en el plazo establecido en el artículo 8 de la presente convocatoria.
  • d. Que todos los miembros de la unidad familiar estén al corriente de pago con la Hacienda Municipal. Se comprobará de oficio por el Departamento de Recaudación.
  • e. Tener como máximo 20 años el día 31 de diciembre de 2024.
  • f. En su caso, aportar junto con la solicitud, la documentación que se exige en la presente convocatoria.
  • g. No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • h. Que los solicitantes tengan DNI o NIE.

No podrán ser beneficiarios de la beca los solicitantes que sean beneficiarios de alguna de las becas concedidas por la Comunidad de Madrid para el estudio de Bachillerato y Formación Profesional de Grado Medio o Grado Superior durante el curso escolar 2024/2025.

Dotación

El importe individual de cada una de las Becas Primaria, Secundaria, Bachillerato y FP - Ayto Meco será como máximo 70 euros, con la limitación de 100.000 euros como máximo.

En el caso de que el número de solicitudes que cumplan todos los requisitos hiciera sobrepasar el importe máximo de la dotación presupuestaria establecida en el artículo 3 de la presente convocatoria, las becas individuales disminuirán proporcionalmente hasta cumplir el límite máximo del crédito presupuestario.

Presentación

Las solicitudes de las Becas Primaria, Secundaria, Bachillerato y FP - Ayto Meco se ajustarán al modelo normalizado (Anexo I), que podrá cumplimentarse para su presentación telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Meco y consultarse en el tablón de anuncios de la sede electrónica (https://sede.aytomeco.es).

Las solicitudes serán presentadas preferentemente de forma telemática, mediante el uso del registro de entrada de la sede electrónica (https://sede.ayto-meco.es), y en el caso de imposibilidad técnica para el uso de los medios telemáticos se podrán presentar en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Meco, o en cualquiera de los lugares previstos por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los interesados deberán conservar los justificantes de las solicitudes presentadas, y deberán aportarlos para cualquier reclamación relacionada en el momento de presentación de las mismas.

Más información

Determinación de la unidad familiar

  1. A los efectos de la presente convocatoria, se considera que conforman la unidad familiar:
    • Los padres y, en su caso, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor.
    • Los alumnos beneficiarios de las presentes becas.
  2. En el caso de divorcio o separación legal o de hecho (cuando no existe vínculo matrimonial) de los padres no se considerará miembro computable a aquel de ellos que no conviva con el solicitante de la beca. La unidad familiar se entenderá constituida por el padre o la madre y los hijos beneficiarios de las presentes becas que convivan con uno u otra, y reúnan los requisitos señalados en el apartado 1 anterior, siempre que se justifique esta situación de monoparentalidad.
  3. En los supuestos en los que el solicitante de la beca sea un menor en situación de acogimiento, será de aplicación a la familia de acogida lo dispuesto en los párrafos anteriores. Se tendrá que justificar documentalmente la existencia de esta situación.
  4. Todas las referencias anteriores a padre o madre serán aplicables, en su caso, a los tutores o personas encargadas de la guarda y protección del menor.
  5. Si se encontrase en una circunstancia distinta a las anteriores, deberá aportarse certificado de los servicios sociales que acredite la convivencia del alumno por el que se solicita la beca y todos los familiares que convivan con él.

Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención

La subvención se otorgará a los alumnos que, habiendo presentado la solicitud dentro del plazo establecido, cumplan los requisitos expuestos en el artículo 5.

El único criterio a tener en cuenta para la concesión de la subvención será cumplir la condición de estar matriculado en cualquier curso de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o Formación Profesional Básica, de Grado Medio o de Grado Superior durante el curso 2024/2025.

Para los alumnos matriculados en algún curso de Educación Primaria o Secundaria Obligatoria y que en el año 2024 cumplan 15 años o menos, al ser obligatoria la escolarización, la comprobación del cumplimiento del criterio único se entenderá cumplida.

Para los alumnos que en el año 2024 cumplan 16 años o más, la comprobación del cumplimiento del criterio único se realizará mediante el certificado del centro educativo de encontrarse matriculado para el curso escolar 2024/2025, presentado junto con la solicitud, o mediante la solicitud a los centros escolares IES Gaspar Sanz y Colegio Chesterton de Meco de los listados de los alumnos matriculados en Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en el curso escolar 2024/2025, que será remitida por los centros escolares antes del 12 de octubre de 2024.

Aprobación y publicación de listados provisionales de admitidos y excluidos

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes determinado en el artículo 8, y tras el estudio y comprobación del cumplimiento de los requisitos de las solicitudes presentadas, se elaborará por el órgano instructor la propuesta de listados provisionales de solicitudes admitidas y excluidas, que será elevada al Alcalde-Presidente para su aprobación.

En los listados figurarán las solicitudes presentadas que se hayan admitido y, en su caso, aquellas que resulten excluidas de la convocatoria, con indicación de la causa de exclusión.

Estas listas se publicarán con los efectos de la notificación, conforme al artículo 45.1.b) de la ley 39/2015, de 1 de octubre, en el tablón de anuncios de la sede electrónica (https://sede.ayto-meco.es), y en su caso, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Meco.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 68 y 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados dispondrán de un plazo mínimo de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación de los listados para subsanar la solicitud, formular las alegaciones y presentar los documentos que estimen oportunos. Transcurrido el plazo sin que así lo hiciera, se considerará que el solicitante desiste de su petición.

Resolución de la convocatoria

Finalizado el plazo de alegaciones, el Alcalde-Presidente, resolverá las alegaciones presentadas y acordará la resolución de concesión o denegación de las subvenciones. La resolución se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica (https://sede.aytomeco.es), y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, surtiendo esta publicación los efectos de la notificación, conforme al artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

La resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó la resolución, o directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento será de seis meses, según lo establecido en el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

Justificación de la aplicación de los fondos y abono de la beca

Para la justificación de la aplicación de los fondos, los alumnos matriculados en algún curso de Educación Primaria o Secundaria Obligatoria y que en el año 2024 cumplan 15 años o menos, al ser obligatoria la escolarización, no será necesaria la aportación de documentación alguna que justifique tal situación, y se entenderá cumplida y, por tanto, justificada la subvención.

Para los alumnos que en el año 2024 cumplan 16 años o más, servirá de justificante el certificado del centro educativo de encontrarse matriculado para el curso escolar 2023/2024, presentado junto con la solicitud. Para los alumnos matriculados en el IES Gaspar Sanz y elColegio Chesterton de Meco servirá de justificante el listado de los alumnos matriculados en Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato remitido por dichos centros, según lo establecido en el artículo 9.

Todo ello, sin perjuicio de los controles que puede establecer el Ayuntamiento para su comprobación.

En el caso de no quedar debidamente acreditada la correcta justificación de la subvención, no se podrá ser beneficiario de la presente beca y, por tanto, la solicitud se incluirá en el listado de solicitudes excluidas por dicho motivo.

El abono de las becas se realizará, previa justificación de la aplicación de los fondos, mediante transferencia bancaria al número de cuenta indicado en la solicitud, cuyo titular tiene que coincidir con el solicitante. 

Compatibilidad de las ayudas

Las presentes becas son incompatibles con las becas concedidas por la Comunidad de Madrid para el estudio de Bachillerato y Formación Profesional de Grado Medio o Grado Superior durante el curso escolar 2024/2025, siendo compatibles con el resto de becas o ayudas que provengan de otras administraciones públicas o entes públicos o privados, siempre que sumadas todas las ayudas no superen el coste total del concepto subvencionado.

Enlaces de interés

https://sede.ayto-meco.es/documentos/76268DA4BD9E594C845D20AB23C0F982.pdf

Documentación a adjuntar

La solicitud deberá ser cumplimentada y firmada por el padre o la madre o el tutor o tutora del alumno, en cuyo domicilio se encuentre empadronado el alumno o alumna.

En el caso de varios hermanos solicitantes de la beca en la familia, podrá solicitarse en el mismo impreso, siempre que coincidan ambos progenitores.

Documentación a presentar junto con la solicitud:

  • a. En el caso de que el alumno cumpla los 16 años o más en el año 2024 y siga cursando estudios de Educación Secundaria Obligatoria, será necesario presentar, junto con la solicitud, un certificado del centro educativo de encontrarse matriculado en dichos estudios para el curso escolar 2024/25.
  • b. En el caso de que el alumno realice estudios de Formación Profesional Básica, será necesario presentar, junto con la solicitud, un certificado del centro educativo de encontrarse matriculado en dichos estudios para el curso escolar 2024/2025.
  • c. En el caso de que el alumno realice estudios de Bachillerato, Formación Profesional de Grado Medio o Grado Superior, será necesario presentar, junto con la solicitud, un certificado del centro educativo de encontrarse matriculado en dichos estudios para el curso escolar 2024/25. No será necesaria la presentación de los certificados cuando el alumno se encuentre matriculado en el IES Gaspar Sanz o en el Colegio Chesterton de Meco y se autorice al Ayuntamiento para consultar la información de matriculación con dichos centros escolares.

El Ayuntamiento de Meco comprobará de oficio la acreditación del cumplimiento por el solicitante de las obligaciones tributarias con el Estado y frente a la Seguridad Social, cuando haya sido expresamente autorizada por el solicitante en el impreso de solicitud. Cuando en el impreso de solicitud se haya denegado la autorización para la consulta de los datos, se presentarán los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y frente a la Seguridad Social.

El Ayuntamiento de Meco comprobará de oficio que toda la unidad familiar está al corriente de pago con la Hacienda Municipal.

Con la presentación de la solicitud el solicitante declara que los datos incluidos en la solicitud son ciertos, que no se encuentran incursos en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiarios establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y que el/los alumno/s no son beneficiarios de alguna de las becas concedidas por la Comunidad de Madrid para el estudio de Bachillerato y Formación Profesional de Grado Medio o Grado Superior durante el curso escolar 2024/25.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas Primaria, Secundaria, Bachillerato y FP - Ayto Meco se convocan con la finalidad de dotar de una cuantía económica a las familias empadronadas en Meco, para que puedan sufragar los gastos educativos de los jóvenes escolarizados en centros públicos o privados en los cursos de Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o Formación Profesional Básica, de Grado Medio y de Grado Superior. La cuantía será un importe máximo de 70 euros.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Primaria, Secundaria, Bachillerato y FP - Ayto Meco" es: desde 10/06/2024 hasta 30/09/2024.

La Beca "Becas Primaria, Secundaria, Bachillerato y FP - Ayto Meco" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Primaria, Secundaria, Bachillerato y FP - Ayto Meco" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes