Premios Poesía Manuel Alcántara
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Premios Poesía Manuel Alcántara: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Málaga, en su deseo de contribuir al desarrollo de la cultura y las artes literarias en su más amplia expresión, convoca los Premios de Poesía Manuel Alcántara, con el objetivo de seleccionar un poema inédito y no premiado anteriormente, como vehículo para promocionar la literatura y, en particular, la poesía, vinculándola al nombre del poeta malagueño D. Manuel Alcántara.
Podrán solicitar estas becas las personas que tengan más de 18 años, y que sean poetas de cualquier nacionalidad. El poema presentado deberá estar escrito en castellano. Los solicitantes podrán participar con un único poema.
Los poemas deben cumplir con requisitos específicos de formato: estar mecanografiados a doble espacio, en tipografía Arial, Times New Roman o similar, tamaño de 12 puntos y en papel formato A-4, con márgenes de 2,5 centímetros. La extensión debe oscilar entre 14 y 100 versos.
Un jurado compuesto por destacados profesionales del ámbito literario será el encargado de evaluar los trabajos, valorando criterios como originalidad, belleza literaria y corrección del idioma. Tras la selección inicial por un pre-jurado, se elegirá al ganador entre los veinte poemas preseleccionados.
Si deseas consultar todo lo que se necesita para solicitar los Premios de Poesía Manuel Alcántara, aquí puedes encontrar esa información.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Primaria
- ESO
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Postgrado-Especialidad
- Nacionalidades
- Residente en España
- Cualquier nacionalidad
Requisitos
Los requisitos para participar y las causas de exclusión son las siguientes:
- Podrán concurrir a los Premios Poesía Manuel Alcántara todas aquellas personas mayores de 18 años, poetas de cualquier nacionalidad, residentes en España o en el extranjero, siempre que el poema presentado esté escrito en castellano, sea original, inédito y no se haya premiado en otros certámenes.
- Se excluirán los autores galardonados en anteriores ediciones.
- El interesado podrá participar con un único poema, quedando excluido el participante del concurso en caso contrario.
- No se admiten, traducciones ni adaptaciones de ningún tipo, haciéndose responsable los autores de los posibles plagios o transgresiones de la legalidad vigente en que pudiera incurrir.
- No podrán obtener la condición de beneficiarios de los premios las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Los beneficiarios están sujetos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria aquellas personas que no se hallen al corriente en sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Málaga, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
- Quedan excluidos los participantes cuyo seudónimo contenga elementos identificativos de su nombre y que permita identificar a su autor.
- También será causa de exclusión la presentación extemporánea (fuera de plazo) referida tanto a la solicitud de participación como al poema participante.
- La no aportación de la documentación fiscal requerida al efecto, así como, la comprobación posterior de no reunir los requisitos establecidos por la Ley, será causa de exclusión.
Dotación
Los Premios Poesía Manuel Alcántara ofrecerán un único premio dotado con 6.000,00 € sujeto a las retenciones de IRPF correspondientes y con cargo a la partida 01.3349.48100 PAM 4070 y la entrega de un recuerdo conmemorativo como ganador del Premio de Poesía Manuel Alcántara. Este premio será indivisible y no podrá declararse desierto.
Presentación
- El poema presentado en los Premios Poesía Manuel Alcántara deberá ser original, inédito y no premiado en otro concurso literario pudiendo presentar forma y temática libre. No se admitirán traducciones ni adaptaciones y se presentará un único poema por participante.
- El poema preferentemente y en cuanto a su forma se ajustará a las siguientes condiciones: el original deberá estar mecanografiado a doble espacio, utilizar un tipo de letra Arial, Times New Roman o, similares, a 12 puntos y en formato A-4. Además, deberá respetar unos márgenes, como mínimo, de 2,5 centímetros en cada dirección.
- La extensión de los poemas deberá no ser inferior a catorce versos ni superior a cien.
Concretamente, la presentación se podrá realizar de las siguientes formas:
- Las solicitudes, junto con los poemas, se presentarán preferentemente por vía telemática a través de la sede electrónica del Ayto de Málaga conforme al trámite publicado al efecto en https://sede.malaga.eu/es/tramitacion/detalle-del-tramite/index.html?id=7857.
- Deberá cumplimentarse adecuadamente la solicitud, entre cuyos datos se incluyen, título del poema y seudónimo.
- A este respecto, el participante elegirá un seudónimo que preserve en todo momento su anonimato, de forma que, dicho seudónimo no se corresponda con abreviaturas, acrónimos o juego de palabras, que sean fácilmente identificables con sus datos personales, especialmente los relativos a nombres y apellidos.
- A continuación, deberá incorporarse el poema participante, mediante archivo adjunto, nombrado con el TÍTULO DE LA OBRA y SEUDÓNIMO, anteriormente incluidos en la solicitud, debiendo cumplir el archivo los parámetros de la capacidad máxima permitida.
- El mencionado archivo no deberá contener ningún dato personal o identificativo del autor/a, quedando, en caso contrario, excluida su participación.
- a. En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1;
- b. En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca;
- c. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero;
- d. En las oficinas de asistencia en materia de registros;
- e. En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes”. En caso de presentación presencial, la solicitud de participación (disponible en el enlace arriba indicado), junto con el poema, deberá dirigirse al Edificio del Archivo Municipal, Alameda Principal nº 23, C.P: 29001, Málaga; en un sobre cerrado en el que se indique el nombre del concurso: “PREMIO DE POESÍA MANUEL ALCÁNTARA 2024”.
Más información
Constitución del jurado y fallo
La competencia para la instrucción del procedimiento corresponde a la Dirección General de Cultura y la resolución o concesión del premio corresponde a la Concejal Delegada de Cultura.
El poema ganador será seleccionado por un jurado integrado por:
Un máximo de cinco profesionales (incluida la presidencia del mismo) de reconocido prestigio provenientes de distintos sectores que componen el mundo de las letras, poetas, escritores, críticos, académicos, que serán nombrados mediante resolución de la Concejal Delegada de Cultura y Patrimonio Histórico, siendo desempeñadas las funciones de Secretaría en funcionarios, técnicos de administración general, adscritos al Área de Cultura, nombrados igualmente en la referida Resolución.
Asimismo, se constituirá un pre-jurado, compuesto por un máximo de 4 miembros, que será igualmente nombrado mediante la resolución anteriormente indicada y, que se encargará de realizar una preselección de 20 obras las cuales se remitirán, por el Secretario, al jurado para la selección de la obra ganadora.
El nombramiento del Jurado y pre-jurado se realizará con carácter previo a la publicación de la presente convocatoria en el BOP; dicha resolución será publicada en el Tablón de Edictos Municipal y en la sede electrónica.
Una vez recepcionadas las solicitudes de participación, tanto las presentadas telemáticamente como las presentadas por la vía del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se remitirán al pre-jurado, por parte de su secretario, los poemas que hayan sido admitidos por cumplir los requisitos establecidos en la presente convocatoria y no hayan incurrido en ningún supuesto de exclusión.
A continuación, los veinte poemas preseleccionados serán remitidos, por el Secretario, al jurado para seleccionar de entre ellos el ganador.
Tanto el Jurado como el pre-jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración: originalidad, belleza literaria y buen uso y corrección del idioma.
Las deliberaciones del jurado son secretas y no establecerá comunicación alguna con ningún participante.
Tras la emisión del fallo del jurado se procederá a comprobar, de forma inmediata, que los premiados reúnen los requisitos legales para la concesión del premio. Para ello, la solicitud de participación conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. Cuando el participante hubiera denegado expresamente el consentimiento en la solicitud de participación deberá aportar las certificaciones antes referidas.
Los miembros del Jurado o el ganador no podrán dar a conocer el fallo de forma unilateral antes del momento en que el Ayuntamiento de Málaga lo haga público.
El ganador deberá entregar un documento de “Aportación de datos bancarios”, el cual se facilitará en su momento por el órgano gestor, en el que conste el dato de titularidad de la cuenta bancaria del ganador. Dicho documento deberá ser debidamente cumplimentado y firmado, así como validado por la entidad bancaria.
Si el ganador no fuese español y/o no residente fiscal en España, tendrá que aportar el certificado de residencia emitido por la autoridad fiscal de su país a fin de evitar la doble imposición internacional en materia de retenciones tributarias.
La no aportación de esta documentación fiscal requerida al efecto, así como la comprobación posterior de no reunir los requisitos establecidos por la Ley, será causa de exclusión automática del mismo.
El jurado es un órgano de carácter propositivo, y como tal, su fallo tendrá carácter de propuesta, no creando derecho alguno a favor del premiado propuesto hasta el otorgamiento del premio mediante Resolución de la Concejal Delegada de Cultura y Patrimonio Histórico.
Contra resolución de la Concejal Delegada de Cultura y Patrimonio Histórico se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que dicto el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación del acuerdo, conforme al artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común; o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme al artículo 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Enlaces de interés
https://www.malaga.eu/visorcontenido/SGTDocumentDisplayer/42674/DocumentoTramite42674