Becas Material - Ayto Arroyo de la Encomienda
INSCRIPCIONES
Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.
Becas Material - Ayto Arroyo de la Encomienda: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Material - Ayto Arroyo de la Encomienda se convocan por el ayuntamiento con la finalidad de ayudar a sufragar los gastos de las familias con escolarizados en Primaria, Secundaria, PMAR Y FP Básica. Gracias a estas becas, las familias tendrán ayudas para la adquisición de material escolar, libros de texto y material informático, como pudiera ser ordenador, tablet, cartucho, impresora, disco duro externo, auriculares sencillos, etc.
Para poder obtener las Becas Material - Ayto Arroyo de la Encomienda las familias deberán estar empadronados en Arroyo de la Encomienda y tener menores escolarizados en los niveles educativos anteriormente mencionadas. El importe de la ayuda dependerá de los justificantes que presenten los padres o tutores de los menores, aunque el importe máximo de la ayuda será de 100 euros por alumno. Este importe se abonará por transferencia bancaria.
Para la adjudicación de la ayuda se tendrá en cuenta el límite de ingresos de la unidad familiar, de este modo las becas se ofrecerán a las familias que necesitan una ayuda extra.
Si estás interesado en las Becas Material - Ayto Arroyo de la Encomienda en nuestra web podrás ver toda la información que necesitas para solicitarlas. Aquí te ofrecemos requisitos, plazos y más.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Primaria
- ESO
- Formación Profesional Básica
- País de origen
- España
- Región de origen
- Castilla y León
- Provincia de origen
- Valladolid
- Localidad
- Arroyo de la Encomienda
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán solicitar las Becas Material - Ayto Arroyo de la Encomienda, las familias de los alumnos empadronados en Arroyo dela Encomienda que estén matriculados en Primaria, Secundaria, PMAR y FP Básica, encentros educativos sostenidos con fondos públicos.
Para la concesión de la ayuda será imprescindible que se cumplan los siguientes requisitos:
- a. Que el alumnado beneficiario de las ayudas esté matriculado en Educación Primaria, Secundaria, PMAR y FP Básica, durante el curso escolar 2024-2025, en centros educativos sostenidos con fondos públicos.
- b. Que el alumnado esté empadronado en este municipio.
- c. Que el padre, madre, o tutor del alumno, que solicite la ayuda esté empadronados en Arroyo de la Encomienda.
El padre y madre, o tutores del alumno, que formen parte de la unidad familiar, deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y con la Tesorería General de la Seguridad Social. Ésta obligación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Subvenciones, queda sustituida mediante la declaración responsable del ANEXO.
- Persona inscrita en el registro civil como única progenitora, cónyuge o progenitor superviviente de los hijos habidos en común.
- Persona que tenga a su cargo en exclusiva la tutela o el acogimiento por más de un año de otras personas menores con las que forma un núcleo estable de convivencia, y las personas mayores de edad que hayan estado en acogida permanente con anterioridad.
- Persona que tenga la guarda y custodia exclusiva de sus hijos y no haya percibido la pensión por los alimentos establecida judicialmente o por convenio durante seis meses consecutivos o doce meses alternos.
Dotación
El importe de las Becas Material - Ayto Arroyo de la Encomienda estará en función de la documentación justificativa que se presente, siendo el importe máximo de la ayuda de 100 € por alumno. Si la ayuda se solicita telemáticamente, el importe máximo será de 105 € por alumno, en virtud del principio de la eficiencia administrativa.
Presentación
La solicitud de las Becas Material - Ayto Arroyo de la Encomienda se dirigirá al Sr. Concejal-delegado de Educación de Arroyo de la Encomienda (competencia delegada mediante resolución de Alcaldía nº 2420/2023, de 30 de junio, según el modelo que figura en el ANEXO de la presente convocatoria.
La solicitud podrá presentarse:
PRESENCIALMENTE:
- En el Registro municipal del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, ubicado en la Plaza España nº 1, de Arroyo de la Encomienda.
- En cualquiera de los registros previstos en el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
TELEMATICAMENTE en la Sede Electrónica/Registro Electrónico.
- Con certificado electrónico.
- DNI Electrónico.
Más información
Justificación de la ayuda concedida
La justificación se realizará mediante la aportación de facturas, que acrediten la adquisición de material escolar, libros de texto y material informático, en comercios del municipio de Arroyo de la Encomienda, así como la justificación de su pago.
En la factura debe figurar:
- El nombre del padre, madre o representantes legales del alumno beneficiario.
- Datos del establecimiento donde se ha adquirido el material y libros de texto (No se admitirán facturas en las que no se aprecie claramente, que la adquisición se ha realizado en comercios de Arroyo de la Encomienda).
- Fecha de la factura (La fecha de la documentación justificativa estará comprendida entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2024).
- El material escolar, libros de texto y material informático adquiridos, especificando por cada artículo la cantidad y el coste. No se admitirán facturas en las que figuren designaciones (códigos), que no permitan conocer a que material escolar, libros de texto y material informático se refieren. No se admitirán facturas en las que figuren, junto a conceptos subvencionables, otros que no lo sean.
- Importe total. Se deberá presentar la justificación por unidad familiar. Si se presenta una sola factura para dos o más hijos, se deben individualizar los gastos por cada hijo, siempre y cuando cursen estudios correspondientes a los ciclos de Educación para los que se destina la subvención. Si falta alguno de estos elementos, la factura no reunirá las condiciones necesarias y, por tanto, no será tenida en cuenta. No se admitirá otro tipo de justificación. La documentación justificativa se presentará junto con el ANEXO que figura en la presente convocatoria.
Criterios económicos
- Familias no numerosas: Hasta 42.000 €.
- Familias numerosas: Hasta 55.000 €.