Becas Buen Expediente - Ayto Arganda del Rey
INSCRIPCIONES
Becas Buen Expediente - Ayto Arganda del Rey: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Arganda del Rey convoca las Becas Buen Expediente - Ayto Arganda del Rey. Estas becas constituyen una ayuda extra para los alumnos universitarios y de Ciclo formativo de Grado Superior que tienen un excelente aprovechamiento académico y se encuentra empadronados en el municipio de Arganda del Rey.
Podrán solicitar las Becas Buen Expediente - Ayto Arganda del Rey los estudiantes de universitarios de grado, máster o doctorado. Además también podrán aspirar a estas becas los alumnos que realizaron en el curso anterior de forma completa, enseñanzas universitarias o segundo de bachillerato.
Las solicitudes de estas ayudas deberán realizarse en la plataforma digital, o en las oficinas de atención a la ciudadanía, adjuntando la documentación indicada.
Se establecerán dos cuantías distintas, una de 500 euros para estudios en el primer tramo de renta y 400 euros para estudios en el segundo tramo de renta.
Sin duda las Becas Buen Expediente - Ayto Arganda son una gran oportunidad si tienes empadronamiento en este municipio y estás cursando estudios universitarios o FP de Grado Superior. Aquí te facilitamos toda la información que necesitas para solicitar estas becas. Además, en nuestra web también podrás consultar otras becas y ayudas del Ayuntamiento de Arganda del Rey.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado superior
- País de origen
- España
- Región de origen
- Comunidad de Madrid
- Provincia de origen
- Madrid
- Localidad
- Arganda del Rey
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Destinatarios
Podrán ser beneficiarias de las becas reguladas en la presente Convocatoria las personas físicas pertenecientes a familias empadronadas en Arganda del Rey en calidad de progenitor, progenitora, tutor o tutora de alumnos, o los propios alumnos/as (en caso de ser mayores de edad), que estén matriculados durante el curso 2024/2025 en alguno de los estudios regulados por esta Convocatoria, siempre que lo hagan en centros educativos sostenidos con fondos públicos, es decir centros públicos y concertados.
Requisitos de las Becas Buen Expediente - Ayto Arganda del Rey:
- Alumnos y alumnas matriculados de un curso completo en 2024/2025 en:
- Estudios universitarios de grado, máster o doctorado.
- 1º ó 2º curso de ciclos formativos de FP de Grado Superior.
- Aquellas/os alumnas/os que durante el curso anterior, es decir, el curso escolar 2023/2024, realizaron un curso completo de enseñanzas universitarias (mínimo 40 créditos) ó algún curso de un Ciclo Formativo de Grado Superior completo.
- Aquellos/as alumnos/as que durante el curso anterior, es decir, el curso escolar 2023/2024, cursaron 2º de Bachillerato completo.
- El alumnado solicitante de esta ayuda debe estar matriculado en algún centro educativo sostenido con fondos públicos, tanto en el curso anterior, 2023/2024,como en el curso 2024/2025.
Dotación
La cuantía de las Becas Buen Expediente - Ayto Arganda del Rey estará en función del tramo de renta, y de los estudios realizados:
NOTA MÍNIMA
- Primer tramo Renta:
- ACCESO UNIVERSIDAD 8,5 - 500 euros.
- INGENIERÍA/ ARQUITECTURA 7,5 - 500 euros.
- MEDICINA/ DOBLES TITULACIONES 8 - 500 euros.
- OTROS GRADOS 8,5 - 500 euros.
- FP GRADO SUPERIOR 8,5 - 500 euros.
Segundo tramo Renta:
- Segundo tramo Renta:
- ACCESO UNIVERSIDAD 8,5 - 400 euros.
- INGENIERÍA/ ARQUITECTURA 7,5 - 400 euros.
- MEDICINA/ DOBLES TITULACIONES 8 - 400 euros.
- OTROS GRADOS 8,5 - 400 euros.
- FP GRADO SUPERIOR 8,5 - 400 euros.
- Para estudios Universitarios: Se concederán becas, de acuerdo con las cuantías anteriores, por una cantidad máxima de 16.000,00 €.
- Para estudios de Ciclo Formativo de Grado Superior: Se concederán becas, de acuerdo con las cuantías anteriores, por una cantidad máxima de 4.000,00 €.
Presentación
Con el fin de facilitar y agilizar la presentación de solicitudes de las Becas Buen Expediente - Ayto Arganda del Rey, y en su apuesta por la transformación digital, el Ayuntamiento de Arganda del Rey ha desarrollado una plataforma digital donde podrá realizar íntegramente toda su solicitud: http://becas.ayto-arganda.es
En la web podrá encontrar toda la información para participar en la convocatoria de Becas Buen Expediente - Ayto Arganda del Rey, pudiendo elegir la forma de presentación que le sea más sencilla:
- Presentación telemática a través de la plataforma web. Puede realizar la tramitación de la solicitud íntegramente a través de la web, incorporando tanto los datos de la solicitud como la documentación acreditativa digitalizada:
- Los solicitantes que hayan participado en convocatorias anteriores tendrán acceso, y confirmarán en su caso, los datos personales y familiares facilitados en la última convocatoria.
- Los solicitantes que concurran por primera vez podrán introducir los datos que se le soliciten.
- Los documentos acreditativos que deben acompañar a la solicitud se presentaran en formato digital, a través de la propia web, siguiendo las instrucciones y tutoriales que en ella se incluyen.
- Con el objeto de poder verificar y cotejar la originalidad de los documentos digitalizados, el Ayuntamiento de Arganda del Rey podrá requerir a los solicitantes, en cualquier fase de la convocatoria, la presentación física de los documentos originales.
- Presentación en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía y Centro Cultural "Pilar Miró". La solicitud se podrá realizar igualmente de modo presencial, a través de la Oficinas de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento de Arganda del Rey y en el Centro Cultural "Pilar Miró". Puede solicitarse cita previa en http://citaprevia.aytoarganda.es/#section-0
Más información
Abono de la beca
Resuelta la Convocatoria, la beca se abonará por transferencia bancaria en un único pago a lo largo del curso escolar 2024/2025. El/la titular de la cuenta corriente debe coincidir, necesariamente, con el/la solicitante de la ayuda.
Cálculo de la nota media
En bachillerato para calcular la nota media normalizada, se seguirá el siguiente criterio: se valorará la nota media normalizada del expediente académico del curso completo realizado en 2023/24, entendiendo por ésta el resultado de dividir la suma de las calificaciones numéricas obtenidas en cada asignatura entre el número total de asignaturas previsto en el plan docente cursado por el solicitante, exceptuando Religión (Decreto 64/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo del Bachillerato).
En el caso de estudios universitarios deberán haberse cursado un mínimo de 40 créditos.
Sólo en el caso de que en el certificado de notas presentado por el alumno/a no figuren las calificaciones numéricas, a los efectos del cálculo de la nota media del expediente académico y para unificar el criterio aplicable a cada uno de los mismos, se establece la siguiente valoración de las notas: Matrícula Honor, 10 puntos; Sobresaliente 9 puntos; Notable 7,5 puntos; Aprobado o apto 5,5 puntos.
Obligaciones de los beneficiarios
- Estar matriculado durante el curso 2024/2025 en aquellos estudios objeto de esta convocatoria para los que solicita la ayuda y hacer uso regular de los servicios regulados por la misma.
- Mantener una actitud correcta en el centro educativo donde cursa sus estudios, de acuerdo al Reglamento de Régimen Interior correspondiente; en caso contrario la ayuda se podrá suspender o reducir en tanto la actitud no se corrija, a propuesta del centro educativo, con supervisión de la Comisión de Valoración.
- Mantener una asistencia regular al centro, en caso contrario la ayuda podrá verse anulada o reducida proporcionalmente. Según la Ordenanza reguladora del Absentismo Escolar del Ayuntamiento de Arganda del Rey, publicada en el BOCM Núm. 12, de 17 de junio de 2024, en su título III, Art. 12 punto 3 “Atendiendo a las circunstancias concurrentes en la comisión de infracciones muy graves, además de las sanciones establecidas anteriormente, podrá imponerse, como sanción accesoria, la revocación de las ayudas o subvenciones concedidas por la administración, así como la prohibición de recibir financiación pública por un período de entre uno y cinco años”.
- Estar empadronada la unidad familiar al completo en Arganda del Rey, antes del 1 de septiembre de 2024.
- Justificarlas becas solicitadas mediante la documentación requerida para cada una.
- Estar al corriente de pago de los tributos, tasas y precios públicos establecidos por el Ayuntamiento de Arganda del Rey que le corresponda a cualquier miembro de la Unidad Familiar.
- Cooperar con el Ayuntamiento de Arganda del Rey en cuantas actividades de inspección y verificación lleve a cabo, en orden a asegurar el destino finalista de la ayuda.
- Proceder al reintegro de los fondos en los casos previstos en el R.D. 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de becas y becas al estudio personalizadas.
Enlaces de interés
Consulta más información sobre la documentación general, los criterios de valoración y otros datos de interés en el siguiente enlace:
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/794831
Documentación a adjuntar
Documentación general:
Las familias de los/as alumnos/as, que en anteriores convocatorias solicitaron alguna modalidad de ayuda del Plan Municipal de Apoyo a las Familias de Arganda del Rey, no tendrán que presentar aquella documentación que no haya variado en el presente curso escolar (Libro de Familia, sentencia de separación y/o convenio regulador, certificado acreditativo de discapacidad o dependencia), siempre que esta documentación esté actualizada. Aquellos solicitantes que hayan presentado impreso de solicitud de transferencia bancaria (Ficha de Terceros) en la anterior convocatoria del Programa Municipal de Ayuda a la Educación y a la Conciliación (PMAEC) no tendrán que presentar dicha Ficha de Terceros para pago de Tesorería.
La solicitud que se presente en Registro deberá ir firmada por ambos progenitores o tutores, o el/la propio/a alumno/a interesado/a, si es mayor de edad, y debidamente cumplimentada se entregará acompañada de la siguiente documentación general para todas las becas:
- Documentación justificativa del objeto de la ayuda.
- Documentación justificativa de la situación familiar.
- Documentación justificativa de la situación económica.
Documentación específica:
- Fotocopia de la matrícula oficial del alumno/a durante el curso 2024/2025, en el centro donde cursa los estudios o certificado del centro donde conste el curso en que está matriculado/a. En el caso de centros universitarios se deberá presentar, además, algún documento que acredite el pago de la matrícula completa, el primer plazo en caso de fraccionamiento o las tasas de secretaría en caso de exención.
- Documento que permita comprobar las notas obtenidas en el curso 2023/2024. Una vez resuelta la convocatoria, los alumnos y alumnas que resulten beneficiarios de esta ayuda tendrán un plazo de 10 días hábiles para presentar un certificado de notas original donde figuren las notas correspondientes al curso 2023/24, expedido por la secretaría del centro en el que realizaron el curso anterior. Si no se presentara dicho certificado o éste no demostrara la nota mínima exigida en la convocatoria, se perdería el derecho a la ayuda concedida. La publicación del listado definitivo servirá de requerimiento a los beneficiarios para la presentación de esta documentación. Para las notas de 1º de FP Dual, en caso de no poder disponer de un certificado oficial de notas, éste se puede sustituir por un documento que incluya la valoración global de la nota del primer curso, expedido por la dirección del centro educativo.
- Autorización para la publicación del nombre y/o imágenes de los beneficiarios (no es obligatoria ni está ligada a la concesión de la ayuda). Las publicaciones que se puedan realizar de los beneficiarios de la concesión de las becas de buen expediente académico tendrán carácter divulgativo como referentes por su esfuerzo, dedicación y buenos resultados académicos.