Becas Libros Material Transporte Ayto de Almussafes
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Becas Libros Material Transporte Ayto de Almussafes: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Almussafes es el organismo convocante de las Becas Libros Material Transporte Ayto de Almussafes. Estas ayudasestán dirigidas a aquellos alumnos residentes en este municipio y que cursen estudios universitarios, de bachiller o de ciclos formativos.
Los alumnos que sean seleccionados como beneficiarios de las Becas Libros de Texto, Material y Transporte Escolar - Ayuntamiento de Almussafes, recibirán una dotación económica. Esta cuantía será de 170 € en el caso de los estudiantes de bachillerato o ciclo formativo y de 350 € para los estudios de grado universitario.
Con estas medidas, el Ayuntamiento de Almussafes pretende ofrecer una ayuda que deberá ser destinada a la adquisición de libros de textos y material, así como para compensar parte del gasto en transporte generados con motivo de los desplazamientos que los estudiantes se vean obligados a realizar para el normal desarrollo de sus estudios.
Una vez determinadas las personas que serán beneficiarias de las Becas Becas Libros Material Transporte Ayto de Almussafes, éstas deberán cumplir con una serie de obligaciones. Entre estas obligaciones se encuentran aportar la documentación solicitada y justificar debidamente la adquisición de libros o material y los gastos de transporte.
Si reúnes los requisitos indicados y quieres ser beneficiario de las Becas Becas Libros Material Transporte Ayto de Almussafes, puedes encontrar toda la información aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Región de origen
- Comunidad Valenciana
- Provincia de origen
- Valencia
- Localidad
Almussafes
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán solicitar las Becas Libros Material Transporte Ayto de Almussafes el alumnado mayor de edad y en el caso de menores de edad se solicitará por los representantes legales , y que deberán reunir los siguientes requisitos, en su caso:
- a. Alumnado escolarizados en centros educativos en las etapas de bachiller y ciclos formativos durante el curso objeto de la convocatoria.
- b. Estar matriculado para el curso académico indicado en la convocatoria en cualquier centro autorizado para la obtención de títulos universitarios en los siguientes ámbitos:
- Enseñanzas universitarias oficiales.
- Trabajo Final de Grado (TFG). No procederá cuando el proyecto constituya una asignatura ordinaria del plan de estudios, cuando se realice simultáneamente con alguno de los cursos de la carrera, o cuando no se hayan superado todos los créditos o asignaturas de carrera.
- c. Estar empadronado en Almussafes, al menos un año antes de la fecha de publicación de esta convocatoria. En caso de separación o divorcio, este requisito solo será exigible al padre o la madre que tuviera la guardia y custodia.
- d. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, así como frente al Ayuntamiento.
- e. No estar incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- f. Haber justificado debidamente cualquier subvención recibida por este Ayuntamiento con anterioridad y estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Quedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación de esta convocatoria las ayudas para la realización de enseñanzas de régimen especial, estudios correspondientes a másters y tercer ciclo o doctorado, cursos de adaptación del Grado, así como cursos de especialización y títulos propios de las universidades.
Dotación
- En el caso de los estudiantes de bachillerato o ciclos formativos durante el curso 2023/2024 la cuantía máxima individualizada de las Becas Libros Material Transporte Ayto de Almussafes, en los términos de la presente convocatoria, será de 170 € por curso académico.
- Para los alumnos que cursen un grado universitario durante el curso 2023/2024 la cuantía máxima individualizada de estas ayudas, en los términos de la presente convocatoria, será de 350 € por curso académico.
Presentación
La solicitud de las Becas Libros Material Transporte Ayto de Almussafes se ajustará al modelo de esta convocatoria e implicará la aceptación íntegra de las presentes bases. Los correspondientes modelos de solicitud y demás documentación comprendida en los anexos de las presentes bases, estará disponible en la web municipal https://almussafes.net/servicios/subvenciones/subvencions-esports-cultura-educacio-i-joventut/subvencions-educacio/
Más información
Resolución y publicidad del procedimiento
- El no haber justificado debidamente la subvención concedida.
- Anulación de la matricula. No podrá obtener subvención y en el caso que se le haya ingresado cuantía alguna devolverla.
- a. Aportar la documentación solicitada y someterse a cuantas actuaciones de control le sean solicitadas.
- b. Justificar la ayuda mediante la presentación de factura original de la adquisición de los libros, material didáctico y transporte y la constancia de su abono y utilizar las ayudas para la finalidad para las que fueron concedidas, entendiéndose por tal la matriculación y realización del curso.
- c. Proceder el reintegro de los fondos percibidos cuando concurran las causas de reintegro a que hace referencia la Ley General de Subvenciones.
- d. Comunicar en el plazo de 15 días naturales la variación de cualquiera de las circunstancias alegadas que pudieran dar lugar a la modificación, suspensión o extinción de la presentación reconocida.
- e. Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección a efectuar por el órgano concedente y por los responsables de los servicios promotores de la subvención.
- f. Comunicar al órgano concedente, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas para la misma finalidad o parecida. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca.
- g. En caso de ser beneficiario de otras ayudas, si junto a la cobrada por el Ayuntamiento superara el 100% del coste de la ayuda, deberá reintegrar el importe que corresponda al Ayuntamiento.
- h. Según la legislación vigente todas las subvenciones económicas deber ser declaradas ante la hacienda pública.
- Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido.
- Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamentan la concesión de la subvención.
- Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente, en los términos establecidos en el artículo 30 de esta ley, y en su caso, en las normas reguladoras de la subvención.
- Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de esta ley.
- Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas en los artículos 14 y 15 de esta ley, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
- Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a las entidades colaboradoras y beneficiarios, así como de los compromisos por éstos asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran al modo en que se han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proyecto o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
- Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a las entidades colaboradoras y beneficiarios, así como de los compromisos por éstos asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, distintos de los anteriores, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
- La adopción, en virtud de lo establecido en los artículos 87 a 89 del Tratado de la Unión Europea, de una decisión de la cual se derive una necesidad de reintegro.
- En los demás supuestos previstos en la normativa reguladora de la subvención.
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/787259
Documentación a adjuntar
La solicitud irá firmada por el alumnado que sea mayor de edad, en el caso de los menores será firmada por el padre o madre, tutor/a legales, y contendrá:
- a. Declaración responsable, por parte de la persona beneficiaria, de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de encontrarse al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social y autoriza al Ayuntamiento de Almussafes a recabar la información de manera telemática, si así se requiriera en el procedimiento.
- b. Declaración de encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- c. En el caso de solicitar subvención para estudios de 1º de ciclo formativo grado medio, será necesario la declaración responsable de haber entregado los libros de texto de 4º de la ESO del programa “Xarxa llibres”. Si el centro no está acogido al programa Xarxa Llibres, deberá efectuar declaración en ese sentido. Para subvenciones sucesivas, será necesario presentar documento visado por el centro educativo, que corrobore la entrega o no de los libros de dicho curso.
Junto a la solicitud deberá aportar la siguiente documentación:
- Factura original con relación de los libros de texto y material didáctico, del transporte o recibos del alquiler. La factura o recibos deberán estar expedidos conforme a la legislación vigente, indicando nombre o razón social del vendedor, domicilio, NIF o CIF e importe total con indicación de IVA y tener constancia que se ha abonado. Se admiten tiques en los que figuren los datos indicados anteriormente.
- Las facturas corresponderán a los gastos subvencionables para el curso, y en todo caso, deberán estar fechadas desde julio de 2023 a junio de 2024, y periodo lectivo en el caso del transporte. Las facturas de transporte solo serán admitidas si son de un medio de transporte diferente del que pueda ser utilizado con la gratuidad establecida mediante SUMA Temporalidad (para los menores de 31 años) y servicio transporte escolar prestado por el Ayuntamiento de Almussafes y la Conselleria en alguna de sus modalidades. No se aceptan los movimientos bancarios.
- Documento acreditativo del centro educativo de la matrícula del alumno, indicando el curso.
- Para el alumnado de bachiller o de ciclos formativos que estén cursando en el IES de Almussafes, si así lo indican en la instancia, podrán omitir su presentación, dado que el Ayuntamiento podrá hacer la consulta a la dirección del Centro Educativo.
- En el caso de universitarios, copia de la matrícula oficial en la que conste el centro, la titulación, el curso, los créditos y su coste, y el justificante del pago de la misma. Este documento servirá como factura, por lo que no hace falta aportar ninguna otra, siempre que el coste de la matrícula sea por importe igual o superior a la subvención a conceder.
- En los casos de separación/divorcio, cuando el solicitante ostente la guarda y custodia de sus hijos, deberá aportar: original y copia de sentencia o del convenio regulador. Si no dispone de estos documentos justificará mediante declaración responsable.
- Documento bancario, donde consten los datos de la cuenta y el titular de la misma, que deberá corresponder con la persona beneficiaria (solo se admitirá la domiciliación bancaria del padre, madre o tutor legal en el caso que el menor no dispusiera de cuenta bancaria y para ello deberán presentar documento de cesión del derecho de cobro).Si ya estuviera en disposición del Ayuntamiento y no hubieran cambios, no será necesario aportarla, pero deberá indicarlo en la solicitud en qué expediente se encuentra.
El Ayuntamiento comprobará los siguientes requisitos:
- a. Certificado histórico de empadronamiento en Almussafes del solicitante y el alumno, en su caso.
- b. Certificado del Tesorero municipal de no tener deudas con la Administración Municipal.
- c. Certificado de matrícula del alumnado del IES Almussafes que autorice su consulta.