Becas Magister Funcionarias y Funcionarios Públicos
INSCRIPCIONES
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Becas Magister Funcionarias y Funcionarios Públicos: solicitud y plazos
Descripción
La Becas Magister Funcionarias y Funcionarios Públicos tiene como finalidad entregar financiamiento para iniciar o continuar estudios de Magíster a funcionario/as de la Administración del Estado en áreas prioritarias de la administración pública relacionadas, directa o transversalmente, con Gerencia, Gestión Pública y Modernización del Estado. Estas áreas son e impartidas por universidades chilenas en programas acreditados en conformidad con la Ley Nº 20.129 hasta por un plazo máximo de dos años contados desde el ingreso del/de la becario/a al programa de estudios.
Para poder optar a estas ayudas, se deberán cumplir con los requisitos indicados. Será necesario tener el Grado académico de Licenciado y/o otro título profesional, con nivel y contenido de estudios equivalente a los necesarios para obtener el grado de licenciado, que sea otorgado por instituciones de educación superior chilenas o extranjeras.
Los beneficiarios recibirán ayudas de diferente índole, como una asignación mensual del costo de matrícula y arancel, un pago anual para la adquisición de libros y materiales, y el pago de los gastos de traslado cuando corresponda.
La duración de las Becas Magister Funcionarias y Funcionarios Públicos será de carácter anual, pudiéndose renovar hasta un máximo de dos años contados desde la fecha de ingreso del becario al programa de magíster, sujeta a la permanencia de la persona becada en el respectivo programa.
Si deseas postularte a las Becas Magister Funcionarias y Funcionarios Públicos, aquí te damos la información que necesitas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Licenciatura
- País de origen
- Chile
- Nacionalidades
- Chilena
- Residente en Chile
Requisitos
Requisitos de postulación a las Becas Magister Funcionarias y Funcionarios Públicos:
Los/las postulantes a la BECA DE MAGÍSTER NACIONAL PARA FUNCIONARIOS/AS DEL SECTOR PÚBLICO deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Poseer el Grado Académico de Licenciado/a y/o título Profesional, cuyo nivel y contenido de estudios sean equivalentes a los necesarios para obtener el grado de licenciado/a, otorgado por instituciones de educación superior chilenas o extranjeras.
- Tener la calidad de funcionario/a de planta o a contrata o sujeto al Código del Trabajo de alguna de las reparticiones del Estado a que se refiere el inciso segundo del artículo 1° de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL. N° 1/Ley 19.653. No serán admisibles postulaciones de personas contratadas en calidad de honorarios.
- Contar con el patrocinio oficial de la institución a la que pertenece el/la postulante. Este patrocinio implica la obligación de la institución en que se desempeña el/la postulante, en orden a mantener su remuneración mientras se realicen los estudios. Encontrarse en proceso de POSTULACIÓN FORMAL, ADMITIDO/A O TENER LA CALIDAD DE ALUMNO/A REGULAR en un programa de Magíster acreditado en conformidad con la ley Nº 20.129 (el programa de estudios deberá encontrarse acreditado al momento de cierre del período de postulación) e impartido por una universidad chilena. Estar postulando de manera formal implica que los antecedentes del/de la postulante fueron revisados y aceptados por el programa de Magíster y se encuentran en proceso de evaluación, lo cual debe estar certificado mediante una carta del programa en cuestión o el formulario en formato ANID, en conformidad con el numeral 7.8.7.
- Acreditar excelencia académica con al menos uno de los siguientes requisitos:
- Haber obtenido un promedio final de notas de licenciatura, título profesional o equivalente igual o superior a cinco (5.0), sobre un máximo de siete (7.0) o su equivalente en relación con la escala de notas de 1 a 7; o bien,
- Encontrarse dentro del 30% superior del ranking de egreso de pregrado respecto de su generación de egreso o titulación3 (para conocer la forma de acreditación de este requisito, ver numeral 7.8.5).
- NOTA: Si bien es suficiente que los/las postulantes cumplan con una de las dos condiciones señaladas precedentemente, los/as postulantes deberán presentar obligatoriamente los documentos señalados en el numeral 7.8.5 y 7.8.6, para hacer efectivo el cálculo del puntaje parametrizado del subcriterio “antecedentes académicos de pregrado”.
- Iniciar sus estudios a más tardar el último día hábil de agosto de 2025.
- El incumplimiento de cualquiera de los requisitos señalados precedentemente o que la documentación e información presentada en la postulación sea inexacta, no verosímil y/o induzca a error, se considerará causal para que la postulación sea declarada fuera de bases, la adjudicación de la beca quede sin efecto o se declare el término anticipado de la misma, según corresponda.
Dotación
Beneficios de las Becas Magister Funcionarias y Funcionarios Públicos:
Los beneficios que comprende la BECA DE MAGÍSTER NACIONAL PARA FUNCIONARIOS/AS DEL SECTOR PÚBLICO, son los siguientes:
Asignación anual, equivalente al total del costo de matrícula y arancel del/de la becario/a. Esta asignación se pagará contra factura directamente a la universidad. Esta asignación será renovable anualmente previa acreditación de la permanencia del/de la becario/a en el respectivo programa de estudio. Dicha asignación anual, se pagará de manera semestral, siempre y cuando el becario sea alumno regular de dicho semestre. Para este beneficio se entenderá por semestral el relativo al semestre académico de la universidad respectiva.
Aporte anual para la adquisición de libros y demás materiales por un máximo de $206.000.
Pago de gastos de traslado, cuando corresponda, hasta la suma de $257.500 al año, tratándose de aquellas personas que cursarán sus estudios de postgrado en una región distinta de la de su residencia o domicilio, lo que debe demostrar al momento de la firma del convenio.
La lista de beneficios señalada precedentemente es de carácter taxativo por lo que no procederá la entrega de ningún otro adicional por la ANID. Asimismo, los beneficios señalados precedentemente serán renovables anualmente previa acreditación de la permanencia del/de la becario/a en el respectivo programa de estudio.
No procederá, bajo ninguna circunstancia, la duplicidad de beneficios con otra beca del sector público.
Los beneficios de la beca se otorgarán:
- Para aquellos/as becarios/as que inicien estudios: los beneficios de la beca se devengarán a partir de la fecha establecida en el convenio de beca, la cual no podrá ser anterior a la fecha de adjudicación del concurso.
- Para aquellos/as becarios/as que continúen estudios: los beneficios de la beca se devengarán a partir de la fecha de adjudicación del concurso, siempre que el programa de Magíster hubiere iniciado con una fecha anterior a la adjudicación del concurso.
Es responsabilidad del/de la becario/a contar y enviar la información de la cuenta bancaria unipersonal al momento de hacer efectiva la beca, para efectuar los depósitos correspondientes. La cuenta bancaria debe estar exclusivamente a nombre del/de la becario/a. Las transferencias son posibles únicamente para Cuenta Corriente, Cuenta RUT, Cuenta Vista, o Chequera Electrónica en el Banco Estado o Cuenta Corriente en cualquier otro banco chileno.
Presentación
Las postulaciones al concurso de Becas Magister Funcionarias y Funcionarios Públicos, deberán realizarse por vía electrónica mediante el Sistema de Postulación en Línea, cuyo acceso se encuentra disponible a través de la página web de la ANID. Cada postulante solo podrá enviar una postulación al presente concurso, por lo que cualquier persona que envíe más de una serán declaradas fuera de bases todas sus postulaciones.
El/la postulante deberá utilizar el formulario de postulación y el Curículum establecido por la ANID, disponible en el Sistema de Postulación en Línea.
Cada documento solicitado deberá ser adjuntado como un archivo en formato PDF de no más de 2.048 kb -sin protección o encriptado- cada uno, pudiendo contener más de una página, siempre y cuando todas las páginas sean parte de un mismo archivo. Dichos documentos deben ser emitidos en idioma español o inglés únicamente, por lo que documentos en otros idiomas deben acompañarse con traducciones oficiales, es decir, el documento original también debe incluirse en la postulación junto con la traducción. Quienes adjunten documentación en otros idiomas sin la respectiva traducción oficial7, serán declarados fuera de bases.
Es importante que los documentos cuenten con elementos que permitan determinar la oficialidad en la emisión de estos. Para que la carta de aceptación y el certificado de alumno regular, (que no sean formato tipo ANID) sean considerados como oficiales, deben contener conjuntamente los siguientes elementos:
- 1. Nombre o firma de quien la emite
- 2. Logo o timbre o individualización de la universidad de destino
- 3. Dependencia o cargo de quien lo emite.
Si el documento contiene un medio de verificación electrónica, dicho medio bastará para acreditar su oficialidad.
Para los formularios tipo proporcionados por ANID, disponibles en Sistema de Postulación en Línea y en página web de la ANID, es obligatorio que cuenten con: nombre de autoridad firmante, cargo de autoridad firmante, y firma de autoridad, de lo contrario deben contar con medio de verificación digital para evitar dudas sobre la validez del documento que podrían declararlo Fuera de Bases en el proceso de admisibilidad.
Asimismo, en el caso de los formularios proporcionados por la ANID, se entenderá que el documento carece de oficialidad en el caso de los formularios proporcionados por la ANID cuando la firma de la autoridad competente se encuentre inserta digitalmente en el documento, sin los mecanismos de validación de una firma digital simple o avanzada.
No está permitido presentar correos electrónicos en reemplazo de los documentos obligatorios y opcionales solicitados en el numeral 7. En caso de presentarse un correo electrónico, dicho archivo/documento no será considerado válido para la admisibilidad, ni para dar cumplimiento a los requisitos establecidos en las bases o en la evaluación, de corresponder.
Una vez recibidas las postulaciones en la ANID no podrán realizarse modificaciones o incorporarse nuevos antecedentes y/o documentos. En el caso de las cartas de recomendación aplicará la misma condición. Las cartas preferentemente deben ser redactadas en idioma español o inglés; sin embargo, se sugiere el idioma español para evitar interpretaciones del contenido de la carta por parte del Comité de Evaluación. En ninguna circunstancia se aceptarán con posterioridad al envío de la postulación, antecedentes solicitados en las bases concursales que no hayan sido incorporados en la postulación.
La ANID no hará devolución de los antecedentes, las cartas de recomendación y/o de las postulaciones recibidas. Sin perjuicio de lo anterior, sólo hará devolución de las cartas de recomendación, siempre y cuando quienes hayan emitido dichas cartas autoricen al/a la postulante recomendado/a de su lectura y/o conocimiento.
Los documentos de postulación que se detallan en el numeral 7.8 se consideran indispensables para dejar constancia indubitable del cumplimiento de los requisitos exigidos, de las condiciones establecidas en las bases y evitar perjuicio a los/las interesados/as, por lo que la no presentación de uno o más de ellos, será causal de declaración de fuera de bases. Del mismo modo, la ausencia de alguno de los documentos en el Sistema de Postulación en Línea, incluyendo las cartas de recomendación, será impedimento para que la postulación sea recibida por ANID. Se deben presentar todos y cada uno de los documentos señalados, los cuales tienen carácter de esencial y obligatorio por lo que no pueden ser reemplazados por ningún otro. Es recomendable enviar documentos que cuenten con métodos de verificación electrónica, para evitar posibles objeciones a los documentos presentados y así resultar la postulación declarada fuera de bases.
7.7. La ANID declarará fuera de bases, sin efecto la adjudicación de la beca o el término anticipado de la misma en caso que se compruebe, tanto en la etapa de postulación, admisibilidad, evaluación, adjudicación, firma del convenio y durante toda la vigencia de la beca, incluida la etapa de monitoreo del cumplimiento de las obligaciones del/de la becario/a, que el/la becario/a no cumple con las condiciones establecidas en las presentes bases para el financiamiento de la beca o que la documentación e información presentada en su postulación es inexacta, no verosímil y/o induzca a error en su análisis de admisibilidad. Los/as postulantes serán responsables de la veracidad, integridad y legibilidad de la información consignada en el formulario y adjuntada en el dossier de postulación. Asimismo, los/as postulantes deberán estar en condiciones de presentar todos los antecedentes e información que la ANID juzgue necesarios durante el proceso de postulación, admisibilidad, firma de convenio y/o durante el período en que se esté percibiendo los beneficios de la beca, incluida la etapa de monitoreo del cumplimiento de las obligaciones del/de la becario/a. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos y condiciones establecidas durante el proceso de postulación se considerará causal para que dichas postulaciones sean declaradas “fuera de bases”.
Más información
Objeto
La BECA DE MAGÍSTER NACIONAL PARA FUNCIONARIOS/AS DEL SECTOR PÚBLICO tiene por objeto entregar financiamiento para iniciar o continuar estudios de Magíster a funcionario/as de la Administración del Estado en áreas prioritarias de la administración pública relacionadas, directa o transversalmente, con Gerencia, Gestión Pública y Modernización del Estado, e impartidos por universidades chilenas en programas acreditados en conformidad con la Ley Nº 20.129 hasta por un plazo máximo de dos años contados desde el ingreso del/de la becario/a al programa de estudios.
Duración
La duración de la Beca de Magíster para Funcionarios/as del Sector Público será de carácter anual, renovable hasta un máximo de dos (2) años contados desde la fecha de ingreso del/de la becario/a al Programa de MAGÍSTER, sujeta a la condición de permanencia del/de la becario/a en el programa respectivo. Los beneficios de la beca estarán vigentes hasta ese plazo o hasta la fecha del examen de grado o instancia equivalente, según el hito que suceda primero. Los/las becarios/as deberán informar por escrito a la ANID la fecha de rendición del examen de grado o instancia equivalente y acreditarlo mediante documento emitido por la universidad. En caso de que el/la becario/a reciba beneficios con posterioridad a la fecha de rendición del examen de grado o instancia equivalente, deberá restituir dichos fondos a la ANID, en las condiciones que este Servicio establezca. En caso de verificarse pagos no cubiertos por la subvención durante la vigencia de la beca (pago de lo no debido, pagos en excesos, entre otros), por el solo hecho de postular, el interesado autoriza a la ANID realizar los descuentos que sean necesarios en las futuras asignaciones a efectos de compensar lo adeudado.
El término de beca, determinado según los hitos indicados en el numeral precedente, será la fecha a partir de la cual se computarán los plazos de exigibilidad de las obligaciones que correspondan.
Si el programa de estudios excede la duración de la beca, aquello no exime a los/as becarios/as del cumplimiento oportuno de las obligaciones de la subvención, por lo que el plazo de exigibilidad de éstas se computa desde el término de la beca.
El progreso académico del/de la becario/a deberá ser acreditado anualmente, junto con la presentación ante la ANID de la documentación señalada en el numeral 12.6. para efectos de la renovación anual de la beca.
Quienes hayan postulado en calidad de alumno/a regular de un programa de Magíster, sólo podrán recibir los beneficios de la beca por el tiempo restante para completar los dos (2) años, siempre contados desde la fecha de ingreso al programa de Magíster. En caso de que, una postulación no se presente en estos términos, será declarada “Fuera de Bases”.
Quienes sean adjudicados/as con la beca deberán iniciar o continuar estudios de Magíster, en las fechas y en las condiciones establecidas en las presentes bases, situación que se deberá acreditar al momento de la firma de convenio, en conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.5. Sin perjuicio de lo anterior, quienes al momento de la postulación acompañen documentación que dé cuenta que sus estudios inician con posterioridad a la fecha establecida en el numeral 12.1, serán declarados fuera de bases.
Incompatibilidades
No podrán ser beneficiarios de la BECA DE MAGÍSTER NACIONAL PARA FUNCIONARIOS/AS DEL SECTOR PÚBLICO, AÑO ACADÉMICO 2025:
Aquellos/as que tengan la calidad de beneficiario/a de otra beca con financiamiento del sector público para cursar el mismo programa de estudios o para obtener el mismo grado académico. 5.2 Aquellos/as que, ya han sido beneficiarios de alguna beca con financiamiento del sector público para la obtención del mismo grado académico o superior. No obstante, esta limitación no se extenderá a aquellos/as postulantes que hubieren recibido financiamiento parcial del sector público para el mismo programa durante el primer año académico, siempre y cuando no posean alguna de las incompatibilidades previstas en los numerales 5.1 y
Se encuentran en la hipótesis del numeral 5.2 aquellos seleccionados en convocatorias anteriores de magíster, que hayan suscrito convenio de beca y hayan percibido los beneficios de la misma, independientemente si han terminado satisfactoriamente sus estudios o han sido eliminados o abandonaron sus programas de magíster. Así las cosas, no pueden ser beneficiado con una Beca de Magíster Nacional para Funcionarios/as del Sector Público, Año Académico 2025, aun cuando restituyan los fondos otorgados en una beca anterior de magíster. No se encuentran en la hipótesis del numeral 5.2, y pueden ser beneficiarios de una nueva en el marco de la Beca de Magíster Nacional para Funcionarios/as del Sector Público, Año Académico 2025, aquellos seleccionados en convocatorias anteriores de magíster, que hayan suscrito convenio de beca y hayan percibido los beneficios de la misma, y que cuenten con un acto administrativo de la ANID que declare extinguida sus obligaciones debido a caso fortuito o fuerza mayor, y que hayan restituido la totalidad de los fondos otorgados en dicha beca de magíster.
Aquellos/as que, a la fecha de firma del convenio, mantengan compromisos pendientes o deudas actualmente exigibles con instituciones públicas derivadas de su situación de becario/a. Sin perjuicio de lo anterior, podrán ser beneficiarios/as quienes mantengan compromisos pendientes derivados de su condición de becario/a, de una beca administrada por ANID (a excepción de las becas reguladas por el artículo 27 de la ley Nº19.595, el DFL N°1, de 1999, del Ministerio de Planificación y el DFL N°22, del Ministerio de Educación, de 1981), que sólo correspondan a periodos de retorno y/o retribución, previa autorización de esta última.
La incompatibilidad señalada en el numeral 5.1 y 5.2 será verificada por ANID durante el examen de admisibilidad de las postulaciones. En aquellos casos que se detectare que la incompatibilidad no es susceptible de subsanar, la postulación será declarada fuera de bases. En aquellos casos que se detecte durante el examen de admisibilidad que la incompatibilidad es subsanable, esta deberá ser regularizada al momento de la firma de convenio en el caso que la postulación supere el examen de admisibilidad y resulte seleccionada. Si no puede ser subsanada la incompatibilidad, su adjudicación será declarada sin efecto. La incompatibilidad señalada en el numeral 5.3 será verificada por ANID al momento de la firma del convenio de beca respectiva, razón por la cual todo/a aquel/aquella que resulte seleccionado/a con la beca y no pueda subsanar dicha incompatibilidad su adjudicación será declarada sin efecto. Si a la fecha de firma del convenio los/as adjudicatarios/as poseen algunas de las incompatibilidades señaladas en los numerales 5.1, 5.2 y 5.3 precedentemente, se dejará sin efecto la adjudicación de sus becas.
Examen de admisibilidad de las postulaciones
Una vez terminado el período de postulación al concurso, todas las postulaciones serán sometidas a un examen de admisibilidad en el cual se verificará si éstas cumplen con la presentación de toda la documentación solicitada, las condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases.
Las postulaciones que aprueben el examen de admisibilidad pasarán a la etapa de evaluación señalada en el numeral 9. En caso contrario serán declaradas “Fuera de Bases” y no pasarán a la etapa de evaluación.
Los/las postulantes serán responsables de la veracidad, integridad, legibilidad y consistencia de la información consignada en la postulación: FORMULARIO DE POSTULACIÓN, CURRICULUM VITAE, DOCUMENTOS ADJUNTOS, entre otros. Asimismo, los/las postulantes deberán estar en condiciones de presentar todos los antecedentes e información que la ANID juzgue necesarios durante el proceso de postulación, firma del convenio de Beca y/o durante el período en que se esté percibiendo la beca.
En caso de verificarse la existencia del incumplimiento de cualquiera de los requisitos y/o condiciones establecidas en las presentes bases, o la omisión o declaración falsa de cualquier dato, o que no cumplan con la entrega de uno o más de los documentos solicitados, o que la documentación e información presentada en su postulación sea inexacta, no verosímil y/o induzca a error, se considerará causal para que la postulación sea declarada fuera de bases.
En caso que se compruebe en cualquiera de las etapas del proceso, ya sea admisibilidad, adjudicación, firma de convenio y durante toda la vigencia de la beca, incluida en la etapa de monitoreo del cumplimiento de las obligaciones del/de la becario/a, que el/la becario/a no cumple con las condiciones y/o requisitos establecidos en las presentes bases o que la documentación e información presentada en su postulación es inexacta, no verosímil, se encuentra adulterada y/o induce a error en su análisis de admisibilidad, ANID determinará que la postulación sea declarada fuera de bases o se dejará sin efecto la adjudicación de la beca o se decretará el término anticipado de ésta o el incumplimiento de las obligaciones de la beca, según corresponda.
Por el hecho de postular al presente certamen, se presume que los postulantes entienden y aceptan su responsabilidad respecto a la veracidad de la información presentada; por consiguiente, en caso de verificarse la existencia de omisión, adulteración o declaración falsa de cualquier dato o la documentación presentada en la postulación, ANID podrá ejercer las acciones legales que correspondan en su contra. Asimismo, al postular a esta convocatoria los/as postulantes aceptan la notificación mediante medios electrónicos.
Enlaces de interés
Los documentos de postulación, el proceso de evaluación y selección, adjudicación y notificación de resultados y otros datos, consúltalos en este enlace:
https://s3.us-east-1.amazonaws.com/documentos.anid.cl/BecasChile/2025/MagisterFFPP/Res_35_Bases_Magister_FFPP_2025_ANyIl26Mw6c5XAvDemj72GODV725SQ9.pdf
Documentación a adjuntar
**Los documentos de postulación podrás consultarlos en el pdf de enlaces de interés.