Becas Complementar Erasmus+ y Ciclo Formativo Grado Superior
INSCRIPCIONES
Becas Complementar Erasmus+ y Ciclo Formativo Grado Superior: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Complementar Erasmus+ y Ciclo Formativo Grado Superior son convocadas por el Cabildo de Gran Canaria con el objeto de dotar de una ayuda económica a los estudiantes que se encuentran cursando una movilidad Erasmus+. Gracias a estas becas se hace frente a las desventajas económicas en el acceso a la educación y se les presta una ayuda adicional a a aquellos estudiantes que por su situación económica tienen dificultades para el normal curso y desarrollo de sus estudios.
Para poder acceder a las Becas Complementar Erasmus+ y Ciclo Formativo Grado Superior se deberá ser español o nacional de un estado miembro de la Unión Europea, y residente en Gran Canaria. Además será necesario que el estudiante se encuentre cursando un Ciclo Formativo de Grado Superior.
Los beneficiarios de estas becas verán sufragados los posibles gastos que se generen como consecuencia de participar en los programas de moviliad. La cuantía que recibirán será la resultante de multiplicar el número de meses de duración aprobado por el programa de movilidad por 300 euros al mes, con un importe máximo de tres meses.
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Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Ciclos formativos de grado superior
- País de origen
- España
- Región de origen
- Canarias
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Sólo podrán ser beneficiarios/as de las Becas Complementar Erasmus+ y Ciclo Formativo Grado Superior los/as estudiantes que cumplan acumulativamente los siguientes requisitos:
- Poseer la nacionalidad española o de otro estado miembro de la Unión Europea. En el caso de ciudadanos de la Unión o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. Tendrán la consideración de unidad familiar el cónyuge o la pareja legal así como los ascendientes directos a cargo y los descendientes directos a cargo menores de 25 años. En el supuesto de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
- Acreditar su condición de residentes en Gran Canaria, con una antigüedad de al menos un año, debiendo la residencia ser continuada e inmediatamente anterior a la convocatoria, y tener domiciliada la renta familiar en Gran Canaria.
- Ostentar la condición de estudiante de Ciclos Formativos de Grado Superior, integrado en el Programa de Movilidad Erasmus + en el curso académico 2024/2025. Esta beca está sujeta a justificación por parte del beneficiario que deberá acreditarla realización del programa de movilidad con un certificado expedido por el responsable certificado del Centro de Formación Profesional de origen. En caso de no hacerlo en el plazo previsto se deberán reintegrar las cantidades percibidas y los intereses de demora generados.
Dotación
- Las Becas Complementar Erasmus+ y Ciclo Formativo Grado Superior están destinadas a sufragar los posibles gastos corrientes originados como consecuencia de participar en el programa de movilidad Erasmus +/ Ciclo Superior Formativo y su cuantía se fijará por módulos, considerándose como tal, cada mes completo de duración, aprobado por el citado Programa de Movilidad y solicitado por el becario. Se admitirán, además, periodos de quince días.
- La beca concedida será la resultante de multiplicar el número de meses de duración solicitado por el becario en el anexo I, por el importe de TRESCIENTOS EUROS (300,00 EUROS) al mes, con un importe máximo de tres meses, esto es, de NOVECIENTOS EUROS (900,00 EUROS).
- El abono de las subvenciones concedidas se realizará en un único pago anticipado.
- El plazo máximo para la JUSTIFICACIÓN de haber participado en el Programa de Movilidad será hasta el 31 de octubre del año 2025. El/la estudiante beneficiado/a deberá presentar en registro en el plazo señalado anteriormente un certificado expedido por el responsable del Centro de Formación Profesional de origen en el que deben figurar el nombre y apellidos del titular de la beca, las fechas exactas de incorporación y de finalización efectivas del programa de movilidad (día, mes y año).
- El/la beneficiario/a podrá realizar la devolución voluntaria de la beca, sin el previo requerimiento de la Administración, en la cuenta corriente que tiene en Caixabank número ES49 2100 7837 1713 0008 5333.
Presentación
- La solicitud de las Becas Complementar Erasmus+ y Ciclo Formativo Grado Superior y sus anexos para la participación en la convocatoria se presentará en un plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución con el extracto de las Bases en el B.O.P. de LasPalmas y en el Tablón de Anuncios del Cabildo de Gran Canaria y en las páginas webs: www.grancanaria.com y www.grancanariajoven.es.
- La solicitud se formalizará telemáticamente, para lo cual el solicitante debe contar con sistema de autenticación a través de certificado digital con AUTOFIRM@ o con CL@VE (con nivel avanzado de registro), de la siguiente manera:
- Entrar en http://becas.grancanaria.com, cumplimentar los anexos (anexo I y anexo IIB) y descargarlos.
- Firmar electrónicamente los impresos anteriores.
- Entrar en la sede: http://sede.grancanaria.com.
- Cumplimentar una instancia general, adjuntando los dos anexos firmados y además la documentación de los apartados 5.3.1 a 5.3.5 escaneada y con la posibilidad de comprimirla en un único fichero zip en función de su tamaño.
- os Certificados deben tener código seguro de verificación. Para otorgar validez a la documentación adjunta, ésta debe poseer código de verificación o estar firmada electrónicamente por la entidad o entidades emisoras.
- También se podrá presentar la solicitud presencialmente en el Registro General del Cabildo de Gran Canaria situado en la planta baja del edificio administrativo anexo a la Casa Palacio (entrada por la calle Pérez Galdós) de Las Palmas de Gran Canaria, conforme se establece a continuación:
- Entrar en http://becas.grancanaria.com y cumplimentar Anexo I y Anexo II A y descargarlos.
- Imprimir y firmar de manera manuscrita estos Anexos y presentarlos junto con la documentación exigida en los artículos 5.3.1 al 5.3.5 de la Convocatoria.
Más información
Objeto
La convocatoria tiene por objeto la concesión de becas al estudio, en atención a la concurrencia en los beneficiarios de la condición de estudiantes, en su modalidad de estudios realizados por personas integradas en los Programas de Movilidad ERASMUS + /Ciclo Superior Formativo, durante el curso académico 2024/2025, otorgándoles una subvención para sufragar los posibles gastos corrientes ocasionados por esta circunstancia.
Esta beca será compatible con cualquier otra de igual finalidad que complemente la formación fuera de España.
Obligaciones del beneficiario
Constituye la obligación principal del beneficiario/a, la de cursar o llevar a cabo los estudios/prácticas en el modo y lugar para los que se conceden las becas y la de justificar la beca concedida, quedando asimismo sujeto al resto de obligaciones dimanantes de la presente convocatoria, a las instrucciones complementarias que al respecto se dicten y a las que se deriven de lo dispuesto en la normativa aplicable.
Asimismo, el beneficiario/a queda obligado a:
- Comunicar inmediatamente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención, especialmente la suspensión o modificación del curso, programa oestudios para los que se otorgó la subvención.
- Colaborar con el Cabildo en las medidas de difusión que pudieran llevarse a cabo de acuerdo con lo previsto en la normativa de aplicación.
Enlaces de interés
Consulta los criterios de valoración y otra información de interés en el siguiente enlace:
https://grancanariajoven.grancanaria.com/files/uploads/files/Becas/Becas%202025/02.%20Convocatoria%20Ciclos%20formativos%2024-25.report.pdf
Documentación a adjuntar
La solicitud y los anexos correspondientes habrán de venir acompañados de la documentación general establecida a continuación, que podrá aportarse en copia, salvo en aquellos apartados en que se indique expresamente que se deberá aportar el original:
- D.N.I. o tarjeta de residencia en vigor del/la solicitante.
- Original de Certificado de empadronamiento histórico individual. En el supuesto de residencia en dos o más municipios diferentes dentro del último año,deberán presentarse los certificados de cada una de las Corporaciones Municipales.
- Declaración de la renta de los miembros computables de la unidad familiar incluidos los solicitantes nacidos antes del 31 de diciembre de 1998. En el caso de no haber efectuado Declaración de la Renta, se deberá aportar Certificado de Imputaciones de la Agencia Tributaria referido al año 2023 o Certificado de la Seguridad Social referido al año 2023.
- Impreso oficial de Alta/Modificación a terceros de este Cabildo, incluyendo obligatoriamente el IBAN. Es necesario que en el apartado 4 se marquen las casillas de declaración de titularidad de la cuenta y de autorización para el tratamiento de los datos personales pues de otro modo la Administración no podrá tramitar el Alta a Terceros.
- Original de Certificado de haber sido seleccionado como alumno/a en el marco del correspondiente Programa de Movilidad en el curso 2023/2024, con indicación del periodo de duración de la movilidad (contabilizado en meses) y el lugar donde se van a realizar las prácticas. El número de meses detallado en el Anexo I debe coincidir con el número de meses que aparece en el Certificado de Movilidad.
- Los solicitantes que solo presenten Certificados de Imputaciones de ambos o del único progenitor para acreditar la renta disponible deberán presentar documentación acreditativa de la unidad familiar: el Libro de Familia completo, en el que consten cónyuges y sus hijos o hijas con sus fechas de nacimiento o, en caso de divorcio o separación, sentencia de guarda y custodia/convenio regulador.
- No se podrá presentar más de una solicitud por persona y curso, programa o estudios a realizar. En caso de que se hubiera presentado más de una en plazo, y por el/la solicitante no se ejercitare opción o renuncia, se tomará en consideración y tramitará únicamente la presentada en último lugar dentro del plazo habilitado al efecto
- El órgano instructor realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución, pudiendo a tal efecto solicitar cuantos informes estime pertinentes. Por otra parte, el órgano instructor podrá recabar la comprobación o aclaración de cualquier dato, requisitos y/o circunstancias relativos a los solicitantes o beneficiarios, en cualquier fase del procedimiento, incluida la justificación,además de la documentación establecida, aquélla otra que se juzgue necesaria en ordenal dictado, en cada caso, de las pertinentes resoluciones.
- La presentación de dicha solicitud implica:
- La asunción de cuantas obligaciones se deriven de lo dispuesto en la presente convocatoria y de lo previsto en cuantas normas resulten de aplicación.
- La aceptación de la subvención en caso de resultar beneficiario/a de la misma,por lo que no será necesaria la aceptación expresa.
- La autorización al Cabildo de Gran Canaria para recabar la información necesariapara la tramitación de la Convocatoria.
- Los distintos documentos que deban presentarse por los/as interesados/as, tanto con la solicitud como en cualquier fase del procedimiento vendrán redactados siempre en castellano, y si lo estuvieran en otro idioma, para ser válidos y surtir sus efectos, deberán necesariamente acompañarse de las correspondientes traducciones oficiales realizadas por un/a intérprete jurado.
- Anexos: esta convocatoria se conforma con los siguientes modelos estandarizados:
- Anexo I: Solicitud.
- Anexo III A y B: Declaración responsable.
- Declaración responsable:
Es un documento en el que un interesado no solo declara o afirma que, en el momento en el que realiza la declaración responsable, cumple un requisito necesario para obtener un determinado derecho o facultad, además se compromete a mantener el cumplimiento de dicho requisito durante el período de tiempo inherente al reconocimiento o ejercicio del derecho. Por tanto, el plazo general de validez de las declaraciones responsables comprende desde la emisión de la declaración responsable hasta que finalice el tiempo inherente al reconocimiento o ejercicio del derecho de que se trate.