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Ayudas para becas y contratos en el marco del Estatuto del personal Investigador en Formación del Programa de Personal Investigador en formación Predoctoral.

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Requisitos:
II.1.1. Los candidatos deberán acreditar estar en posesión del título o superado los requisitos para acceder a las enseñanzas de tercer ciclo o a los estudios de Oficiales de Postgrado, conforme a alguna de las siguientes ordenaciones universitarias:
a) Estudios de tercer ciclo regulados por el RD 778/1998, de 30 de abril:
a.1) Haber finalizado los estudios conducentes al Título oficial español de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto o en su caso, conforme a sistemas educativos extranjeros no adaptados y/o no pertenecientes al Espacio Europeo de Educación Superior que den acceso al doctorado.
a.2) En el caso de los solicitantes que hayan obtenido el título o realizado los estudios conforme a sistemas educativos extranjeros adaptados al Espacio Europeo de Educación Superior, deberán haber superado al menos 300 créditos ECTS.
b) Estudios Oficiales de Postgrado regulados por el RD 56/2005 o por el RD 1393/2007:
b.1) Haber finalizado los estudios conducentes al título oficial español de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto o conforme a sistemas educativos extranjeros no adaptados y/o no pertenecientes al Espacio Europeo de Educación Superior que den acceso al doctorado.
b.2) Haber finalizados los estudios conducentes al título oficial español de Diplomado, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico, y tener superados al menos 60 créditos de máster y 300 créditos comprendidos los correspondientes al título de primer ciclo y los de máster y estar admitido en la fase investigadora del doctorado
b.3) Haber finalizado los estudios de Grado del EEES y tener superados al menos 60 créditos de máster y 300 créditos comprendidos los correspondientes al título de primer ciclo y los de máster y estar admitido en la fase investigadora del doctorado.

II.1.2. La fecha de finalización de los estudios a los que se refiere el párrafo anterior deberá ser:
a) En el caso de licenciados, ingenieros y arquitectos o equivalente en sistemas universitarios extranjeros no adaptados al EEES debe ser posterior al 1 de enero de 2007.
b) En el caso de diplomados, ingenieros técnicos y arquitectos técnicos o equivalente en sistemas universitarios extranjeros o adaptados al EEES, debe ser posterior al 1 de enero de 2005.
c) En el caso de estudios de Grado del EEES de 180 créditos deberá ser posterior al 1 de enero de 2005.
d) En el caso de estudios de Grado del EEES de 240 créditos deberá ser posterior al 1 de enero de 2006.
e) La fecha de terminación de estudios podrá ser anterior a las señaladas y con el límite de hasta el 1 de enero de 2003 en los siguientes casos:
e.1) Los licenciados en Medicina, Farmacia, Biología, Química o Psicología que en el momento de solicitar la beca estén en posesión del título Oficial de Especialidad Médica (MIR) o Farmacéutica (FIR) o cuenten con el Certificado Oficial de Especialidad en Biología (BIR), Química (QUIR) o Psicología (PIR).
e.2) Los titulados cuya fecha de fin de estudios sea posterior al 1 de enero de 2003 y que acrediten que entre esta fecha y el 1 de enero de 2007, se hayan dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de seis años.

II.1.3. En el plazo de presentación de solicitudes, estar matriculado para el curso 2009-2010 en la Universidad de Cantabria, en un programa de doctorado regulado bien por el Real Decreto 778/1998, por Real Decreto 56/2005 o por el Real decreto 1393/2007 o en su caso, en el máster que constituya la parte formativa del doctorado.

II.1.4. Contar con un expediente académico con una nota media igual o superior a 1,60 puntos, obtenida por la aplicación del baremo siguiente: Aprobado = 1, Notable = 2, Sobresaliente = 3, Matrícula de Honor = 4, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1497/1987, modificado parcialmente en el párrafo segundo del apartado uno 5 del anexo I, por el Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto.

II.1.5. No podrán participar en la convocatoria quienes ya estén en posesión del título de Doctor.

II.1.6 Los estudiantes extranjeros no comunitarios que no estén en posesión del NIE, deberán acreditar tener su domicilio en España mediante inscripción en el padrón municipal.

II.1.7 Los beneficiarios de estas ayudas no podrán encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y concordante de la Ley de Subvenciones de Cantabria, que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas.

II.1.8 Todos los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán cumplirse en el plazo de presentación de solicitudes y su cumplimiento mantenerse y acreditarse, en su caso, en la fecha de inicio de la ayuda.

Dotación:
Durante el periodo de beca la cuantía será de 1.142 euros por 12 mensualidades y durante el periodo de contrato de 1.173 euros por 14 mensualidades.

Nº Becas: 12

Fecha cierre: 15/03/2010

Duración:
La duración máxima de las ayudas será de 48 meses, contados a partir de la fecha de alta y sin perjuicio del resultado de la evaluación de las memorias anuales que deberán presentar los beneficiarios como acciones de seguimiento, que podrá dar lugar, en caso de ser desfavorable, a la revocación de la ayuda.

Información:
II.3.1 El formulario de solicitud estará disponible en la dirección electrónica http://www.unican.es/WebUC/Unidades/Investigacion/convocatorias/, una vez cumplimentado el formulario en todos sus apartados se remitirá junto con la siguiente documentación:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o su equivalente en caso de ciudadanos de la Unión Europea o de la tarjeta de residente en vigor en el caso de ciudadanos de países no comunitarios. En el caso de los estudiantes extranjeros no comunitarios que no estén en posesión del NIE, pasaporte y acreditación de domicilio en España mediante inscripción en el padrón municipal.

b) Certificación académica personal, en la que consten todas las asignaturas superadas, con sus créditos, las calificaciones obtenidas y el curso académico. El certificado debe expresar que el conjunto de asignaturas y créditos cursados constituyen la licenciatura o su equivalente y que el solicitante queda facultado para acceder a los estudios de doctorado o de postgrado, en función de la ordenación académica por la que inicie los estudios.
En el caso de los estudios realizados parcial o totalmente en el extranjero, el certificado del expediente académico u otro acompañando al mismo, recogerá cuáles son las calificaciones máxima y mínima dentro del sistema de evaluación correspondiente; del mismo modo, se hará constar cuál es la calificación mínima necesaria para aprobar.
Los solicitantes que hayan cursado los estudios en el extranjero y posean certificación académica extendida en un idioma distinto del español habrán de acompañarla de la correspondiente traducción jurada o traducción certificada por el Director del programa de doctorado de la Universidad de Cantabria.
c) Los solicitantes que se acojan a cualquiera de las excepciones señaladas en el apartado II.1.2 d) deberán presentar, según el caso de que se trate, fotocopia del título de la especialidad o certificación oficial de la misma; si se hubiera realizado en el extranjero, se presentará la acreditación del reconocimiento en España de la misma para nacionales de la Unión Europea, o la homologación para nacionales de otros países. En el caso de atención a hijos menores, podrá acreditarse tal circunstancia mediante documento extendido por la Seguridad Social.
d) Currículum vitae del candidato, en un máximo de mil palabras.
e) Memoria del proyecto formativo que incluya la tesis doctoral con el informe del director de la tesis y su firma, en un máximo de 3.000 palabras.
f) Currículum vitae del director de la tesis en el modelo de impreso normalizado o adaptación del mismo.
g) Historial científico de los últimos cinco años del grupo investigador receptor o, en su caso, del departamento.
h) Acreditación de la matrícula en el doctorado o en el master que forme parte del mismo, para el curso 2009-2010.
Para que la matrícula se considere válida deberá estar comprendida en alguna de las siguientes situaciones:
a) En lo programas de doctorado regulados por el RD 778/1998:
- Matrícula en el periodo de docencia mínimo de 20 créditos
- Matrícula en el periodo de investigación mínimo 12 créditos
- Matrícula del DEA o de tutela de tesis.
b) En los estudios de doctorado regulados por el RD 56/2005 o por el RD 1393/2007,
- Matrícula de Master que constituya la parte formativa del doctorado de mínimo 60 créditos
- Matrícula de tutela de tesis
Si los créditos matriculados en todos los casos citados anteriormente, fueran inferiores a los exigidos, se solicitará la acreditación de la superación de los créditos restantes.

II.3.2. Las solicitudes serán presentadas en el Registro General de la Universidad, directamente o por cualquiera de los procedimientos previstos en el Art. 38 de la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 15 de marzo de 2010.

II.3.3. La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante para que la Universidad de Cantabria obtenga, de forma directa, a través de certificados telemáticos, la acreditación de estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Observaciones:
BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA JUEVES, 4 DE FEBRERO DE 2010 - BOC NÚM. 23 (UNIVERSIDAD DE CANTABRIA - Resolución de 25 de enero de 2010, del Vicerrector de Investigación y Transferencia del Conocimiento).

La finalidad de esta convocatoria es promover la formación de doctores en programas de solvencia formativa e investigadora, mediante la concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de 12 ayudas (2 de ellas financiadas por la Fundación Leonardo Torres Quevedo), en cualquier área del conocimiento científico, que facilite su futura incorporación al sistema español de educación superior e investigación científica.

Lugar: CANTABRIA - España
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