Universitat Jaume I (UJI)

Becas Movilidad PDI Universidades Xarxa Vives o DRAC

Becas de movilidadBecas de alojamiento o residenciaBecas de matrículaBecas para trabajadoresBecas para profesoresUniversitarios

INSCRIPCIONES

05/02/202415/09/2024
Abierta

Becas Movilidad PDI Universidades Xarxa Vives o DRAC: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Movilidad PDI Universidades Xarxa Vives o DRAC son convocadas con la finalidad de fomentar la movilidad de profesorado universitario de la Universitat Jaume I. Esta movilidad tendrá el objetivo de llevar a cabo estancias en servicios, oficinas o laboratorios iguales o similares al propio o participar en jornadas o reuniones relacionadas con el puesto de trabajo. También podrán ser para impartir docencia en catalán o participar en proyectos de difusión del catalán en las universidades de la Xarxa Vives o que participan en el programa DRAC durante el curso académico.

Las ayudas podrán ser solicitadas por los profesores universitariso de la UJI, cuya movilidad suponga un desplazamiento a una universidad distinta a la propia y que esté como mínimo a 50 km de distancia. También deberán cumplir con el resto de requisitos indicados.

Para valorar las solicitudes se tendrá en cuenta criterios como que la persona no haya disfrutado anteriormente de una beca de movilidad en programas previos con fines docentes, en alguna universidad de la Xarxa Vives, entre otros.

Las Becas Movilidad PDI Universidades Xarxa Vives cubrirán diferentes costes, como alojamiento y matrícula o desplazamiento.

Consulta la información que necesitas saber sobre las Becas Movilidad PDI Universidades Xarxa Vives o DRAC aquí.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Postgrado-Especialidad
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Pueden solicitar estas ayudas el profesorado universitario de la Universitat Jaume I en el curso académico 2023/20242.

Deben cumplir los requisitos siguientes:

  • El destino de la movilidad deben ser las universidades participantes en el programa DRAC o actividades organizadas por éstas o por la XVU.
  • Debe suponer un desplazamiento a una universidad diferente a la propia y que se encuentre al menos a 50 km de distancia.
  • Las estancias de deben tener una duración máxima de 5 días laborables.

Las actividades no presenciales se excluyen de recibir la ayuda de movilidad.

Dotación

Se establece un importe global de 4.000 euros para el curso 2023/2024, a cargo del centro de gasto VRI/VRI 02G008, línea 00000 euros, ejercicio presupuestario 2024, que se distribuye de la siguiente manera:

  • a.Por un lado, un máximo de 420,00 € destinados a cubrir gastos de alojamiento y matrícula o inscripción (si procede). En ningún caso se incluirán los gastos de manutención.
  • b. Por otro lado, el importe correspondiente a cubrir los gastos de desplazamiento, que se fijará de acuerdo con el Cuadro de Desplazamientos en la web de la Xarxa Vives: https://www.vives.org/files/2023/09/DRAC-Bases-2023-2024.pdf

Finalizado el primer periodo de concesión de las ayudas y si no se ha agotado el importe máximo a otorgar, se trasladará la cantidad no aplicada a las resoluciones posteriores que puedan recaer.

Si en la resolución de concesión del primer plazo se agota el crédito no se habilitará un segundo plazo.

La cantidad a recibir en la segunda resolución estará en función de la disponibilidad presupuestaria según la resolución anterior.

Estas ayudas se otorgan en régimen de concurrencia competitiva.

Presentación

Para participar en el programa, el solicitante debe rellenar el formulario de solicitud correspondiente y presentarlo en el Registro General, sede electrónica https://www.uji.es/seu dirigido al Vicerrectorado de Relaciones Internacionales. Asimismo, pueden presentarse en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de octubre del procedimiento administrativo común.

Se establecen dos plazos de presentación de solicitudes:

  • Primero: Desde el día siguiente de la publicación del extracto en el Dogv y hasta el 28 de febrero de 2024.
  • Segundo: Desde el día 1 de marzo y hasta el 15 de septiembre de 2024. En este caso las solicitudes deben ser antes de la realización de la actividad.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se publicará una lista de admitidos y excluidos para que en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles las personas interesadas subsanen posibles errores indicándoles que si no lo hiciera se les tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución.

La instrucción y resolución del procedimiento corresponde a la vicerrectora de Relaciones Internacionales en virtud de las competencias delegadas por la rectora mediante resolución de 24 de mayo de 2022 (DOGV 27.05.2022).

El plazo máximo para resolver la convocatoria y hacer la notificación será de 6 meses.

Las personas beneficiarias deberán aceptar o renunciar a la ayuda en el plazo máximo de 15 días mediante escrito dirigido al Vicerrectorado de Relaciones Internacionales.

La resolución de concesión de la convocatoria se publicará en el tablón de anuncios oficial (TAO) http://www.uji.es/seu/info-adm/tao/.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios de la Universidad. No obstante, contra esta resolución las personas interesadas pueden interponer un recurso de reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación; en este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no se dicte una resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y siguientes. De la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Más información

Criterios de valoración y puntuación solicitudes

Para ordenar las ayudas se tendrá en cuenta

  • a. Que la persona solicitante no haya sido nunca beneficiaria de una ayuda de movilidad en programas previos con fines docentes en ninguna universidad de la Xarxa Vives. (hasta 4 puntos).
  • b. Impartir docencia en catalán de acuerdo con el POD 2022/23. (Hasta 4 puntos).
  • c. Nivel de catalán validado en el IGLU. (Hasta 3 puntos) B1: 0,5 B2: 1,5 C1: 2,5 C2: 3.

En caso de empate se decidirá por sorteo.

Comunicaciones e incidencias

La comunicación de cualquier incidencia que pueda afectar a los solicitantes se publicará en el tablón de anuncios oficial (TAO) http://www.uji.es/seu/info-adm/tao/.

Convocatoria en la web de la Xarxa Vives: https://www.vives.org/programes/mobilitat-ajuts-drac/

A partir del día siguiente a la resolución, los resultados se podrán encontrar en la web www.uji.es/seu/info-adm/tao.

Compatibilidad e incompatibilidad

El hecho de disfrutar de una ayuda DRAC conlleva incompatibilidad con cualquier tipo de ayuda para realizar la misma actividad.

Justificación y pago

En el plazo máximo de un mes a contar desde la vuelta del curso correspondiente, el solicitante deberá presentar al vicerrectorado de Relaciones Internacionales la justificación de los gastos del viaje, que incluirá:
  • Relación de gastos según modelo normalizado.
  • Facturas o justificantes de los gastos por el importe subvencionado (matrícula, alojamiento, viajes, etc.).
  • Justificante de asistencia o título de la actividad realizada.
Con el fin de abonar la ayuda y previa presentación de la justificación, la persona beneficiaria deberá haberse dado de alta como tercero a través del procedimiento https://www.uji.es/serveis/sci/base/terceros/fichaterceros/.

Deberá presentar la declaración responsable como perceptores de ayudas o subvenciones.

Cuando se presenten los documentos justificativos, las ayudas se recibirán en un pago a la cuenta corriente indicada por el solicitante.

El hecho de no justificar las ayudas dentro del plazo establecido supone la revocación de la ayuda automática.

Obligaciones de los beneficiarios

Los beneficiarios de las subvenciones deben cumplir, entre las obligaciones legales, las siguientes:
  • Realizar la actividad subvencionada en la forma, condiciones y plazo que en ella se establece en la resolución de la convocatoria.
  • Acreditar la realización de la actividad en los términos establecidos en el punto anterior.
  • Someterse a las actuaciones de control financiero que corresponden al Servicio de Control Interno, en cuanto a las ayudas concedidas.
  • Comunicar a la Universidad la solicitud y la concesión de otras ayudas, para la misma finalidad por parte de otros organismos públicos o privados, de carácter nacional o internacional.
  • Cumplir todas las obligaciones que estén previstas para el régimen de subvenciones y ayudas que sean aplicables a esta convocatoria de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre de Subvenciones, y de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalidad, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones y demás la legislación concordante.

Enlaces de interés

https://ujiapps.uji.es/ade/rest/storage/UERWQVTS7DFOZECGGSWTQIN3RHNHXSKH

Documentación a adjuntar

Las solicitudes de las personas interesadas se adjuntarán a los documentos e informaciones determinados en la convocatoria, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de cualquier órgano de esta Universidad, y en este caso el o la solicitante podrá acogerse a lo establecido en el párrafo d) del artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan. En los supuestos de imposibilidad material de obtener esta documentación, el órgano competente puede requerir a las personas solicitantes su presentación o, en su defendido, la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere la documentación. Si se solicita para la asistencia además de una actividad se indicará el orden de preferencia.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas Movilidad PDI Universidades Xarxa Vives o DRAC son convocadas con la finalidad de fomentar la movilidad de profesorado universitario de la Universitat Jaume I. Esta movilidad tendrá el objetivo de llevar a cabo estancias en servicios, oficinas o laboratorios iguales o similares al propio o participar en jornadas o reuniones relacionadas con el puesto de trabajo. También podrán ser para impartir docencia en catalán o participar en proyectos de difusión del catalán en las universidades de la Xarxa Vives o que participan en el programa DRAC durante el curso académico.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Movilidad PDI Universidades Xarxa Vives o DRAC" es: desde 05/02/2024 hasta 15/09/2024.

La Beca "Becas Movilidad PDI Universidades Xarxa Vives o DRAC" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Movilidad PDI Universidades Xarxa Vives o DRAC" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes